martes, 2 de octubre de 2007

30 de Agosto de 2007


ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO
el 30 de Agosto de 2007
Hora de celebración: 21,00 horas
Lugar: Casa Consistorial de Mocejón
Tipo de Sesión: Extraordinaria-Urgente
Convocatoria: PRIMERA

Señores Asistentes:
Alcalde-Presidente:
D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO

Concejales:

Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ
Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO
D. ROBERTO ORTEGA GARCIA
D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO
Dª. CELIA REDONDO GOMEZ
D. PEDRO GARCIA OLIVA.

Secretario:
D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN
Ausentes:
Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO
D. LUIS RIVERA MARTÍN-ANDINO
Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ
D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA

En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 21,00 horas del día 2 de Agosto de 2007, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión EXTRAORDINARIA urgente del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.
Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:

O R D E N D E L D I A


Declaración de urgencia de la sesión.
Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes el motivo de la urgencia de la sesión, sometiéndose a votación y acordándose por UNANIMIDAD de los presentes la urgencia.

PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 2 DE AGOSTO DE 2007.

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 36.2 del Reglamento de Organización , funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales de 28 de noviembre de 1986.
Se dio lectura al acta correspondiente a la sesión de fecha 2 de Agosto, preguntándose por la Presidencia si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta.
Los Sres. asistentes por 6 votos a favor y la abstención de D. Pedro García Oliva que manifiesta que se abstiene porque no asistió a dicha sesión, acuerdan aprobar el acta correspondiente a la sesión de fecha 2 de Agosto de 2007.
SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.
No hubo.
TERCERO.- PROGRAMA DE FIESTAS: FESTEJOS TAURINOS. ACUERDOS A ADOPTAR.
Por el que suscribe se procede a la lectura de los festejos taurinos a celebrar con motivo de las Fiestas Patronales de Septiembre y que son los siguientes:

- Día 8 de septiembre 2007- CORRIDA DE TOROS.
- Día 9 de septiembre 2007.- NOVILLADA PICADA .

Suscribiendo contrato con la Empresa JUCAR TOROS S.L. CIF B-45469293 con domicilio en C/ Nacional, 29 de Cedillo del Condado (Toledo), para la organización de los mencionados Festejos” .

A las 9,30 horas.
Los días 8,9,10 y 11 de septiembre se procederán al desencajonamiento y posterior recorrido de las reses a lidiar en los festejos taurinos antes mencionados por las siguientes calles de la localidad: Plaza Ramón Molina, Avda. Dos de Mayo finalizando en el lugar en que se ubica la Plaza de Toros.

- El día 9 y 10 de septiembre a las cinco y media de la mañana, se procederá a la suelta de vaquillas en la Plaza portátil”.

Tras algunas preguntas aclaratorias, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda aprobar los festejos relacionados en las fiestas de Septiembre de 2007.


CUARTO.- ESTUDIO DE DETALLE CEMAMOR S.L. EN C/ GASCON Y MARIN.


Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente tramitado a instancia de la mercantil CEMAMOR S.L., del estudio de detalle sobre las parcelas situadas en la C/ Gascón y Marín nº 25, 27 y 29, el cual ha sido tramitado conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística (TRLOTAU), comprendiendo el mismo el proyecto de urbanización.
Visto que en la tramitación se han cumplido los requisitos legalmente establecidos.
Visto que han sido emitidos los informes preceptivos y los mismos son favorables.

Considerando que de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 38 del TRLOTAU, corresponde al Pleno la aprobación de los estudios de detalle.

Sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda:

Aprobar el Estudio de Detalle y proyecto de urbanización presentados por la Mercantil CEMAMOR S.L.. para la actuación urbanística sobre las parcelas nos 25, 27 y 29 de la Calle Gascón y Marín de esta localidad, de conformidad con el proyecto presentado e informes obrantes en el expediente.


QUINTO.- ESTUDIO DE DETALLE RUMAR S.L. EN C/ JACINTO GUERRERO Y BARRIO ABAJO.

Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente tramitado a instancia de la mercantil RUMAR S.L., del estudio de detalle sobre las parcelas situadas en la C/ Jacinto Guerrero c/v C/ Barrio Abajo, el cual ha sido tramitado conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística (TRLOTAU), comprendiendo el mismo el proyecto de urbanización.
Visto que en la tramitación se han cumplido los requisitos legalmente establecidos.
Visto que han sido emitidos los informes preceptivos y los mismos son favorables.

Considerando que de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 38 del TRLOTAU, corresponde al Pleno la aprobación de los estudios de detalle.

Sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda:

Aprobar el Estudio de Detalle y proyecto de urbanización presentados por la Mercantil RUMAR S.L.. para la actuación urbanística sobre las parcelas sitas en la C/ Jacinto Guerrero c/v C/ Barrio abajo de esta localidad, de conformidad con el proyecto presentado e informes obrantes en el expediente.

SEXTO.- SOLICITUD DE COMISION DE SERVICIOS.

Por el Sr. Secretario se da cuenta de la petición efectuada por la trabajadora Dª. Ruth Martín-Macho Barrios, la cual solicita se autorice el cambio de puesto de trabajo mediante Comisión de Servicios durante un año prorrogable, con reserva de su actual puesto de trabajo y sin menoscabo de sus retribuciones, para cubrir la vacante producida en la Dirección del Centro Ocupacional.

Tras algunas intervenciones aclaratorias, y considerándose que la peticionaria cumple con los requisitos legales y formales para cubrir la plaza solicitado, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda acceder a lo solicitado.


SEPTIMO.- CONCESION DEL SERVICIO DE PELUQUERIA DEL CENTRO DE DÍA.

Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente tramitado a los efectos de la concesión del servicio de peluquería del Centro de Día de la Localidad, así como de la Comisión informativa correspondiente.
Visto que solo se ha presentado la solicitud de Dª. SILVIA CABALLERO BAUTISTA, la cual cumple con los requisitos de la convocatoria, sometido el asunto a votación, por UNAMINIDAD, se acuerda:

Conceder el servicio de Peluquería del Centro de Día de esta Localidad a Dª. SILVIA CABALLERO BAUTISTA, autorizándose al Sr. Alcalde D. Placido Martín Barriyuso para la firma del contrato correspondiente


OCTAVO.- PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE BAR-CAFETERIA Y LIMPIEZA DEL CENTRO DE DIA.

Por el Sr. Secretario se da cuenta del pliego de condiciones realizado para la concesión del servicio de bar-cafetería del Centro de Día de la Localidad, el cual ha sido asimismo visto por la Comisión Informativa correspondiente.

Tras algunas intervenciones, por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el Pliego que resulta del siguiente tenor literal:


PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA GESTIÓN INDIRECTA, MEDIANTE CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA DEL CENTRO DE DIA DE MOCEJÓN, Y LIMPIEZA DEL MISMO DEPENDIENTE DE ESTA CORPORACIÓN.


1.- OBJETO.-

1.1- Es objeto del contrato la gestión indirecta mediante concesión, del servicio público de Cafetería en el Centro de Día de esta Localidad y limpieza del mismo.


2.- LUGAR DE PRESTACIÓN.-

El servicio de cafetería se prestará en el Centro de Día, en la dependencia destinada a tal fin, dotada de las instalaciones necesarias que serán puestas a disposición del concesionario una vez adjudicado el contrato, con los bienes y utensilios inventariados. Correrá de cuenta del adjudicatario la aportación del menaje preciso para la prestación del servicio.

El Servicio de limpieza esta referido a todas las dependencias del Centro y aledaños.


3.- CARACTERÍSTICAS Y CONTENIDO DEL SERVICIO.-

3.1.- Los suministros de bebidas, alimentos y otros productos utilizados por el concesionario, deberán ser de buena calidad y correrán de su cuenta, entendiendo que la relación de éste con los proveedores es exclusivamente entre ellos.

Deberá tener en existencias los productos, géneros e ingredientes en número suficiente para prestar satisfactoriamente el servicio, de acuerdo con lo reflejado en la lista de precios.

El adjudicatario vendrá obligado a tener expuesta en sitio visible relación total de artículos a servir y sus respectivos importes totales.

3.2.- La Administración podrá, a través del Director del Centro, cuando así lo considere necesario, comprobar dicha calidad.

Además el trato dispensado por el concesionario y personal de él dependiente será en todo momento correcto y considerado.

3.3.- El Adjudicatario queda obligado a realizar el servicio dentro del horario determinado que será de 9 a 21 horas, sin perjuicio de que de forma extraordinaria pueda variarse dicho horario en función de las necesidades del Centro.

3.4.- El Adjudicatario cuidará y se obligará de que las instalaciones objeto de concesión, se encuentren siempre en óptimas condiciones de limpieza e higiene, siendo de su cargo los gastos derivados de la limpieza de objetos y mobiliarios existentes así como de las instalaciones.

En igual sentido respecto de las dependencias e instalaciones que no son objeto de concesión y a las que afecta la obligación de limpieza.

3.5.- Serán de cuenta del adjudicatario la reposición y conservación de los bienes puestos a su disposición, serán por cuenta del Ayuntamiento cuando se trate de reposición y siempre que no obedezcan a una incorrecta utilización. Se realizará una lista comprensiva de los casos en que proceda la reposición por parte del Ayuntamiento.

3.6.- El personal con que cuente el concesionario, para la prestación del servicio, deberá estar en posesión de todas las autorizaciones precisas, administrativas, sanitarias (Carné de Manipulador de Alimentos) o de otro tipo, para cumplir la función que realiza, comprometiéndose a cumplir cuantas reglamentaciones y normas ordena la actividad.

3.7.- El adjudicatario se compromete a cumplir y respetar:
- Las normas de funcionamiento del Centro.
- Guardar la mayor afabilidad y deferencia hacia las personas a quienes presta el servio.
- Abrir el Centro a las 09.00 horas y cerrarlo a las 21.00.
Durante las Fiestas Patronales, el Centro podrá permanecer abierto solamente en jornada de mañana a criterio del adjudicatario (hasta acabar las comidas, y podrá cerrar durante la semana siguiente a las fiestas.
Asimismo estará exento de abrir los días 25 de Diciembre y 1 de Enero y media jornada los días 24 y 31 de Diciembre.
El adjudicatario, podrá cerrar durante quince días a su elección en el periodo comprendido entre el 1 de Agosto y el 15 de Septiembre, si bien, no podrá acumular este periodo al cierre de una semana posterior a las fiestas patronales.
- La Lista de Precios será de estricta observación durante el periodo de vigencia acordado, debiendo figurar en lugar visible y en el Tablón de Anuncios del Centro. Los precios contenidos en la misma, anualmente y de forma automática sufrirán el incremento correspondiente al IPC, redondeándolo al múltiplo de 5 céntimos más cercano.
En aquellos productos que por aplicación del IPC, el redondeo quedase siempre a la baja, se establecerá un sistema por el cual si el primer redondeo es a la baja, el segundo será al alza.
- La limpieza se realizará con carácter diario, y estará siempre en óptimas condiciones.

3.8.- En el supuesto de cierre temporal o definitivo del centro por causas justificadas, en concesionario no tendrá derecho a indemnización alguna.

3.9.- El adjudicatario habrá de formalizar con carácter previo a la firma del contrato un seguro que cubra todos los enseres puestos a su disposición, así como la responsabilidad civil que pudiera derivarse de sus actuaciones o del personal a su cargo con un importe mínimo de 150.000 €uros.


4.- PODERES DE POLICÍA E INSPECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO.

El adjudicatario se compromete a seguir en todo momento cuantas observaciones de orden general le sean formuladas por el Ayuntamiento para el mejor funcionamiento del servicio, reservándose los poderes de Policía e inspección precisa para comprobar el cumplimiento por el concesionario de sus obligaciones, pudiéndole solicitar información o documentación derivada del desarrollo de su actividad.


PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCESIÓN, LA GESTIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO PUBLICO DE CAFETERÍA EN EL CENTRO DE DIA, DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MOCEJÓN ASÍ COMO LA LIMPIEZA DEL CENTRO.


1.- OBJETO DEL CONTRATO.-

1.1.- Es objeto del contrato, la gestión indirecta mediante concesión, del servicio público de cafetería en el Centro de Día, dependiente de este Ayuntamiento, así como la limpieza del centro y sus aledaños.


2.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-

2.1.- El contrato que se perfeccione constituirá una concesión administrativa de gestión de la cafetería antes referida y limpieza del centro, conforme a lo dispuesto en el art. l57,a) de la Ley l3/95, de l8 Mayo.

2.2.- Se regirá por lo establecido en el contrato, por el presente Pliego y por el de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en ellos, por la Ley 13/95 de 18 de Mayo de Contratos de las Administraciones Públicas, su Reglamento aprobado por R.D. 190/1996, de 1 de Marzo y en lo que no se oponga a los anteriores, por el Decreto 3410/1975, de 25 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación.

2.3.- Todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación, modificación, efectos y extinción serán resueltas en vía administrativa por el órgano de contratación y susceptibles de revisión por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

2.4.- El Ayuntamiento se reserva el derecho de inspección y los poderes de policía necesarios para comprobar la buena marcha del servicio.

3.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.-

3.1.- La adjudicación del contrato de concesión para la gestión indirecta del servicio de cafetería y limpieza, se realizará mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, de conformidad con lo dispuesto en el art. 160.2,d) de la Ley 13/95, de 18 de Mayo.

4.-DURACIÓN DE LA CONCESIÓN.-

4.1.- La concesión se otorgará hasta el 1 de Febrero de 2011 prorrogable por mutuo acuerdo expreso de las partes y antes de su finalización, con un máximo total de cinco años.

5.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-

5.1.- Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten solvencia económica, financiera o técnica en los términos de los art. 16 y 19 de la L.C.A.P., y no estén incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar del art. 20 del citado texto legal.

5.2.- La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único.

Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividad que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.


6.-PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-

6.1.- Lugar y Plazo.- Las proposiciones se presentarán en mano en el registro del Ayuntamiento, de Lunes a Viernes y de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de diez veinte dias naturales, contados a partir del siguiente al día en que se ponga el presente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso en interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo Día al Órgano de Contratación por FAX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el escrito de invitación.

6.2.- Formalidades.- Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados y lacrados señalados con los números 1 y 2, en cada uno de los cuales se hará contar su contenido, en la forma que se indica a continuación, y el nombre del licitador.


7º.- BASE O TIPO DE LICITACIÓN.

7.1.- El Ayuntamiento abonará al Adjudicatario la cantidad de 18.000 €uros anuales, a la baja.

A) Sobre número 1, denominado “Documentación General y Técnica del Procedimiento Negociado sin Publicidad, para la adjudicación de la Concesión del Servicio Público de Cafetería en el Centro de día de la Localidad y limpieza del mismo.

- Contenido:
1. Instancia en normalizado que figura como Anexo I al presente pliego.
2. Documento/s que acrediten la personalidad del empresario, y la representación en su caso del firmante de la proposición, consistentes en:
- DNI del licitador cuando fuere persona física.
- Cuando el empresario fuere persona jurídica, escritura de constitución de la Sociedad Mercantil debidamente inscrita en el Registro Mercantil, así como poder bastanteado al efecto cuando el firmante de la proposición actúe por representación.
- En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad, que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.

3. Declaración responsable del licitador y representante en su caso, haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 20 de la L.C.A.P.

4. Acreditar que se está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, por medio de:
- Número de Identificación Fiscal (N.I.F.)
- Alta en el I.A.E. (y último recibo del mismo en su caso) en el ejercicio, y en el domicilio fiscal o en el lugar de la prestación del servicio. Este requisito podrá sustituirse en su caso, por el compromiso de darse de alta en dicho impuesto en caso de resultar adjudicatario, antes de la firma del contrato.
- Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas o del impuesto sobre sociedades del ejercicio inmediato anterior.
- Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripción o alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuotas de los trabajadores a su servicio o de cualquier otra deuda con la Seguridad Social. Este requisito podrá sustituirse, en su caso, por el compromiso de formalizar la totalidad de operaciones relativas a la afiliación y/o alta en la Seguridad Social tanto del interesado si fuera persona física, como la inscripción de la empresa y afiliación y/o alta de los trabajadores a su servicio, con carácter previo a la firma del contrato.
B) Sobre número 2, se presentará cerrado, denominado “proposición económica del procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación de la concesión de servicio público de cafetería y limpieza del Centro de Día de Mocejón, y el nombre o razón social del licitador. Dentro de este sobre se incluirá la oferta económica del servicio que se ofrece.

Contenido: Deberá consignarse la valoración por importe unitario de las diferentes partidas que figuran en el anexo III y la puja efectuada según modelo del anexo II. El precio unitario se entenderá libre de todo gasto, incluido toda clase de impuestos, incluso los fiscales con que están grabados.

A todos los efectos, se entenderá que las ofertas de los empresarios comprenden el importe del impuesto sobre el valor añadido (IVA).

No serán admitidas las proposiciones en las que los modelos oficiales no se hayan cubierto íntegramente en todos sus enunciados.


8.- EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.-

8.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la mesa de contratación, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en sobre A, en sesión no pública.

Si la mesa de contratación observara defectos formales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días, para que el licitador lo subsane.

Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
8.2.- La adjudicación se hará por el Ayuntamiento apreciando de manera discrecional la oferta más ventajosa, sin que sea necesario atender al valor económico de la misma. Asimismo podrá declarar desierta la adjudicación.


9.- GARANTÍA DEFINITIVA.-

9.1.- Notificada la adjudicación del contrato el licitador adjudicatario vendrá obligado a constituir en el plazo de 15 días hábiles siguientes a dicha notificación, una garantía definitiva por el importe de NOVECIENTOS EUROS (900 €)

9.2.- La garantía no será devuelta hasta dos meses después de finalizada la vigencia del contrato, para responder de la devolución del mobiliario y enseres en perfecto estado de conservación y funcionamiento así como del cumplimiento de las obligaciones contraídas.


10.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-

10.1.- La Administración y el Contratista deberán formalizar el contrato de concesión para la gestión indirecta del servicio de Cafetería y limpieza en el Centro de Día de Mocejón, en documento administrativo dentro de los treinta días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo titulo suficiente para acceder a cualquier registro. No obstante, podrá elevarse a escritura pública a petición del contratista y a su costa.

El contratista además del contrato deberá firmar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.


11.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

1.- Adecuada prestación del servicio objeto del contrato, poniendo en funcionamiento las instalaciones una vez formalizado en contrato.

2.- El servicio se prestará por el concesionario durante el plazo de duración de la concesión, siendo de su cuenta los gastos que origine el general funcionamiento del mismo, incluyéndose el suministro de gas necesario.

3.- Conservar las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento y limpieza e higiene hasta que por conclusión de la concesión, deban reintegrarse.

4.- Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios.

5.- Responder frente a terceros de los daños que pudieran irrogarse por el funcionamiento del servicio concedido, salvo los que procedan de actos realizados en cumplimiento de instrucciones impuestas por la Administración, a cuyo efecto habrá de formalizar con carácter previo a la firma del contrato un seguro que cubra todos los enseres puestos a su disposición, así como la responsabilidad civil que pudiera derivarse de sus actuaciones o del personal a su cargo con un importe mínimo de 150.000 €uros.

6.- El concesionario contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del concesionario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador, siendo la Administración ajena a dichas relaciones laborables.

7.- Cumplimiento de la legislación laboral, Seguridad Social y Seguridad e higiene en el trabajo.

8.- Serán de cuenta del adjudicatario, los impuestos, tasas, y gravámenes derivados de la prestación del servicio.


12.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO.-

1.- Utilizar los bienes e instalaciones necesarios para la adecuada prestación del servicio.

2.- Percibir la retribución correspondiente por parte de los usuarios por el servicio consumido.
3.- Revisar las tarifas cuando así se estime conveniente tras su estudio y aprobación expresa por la administración, a petición del concesionario y previo informe del director del centro

4.- El Ayuntamiento facilitará al concesionario el agua y energía eléctrica necesaria para el cumplimiento del servicio, no permitiéndose el uso indebido de los mismos.


13.- ENTREGA DE LAS INSTALACIONES PÚBLICAS AL CONCESIONARIO.-

13.1.- El Ayuntamiento, a través de la Dirección del Centro de Día, pondrá a disposición del concesionario dentro de los 10 días siguientes al de la firma del contrato, las instalaciones y utensilios inventarios, necesarios para la prestación del servicio. Del acto de entrega se levantará Acta comprensiva de los bienes puestos a su disposición, que será firmada por el Contratista y la Dirección del Centro.

13.2.- El material necesario restante, no incluido en el inventario será de cuenta del adjudicatario, quien deberá abonar los gastos de instalación y de su retirada y cualquier obra necesaria deberá ser autorizada expresamente por el Ayuntamiento.


14.- REVERSIÓN DE LAS INSTALACIONES.-
Al término del plazo de la concesión revertirán al Ayuntamiento, las instalaciones entregadas, en la forma prevista en el art. 165 de la L.C.A.P.


15.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá ceder el contrato ni subcontratar con terceros la realización total o parcial del servicio.


16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-

El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas enunciadas en el art. 168 de la L.C.A.P., así como por las generales previstas en el art. 112 del citado texto legal.

ANEXO I

D/Dª…………………………………......................………………….., mayor de edad, de profesión……………….…….............……….., vecino/a de……….......................……...………,
Provincia de………………………...............………, con D.N.I. nº…………...................….…….,
Actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de ………………………………………….............................……….., o de la sociedad o empresa………………......................................……………………………en calidad de …………………………………….

EXPONE

Que esta interesado en participar en el Procedimiento Negociado sin Publicidad, tramitado para la adjudicación del Servicio de Cafetería - Comedor y limpieza del Centro de Día de la Localidad de Mocejón.

SOLICITA

Participar el referido Procedimiento Negociado sin Publicidad, para lo cual adjunto la documentación exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Mocejón a _______ de ___________________ de 2.007
Firma:

ANEXO II


D. ____________________________________________________ con D.N.I. nº _____________________________ y domicilio en __________________________ de la Localidad de ___________________________ provincia de _________________.

Estando interesado en tomar parte en el procedimiento para la adjudicación del contrato de gestión Indirecta del servicio de Cafetería, comedor y limpieza del Centro de Día de la Localidad, y de conformidad con el Pliego de Condiciones Técnicas y Económico Administrativas que acepto plenamente, de conformidad con la cláusula 7ª, en la que se fija el tipo máximo de licitación, realizó la siguiente propuesta:

EL AYUNTAMIENTO ABONARA POR LA GESTIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO DE CAFETERÍA, COMEDOR Y LIMPIEZA DEL CENTRO DE DÍA DE ESTA LOCALIDAD, LA CANTIDAD DE __________________________ €UROS ANUALES.

Mocejón a _______ de ___________________ de 2.007
Firma:


ANEXO III

Proposición de precios que realiza D._________________________________________ con D.N.I. nº ___________ , y domicilio en C/________________________________ de la Localidad de provincia de .

PRODUCTO ___PRECIO MÁXIMO _ __OFERTA REALIZADA
Café solo, cortado, con leche 0,70 €
Descafeinado con agua o leche 0,70 €
Infusiones 0,70 €
Café con licor (carajillo) 0,80 €
Chato de vino común 0,35 €
Vino fino, moriles o rioja 0,60 €
Tío Pepe, La Ina, Málaga y similares 1,00 €
Quina o mosto 0,50 €
Botellín o caña con o sin alcohol 0,65 €
Refrescos, tónica, zumos, Bitter y similares 0,85 €
Copa de anís, coñac, ponche y similares 1,00 €
Copa de Magno y similares 1,10 €
Copa triple seco, sol y sombra, cointreau 1,00 €
Ron Bacardi, Ginebra Larios, Whisky Dyc 1,25 €
Ron añejo, Ginebra y Whisky importación 1,95 €
Combinados normales 2,35 €
Combinados importación 2,65 €

EL SERVICIO DE COMEDOR CONTARA CON UN MENÚ DIARIO QUE INCLUIRÁ PAN Y AGUA O VINO A LOS SIGUIENTES PRECIOS, CON LA SUBVENCIÓN INCLUIDA: (*)

PRECIO MENÚ, PARA JUBILADO O PENSIONISTA: 3,40__ €uros.
PRECIO MENÚ, PARA NO JUBILADO O PENSIONISTA: 5,25__ €uros.


(*) El Ayuntamiento Subvencionará con 1,85 €uros cada comida servida a un jubilado o pensionista.

Mocejón a _______ de ___________________ de 2.007
Firma:


9.- SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE LAS RIBERAS DEL TAJO ENCARGADO POR LA ANTERIOR CORPORACIÓN.

Dado que no esta presente ningún miembro de la anterior Corporación Municipal, por UNANIMIDAD se acuerda dejar el asunto sobre la mesa.

10.- DAR CUENTA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON POLICIAS LOCALES DE OTRAS LOCALIDADES.

Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que con motivo de las necesidades que se dan, fundamentalmente en las Fiestas, se ha formalizado un convenio de colaboración con la Policía Local de Olías del Rey para la prestación de servicios de conformidad con lo establecido en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla la Mancha.

Se suceden algunas intervenciones aclaratorias y en particular pregunta el Sr. Representante de I.U. que cuales serán los emolumentos en los casos de comisión de servicios, contestando el Sr. Alcalde que se consideran horas extras, y se pagan de conformidad con lo establecido en el convenio.

Los Sres. Corporativos toman conocimiento.

11.- MOCIÓN RETRIBUCIONES MIEMBROS LIBERADOS.

Por el Sr. Secretario se da lectura a la siguiente Moción:

“D. PLACIDO MARTIN BARRIYUSO, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mocejón, propone al Ayuntamiento Pleno para su aprobación, si procede, la siguiente


MOCIÓN,

Proponer el incremento retributivo de la asignación de la 1ª Teniente de Alcalde Dª. MARIA DEL SOL PÉREZ PÉREZ que ejerce el cargo con carácter exclusivo, debido a que las retribuciones fijadas lo fueron sin tener en cuenta las asistencias, las cuales, no fueron calculadas y que implican una mayor dedicación, motivo por el cual se proponen como emolumentos brutos anuales referidos a catorce pagas la cantidad de 30.906 € que se aplicaran con carácter retroactivo a la fecha de la liberación, quedando incluidas en dichas retribuciones las asistencias que pudieran corresponderle.

Quinto.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para todos aquellos actos que sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.
Mocejón 28 de Agosto de 2007”

Toma la palabra el Concejal D. Pedro García Oliva de I.U. el cual considera que no es de recibo incrementar las retribuciones porque entiende que desempeñar el cargo con carácter exclusivo o dedicación plena, implica necesariamente que no se le debe incorporar nada, y que en las retribuciones aprobadas anteriormente lo eran por dicha dedicación plena.

Contesta el Sr. Alcalde que cada uno es libre en sus pensamientos y planteamientos, pero que la realidad es que al calcular las retribuciones, se sufrió un error en el mal entendido de que en las mismas no se incluían las asistencias, error del que advirtió el Sr. Secretario posteriormente al indicar que no era compatible el cobro de asistencias por parte de los Corporativos liberados, y que además fue asimismo advertidito por el Sr. D. Pedro García, pues así lo manifestó.

Se suceden infinidad de intervenciones en las que el Sr. D. Pedro García mantiene la tesis de que no se trata de un error, sino que es simplemente un incremento retributivo que lo que hace es incluir las asistencias subrepticiamente o de forma encubierta, cuando la realidad, es que la liberación ha de considerarse plena y así hubo de haberse calculado desde un principio.

El Sr. Alcalde incide en que se debió a un error, zanjando la cuestión y sometiendo la moción a votación que arroja el siguiente resultado:

Votos a favor.- 6 del Grupo Popular.
Votos en contra.- 1 de I.U.
A la vista del resultado la moción es aprobada.

Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 22,00 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.

V º B º
EL SECRETARIO
EL ALCALDE



Fdo.: Placido Martín Barriyuso




Fdo. Miguel A. Peralta Roldán

2 de Agosto de 2007


ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO
el 2 de Agosto de 2007
Hora de celebración: 21,00 horas
Lugar: Casa Consistorial de Mocejón
Tipo de Sesión: Extraordinaria
Convocatoria: PRIMERA

Señores Asistentes:
Alcalde-Presidente:
D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO

Concejales:

Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ
Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO
D. ROBERTO ORTEGA GARCIA
D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO
Dª. CELIA REDONDO GOMEZ
D. LUIS RIVERA MARTÍN-ANDINO
Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ
D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA

Secretario:
D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN
Ausentes:
D. PEDRO GARCIA OLIVA.
Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO


En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 21,00 horas del día 2 de Agosto de 2007, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión EXTRAORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.
Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:

O R D E N D E L D I A

PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 10 DE JULIO DE 2007.

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 36.2 del Reglamento de Organización , funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales de 28 de noviembre de 1986.
Se dio lectura al acta correspondiente a la sesión de fecha 10 de Julio, preguntándose por la Presidencia si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta.
Los Sres. asistentes por UNANIMIDAD acuerdan aprobar el acta correspondiente a la sesión de fecha 10 de Julio de 2007.
SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.
Por el Sr. Secretario se dio cuenta de los decretos habidos.
Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista, pregunta que porque las publicaciones en diarios de máxima difusión en la provincia se realizan en ABC y no en el Día de Toledo, pues considera que este diario tiene mayor tirada.
Por el Secretario se informa que en cumplimiento de la legislación los anuncios se realizan en un diario de los de máxima difusión de conformidad con lo establecido en la legislación, sin que conozca el motivo por el cual se realiza en ABC, indicando que ha sido el habitual donde se han realizado de siempre las publicaciones.
Los Señores Corporativos toman conocimiento.
TERCERO.- MODIFICACIÓN DE CREDITOS 1/2007.
Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente realizado para la modificación de Créditos 1/2007 dentro del Presupuesto General de la Corporación, para la generación de un crédito extraordinario mediante transferencia de créditos no comprometidos.
Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín Gonzalez del Grupo Socialista, que se manifiesta al igual que en la Comisión Informativa de Cuentas y especial de Hacienda en contra de la modificación, alegando dos motivos, por un lado, por considerar que no debe minorarse como fuente de financiación créditos no comprometidos de la partida de la Casa de la Cultura, pues indica que incluso hay un acuerdo Plenario que afectaba determinados ingresos para dicha partida. Asimismo indica que se han invertido las formas, pues se supone que primero ha de dotarse el crédito para realizar la obra de los toriles y posteriormente comenzarse las obras, y en este caso, le consta que las obras se han iniciado sin tener aprobado el crédito, en virtud de lo expuesto, solicita que se emita informe de Secretaria al respecto.
Contesta el Sr. Alcalde que se han comenzado los trabajos preparatorios del terreno, pues de otra forma no seria posible realizar la obra de los nuevos toriles para las fiestas de Septiembre, indicando asimismo que no se ha dispuesto aún gasto alguno. Con respecto a la financiación, indica que la misma es posible de conformidad con el informe emitido por el Sr. Interventor, pues los créditos afectados a la obra de la Casa de la Cultura son ingresos que aún no se han producido, y que por supuesto, cuando se produzcan se afectarán a dicha obra.
Continua asimismo el Sr. Alcalde diciendo que en el informe de Secretaria se informará también de todos los créditos extraordinarios anteriores.
Sometido el asunto a votación, por seis votos a favor del Grupo Popular y tres en contra de los Concejales presentes del Grupo Socialista, se aprueba la modificación de créditos 1/2007 con el siguiente resumen:





1º.- Conceder crédito extraordinario en la partida que se detalla, cuyo resumen es el siguiente:
D E S C R I P C I O N
E U R O S
Créditos extraordinarios Obras de Toriles
40.000
Total propuesta de modificaciones de créditos
40.000

2º.- Financiar las expresadas modificaciones de la siguiente forma:
D E S C R I P C I O N
E U R O S
Mediante bajas de créditos (60111451 Casa Cultura )
40.000
Total financiación de modificaciones de créditos
40.000



CUARTO.- OBRAS DE REMODELACIÓN DE TORILES.


Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes en que van a consistir las obras de remodelación de los toriles, los cuales se van a ejecutar en terrenos cedidos para dicho uso por los propietarios, con la ventaja de que la plaza quedara con el mismo coste anual de siempre a disposición del Ayuntamiento para que pueda ser usada durante todo el año para cuantos espectáculos desee realizar el Ayuntamiento, motivo por el cual, dada la nueva ubicación, es necesaria la reforma de los toriles. Añade que los nuevos toriles se van a realizar en placas desmontables, de forma que si en un futuro fuese necesario el cambio de ubicación, se podrá realizar minimizando el coste.

Toma la palabra D. Luis Rivera, del Grupo Socialista, el cual indica que le parece un gasto totalmente innecesario, pues lo toriles existentes son de reciente construcción y ni tan siquiera el traslado se provoca por la colocación de una plaza de mayores dimensiones, es por ello que considera que es un dinero totalmente tirado e invertido en unos terrenos que no son de propiedad Municipal, motivo por el cual solicita que se emita informe de Secretaria al respecto.

El Sr. Acalde informa que los antiguos toriles se van a aprovechar en lo posible para otras funciones, y reitera que los nuevos toriles serán trasladables si fuese necesario.

Sometido el asunto a votación, por seis votos a favor del Grupo Popular, y tres en contra de los Concejales presentes del Grupo Socialista, se aprueba la ejecución de los obras de los nuevos toriles.



QUINTO.- PLIEGO KIOSCOS DE LAS FIESTAS.
Por el Sr. Secretario se da lectura al pliego redactado que resulta del siguiente tenor literal:
“PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA SUBASTA DE LOS KIOSCOS QUE SE PONDRAN EN LA PLAZA DE ESPAÑA Y DE LA VERACRUZ DURANTE LAS FIESTAS DE SEPTIEMBRE DE 2007.

OBJETO.-

El objeto de la subasta es la concesión de las autorizaciones administrativas necesarias para el uso privativo del dominio público mediante la instalación de kioscos en las fiestas patronales de Septiembre de 2007.

PUESTOS.-

Los puestos se ubicaran en los lugares establecidos en el plano adjunto al presente pliego, y numerados de conformidad con la situación que habrán de tener.

PRECIO DE LICITACIÓN.

Los precios mínimos de licitación al alza serán los siguientes:

Los puestos de la Plaza de España que salen a subasta tendrán un precio de salida de 500 € y los puestos de la Plaza de la Veracruz de 400 €.

REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN.

Podrán participar en la subasta las personas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:

Estar dado de alta en el epígrafe del IAE correspondiente, justificándose este extremo mediante la presentación del documento de alta de la actividad económica.
Estar dado de alta en la Seguridad Social, este extremo se justificara mediante la presentación del último pago efectuado que se corresponderá con los meses de Junio o Julio.
La licencia fiscal, o en su caso el oferente, estará dada de alta o empadronado en mocejón.
Estar al corriente de pago respecto de la Hacienda Municipal. Este extremo se justificara con certificación negativa extendida por el ayuntamiento con carácter previo al acto de apertura de plicas.


SUBASTA.

La subasta se realizara por el sistema de plicas cerradas de conformidad con el siguiente procedimiento:

1º.- Estará terminantemente prohibido el presentar más de una plica para cada puesto, quedando anuladas todas las plicas de quien pujara para un mismo puesto con más de una plica.
2º.- Los interesados, podrán pujar por distintos puestos o a todos ellos, quedando retiradas las plicas de aquellos que hayan sido adjudicatarios de algún puesto. El orden de la subasta será el de la numeración que consta en el plano adjunto, si bien, la situación exacta, será la que se determine por el Concejal Delegado y la Policía Local.

3º.- La mesa estará constituida por el Concejal Delegado de Festejos, el Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue y un Agente de la Policía Local. El acto será público, pudiendo asistir todas las personas que lo deseen.

PROCEDIMIENTO

La subasta se realizara de conformidad con el plano y la numeración de los puestos fijados en el mismo, procediéndose en un primer momento a fijar las aclaraciones que sean precisas y cuantas dudas puedan surgir, sobre la interpretación de las normas y del presente pliego, siendo resueltas las mismas por la mesa, sin posibilidad de apelación, no permitiéndose una vez iniciada la apertura ninguna interrupción salvo las que sean necesarias a los efectos de deliberación de los miembros de la mesa sobre las cuestiones incidentales que puedan darse en la apertura.

FIANZA

A los efectos de darle el contenido de seriedad necesario, los licitadores, habrán de depositar una fianza de 200 euros, la cual será devuelta a todos los proponentes que no sean adjudicatarios de algún kiosco. Esta fianza devendrá en definitiva para aquellos que resulten adjudicatarios y será independiente del precio del remate o adjudicación, procediéndose a su devolución tras el desmontaje del kiosco y siempre que se hayan cumplido estrictamente las normas fijadas por el Ayuntamiento, especialmente respecto de horarios y limpieza.

DOCUMENTACIÓN

Los interesados, presentaran sus ofertas en dos sobres A y B, que contaran con la siguiente documentación:

Sobre A.- Se presentara un único sobre por cada proponente en el que conste exteriormente la identidad del licitador con la leyenda “documentos generales” y contendrá:

Copia del D.N.I. del proponente.
Copia del alta en el IAE
Justificante de pago de la Seguridad Social.
Certificado de Empadronamiento
Certificado negativo de deudas a la Hacienda Municipal.
Resguardo de ingreso de la Fianza.

Sobre B.- Se presentara un sobre por cada uno de los lugares para los que se realice proposición. En la parte exterior del sobre, en parte visible se pondrá la identidad del proponente y el numero de puesto para el que se licita.
En el interior, se incluirá la proposición económica, según el siguiente modelo:

“D. _____________________________ con D.N.I., __________, conocedor del pliego de condiciones para la subasta de los lugares que han de ocupar los kioscos en las fiestas de Septiembre de 2007, el cual acepto íntegramente, por medio de la presente y habiendo presentado la documentación requerida, participo en la subasta del puesto nº ___________ comprometiéndome a aceptar las condiciones que fije el Ayuntamiento y abonando la cantidad de _______________ EUROS.

Fecha y firma.”

APERTURA Y ADJUDICACIÓN

Una vez comenzado el acto, por el Sr. Secretario se procederá a abrir los sobres denominados A, y comprobará que la documentación es correcta y no falta ninguno de los documentos exigidos. Si faltase algún documento, el proponente será excluido, se retirará el sobre A con su contenido y todos los sobres B del proponente serán destruidos sin comprobar su contenido.

Posteriormente se procederá a la apertura de las proposiciones económicas en el orden establecido, siendo propuesta adjudicataria la proposición que realice la oferta más ventajosa. Una vez propuesta la adjudicación de un puesto, se retirarán las plicas del mismo oferente respecto del resto de puesto a los que hubiera concurrido, destruyéndose dichas plicas sin ver su contenido.

La propuesta de adjudicación de puestos, será única, personal e intransferible y la renuncia conllevara a la perdida de la fianza, quedando el puesto nuevamente a disposición del Ayuntamiento, que podrá adjudicarlo nuevamente o dejarlo desierto.

PAGO
Los adjudicatarios, habrán de proceder al pago del precio de remate en el plazo de 48 horas a partir de la fecha de apertura.
La propuesta de adjudicación será elevada a la Junta Local de Gobierno para la adjudicación definitiva.

FECHA

El acto de apertura de plicas y propuestas de adjudicación se realizara en el Salón de Plenos del Ayuntamiento el día _______ de Agosto de 2007 a las ________ horas. El acto será público.

DISPOSICIONES ESPECIALES

La Agrupación Local de Izquierda Unida, dispondrá si así lo desea del lugar fijado en el plano para el montaje de su kiosco.

Asimismo, los lugares fijados frente al Púb Vinilo y la Cafetería La Plaza, quedan reservados a sus titulares fijándose como precio para ellos, la media aritmética del precio de remate del resto de puestos de la Plaza. En todo caso, y a los efectos de montaje y adjudicación, habrán de cumplir con los mismos requisitos que el resto de proponentes en cuanto a solicitud, documentación a aportar, fianza conjunta a la solicitud y pago.”

Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, que indica que si alguna otra asociación sin animo de lucro, o institución legalmente constituida solicitara un kiosco, habría de tener el mismo derecho que I.U. Añade asimismo que debería controlarse el nivel de ruido en la Plaza de la Veracruz, pues la cercanía con la Residencia puede generar problemas.

Contesta el Sr. Alcalde que se tedian en cuanta ambas sugerencias, si bien, respecto de la primera, se estará a los espacios disponibles, y su traslado a la calle Gascón y Marín.

Sometido el asunto a votación el mismo es aprobado por UNANIMIDAD.

SEXTO.- PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE LOS PLANES PROVINCIALES 2007.

Por el Sr. Secretario se explica y da lectura al pliego del siguiente literal:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. PARA LA CONTRATACIÓN MEDIENTE SUBASTA PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA OBRA DE REORDENACION DE LA PLAZA DEL CERRO PALACIO DE ESTA LOCALIDAD.

I. OBJETO DEL CONTRATO, NORMAS APLICABLES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.

I.1. El presente Pliego tiene por objeto la contratación de la OBRA DE REORDENACION DE LA PLAZA DEL CERRO PALACIO DE ESTA LOCALIDAD , conforme al proyecto redactado por el Ingeniero de Obras Públicas D. MIGUEL ANGEL ROSALES, en el que consta el Pliego de Prescripciones Técnicas.

El referido proyecto y el Pliego de Cláusulas de Prescripciones Técnicas, con los documentos que preceptivamente lo integran, formarán parte del contrato de adjudicación de obra que en su día se otorgue.

I.2. La contratación se regulará por lo establecido en este Pliego, por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la LCAP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

I.3. La obra se adjudicará por subasta, procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 73.2, 74.2, 82 y 83 del TRLCAP.


II. PRESUPUESTO.

II.1. El presupuesto de licitación máximo será de 93.620 €uros, Iva incluido (PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA). La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento del contrato será en la partida 610.02.121.

Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto del proyecto aprobado por la Administración.

II.2. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por la Administración, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la obra contratada, las tasas por prestación de los trabajos de inspección y dirección de las obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales.

II.3. En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio anterior al de la iniciación de la ejecución, la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.


III. EMPRESAS PROPONENTES, DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS.

III.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible por el TRLCAP.

En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando este acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.

Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 24 del TRLCAP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Union Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.

La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.

III.2. Documentación.- Los licitadores presentarán dos sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, el título de la subasta, y contendrán: el primero (A) la documentación exigida para tomar parte en la subasta, el segundo (B) la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este Pliego.

III.2.1. Documentación administrativa. Sobre A.

En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:

a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.

La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1, 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 del TRLCAP.

En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.

b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 21.5 de la TRLCAP.

c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.

d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, pudiéndose realizar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 y 17 de la LCAP.

e) Resguardo acreditativo de haber constituido a favor del Ayuntamiento de Mocejón, una fianza provisional, equivalente al 2 por 100 del presupuesto máximo de licitación, y en cualquiera de las formas previstas en el art. 35 del TRLCAP y en su desarrollo en los artículos 56, 57 y 58 del RGLCAP, siempre y cuando el indicado presupuesto sea superior la cantidad fijada en el artículo 135.1 del TRLCAP.

En caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el artículo 35.1 del TRLCAP y garanticen solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (art. 61.1 del RGLCAP).

En relación con las demás formas de constitución de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el artículo 61 del RGLCAP. Igualmente, la ejecución y cancelación de la citada garantía provisional se regularán, respectivamente por lo previsto en los artículos 64 y 65.1 del RGLCAP.

La constitución de la garantía global eximirá de la constitución de la garantía provisional, produciendo aquélla los efectos inherentes a esta última en los términos en que se establece en el art. 36.2 del TRLCAP.

f) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

g) Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

h) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.

Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.

III.2.2. Proposición económica. Sobre B.

La proposición expresará el valor ofertado como precio de contrata para la realización del trabajo objeto del concurso, incluido el importe del impuesto sobre el valor añadido que corresponda.

Se presentará en la forma especificada en la cláusula 3.2. añadiendo la referencia «Proposición Económica», redactada conforme al modelo que se inserta a continuación:

«Don.......................................................................................... con DNI n.º ............................ natural de ................................. provincia de ................................., mayor de edad y con domicilio en ................. ..................................................... C/ ................................................... teléfono ...................................... actuando en nombre (propio o de la empresa a que represente), manifiesta que, enterado del anuncio publicado en el (Boletín Oficial de la Provincia), de fecha ......................................... es conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante subasta, procedimiento abierto, el contrato de OBRAS DE REORDENACION DE LA PLAZA DEL CERRO PALACIO DE ESTA LOCALIDAD y del Pliego de Cláusulas Administrativas, Pliego de Prescripciones Técnicas y Proyecto de obras que ha de regir dicha subasta y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del citado contrato por el precio alzado de ................................................ Euros.

Lugar, fecha y firma del proponente.»

Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.

III.2.3. Plazo y lugar de entrega.

Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en la Secretaría del Ayuntamiento, en horas de oficina durante el plazo de TREINTA DÍAS naturales, contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia o enviados por correo dentro dicho plazo. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

III.3. Mesa de Contratación.- La Mesa de contratación estará integrada del modo siguiente:

Presidente: que lo será el de la Corporación, o miembro de ésta en quien delegue.
Los vocales:
Un miembro de cada uno de los Grupos Políticos con Representación en el Ayuntamiento
El Arquitecto Técnico Municipal.
Secretario: que lo será un funcionario de la Corporación.

III.4. Acto de la subasta y apertura de proposiciones.- La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposición económica, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados, además se harán públicas a través de anuncios del órgano de contratación y concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.

La mesa, una vez calificada la documentación a que se refiere el artículo 79.2 de la Ley y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el artículo 11 del RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.

A los efectos establecidos en los artículos 15 a 20 del TRLCAP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP.

La Mesa de Contratación a los efectos de la apertura de sobres, que podrá ser en acto único si de la comprobación de la documentación no resultasen deficiencias invalidantes, y se constituirá el día hábil siguiente posterior a la finalización del plazo de entrega a las 12.00 horas.
III.5. Adjudicación.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 82 del TRLCAP elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato al postor que oferte el precio más bajo. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación.

La adjudicación deberá recaer en plazo máximo de treinta días naturales a contar desde el siguiente a la celebración del acto público. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva la garantía depositada.

En cuanto a bajas temerarias se estará a lo dispuesto en el art. 83 del TRLCAP y 85 del RGLCAP.

La valoración de las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del RGLCAP.

Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.


IV. DOCUMENTACIÓN.

Antes de la adjudicación del contrato se concederá al empresario propuesto un plazo de 5 días hábiles para presentar certificación administrativa expedida por el órgano competente, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se entenderá que las empresas se encuentran al corriente cuando concurran las circunstancias señaladas en los artículos 13 y 14 del RGLCAP.


V. GARANTÍA DEFINITIVA.

V.1. Notificada la adjudicación del contrato, el adjudicatario estará obligado a constituir, en el plazo de quince (15) días naturales una fianza definitiva del 4 por 100 (cuatro por ciento), del importe de adjudicación. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 36 del TRLCAP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 37.2 del TRLCAP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.

V.2. En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiere estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, a la que se refiere el artículo 83.2.b), el órgano de contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el 20 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de licitación, cuando el precio se determine en función de precios unitarios, que sustituirá a la del 4 por 100 y para cuya cancelación se estará lo dispuesto en el artículo 47 del TRLCAP.

V.3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 43 del TRLCAP.

V.4. La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del TRLCAP y 65.2 y 3 del RGLCAP.


VI. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO/CESIÓN.

VI.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los 30 (treinta) días naturales a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación. Si no se formalizará el contrato en dicho plazo por causa imputable al adjudicatario, el Ayuntamiento declarará desierta la adjudicación.

VI.2. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 114 del TRLCAP.


VII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

VII.1. Dirección de las obras.- El Ayuntamiento designará un Director de la obra responsable de la comprobación, coordinación, vigilancia e inspección de la correcta realización de la obra objeto del contrato.

VII.2. Ejecución de las obras.- Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y conforme al proyecto aprobado por el Ayuntamiento y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste diere al contratista el director de la obra. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes a las partes.

VII.3. Plazo.- El plazo general de ejecución de la obra será SEIS MESES contados a partir de la firma del contrato. Los plazos parciales se determinarán en el Programa de Trabajo a que se hace referencia en la cláusula 7.5.

VII.4. Comprobación del replanteo.- La ejecución del contrato comenzará con el acto de comprobación del replanteo que se realizará en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la formalización del contrato. La comprobación del replanteo de las obras se efectuará en presencia del adjudicatario o de su representante, de conformidad y con los efectos prevenidos por el artículo 142 de la TRLCAP y 139, 140 y 141 del RGLCAP.

VII.5. Programa de trabajo.- El contratista, deberá presentar en el plazo de un treinta días, salvo causa justificada, a contar desde la fecha de formalización del contrato para iniciar las obras un programa de trabajo en los términos previstos en el artículo 144 del RGLCAP y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 27 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales

El acta de comprobación del replanteo y los plazos parciales que procedan fijarse al aprobar el programa de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad.

VII.6. Fuerza mayor.- En casos de fuerza mayor y siempre que no exista actuación imprudente por parte del contratista, éste tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios que se le hubiesen causado.

Tendrán la consideración de casos de fuerza mayor los establecidos en el art. 144 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del RGLCAP.

VII.7. Cumplimiento de plazos y penalidades por demora.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el Ayuntamiento. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, el Ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas tendrán la cuantía determinada en el párrafo primero del artículo 95.3 del TRLCAP. La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,15 € por cada 601,01 euros del precio total del contrato.

La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Ayuntamiento, originados por la demora del contratista.

Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 96 del TRLCAP.

En todo caso, la constitución en mora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Ayuntamiento.

El importe de las penalidades por demora se deducirá de las certificaciones y, en su caso, de la Garantía.

VII.8. Abonos al contratista.- El contratista tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de las obras que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado y a sus modificaciones, si las hubiere.

A los efectos de pago el Ayuntamiento expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes que correspondan, las certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo. Los abonos al contratista resultantes de las certificaciones expedidas tienen el concepto de pagos a buena cuenta, sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna aprobación y recepción de las obras que comprende.


El contratista tendrá derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas, como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada adscritos a la obra, en la forma y con las garantías que, a tal efecto, determina el artículo 99.3 y 145 del TRLCAP y 155,156 y 157 del RGLCAP y de acuerdo con las cláusulas 54 a 58 del PCAG.

VII.9. Revisión de Precios.- No procede para la ejecución de esta obra la revisión de precios.

VII.10. Obligaciones del contratista de carácter específico y gastos exigibles.-Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, existirán específicamente las siguientes obligaciones:

1. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo.

2. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados de los anuncios oficiales de la licitación y de formalización del contrato, y las tasa por la prestación de los trabajos facultativos de comprobación del replanteo, dirección, inspección y liquidación y cualesquiera otras que resulte de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.

3. El contratista está obligado a instalar a su costa, los carteles anunciadores de las obras, así como las señales precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupen los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus límites e inmediaciones.

4. El contratista deberá llevar los Libros de Ordenes e Incidencias, previamente diligenciados, de conformidad con las disposiciones contenidas en las cláusulas 8 y 9 del Pliego de Condiciones Generales para la Contratación de Obras del Estado.

VII.11. Subcontratación.- La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 115 del TRLCAP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el artículo 116 del TRLCAP.

VII.12. Modificación del Proyecto.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de modificar por razones de interés público el contrato con sujeción a lo dispuesto en los arts. 59, 101 y 146 del TRLCAP y 158 a 162 del RGLCAP.

VII.13. Suspensión de las obras.- En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 102, 149 b) y c) del TRLCAP y 103, 170 y 171 del RGLCAP. En los supuestos de suspensión temporal, parcial o total, o definitiva, se levantará acta de la suspensión con los requisitos y formalidades establecidos en la Cláusula 64 del Pliego de Cláusulas Administrativas generales.

VII.14. Recepción y liquidación de las obras.-La recepción y liquidación se efectuarán en los términos y con las formalidades establecidas en el art. 147 de la TRLCAP y 163 y siguientes del RGLCAP.

VII.15. Plazo de garantía.- A partir de la fecha del acta de recepción de la obra comenzará a contar el plazo de garantía de UN AÑO.
Dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras con los efectos señalados en el artículo 147.3 de la TRLCAP y 169 del RGLCAP.

VII.16. Resolución del contrato.- La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 111 y 149 del TRLCAP y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los artículos 113 y 151 del TRLCAP y 110 a 113 y 172 del RGLCAP.


VIII. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN.

VIII.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio por el que se aprueba en el texto refundido de la LCAP, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.

VIII.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

El Sr. Alcalde explica que el Sr. Arquitecto redactor ha manifestado que no existe inconveniente alguno respecto de las pequeñas modificaciones que se plantearon al proyecto. Asimismo indica que se ha puesto en contacto con Iberdrola a los efectos de procurar los acuerdos para quitar el trasformador.

Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín que indica que la respuesta de Iberdrola ha sido siempre la misma: Que no existe inconveniente en cambiar el trasformador siempre que los costes sean soportados por el Ayuntamiento.

Contesta el Sr. Alcalde que la respuesta no la conocerá hasta que no contesten.

Dª. Guadalupe Martín termina indicando que por parte del Grupo Socialista no existe inconveniente en que se realicen las gestiones, así como que se quite el trasformador, siempre que exista financiación externa.

Sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el Pliego de Condiciones para la ejecución de las obras de remodelación de la Plaza del Cerro Palacio de los Planes Provinciales de 2007.


SEPTIMO.- DAR CUENTA DE LOS RESULTADOS DEL FESTIVAL TAURINO DE LA VIRGEN DEL CARMEN.





























El Sr. Alcalde da cuenta del resultado entregando copia del cuadro de ingresos y gastos.

Los Sres. Corporativos toman conocimiento.

Seguidamente el Sr. Alcalde solicita la inclusión de un punto en el orden del día relativo a la modificación de condiciones del contrato taurino existente con la empresa Jucar Toros.

Por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda la inclusión del punto en el Orden del Día, dándole numeración correlativa.

OCTAVO.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO CON LA EMPRESA JUCAR TOROS.

Por el Sr. Concejal Delegado de Festejos D. Roberto Ortega García, se explica a los presentes que tras conversaciones con la mercantil Jucar Toros, la cual tiene contratados los festejos Taurinos de Septiembre para esta año, se ha visto la posibilidad de acogerse a la segunda opción que dicha mercantil planteo, cambiándose la novillada picada por una corrida de Toros, y cambiando asimismo el concurso de recortes por un espectáculo ecuestre, modificándose el precio del contrato hasta 24.000 €..

Tras algunas intervenciones explicativas, por UNANIMIDAD se acuerda aprobar los cambios al contrato.

Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 22,00 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.

V º B º
EL SECRETARIO
EL ALCALDE



Fdo.: Placido Martín Barriyuso




Fdo. Miguel A. Peralta Roldán

10 de Julio de 2007


ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO
el 10 de Julio de 2007
Hora de celebración: 21,00 horas
Lugar: Casa Consistorial de Mocejón
Tipo de Sesión: Extraordinaria
Convocatoria: PRIMERA

Señores Asistentes:
Alcalde-Presidente:
D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO

Concejales:

Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ
Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO
D. ROBERTO ORTEGA GARCIA
D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO
Dª. CELIA REDONDO GOMEZ
D. LUIS RIVERA MARTÍN-ANDINO
Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ
D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA
Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO
D. PEDRO GARCIA OLIVA.

Secretario:
D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN
Ausentes:
NINGUNO.
Excusaron su asistencia: Ninguno.
En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 21,00 horas del día 10 de Julio de 2007, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión EXTRAORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.
Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:

O R D E N D E L D I A

PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2007.

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 36.2 del Reglamento de Organización , funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales de 28 de noviembre de 1986,
Se dio lectura al acta correspondiente a la sesión de fecha 21 de Junio, preguntándose por la Presidencia si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta.
Los Sres. asistentes por UNANIMIDAD acuerdan aprobar el acta correspondiente a la sesión de fecha 21 de Junio de 2007.
SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.
No hubo.
TERCERO.- INFORMACIÓN PROGRAMA DE FIESTAS DE LA VIRGEN DEL CARMEN.
Por el Sr. Alcalde se explica lo manifestado en la Comisión informativa donde se procedió a explicar el programa.
Con permiso de la Presidencia, toma la palabra el Concejal D. Luis Rivera Martín-Andino, el cual indica que no le parece correcto que la información y los programas se hayan entregado con carácter previo a dar cuenta al Pleno para su toma de conocimiento, pues esto implica que no hubiera sido posible realizar ninguna propuesta.
Continua D. Luis solicitando alguna explicación sobre el espectáculo taurino, dado que el mismo es a beneficio de un Hogar el Jubilado.
Contesta el Sr. Alcalde D. Placido Martín que en efecto, es voluntad del grupo de gobierno el construir en Hogar del Jubilado, pues considera que el Centro de Día no presta los servicios que desde su punto de vista debería tener, indicando que él entiende el Hogar del Jubilado con espacios para ocio, más amplio, y el Centro de Día con funciones como el de Bargas.
Toma la palabra nuevamente el Sr. D. Luis Rivera el cual mantiene que no entiende el concepto de Hogar del Jubilado y que dicha funcionalidad no este comprendida en lo que es el Centro de Día, pues en el de Bargas, la esencia es que el mismo da el servicio de estancias diurnas, y este servicio, esta previsto que sea asumido por la nueva residencia, motivo por el cual considera absurdo el duplicar servicios. Solicita asimismo saber si el beneficio es antes o después de gastos.
Contesta el Sr. Alcalde que el beneficio será después de gastos.
Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, del Grupo Socialista, que manifiesta que le sorprende lo del Hogar del Jubilado, acepción esta que no existe dado que su fundamento y servicios, fue legalmente establecido, y ampliado por la legislación a través de los Centros de Día, por ello, sugiere que antes de tomar en consideración algunas iniciativas, que el mínimo exigible es que las mismas tengan su cobertura legal.
Tras diversas intervenciones más, los Señores Corporativos toman conocimiento del programa de fiestas de la Virgen del Carmen.
CUARTO.- DESAFECTACION DE PARCELA PARA SU CESIÓN A LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA.

Por el que suscribe se da cuenta del expediente realizado para la cesión de terrenos a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para la construcción de una Residencia de Mayores, informando asimismo que ha de procederse a la desafectación de la calificación jurídica del bien para convertirlo en Patrimonial siguiendo para ello el procedimiento establecido en el Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales.

Seguidamente se procede a dar lectura del informe de Secretaria que resulta del siguiente tenor literal:

“D. Miguel A. Peralta Roldán, Secretario del Ilmo. Ayuntamiento de Mocejón, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 54 TRRL y Decreto de Alcaldía de fecha 5 de Julio de 2007 se emite informe sobre los extremos que se precisarán en base a los siguientes

A N T E C E D E N T E S

PRIMERO.- El Ayuntamiento de Mocejón es dueño de la parcela nº 154 sita en “el Laderón”. Dicha Parcela se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad así como en el Libro de Inventarlo de Bienes de la Corporación con la calificación de dotacional público.

SEGUNDO.- La legislación aplicable viene determinada en el artículo 81 LRBRL que establece la necesidad de procedimiento en el que se acredite su oportunidad y legalidad. En el artículo 8. 2 del RB que fija la exigencia de previa información pública por plazo de un mes y que el acuerdo sea tomado con el quórum de la mayoría absoluta legal.

SEGUNDO. Es preciso en el expediente acreditar la oportunidad y legalidad de la alteración de la calificación jurídica.

En el Decreto de la Alcaldía quedan patentes las razones de oportunidad.

La legalidad desde el punto de vista de su causa o presupuestos de hecho y desde los fines que se persiguen, se cumple también por cuanto se procura el interés general, no detectándose infracción.

Por lo expuesto, el funcionario que suscribe informa:

PRIMERO.-. Lo actuado se ajusta a la legalidad y se aprecian razones de oportunidad.

SEGUNDO.- Deberá aprobarse la alteración de la calificación jurídica de bien de Dominio Público a bien patrimonial por acuerdo provisional del Pleno de la Corporación con el quórum de la mayoría absoluta legal de miembros de la Corporación, se someterá el procedimiento a información pública por plazo de un mes, para oír reclamaciones que serán resueltas por la Corporación. Si no se produjeran reclamaciones, la aprobación inicial devendría definitiva, haciéndolo así constar en el acuerdo.
No obstante, la Corporación acordará lo pertinente.”

Toma la palabra D. Luis Rivera Martín-Andino del Grupo Socialista, el cual manifiesta que dicho expediente fue iniciado por el Grupo Socialista y que por tanto la opinión de su grupo sigue siendo la misma.

Toma la palabra el Sr. D. Pedro García Oliva de I.U. el cual manifiesta que también esta de acuerdo, si bien, solicita que se les traslade la normativa aplicable al caso para un estudio más detallado.

Sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD, se acuerda:

1º.- Aprobar inicialmente la alteración jurídica de la calificación de la parcela nº 154 al sitio de “El Laderón”, Registral nº 4775, inscrita al tomo 1211, libro 70, folio 127 del Registro de la Propiedad nº 2 de los de Toledo, pasando de bien de Dominio Público a bien Patrimonial


2º.- Que de conformidad con lo establecido en la legalidad vigente se someta el procedimiento a información pública por plazo de un mes, para oír reclamaciones que serán resueltas por la Corporación. Si no se produjeran reclamaciones, la aprobación inicial devendría definitiva.

QUINTO.- PROYECTO DE PLANES PROVINCIALES 2007.
Por el Sr. Alcalde se da cuenta del proyecto redactado por el Ingeniero de Obras Públicas D. Miguel Angel Rosales, técnico de la Excma. Diputación Provincial, para acometer las obras de remodelación de la Plaza del Cerro Palacio de esta Localidad, dentro de las inversiones correspondientes a los Planes Provinciales de 2007. Continua el Sr. Alcalde explicando que desde el punto de vista de su Grupo, consideran el realizar dos modificaciones al proyecto, consistentes en la eliminación del centro de trasformación, para lo cual se tratara el asunto con Iberdrola, y la posibilidad de cambiar una línea de aparcamiento a los efectos de poder dejar una pequeña zona de jardín.

Con permiso toma la palabra el Sr. D. Luis Rivera del Grupo Socialista, el cual manifiesta que el proyecto se realizo con las dos zonas de aparcamiento para descongestionar la Plaza de España, dado que el ajardinamiento posible es tan ínfimo que parecía más conveniente el aparcamiento por necesario. En cuanto al Trasformador, le parece una buena idea, si bien la compañía Iberdrola siempre que se ha tratado este tema ha contestado que los costes debían ser asumidos por el Ayuntamiento.

Toma la palabra el Sr. Concejal D. Pedro García Oliva de I.U., el cual manifiesta que no le parece razonable que se ejecuten los Planes sin antes haber quitado el trasformador, por lo que procuraría cambiar dichos planes.

Contesta el Sr. Alcalde que en efecto, lo primero es quitar el trasformador, pero que los planes provinciales están así, y a estas alturas no es factible cambiarlos, sin perjuicio de posibles modificaciones dentro del proyecto, y que además el aprobar el proyecto aunque el mismo sea modificado es por imperativo a los efectos de que la Administración Municipal pueda seguir trabajando dado que la obra ha de esta adjudicada en el mes de octubre.

Tras algunas intervenciones más, por UNANIMIDAD se acuerda aprobar el proyecto de remodelación de la Plaza del Cerro Palacio de conformidad con el proyecto redactado por el Ingeniero de Obras Públicas D. Miguel Angel Rosales, sin perjuicio de las modificaciones que puedan realizarse.

SEXTO.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL P.A.U. “LOS CIGARRALES”.

Por el Sr. Secretario se da cuenta de la petición formulada por las Mercantiles ACTUACIONES LOCALES S.L. e Y28 ALBATERRA, las cuales tras diversas negociaciones para unir sus diferentes proposiciones jurídico-económicas para el desarrollo del P.A.U. denominado “Los Cigarrales”, han decidido acordar el acometer de forma conjunta el mencionado programa asociándose y protocolizando los acuerdos alcanzados mediante documento notarial obrante al expediente.

Considerando que la asociación de los competidores se soporta en el art. 120.6 in fine del TRLOTAU.

Se suceden diversas preguntas aclaratorias sobre lo acontecido hasta la fecha respecto del desarrollo del procedimiento.

Sometido el asunto a votación, por 10 votos a favor de los Grupos Popular y Socialista y la Abstención del miembro de I.U. el cual manifiesta que no dispone aún del conocimiento necesario para entender estas situaciones complejas. Se acuerda:

Adjudicar provisionalmente la ejecución del Programa de Actuación Urbanizadora “LOS CIGARRALES DE MOCEJÓN”, de conformidad con los acuerdos adoptados por las empresas competidoras y que han sido plasmados en Documento Público, a las empresas:

- ACTUACIONES LOCALES S.L.
- Y28 ALBATERRA S.L.
- REGASCON S.A..

SEPTIMO.-APROBACION DE LA REPARCELACIÓN DEL SECTOR INDUSTRIAL TOLEDO I.

Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que se ha procedido por los interesados del Polígono Toledo I a la modificación del proyecto de reparcelación presentado estando todos conformes con el documento redactado de conformidad con los acuerdos firmados.

Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista, que pregunta en relación con los plazos de ejecución de las obras, los cuales se han sobrepasado.

El que suscribe explica que esta cuestión fue asimilismo vista en las reuniones mantenidas entre todas las partes y había problemas en cuanto a la ejecución, pues el proyecto originario no contaba con elementos como son las redes de agua separativas para incendios, y que ahora son obligatorias, motivo por el cual no ha podido ejecutarse hasta que no se ha procedido a la modificación del proyecto.

Visto el proyecto de reparcelación del Polígono Industrial Toledo I, así como las modificaciones realizadas al mismo.

Considerando que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido.

Por diez votos a favor de los Grupos Popular y Socialista, y una Abstención del Grupo de Izquierda Unida, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de esta Corporación se acuerda:

1º.- Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación del Polígono Industrial Toledo I de esta Localidad.

2º.- Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el B.O.P. de Toledo y se proceda a la notificación de los interesados en el procedimiento.

OCTAVO.- CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN EMPRESA TAURINA.

Por el Sr. Alcalde se explica que a los efectos de desarrollar el festejo programado para la festividad de la Virgen del Carmen, así como los que posteriormente realice el Ayuntamiento en las fiestas de Septiembre, es necesario constituir al Ayuntamiento como empresa Taurina.

Tras algunas explicaciones, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda que se proceda a la constitución del Ayuntamiento como Empresa Taurina.

Antes de proceder a levantar la sesión, por el Sr. Alcalde se proponer la inclusión de una moción urgente a los efectos de aprobar algunos cambios en creación y composición de las Comisiones informativas.

Por UNANIMIDAD se acuerda la inclusión del punto en le orden del día, dándole numeración correlativa.
NOVENO.- CREACIÓN DE COMISIONES INFORMATIVAS.

Por el Sr. Secretario se da lectura a la siguiente moción.

PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mocejón, considerando que es inherente al sistema democrático que el gobierno de los Ayuntamientos sea ostentado por la mayoría natural pero conjugando este principio, si fuere posible con la participación de todas las fuerzas políticas en todos los órganos colegiados.

Por lo tanto, y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 38 del R.O.F. y disposiciones concordantes propone al Ayuntamiento Pleno para su aprobación, si procede, de la siguiente M O C I O N, que modifica la aprobada por el Pleno Corporativo en Sesión de fecha 21 de Junio, al considerarse que de esta forma las comisiones informativas están más en consonancia con las Concejalias y delegaciones efectuadas a los Concejales, quedando de la siguiente forma:

Primero.- Crear las siguientes Comisiones informativas:

- Comisión informativa Permanente de Hacienda y Especial de Cuentas.
- Comisión de Festejos y Deportes.
- Comisión de Obras y Urbanismo
- Comisión de Juventud, medio ambiente y agricultura
- Comisión de Personal, mantenimiento de servicios y seguridad ciudadana.
- Comisión de Educación, cultura y tecnología
- Comisión de Bienestar Social y de la Mujer.

Las Comisiones Informativas tendrán como cometido el informe de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.
Cualquier materia que no sea competencia de otra Comisión Informativa y que haya de ser dictaminada, se integrará en la Comisión de Servicios.

Segundo.- La Presidencia de las Comisiones Informativas corresponde al Sr. Alcalde.

Tercero.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para todos aquellos actos que sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

Toma la palabra D. Luis Rivera, que manifiesta que su grupo considera adecuada la formación de las comisiones, si bien, no son conformes con la proporcionalidad de las mismas, puesto que el Grupo Socialista con cuatro miembros en el Plenario solo tiene un miembro en las comisiones y el Grupo de I.U. con un solo miembro en el plenario tiene la misma representación al estar en todas las comisiones.

Se abre un enconado debate en torno a este asunto, acordándose finalmente que por el Sr. Secretario se informe en relación con la proporcionalidad y miembros de las Comisiones Informativas.

Sometida la moción a votación, la misma es aprobada por UNANIMIDAD.

Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 21,45 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.

V º B º
EL SECRETARIO
EL ALCALDE



Fdo.: Placido Martín Barriyuso




Fdo. Miguel A. Peralta Roldán