<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673</id><updated>2011-04-21T20:41:35.364+02:00</updated><title type='text'>PLENOS</title><subtitle type='html'>Actas plenarias del Ayuntamiento de Mocejón.</subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default?max-results=100'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>27</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-7024911523567267279</id><published>2008-12-17T17:17:00.001+01:00</published><updated>2008-12-17T17:17:45.907+01:00</updated><title type='text'>26 DE NOVIEMBRE DE 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 26 de noviembre de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,10 horas&lt;br /&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Extraordinaria-urgente Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ&lt;br /&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;br /&gt;D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;br /&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ&lt;br /&gt;D. LUIS RIVERA MARTIN ANDINO&lt;br /&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. ANTONIO ALONSO ZAZO&lt;br /&gt;Ausentes:&lt;br /&gt;Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;br /&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA.&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las veinte horas y diez&lt;br /&gt;minutos del día 26 de noviembre de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al&lt;br /&gt;objeto de celebrar Sesión extraordinaria-urgente del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr.&lt;br /&gt;Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Antonio Alonso Zazo.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde explica que en la convocatoria figura que la sesión a celebrar es&lt;br /&gt;extraordinaria, debiendo figurar extraordinaria-Urgente.- Explica la urgencia de la misma, votándose&lt;br /&gt;la misma, se aprueba en votación ordinaria por unanimidad la declaración de la urgencia, pasando a&lt;br /&gt;continuación a tratar el&lt;br /&gt;O R D E N D E L D I A&lt;br /&gt;2&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde da cuenta de la Resolución del día de hoy de la Dirección General de&lt;br /&gt;Administración Local, de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia de la Junta de&lt;br /&gt;Comunidades de Castilla La Mancha nombrando Secretario-Interventor del Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Mocejón, con carácter provisional, al funcionario de Administración Local con habilitación de&lt;br /&gt;carácter estatal, a D. Antonio Alonso Zazo&lt;br /&gt;Por parte de D. Luis Rivera, se solicita se guarde un minuto de silencio, en memoria del&lt;br /&gt;ex concejal fallecido D. Alejandro Mora, trasladando a su familia el pesar de la corporación.&lt;br /&gt;Una vez realizada la petición de D. Luis Rivera, el Sr. Alcalde agradece la solicitud&lt;br /&gt;formulada por D. Luis Rivera, en nombre propio así como del resto de la corporación.&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA EN BORRADOR DE LA SESIÓN&lt;br /&gt;ANTERIOR, Al no estar confeccionado el borrador, se aprobará en la próxima sesión.&lt;br /&gt;2º.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN&lt;br /&gt;CAMPO DE FÚTBOL 11 DE CÉSPED ARTIFICIAL.- El Sr. Alcalde da lectura a la valoración técnica&lt;br /&gt;efectuada, siendo la propuesta que eleva la Mesa de Contratación para su aprobación por el Pleno.&lt;br /&gt;En este momento se incorpora al Pleno Dª María Teresa Rodríguez Ruano.&lt;br /&gt;A la vista del informe de valoración técnica, que se anexa a esta acta, arroja el siguiente&lt;br /&gt;resultado:&lt;br /&gt;1.- TIGERTURF IBÉRICA, S.L. Puntuación: 84,03.&lt;br /&gt;2.- OPSA, Obras y Pavimentos Especiales, S.A. Puntuación: 83,13.&lt;br /&gt;3.- UTE LIMONTA SPORT-IBÉRICA-AROSA Puntuación: 81,19.&lt;br /&gt;4.- UTE IMPORMAN-LOZOYA. Puntuación: 75,33.&lt;br /&gt;5.- UTE AM ALONSO- SPORT MANCHA- TECDECO Puntuación: 73,81.&lt;br /&gt;6.- MONDO IBÉRICA, S.A. Puntuación: 70,82.&lt;br /&gt;7.- CIOPSA. Puntuación: 70,25.&lt;br /&gt;8.- EXCAVACIONES LOS MOLINOS S.L.. Puntuación: 61,21.&lt;br /&gt;9.- EXTRANFER 97, S.L.. Puntuación: 59,28.&lt;br /&gt;10.- REFORSAN Reformas Integrales, S.L. Puntuación: 54,76.&lt;br /&gt;11.- ALVAC. Puntuación: 52,27.&lt;br /&gt;12.- TALAVERANA CONSTR. PROM. OBRAS PUBL, S.L. Puntuación: 44,12&lt;br /&gt;El portavoz del Grupo Socialista manifiesta que su Grupo votará a favor, pero consideran&lt;br /&gt;que la subvención concedida se debería haber empleado en la construcción de un nuevo vaso de&lt;br /&gt;piscina, tal y como se concedió en su día.&lt;br /&gt;En votación ordinaria se aprueba por unanimidad de los concejales presentes, seis votos del&lt;br /&gt;Grupo Popular y tres votos del Grupo Socialista, la adjudicación provisional propuesta por la Mesa de&lt;br /&gt;Contratación, a TIGERTURF IBRÉRICA S.L. de las obras de construcción de un campo de fútbol 11&lt;br /&gt;de césped artificial, en la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA MIL CUARENTA Y NUEVE euros y&lt;br /&gt;SESENTA Y DOS CÉNTIMOS de euro y CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SIETE euros&lt;br /&gt;con NOVENTA Y CUATRO céntimos de euro de I.V.A.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;3&lt;br /&gt;3º.- SOLICITUD DE CESIÓN DE LA TVA AVDA CASTILLA-LA MANCHA Y&lt;br /&gt;AUTORIZACIÓN AL SR. ALCALDE PARA FIRMA DEL ACUERDO, ANTE LA CONSEJERÍA DE&lt;br /&gt;ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE LA JCCM.- El Sr. Alcalde da lectura al escrito&lt;br /&gt;del Delegado Provincial de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda R/S 990677 de 10&lt;br /&gt;de noviembre, recibido en el Ayuntamiento el día 14 del mismo mes, solicitando a los efectos de&lt;br /&gt;formalizar la cesión de la travesía, acuerdo de Pleno en el que conste:&lt;br /&gt;a) Solicitud de cesión de la travesía&lt;br /&gt;b) Autorizar al Alcalde para la firma del Acuerdo.&lt;br /&gt;Por parte de D. Luis Rivera se solicita aclaración si es Travesía Castilla La Mancha y Avenida&lt;br /&gt;Aranjuez.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde contesta que se trata de toda la Travesía.&lt;br /&gt;En votación ordinaria, por unanimidad de los concejales presentes, seis votos del Grupo Popular y&lt;br /&gt;tres votos del Grupo Socialista, solicitar la solicitud de la cesión de la Travesía y autorizar al Sr.&lt;br /&gt;Alcalde para la firma del Acuerdo.&lt;br /&gt;Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las&lt;br /&gt;veinte horas y veinticinco minutos horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr.&lt;br /&gt;Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;V º B º EL SECRETARIO&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;Fdo. Antonio Alonso Zazo&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-7024911523567267279?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/7024911523567267279'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/7024911523567267279'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/12/26-de-noviembre-de-2008.html' title='26 DE NOVIEMBRE DE 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-1019341436106301762</id><published>2008-12-17T17:16:00.001+01:00</published><updated>2008-12-17T17:16:53.873+01:00</updated><title type='text'>29 DE OCTUBRE DE 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 29 de Octubre de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,00 horas&lt;br /&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Ordinaria Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. Plácido Martín Barriyuso.&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;Dª Maria del Sol Pérez Pérez.&lt;br /&gt;D. Roberto Ortega García.&lt;br /&gt;D. Ángel Javier Moreno Ruano.&lt;br /&gt;Dª Celia Redondo Gómez.&lt;br /&gt;D. Luis Rivera Martín-Andino.&lt;br /&gt;Dª Maria Guadalupe Martín González.&lt;br /&gt;D. Juan Luis Alonso Oliva.&lt;br /&gt;Dª Maria del Mar Rodríguez Ruano.&lt;br /&gt;D. Pedro García Oliva.&lt;br /&gt;Secretario Accidental:&lt;br /&gt;D. José Ramón Díaz Rodríguez.&lt;br /&gt;Ausentes:&lt;br /&gt;Dª Maria Teresa Rodríguez Ruano.&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20.00 horas del&lt;br /&gt;día 29 de Octubre de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto&lt;br /&gt;de celebrar Sesión ORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde&lt;br /&gt;D. Plácido Martín Barriyuso y actuando de Secretario Accidental D. José Ramón Díaz&lt;br /&gt;Rodríguez.&lt;br /&gt;Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;br /&gt;O R D E N D E L D Í A&lt;br /&gt;2&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA&lt;br /&gt;SESIÓN ANTERIOR.&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el acta de la sesión plenaria&lt;br /&gt;correspondiente al 28 de Agosto de 2008.&lt;br /&gt;SEGUNDO.- DECRETOS DE LA ALCALDÍA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental se da cuenta de los decretos habidos desde la sesión&lt;br /&gt;anterior, preguntando el Sr. Alcalde si se requiere alguna aclaración, a lo que los presentes&lt;br /&gt;contestan que no.&lt;br /&gt;Los Sres. Corporativos toman conocimiento.&lt;br /&gt;TERCERO.- COMISIÓN DE SERVICIOS DEL SECRETARIO-INTERVENTOR.&lt;br /&gt;En estos momentos siendo las 20.20 horas se incorpora a la sesión la 2ª Tte.&lt;br /&gt;de Alcalde Dª Mª Teresa Rodríguez Ruano.&lt;br /&gt;Con permiso de la Presidencia, la Sra. 1ª Tte. de Alcalde Dª. Mª Sol Pérez,&lt;br /&gt;toma la palabra y explica a los presentes la petición presentada por el Secretario-&lt;br /&gt;Interventor de la corporación D. Miguel Ángel Peralta, solicitando autorización para&lt;br /&gt;solicitar a la Consejería de Administraciones Públicas su traslado al Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Yeles en Comisión de Servicios, autorización que fue satisfecha por este Ayuntamiento&lt;br /&gt;el 10 de septiembre y con fecha 15 de septiembre, la Consejería mediante Resolución&lt;br /&gt;de la Dirección General de Administración Local autorizo la Comisión de Servicios.&lt;br /&gt;Seguidamente explica que se están manteniendo entrevistas con posibles&lt;br /&gt;candidatos, pero hasta la fecha no hay concretado nada con ninguno de ellos.&lt;br /&gt;Tras varias matizaciones y observaciones al respecto los Sres. Corporativos,&lt;br /&gt;toman conocimiento del expediente.&lt;br /&gt;3&lt;br /&gt;CUARTO.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO Y ORDENANZA REGULADORA&lt;br /&gt;DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.&lt;br /&gt;Por la Concejal Delegada de Bienestar Social Dª Mª Sol Pérez, se explica a los&lt;br /&gt;presentes que debido a la modificación de la normativa que regulan las subvenciones&lt;br /&gt;para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Castilla La Mancha, el&lt;br /&gt;ayuntamiento se ve obligado a modificar el Reglamento y Ordenanza que regula el&lt;br /&gt;mismo para adecuarse a la nueva normativa, quedando el mismo como sigue:&lt;br /&gt;“REGLAMENTO Y ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A&lt;br /&gt;DOMICILIO.&lt;br /&gt;CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.&lt;br /&gt;Art. 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y FINALIDAD.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Mocejón es una&lt;br /&gt;Prestación social de carácter complementario, temporal y transitorio realizada en la residencia&lt;br /&gt;habitual del interesado, que proporciona, mediante personal cualificado&lt;br /&gt;(los/as Auxiliares de Ayuda a Domicilio) y supervisado directamente por los Trabajadores&lt;br /&gt;Sociales que conforman el Equipo Base de Servicios Sociales, una serie de intervenciones&lt;br /&gt;profesionales de carácter preventivo, formativo, asistencial y de rehabilitación social, dirigidas&lt;br /&gt;a personas y familias con dificultades para permanecer en su medio habitual,&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad promover, mantener o restablecer&lt;br /&gt;la autonomía personal de la persona o la familia con el fin de facilitar la permanencia en el&lt;br /&gt;medio habitual de vida evitando situaciones de desarraigo y desintegración social, así como&lt;br /&gt;institucionalizaciones innecesarias.&lt;br /&gt;Art. 2. OBJETIVOS QUE PERSIGUE ESTE SERVICIO&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio, en el que la Prestación se materializa, pretende conseguir los&lt;br /&gt;siguientes objetivos:&lt;br /&gt;-Mejorar la calidad de vida y la autonomía personal&lt;br /&gt;-Prevenir, evitar o retrasar el internamiento innecesario de personas que, con una alternativa&lt;br /&gt;adecuada, puedan permanecer en su medio habitual de vida.&lt;br /&gt;-Prevenir y atender situaciones coyunturales de crisis personales o familiares, proporcionando&lt;br /&gt;apoyo para evitar posibles deterioros.&lt;br /&gt;-Promover la convivencia del/la usuario/-a en su grupo familiar y en su entorno comunitario.&lt;br /&gt;-Favorecer la participación del/la usuario/a en la vida de la Comunidad.&lt;br /&gt;-Colaborar con las familias en los casos en que éstas, por sí mismas, no puedan atender&lt;br /&gt;totalmente las necesidades del/la usuario/a.&lt;br /&gt;-Apoyar a grupos familiares con menores a su cargo en sus responsabilidades de la vida diaria,&lt;br /&gt;siempre que en éstas exista una desestructuración u organización.&lt;br /&gt;-Favorecer en el/la usuario/a el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida&lt;br /&gt;adecuado.&lt;br /&gt;Art. 3. CONDICIONES DE ADMISIÓN.&lt;br /&gt;Podrán ser usuarios/as de la prestación de Ayuda a Domicilio todos aquellos individuos,&lt;br /&gt;familias u otras unidades de convivencia que carezcan de autonomía personal de tipo parcial o&lt;br /&gt;4&lt;br /&gt;total, temporal o definitiva, para permanecer en su medio habitual de vida, y que reúnan los&lt;br /&gt;siguientes requisitos:&lt;br /&gt;a) Las personas en situación de dependencia, en el marco del Sistema para la&lt;br /&gt;Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con resolución aprobatoria&lt;br /&gt;del Programa Individual de Atención.&lt;br /&gt;b) Estar empadronados/as en el municipio de Mocejón, o que se encuentre&lt;br /&gt;residiendo en él acogidos por familiares.&lt;br /&gt;c) Requerir alguna/s de las modalidades contempladas en el articulo 4º del&lt;br /&gt;capítulo II de Prestaciones&lt;br /&gt;CAPÍTULO II: DEL CONTENIDO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.&lt;br /&gt;Art. 4. LAS MODALIDADES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A&lt;br /&gt;DOMICILIO SERÁN LAS SIGUIENTES:&lt;br /&gt;Las modalidades de prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio son:&lt;br /&gt;a) Ayuda a Domicilio Básica: Se prestará de lunes a viernes, preferentemente en horario&lt;br /&gt;de mañana y excepcionalmente en horario de tarde.&lt;br /&gt;b) Ayuda a Domicilio a personas en situación de dependencia, en el marco del Sistema para&lt;br /&gt;la Autonomía y Atención a la dependencia (SAAD), con resolución aprobatoria del Programa&lt;br /&gt;Individual de Atención.&lt;br /&gt;c) Ayuda a Domicilio Extraordinaria: Se prestará a aquellos usuarios de la prestación&lt;br /&gt;básica que necesariamente requieren, de forma temporal, la ayuda de otra persona para&lt;br /&gt;realizar actividades de autocuidado (acostarse y levantarse, aseo personal, vestirse y&lt;br /&gt;desvestirse).&lt;br /&gt;Su finalidad es la prestación de apoyo personal durante los fines de semana&lt;br /&gt;(sábados y domingos) y días festivos a personas con grandes dependencias para cuidar de&lt;br /&gt;sí mismas.&lt;br /&gt;Cuando este apoyo se requiera de forma permanente serán derivados al SAAD. No&lt;br /&gt;obstante, hasta en tanto no exista resolución aprobatoria del Programa Individual de&lt;br /&gt;Atención podrán recibir esta prestación.&lt;br /&gt;d) Ayuda a Domicilio Básica a familias con parto múltiple. Se entiende por parto múltiple&lt;br /&gt;cuando el número de hijos que nacen en un mismo parto es de dos o más.&lt;br /&gt;Tipología de actuaciones.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio debe ofrecer una atención integral a los/as usuarios/as que&lt;br /&gt;dé respuesta a la totalidad de las necesidades del individuo y en la que resalta el carácter&lt;br /&gt;preventivo, educativo y asistencial de todas las actuaciones.&lt;br /&gt;Las actuaciones básicas contempladas en el presente Reglamento son las siguientes:&lt;br /&gt;A) Actuaciones de carácter doméstico.&lt;br /&gt;B) Actuaciones de carácter personal.&lt;br /&gt;C) Actuaciones de carácter educativo.&lt;br /&gt;D) Actuaciones de carácter socio-comunitario.&lt;br /&gt;A) Actuaciones de carácter doméstico.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter doméstico son aquellas actividades y tareas cotidianas que se&lt;br /&gt;realizan en el hogar, destinadas al fomento y mantenimiento de la autonomía personal y/o&lt;br /&gt;familiar.&lt;br /&gt;5&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:&lt;br /&gt;-Relacionadas con la alimentación del/la usuario/a.&lt;br /&gt;-Preparación de alimentos en el hogar ( o recogida de estos fuera del mismo)&lt;br /&gt;-Compras y gestiones fuera del domicilio, que el usuario no pueda realizar por&lt;br /&gt;si mismo.&lt;br /&gt;-Lavado y planchado de ropa en el domicilio del/la usuario.&lt;br /&gt;-Servicio de lavandería y planchado, fuera del domicilio, concertado con&lt;br /&gt;terceros.&lt;br /&gt;-Repaso y ordenación de ropa.&lt;br /&gt;-Limpieza de la vivienda, de choque y ordinaria.&lt;br /&gt;No cubre, bajo ningún concepto, limpiezas generales o profundas que se hayan de&lt;br /&gt;realizar en la vivienda.&lt;br /&gt;Se prestaran estos servicios siempre y cuando el beneficiario o su cónyuge no pueda&lt;br /&gt;realizarlos adecuadamente, así como otros familiares que residan en la misma vivienda&lt;br /&gt;B) Actuaciones de carácter personal.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter personal son aquellas actividades y tareas cotidianas que&lt;br /&gt;fundamentalmente recaen sobre el/la propio/a destinatario/a de la Prestación, dirigidas a&lt;br /&gt;promover y mantener su bienestar personal y social.&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades y&lt;br /&gt;tareas:&lt;br /&gt;- Aseo, higiene personal y vestido del/la usuario/a.&lt;br /&gt;- Ayuda para su alimentación y control de la misma, en la medida de lo&lt;br /&gt;posible y en función del tiempo de prestación.&lt;br /&gt;- Compañía dentro y fuera del domicilio.&lt;br /&gt;- Paseos al exterior con fines sociales y terapéuticos.&lt;br /&gt;- Apoyo para la movilización de la persona dependiente dentro y/o fuera del&lt;br /&gt;hogar.&lt;br /&gt;- Acompañamiento para visitas médicas y gestiones que el usuario/-a no&lt;br /&gt;pueda realizar por sí mismo, siempre y cuando carezca de familiares de apoyo&lt;br /&gt;que puedan llevar a cabo esta tarea.&lt;br /&gt;C) Actuaciones de carácter educativo.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter educativo son aquéllas que están dirigidas a fomentar&lt;br /&gt;hábitos de conducta y adquisición de habilidades básicas.&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades&lt;br /&gt;- Organización económica y familiar.&lt;br /&gt;- Planificación de higiene familiar&lt;br /&gt;- Formación en hábitos de convivencia (familia, entorno, etc.).&lt;br /&gt;- Apoyo a la integración y socialización.&lt;br /&gt;- Educación en habilidades personales y sociales&lt;br /&gt;D) Actuaciones de carácter socio-comunitario.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter socio-comunitario son aquellas actividades o tareas&lt;br /&gt;dirigidas a fomentar la participación del/a usuario/a en su comunidad y en actividades de ocio y&lt;br /&gt;tiempo libre.&lt;br /&gt;6&lt;br /&gt;E) Ayudas Técnicas: TELEASISTENCIA&lt;br /&gt;Recurso complementario de la Ayuda A Domicilio que posibilita la atención&lt;br /&gt;permanente del usuario en situaciones de emergencia, mediante la instalación en el domicilio&lt;br /&gt;de terminales telefónicos conectados con un centro receptor de avisos.&lt;br /&gt;La solicitud se dirigirá a la Delegación Provincial de Bienestar Social de Toledo,&lt;br /&gt;quien emitirá resolución sobre el expediente, pudiendo realizarse a través del los Servicios&lt;br /&gt;Sociales municipales.&lt;br /&gt;Art. 5: Horario.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio se prestará principalmente de lunes a viernes en&lt;br /&gt;horario de mañana y excepcionalmente en horario de tarde.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene carácter temporal o transitorio, debiendo la&lt;br /&gt;Resolución indicar la fecha de inicio del mismo.&lt;br /&gt;La intensidad del servicio se establecerá en función de la modalidad de prestación y de&lt;br /&gt;las necesidades específicas de los usuarios:&lt;br /&gt;a) En la Ayuda a Domicilio Básica, el límite máximo de horas de prestación será hasta&lt;br /&gt;55 horas por beneficiario y mes, salvo circunstancias excepcionales acreditadas por los&lt;br /&gt;Servicios Sociales de Base municipales.&lt;br /&gt;b) En la Ayuda a Domicilio Extraordinaria hasta 2 horas por beneficiario y día, salvo&lt;br /&gt;circunstancias excepcionales acreditadas por los Servicios Sociales de Base municipales.&lt;br /&gt;c) En la Ayuda a Domicilio a personas en situación de dependencia en el marco del&lt;br /&gt;SAAD, con resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención en el que se determina&lt;br /&gt;la intensidad de la prestación en intervalos según el grado y nivel de dependencia:&lt;br /&gt;Grado y Nivel Horas de atención al mes&lt;br /&gt;Grado III&lt;br /&gt;Gran Dependencia&lt;br /&gt;Nivel 2 Entre 70 y 90&lt;br /&gt;Nivel 1 Entre 55 y 70&lt;br /&gt;Grado II&lt;br /&gt;Dependencia severa&lt;br /&gt;Nivel 2 Entre 40 y 55&lt;br /&gt;Nivel 1 Entre 30 y 40&lt;br /&gt;Los limites establecidos en el presente reglamento, regulados en el articulo 8 del&lt;br /&gt;Decreto 41/2008, de 01-04-2008, por el que se regulan las subvenciones para la prestación del&lt;br /&gt;Servicio de Ayuda a Domicilio en Castilla- La Mancha, se modificaran de forma automática&lt;br /&gt;aplicándose las normativas que puedan modificar estos límites, y en concreto la Ley de&lt;br /&gt;promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.&lt;br /&gt;d) En la Ayuda a Domicilio Básica a familias con parto múltiple: hasta 2 horas por&lt;br /&gt;unidad familiar y día durante un período máximo de dieciocho meses computables desde la&lt;br /&gt;fecha de nacimiento de los hijos o hijas.&lt;br /&gt;7&lt;br /&gt;Con carácter excepcional y cuando concurran circunstancias especiales que lo&lt;br /&gt;aconsejen apreciadas por la Comisión de Valoración y Seguimiento de Ayuda a Domicilio de la&lt;br /&gt;Delegación Provincial de Bienestar Social de Toledo, podrán superarse las intensidades&lt;br /&gt;establecidas en este articulo.&lt;br /&gt;Queda exceptuada de valoración por parte de esta Comisión el servicio de Ayuda a&lt;br /&gt;domicilio en el marco del SAAD.&lt;br /&gt;CAPÍTULO III: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO&lt;br /&gt;Art. 6.- TITULARIDAD Y GESTIÓN&lt;br /&gt;La prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio es competencia del Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Mocejón como responsable en su ámbito territorial. El mismo asumirá la titularidad del Servicio,&lt;br /&gt;que podrá gestionar de forma directa o mediante subcontratación. En el caso de&lt;br /&gt;subcontratación, la Corporación Local mantendrá las funciones de coordinación, seguimiento,&lt;br /&gt;supervisión y evaluación.&lt;br /&gt;El procedimiento mediante el cual se realizará el Servicio de Ayuda a Domicilio será&lt;br /&gt;mediante la adjudicación del servicio en cualquiera de las formas de concertación o contrato&lt;br /&gt;que posibilite la legislación vigente, sin que, en ningún caso, ello signifique establecimiento de&lt;br /&gt;relación laboral entre el Ayuntamiento y los/as trabajadores/as de la empresa adjudicataria.&lt;br /&gt;Art. 7. MEDIOS HUMANOS.&lt;br /&gt;La realización de las prestaciones que contiene el Servicio de Ayuda a Domicilio se&lt;br /&gt;realizarán directamente a través de:&lt;br /&gt;1.-Trabajador Social de Zona : Profesional que recibe la demanda, realiza el&lt;br /&gt;estudio y valoración de la situación presentada y diseña un proyecto de&lt;br /&gt;intervención adecuado, en coordinación con el Trabajador Social de&lt;br /&gt;Programas. Asimismo son los responsables de la supervisión, seguimiento,&lt;br /&gt;coordinación y evaluación del servicio.&lt;br /&gt;2.-Educador/a: Profesional que podrá orientar y fomentar la creación o&lt;br /&gt;modificación de hábitos de convivencia como apoyo a la integración y&lt;br /&gt;socialización del/la usuario/a, principalmente en los casos que requieran&lt;br /&gt;intervención familiar, previa derivación por los Trabajadores Sociales.&lt;br /&gt;3.-Auxiliares de Ayuda a Domicilio: Profesionales encargados/as de realizar las&lt;br /&gt;tareas de carácter doméstico y personal bajo las orientaciones del equipo&lt;br /&gt;multidisciplinar del Centro de Servicios Sociales y el seguimiento del/la&lt;br /&gt;Trabajador/a Social.&lt;br /&gt;Si bien éste es el personal que directamente interviene en la prestación del Servicio de&lt;br /&gt;Ayuda a Domicilio, se contará con otro tipo de personal que se precise y se disponga como&lt;br /&gt;recurso para las tareas que sean necesarias.&lt;br /&gt;Art. 8. NORMAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO.&lt;br /&gt;Iniciación.&lt;br /&gt;El procedimiento para la concesión de las prestaciones del Servicio de Ayuda a&lt;br /&gt;Domicilio podrá iniciarse de oficio, con el consentimiento de la persona interesada o a instancia&lt;br /&gt;de parte.&lt;br /&gt;a) De oficio.&lt;br /&gt;8&lt;br /&gt;Si el procedimiento se inicia de oficio, lo será por acuerdo del órgano competente, bien&lt;br /&gt;por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros&lt;br /&gt;órganos o por denuncia.&lt;br /&gt;Respecto a la contabilización del plazo en los procedimientos iniciados de esta forma, el&lt;br /&gt;día de inicio será precisamente el de la resolución a partir de la cual se acuerde la incoación del&lt;br /&gt;procedimiento de oficio.&lt;br /&gt;En todo caso el procedimiento se ajustará a lo establecido en los artículo 68 a 72 de la&lt;br /&gt;Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del&lt;br /&gt;Procedimiento Administrativo Común.&lt;br /&gt;b) A instancia de parte.&lt;br /&gt;En caso de iniciación a instancia de parte, las solicitudes deberán acompañarse en&lt;br /&gt;todos los casos de la siguiente documentación administrativa, como mínimo:&lt;br /&gt;- Solicitud e Informe médico en modelo normalizado, debidamente&lt;br /&gt;cumplimentados.&lt;br /&gt;- Fotocopia del DNI del/la solicitante y de su cónyuge o pareja de hecho en su&lt;br /&gt;caso, así como del resto de miembros de la unidad familiar de convivencia.&lt;br /&gt;- Fotocopia del Libro de Familia.&lt;br /&gt;- Fotocopia del documento de cobertura de Asistencia Sanitaria.&lt;br /&gt;- Justificante de ingresos anuales de la unidad familiar de convivencia, previa&lt;br /&gt;valoración de la Trabajadora Social de Zona, de las personas que residen en&lt;br /&gt;la vivienda.&lt;br /&gt;- Fotocopia del la declaración del IRPF más reciente, en función de la fecha de&lt;br /&gt;la solicitud, o, en su defecto, certificación negativa de no haberla realizado.&lt;br /&gt;Con independencia de esta documentación, el Ayuntamiento podrá exigir los&lt;br /&gt;documentos complementarios que, durante la tramitación del expediente, estime oportunos&lt;br /&gt;en relación con la prestación.&lt;br /&gt;Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Mocejón o en&lt;br /&gt;los Registros de las oficinas descentralizadas sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38 de la&lt;br /&gt;Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento&lt;br /&gt;Administrativo Común, debiéndose tener en cuenta que el cómputo del plazo para tramitar el&lt;br /&gt;procedimiento se producirá desde la entrada de la solicitud en el Registro General del&lt;br /&gt;Ayuntamiento.&lt;br /&gt;Art. 9. TRAMITACIÓN.&lt;br /&gt;Si una solicitud no reuniera todos los datos y documentos exigidos por la presente&lt;br /&gt;normativa se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o&lt;br /&gt;acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá&lt;br /&gt;por desistido en su petición, archivándose ésta sin más trámite.&lt;br /&gt;El /la Trabajador/a Social del Centro Municipal de Servicios Sociales, a la vista de la&lt;br /&gt;documentación presentada, elaborará el Informe social correspondiente, realizando en su caso&lt;br /&gt;visita domiciliaria, si lo estima procedente, a fin de informar y emitir valoración y diagnóstico&lt;br /&gt;sobre la situación de necesidad en que se encuentra el interesado, determinando el contenido,&lt;br /&gt;periodicidad e idoneidad de la prestación solicitada.&lt;br /&gt;El órgano municipal competente para resolver sobre la concesión o denegación del&lt;br /&gt;servicio, previa autorización de la Delegación Provincial de Bienestar Social, es el Sr. Alcalde,&lt;br /&gt;salvo delegación expresa.&lt;br /&gt;9&lt;br /&gt;La resolución estimatoria o denegatoria que ponga fin al procedimiento se producirá&lt;br /&gt;previo trámite de audiencia al interesado.&lt;br /&gt;El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de seis meses.&lt;br /&gt;En caso de iniciación a instancia de parte el día de inicio del computo del plazo será&lt;br /&gt;aquel en el que la solicitud entre en el Registro General del Ayuntamiento, una vez que la&lt;br /&gt;documentación esté completa por el interesado o persona en quien delegue.&lt;br /&gt;La resolución que se dicte se notificará al interesado/a en el plazo máximo de diez días,&lt;br /&gt;haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o situación de pendiente&lt;br /&gt;de la prestación hasta que sea posible hacer efectiva la prestación del servicio, así como los&lt;br /&gt;recursos que sean procedentes contra dicha resolución, sin perjuicio de que los interesados&lt;br /&gt;puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.&lt;br /&gt;La resolución deberá contener los siguientes extremos:&lt;br /&gt;a) Denegación o concesión provisional del servicio, indicando su incorporación a lista&lt;br /&gt;de reserva si procediese y ésta existiese por falta de disponibilidad de horas de prestación.&lt;br /&gt;b) Condiciones de la concesión (duración, horario de prestación, etc.).&lt;br /&gt;c) Tasa o cuota mensual, en su caso, que abonará el/la beneficiario/a.&lt;br /&gt;d) Otras obligaciones o condiciones establecidas para el/a beneficiario/a.&lt;br /&gt;La falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados a instancia de interesado&lt;br /&gt;producirá efectos positivos, por lo que podrá entenderse estimada.&lt;br /&gt;La falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados de oficio producirá&lt;br /&gt;efectos negativos, por lo que podrá entenderse desestimada la concesión del servicio.&lt;br /&gt;Además de la resolución a la que se refiere el artículo anterior, pondrán fin al&lt;br /&gt;procedimiento el desistimiento, la renuncia, la declaración de caducidad, así como la&lt;br /&gt;imposibilidad material de continuarlo por la aparición de causas sobrevenidas.&lt;br /&gt;Una vez concedido el servicio, podrá modificarse tanto el contenido de la prestación&lt;br /&gt;como el tiempo asignado, en función de las variaciones que se produzcan en la situación del/a&lt;br /&gt;usuario/a que motivó la concesión inicial.&lt;br /&gt;Las modificaciones podrán producirse a petición del/a propio/a interesado/a, mediante&lt;br /&gt;solicitud suscrita por el mismo o a propuesta del profesional del Centro Municipal de Servicios&lt;br /&gt;Sociales, a la vista de los posibles cambios de la situación que motivó la concesión. En cualquier&lt;br /&gt;caso para la tramitación de la modificación será necesaria la valoración técnica correspondiente&lt;br /&gt;y el tramite de audiencia al interesado.&lt;br /&gt;Para la prestación a personas usuarias en el marco del SAAD, no será necesaria la&lt;br /&gt;solicitud por parte de las Corporaciones Locales a la Delegación Provincial de Bienestar Social ya&lt;br /&gt;que se materializará mediante resolución emitida por la persona titular de la citada Delegación&lt;br /&gt;conforme a lo establecido en el Decreto 41/2008, de 01-04-2008 ( art. 10 , punto 7).&lt;br /&gt;Procedimiento especial&lt;br /&gt;Para atender casos de extrema urgencia, se procederá a la inmediata iniciación del&lt;br /&gt;Servicio de Ayuda a Domicilio a propuesta justificada del /la Trabajador/a Social de los&lt;br /&gt;Servicios Sociales de Base y previa concesión de inclusión por parte de la Delegación Provincial&lt;br /&gt;de Bienestar Social, sin perjuicio de su posterior tramitación de acuerdo con el procedimiento&lt;br /&gt;establecido al efecto.&lt;br /&gt;Las solicitudes se valorarán para la concesión de las prestaciones teniendo en cuenta las&lt;br /&gt;características sociales del/la usuario/a o de la familia, así como su grado de autonomía.&lt;br /&gt;10&lt;br /&gt;CAPÍTULO IV: COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN.&lt;br /&gt;Art. 10. ALTAS.&lt;br /&gt;Concedido el Servicio, le será notificado al/la beneficiario/a o representante legal del/la&lt;br /&gt;mismo/a.&lt;br /&gt;En el inicio del Servicio de Ayuda a Domicilio se contará, desde el primer día de&lt;br /&gt;prestación y en el domicilio del perceptor, con la presencia del/la Trabajador/a Social y el/la&lt;br /&gt;Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a fin de que todas las partes suscriban las condiciones en las que&lt;br /&gt;se prestará el Servicio.&lt;br /&gt;Se podrá realizar Acuerdo de condiciones de prestación del Servicio entre el/la&lt;br /&gt;Trabajador/a Social y el solicitante (guardador de hecho o representante legal, en su caso),&lt;br /&gt;firmado por ambas partes, si así se estimase conveniente.&lt;br /&gt;Asimismo el/la Trabajador/a Social velará para que una vez concedida la prestación,&lt;br /&gt;ésta se aplique correctamente.&lt;br /&gt;Art. 11. BAJAS&lt;br /&gt;Las bajas podrán ser Definitivas y Temporales&lt;br /&gt;A) Bajas Definitivas:&lt;br /&gt;Se producirán bajas definitivas por las siguientes situaciones:&lt;br /&gt;l.- Por voluntad o renuncia del/la interesado/a.&lt;br /&gt;2.- Si, a consecuencia de investigaciones, resultara que el/la beneficiario/a&lt;br /&gt;hubiera accedido a la prestación sin reunir los requisitos necesarios o, que&lt;br /&gt;hubiese dejado de reunirlos a posteriori.&lt;br /&gt;3.- Por incumplimiento, por parte del/la interesado/a, de los deberes y&lt;br /&gt;obligaciones inherentes al mismo, establecidos en el Art. 15 del presente&lt;br /&gt;Reglamento.&lt;br /&gt;4.- Por fallecimiento del/la usuario/a.&lt;br /&gt;5.- Por ingreso definitivo en centro residencial de mayores o cambio de&lt;br /&gt;domicilio a otro municipio, por tiempo superior a dos meses.&lt;br /&gt;6.- Por la aparición de causas sobrevenidas que produzcan la imposibilidad&lt;br /&gt;material de continuar con la prestación del servicio.&lt;br /&gt;7.- Por finalización del período de prestación concedido.&lt;br /&gt;8.- Variación de las circunstancias que dieron lugar a la prestación, remisión o&lt;br /&gt;cese de la situación de necesidad.&lt;br /&gt;9.- Mal uso del Servicio, ocultación de datos o información, falta de respeto o&lt;br /&gt;no colaboración con la auxiliar de Ayuda a Domicilio por el usuario o familiar&lt;br /&gt;responsable.&lt;br /&gt;11&lt;br /&gt;La Baja en la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio se cumplimentará en un&lt;br /&gt;documento suscrito por el/la Trabajador/a Social del Centro correspondiente y contendrá los&lt;br /&gt;datos de identificación del/a usuario/a y los motivos por los que causa Baja, así como la fecha&lt;br /&gt;en que se dejará de prestar el Servicio.&lt;br /&gt;En los casos de Baja señalados en el segundo y tercer supuestos, se dará audiencia&lt;br /&gt;al/la interesado/a, para que en el plazo de DIEZ días hábiles formule las alegaciones y presente&lt;br /&gt;las pruebas que estime oportunas. Transcurrido dicho plazo se continuará el procedimiento,&lt;br /&gt;aunque el/la solicitante no hubiere ejercitado su derecho.&lt;br /&gt;B) Bajas Temporales.&lt;br /&gt;La Baja Temporal será aquella en la que el/la usuario/a se ausente de su domicilio por&lt;br /&gt;diversas causas (ingreso en residencia, hospital u otro lugar) o no requiera de las prestaciones&lt;br /&gt;concedidas por disponer de otros apoyos de forma provisional, para lo cual el/la usuario/a&lt;br /&gt;tendría obligación de comunicar la ausencia del Servicio y el derecho a solicitar reanudación del&lt;br /&gt;mismo, siempre por escrito.&lt;br /&gt;La ausencia temporal del domicilio o traslado indefinido de residencia. La ausencia&lt;br /&gt;temporal por periodos inferiores a 6 meses dará lugar a la suspensión de la prestación por el&lt;br /&gt;tiempo de su duración y la reincorporación estará condicionada a la existencia de plazas&lt;br /&gt;vacantes. No se considerará baja temporal el periodo inferior a dos meses cuando por motivos&lt;br /&gt;socio-sanitarios se necesite el traslado con familiares o internamientos en centros sanitarios.&lt;br /&gt;En periodos diferentes a los marcados por ley hasta seis meses o inferiores, se pagara&lt;br /&gt;la cuota mensual establecida por la reserva de plaza, salvo circunstancias debidamente&lt;br /&gt;informadas por los Servicios sociales.&lt;br /&gt;CAPÍTULO V: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO&lt;br /&gt;Art. 12. SEGUIMIENTO&lt;br /&gt;Una vez iniciado el Servicio se llevará a cabo el seguimiento del caso, que se efectuará por&lt;br /&gt;el/la Trabajador/a Social del Centro Municipal de Servicios Sociales correspondiente,&lt;br /&gt;reflejándose en el expediente del/a usuario/a.&lt;br /&gt;CAPÍTULO VI: REVISIONES&lt;br /&gt;Art. 13. Si una vez asignado el Servicio de Ayuda a Domicilio se comprueba que los datos&lt;br /&gt;proporcionados por el/la usuario/a no son ciertos, se procederá a la corrección de los mismos,&lt;br /&gt;como asimismo se realizará la actualización de los datos económicos de la Unidad de&lt;br /&gt;convivencia de forma anual.&lt;br /&gt;También podrán ser revisados los horarios de prestación del servicio establecidos,&lt;br /&gt;reservándose el derecho el Excelentísimo Ayuntamiento de Mocejón de hacer las modificaciones&lt;br /&gt;pertinentes en base al estado de necesidad del usuario y a la demanda existente en cada&lt;br /&gt;momento.&lt;br /&gt;Anualmente, se presentara declaración anual de ingresos actualizados, en el&lt;br /&gt;departamento de Servicios Sociales, previa petición por escrito de este departamento, al objeto&lt;br /&gt;de la actualización de cuotas mensuales.&lt;br /&gt;12&lt;br /&gt;CAPÍTULO VII: DEBERES Y DERECHOS DEL PERCEPTOR DEL SERVICIO DE AYUDA A&lt;br /&gt;DOMICILIO&lt;br /&gt;Art. 14. DERECHOS&lt;br /&gt;Los/as usuarios/as de la Prestación de Ayuda a Domicilio tendrán derecho a:&lt;br /&gt;- Recibir la prestación respetando en todo momento su individualidad y dignidad personal.&lt;br /&gt;- Recibir adecuadamente la prestación con el contenido y la duración que en cada caso se&lt;br /&gt;considere.&lt;br /&gt;- Ser orientados/as hacia los recursos alternativos que, en su caso, resulten necesarios.&lt;br /&gt;- Ser informados/as sobre el estado de tramitación de su expediente.&lt;br /&gt;- Ser informados/as puntualmente de las modificaciones que pudieran producirse en el régimen&lt;br /&gt;de la prestación.&lt;br /&gt;- Ser oídos/as por cuantas incidencias se observen en la prestación del Servicio, así como en la&lt;br /&gt;calidad del trato humano dispensado.&lt;br /&gt;Art. 15. DEBERES&lt;br /&gt;Los usuarios de la Prestación de Ayuda a Domicilio tendrán los siguientes deberes u&lt;br /&gt;obligaciones:&lt;br /&gt;1) Facilitar el ejercicio de las tareas de los/as profesionales que atiendan el Servicio, así como&lt;br /&gt;poner a su disposición los medios materiales adecuados para el desarrollo de dichas tareas.&lt;br /&gt;2) Ser correctos/as y cordiales en el trato con las personas que prestan el Servicio, respetando&lt;br /&gt;sus funciones profesionales.&lt;br /&gt;3) Corresponsabilizarse en el coste de la prestación en función de su capacidad económica y&lt;br /&gt;patrimonial según baremo aplicado, debiendo abonar mensualmente dicha coste a través de&lt;br /&gt;entidad bancaria donde el beneficiario lo domicilie.&lt;br /&gt;4) Informar de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar, social y&lt;br /&gt;económica que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la Prestación de&lt;br /&gt;Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;5) Comunicar con una antelación mínima de 24 horas al Trabajador/a Social de cualquier&lt;br /&gt;traslado fuera del domicilio que impida la prestación del servicio, o ausencia del domicilio en el&lt;br /&gt;tiempo de prestación, no sólo a la auxiliar de Ayuda a Domicilio&lt;br /&gt;6) Comunicar al Centro Municipal de Servicios Sociales cualquier anomalía en la prestación del&lt;br /&gt;Servicio de Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;7) No encomendar al Auxiliar de Ayuda a Domicilio cualquier otra tarea no establecida por el&lt;br /&gt;Trabajador Social.&lt;br /&gt;8) Cumplir los acuerdos establecidos en el Plan de Trabajo o Intervención previo a la&lt;br /&gt;implementación del servicio.&lt;br /&gt;13&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINALES&lt;br /&gt;PRIMERA&lt;br /&gt;Se faculta al Ilustrísimo Señor Alcalde y por su delegación al Concejal/a Delegado/a de&lt;br /&gt;Bienestar Social para dictar las disposiciones internas oportunas que puedan complementar los&lt;br /&gt;apartados contenidos en estas normas.&lt;br /&gt;SEGUNDA&lt;br /&gt;Estas normas, una vez aprobadas definitivamente entrarán en vigor a partir de su&lt;br /&gt;publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y previo cumplimiento de los trámites&lt;br /&gt;establecidos en los arts. 65.2 y 70 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del&lt;br /&gt;Régimen Local.&lt;br /&gt;TERCERA&lt;br /&gt;La financiación para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio se realizará con&lt;br /&gt;cargo al Presupuesto municipal, los convenios suscritos en materia de Bienestar Social y la&lt;br /&gt;aportación de los usuarios.&lt;br /&gt;ANEXO I&lt;br /&gt;BAREMO DE CONTRAPRESTACIONES&lt;br /&gt;Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ( I.P.R.E.M.) : Se tendrá en cuenta&lt;br /&gt;como dato sobre el que se aplicarán los porcentajes de aportación por la percepción del&lt;br /&gt;Servicio.&lt;br /&gt;a) El porcentaje aplicado a cada beneficiario para las modalidades de prestaciones&lt;br /&gt;reflejadas en los apartados a), c) y d) del art.4, Capítulo II de esta Ordenanza&lt;br /&gt;municipal, según Convenio, Acuerdo Adicional en los supuestos de prórroga y Anexos de&lt;br /&gt;ampliación en su caso, firmados a tal efecto entre el Ayuntamiento de Mocejón y la Junta de&lt;br /&gt;Comunidades de Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;RENTA PERSONAL ANUAL&lt;br /&gt;(% I.P.R.E.M. )&lt;br /&gt;APORTACIÓN USUARIO&lt;br /&gt;SAD BASICA&lt;br /&gt;(25 % sobre precio/hora)&lt;br /&gt;APORTACIÓN USUARIO&lt;br /&gt;SAD EXTRAORDINARIA&lt;br /&gt;(25 % sobre precio/hora)&lt;br /&gt;Hasta 50 % I.P.R.E.M. 10 % 20 %&lt;br /&gt;Entre 50% y 75% I.P.R.E.M. 20 % 40%&lt;br /&gt;Entre 75% y 100% I.P.R.E.M. 40 % 80 %&lt;br /&gt;Entre 100% y 115%&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;60 % 90%&lt;br /&gt;Entre 115% y 125%&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;80 % 100%&lt;br /&gt;A partir de 125% I.P.R.E.M. 100 % 100%&lt;br /&gt;(*) Dichas cantidades se irán actualizando anualmente conforme al incremento del I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;SISTEMA PARA CALCULAR LA RENTA PERSONAL ANUAL (R.P.A.)&lt;br /&gt;1. Las cuotas a satisfacer por los usuarios del servicio serán mensuales.&lt;br /&gt;14&lt;br /&gt;2. El pago del precio público se efectuará mediante cargo en la cuenta bancaria que&lt;br /&gt;indique el beneficiario del servicio, previa presentación firmada de la correspondiente&lt;br /&gt;autorización bancaria al formalizar la solicitud, en el siguiente periodo:&lt;br /&gt;El pago se efectuará en los días 1 al 10 del mes siguiente al del inicio en la prestación&lt;br /&gt;del servicio.&lt;br /&gt;3. Los ingresos a tener en cuenta para determinar la renta per cápita de la unidad de&lt;br /&gt;convivencia se fijarán en función de las tareas a prestar por el servicio.&lt;br /&gt;Así, si son tareas que redunden en beneficio de los convivientes, se computaran los&lt;br /&gt;ingresos anuales totales de la unidad familiar, procedentes de nóminas&lt;br /&gt;o salarios, pensiones, intereses, rentas y cualquiera otro (en el caso de bienes inmuebles&lt;br /&gt;distinto de la vivienda habitual y que no generen rentas se computara como ingreso el 1% del&lt;br /&gt;valor catastral), y se dividirán por el numero de personas que compongan la unidad familiar.&lt;br /&gt;Si, por el contrario, son tareas de un solo beneficiario directo (atención personal) se&lt;br /&gt;computaran sólo los ingresos anuales totales del solicitante, principalmente en casos de&lt;br /&gt;acogimiento o cuidado familiar. Cuando se prestan tareas de uno y otro tipo se computan todos&lt;br /&gt;los ingresos.&lt;br /&gt;Quedan fuera de este criterio los matrimonios o parejas de hecho en los que siempre se&lt;br /&gt;computarán los ingresos de ambos.&lt;br /&gt;Cuando la vivienda donde se presta el servicio, que deberá ser la residencia habitual del&lt;br /&gt;beneficiario, lo fuera en régimen de alquiler para éste, el coste del alquiler se deducirá como&lt;br /&gt;gasto de los ingresos computables.&lt;br /&gt;4. En los supuestos en los que el solicitante de Ayuda a Domicilio viva solo, para el&lt;br /&gt;calculo de la renta per capita, se procederá a dividir sus ingresos entre 1,5.&lt;br /&gt;5. En caso de trabajadores autónomos, se considerarán los ingresos anuales brutos, los&lt;br /&gt;declarados en el resumen anual del IVA y en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las&lt;br /&gt;Personas Físicas del ejercicio inmediato anterior.&lt;br /&gt;6.- Los Servicios Sociales podrán tener en cuenta a la hora de fijar las rentas&lt;br /&gt;cualesquiera datos que sin estar establecidos directamente en la presente ordenanza, puedan&lt;br /&gt;afectar a la renta per capita, tales como otras rentas o ayudas, patrimonio, etc.&lt;br /&gt;b) De acuerdo con el articulo 14.7 de la ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía&lt;br /&gt;Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, y a los efectos del Decreto&lt;br /&gt;41/2008, de 01-04-2008 y hasta su regulación en el ámbito del Estado, se establecen los&lt;br /&gt;porcentajes máximos de copago por parte de los usuarios en el marco del SAD, por&lt;br /&gt;la prestación del servicio. Estos porcentajes se establecerán en base a la capacidad&lt;br /&gt;económica de dicho usuario, calculada en función de su renta y patrimonio y se aplicarán sobre&lt;br /&gt;el porcentaje de la aportación de la Corporación Local, es decir, sobre el 25% del precio/hora&lt;br /&gt;subvencionado, según el convenio, acuerdo adicional o anexo de ampliación correspondientes&lt;br /&gt;a cada ejercicio.&lt;br /&gt;La capacidad económica de las personas usuarias del servicio se valorará&lt;br /&gt;provisionalmente de acuerdo con el apartado c) del articulo 9, de la Orden de 22-01-2003, por&lt;br /&gt;la que se regulan y actualizan las prescripciones técnicas y el baremo de acceso al Servicio de&lt;br /&gt;Ayuda a Domicilio y Teleasistencia y abonaran al Ayuntamiento el porcentaje correspondiente&lt;br /&gt;a la siguiente tabla:”&lt;br /&gt;Capacidad económica&lt;br /&gt;anual de acuerdo con la&lt;br /&gt;cuantía del I.P.R.E.M en&lt;br /&gt;2008&lt;br /&gt;Porcentaje sobre la&lt;br /&gt;aportación de la&lt;br /&gt;Corporación Local&lt;br /&gt;15&lt;br /&gt;Menos o igual a IPREM 0%&lt;br /&gt;De 1 a 2 IPREM 10%&lt;br /&gt;De más de 2 a 3 IPREM 20%&lt;br /&gt;De más de 3 a 4 IPREM 30%&lt;br /&gt;De más de 4 a 5 IPREM 40%&lt;br /&gt;Grado III&lt;br /&gt;Niveles 1 y 2&lt;br /&gt;Grado II&lt;br /&gt;Niveles 2 y 1&lt;br /&gt;Más de 5 IPREM 50%&lt;br /&gt;Interviene la Concejal del Grupo Socialista Dª Mª Guadalupe Martín,&lt;br /&gt;manifestando su conformidad con lo propuesto y añadiendo que según sus&lt;br /&gt;informaciones, el Reglamento y Ordenanza en breve sufrirán nuevas modificaciones.&lt;br /&gt;Tras breves intervenciones y algunas preguntas aclaratorias, por UNANIMIDAD&lt;br /&gt;se acuerda aprobar el Reglamento y Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio de&lt;br /&gt;Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;QUINTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA ORDENANZA FISCAL&lt;br /&gt;REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS&lt;br /&gt;ACERAS Y RESERVAS DE VIA PÚBLICA.-&lt;br /&gt;Por la 1ª Tte. de Alcalde Dª Mª Sol Pérez, se explica a los presentes la&lt;br /&gt;necesidad de modificar la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de&lt;br /&gt;Vehículos a través de la Aceras y Reservas de Vía Pública, comúnmente conocida como&lt;br /&gt;“Vados Permanentes” ya que se han detectado algunos errores además de la necesaria&lt;br /&gt;adecuación a la realidad actual, por lo que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VIA&lt;br /&gt;PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHICULOS, CARGA Y&lt;br /&gt;DESCARGA DE MERCANCIAS DE CUALQUIER CLASE (Art. 20.3 h), LHL)&lt;br /&gt;Artículo 1.- Fundamento legal y objeto&lt;br /&gt;Ejercitando la facultad reconocida en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y&lt;br /&gt;de acuerdo con lo previsto en el art. 20.3 h) del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se&lt;br /&gt;aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece en&lt;br /&gt;este término municipal, la tasa sobre entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas&lt;br /&gt;en la vía publica para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier&lt;br /&gt;clase, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el art.&lt;br /&gt;16 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004.&lt;br /&gt;Artículo 2.- Hecho imponible&lt;br /&gt;El hecho imponible de esta Ordenanza está constituido por la entrada de vehículos en&lt;br /&gt;edificios y solares a través de las aceras.&lt;br /&gt;16&lt;br /&gt;Artículo 3.- Obligación de contribuir&lt;br /&gt;1.- La obligación de contribuir nace en el momento en que se dicta la resolución de concesión&lt;br /&gt;del derecho que constituye el hecho imponible de esta Ordenanza, o desde que el&lt;br /&gt;aprovechamiento se realice aunque fuera sin la oportuna autorización.&lt;br /&gt;2.- Sujeto pasivo: Serán sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas o jurídicas y las&lt;br /&gt;entidades a que se refieren los artículos 35 y 36 de la ley General Tributaria, siempre que&lt;br /&gt;realicen el hecho imponible establecido en el artículo 2 de la presente ordenanza y a cuyo favor&lt;br /&gt;se haya concedido la licencia de instalación de vado.&lt;br /&gt;Artículo 4.-&lt;br /&gt;Las entidades o particulares interesados en obtener la concesión de los&lt;br /&gt;aprovechamientos regulados por esta Ordenanza presentaran solicitud detallando la extensión&lt;br /&gt;del rebaje de bordillo o de la zona de reserva del mismo, de no ser necesario, y de la entrada o&lt;br /&gt;puerta, debiendo efectuar a su costa las obras necesarias para el rebaje de aceras y bordillo.&lt;br /&gt;Artículo 5.-&lt;br /&gt;Los vados se autorizaran siempre discrecionalmente y sin perjuicio de terceros. El&lt;br /&gt;permiso no crea ningún derecho subjetivo, y sí su titular podrá ser requerido en todo momento&lt;br /&gt;para que lo suprima a su costa y reponga la acera a su anterior estado.&lt;br /&gt;Artículo 6.-&lt;br /&gt;Las obras de construcción, reforma o supresión del vado serán realizadas por el titular&lt;br /&gt;del vado, bajo la inspección técnica del Ayuntamiento. El mantenimiento y conservación serán&lt;br /&gt;igualmente a costa del titular.&lt;br /&gt;Artículo 7.-&lt;br /&gt;Los titulares de las licencias, incluso las que estuviesen exentas de pago, deberán&lt;br /&gt;señalizar con placas reglamentarias la extensión del aprovechamiento. Asimismo debe&lt;br /&gt;proveerse de la placa oficial de este Ayuntamiento en la que conste el número de autorización.&lt;br /&gt;La placa oficial se instalara de forma visible y permanente.&lt;br /&gt;Artículo 8.-&lt;br /&gt;La presente tasa es compatible con la Tasa de Licencias Urbanísticas, si fuese&lt;br /&gt;necesario.&lt;br /&gt;Artículo 9.-&lt;br /&gt;Asimismo, deberán señalizar el bordillo con pintura en toda la longitud del rebaje o&lt;br /&gt;zona de reserva del mismo, con franjas rojas y blancas de 30 centímetros de longitud cada una.&lt;br /&gt;La pintura será reflectante, semejante a la utilizada en las señalizaciones viarias.&lt;br /&gt;Artículo 10.-&lt;br /&gt;Las licencias se anularán:&lt;br /&gt;a) Por no conservar en perfecto estado su rebaje, acera o pintura.&lt;br /&gt;b) Por no uso o uso indebido&lt;br /&gt;c) Por no destinarse plenamente el local o estacionamiento a los fines indicados en la&lt;br /&gt;solicitud.&lt;br /&gt;d) Por cambiar las circunstancias en base a las que se concedió la licencia.&lt;br /&gt;17&lt;br /&gt;e) Y en general por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas en&lt;br /&gt;esta Ordenanza o concesión.&lt;br /&gt;Artículo 11.-&lt;br /&gt;Todo titular que realice un rebaje de bordillo, señalice de cualquier forma la entrada o&lt;br /&gt;puerta o el bordillo o exista uso de la entrada de carruajes sin haber obtenido la&lt;br /&gt;correspondiente licencia, será requerido por la Administración Municipal para que en el plazo de&lt;br /&gt;quince días reponga, a su costa, a su estado primitivo.&lt;br /&gt;Sin embargo, si el vado reúne los requisitos establecidos en esta Ordenanza, el infractor&lt;br /&gt;podrá, dentro del plazo indicado, solicitar la oportuna licencia previo pago de los derechos&lt;br /&gt;dobles, con independencia de los que puedan existir por los levantamientos de actas de la&lt;br /&gt;inspección fiscal.&lt;br /&gt;Articulo 12.-&lt;br /&gt;Bases y tarifas.&lt;br /&gt;1.- Constituye la base de esta exacción la longitud en metros lineales del paso o entrada de&lt;br /&gt;vehículos y de la reserva de espacio de la vía publica.&lt;br /&gt;2.- El periodo computable corresponderá al año natural, prorrateándose el importe de la tasa,&lt;br /&gt;por trimestres naturales, en los casos de nuevas altas.&lt;br /&gt;3.- Tarifas:&lt;br /&gt;Por cada placa metálica oficial: 8 €&lt;br /&gt;Entrada de vehículos en casas particulares:&lt;br /&gt;- Por entrada, con aprovechamiento hasta 3 metros: 18 €&lt;br /&gt;- Por cada metro o fracción que pase de 3 metros, cada uno de ellos. 3, €&lt;br /&gt;Garajes colectivos:&lt;br /&gt;- Hasta 10 plazas: 10 € por plaza&lt;br /&gt;- Mas de 10, por plaza adicional: 9 €&lt;br /&gt;Artículo 13.-&lt;br /&gt;Exenciones:&lt;br /&gt;1.- Estarán exentos: El Estado, la Comunidad Autónoma y Provincia a que este municipio&lt;br /&gt;pertenece, así como cualquier Mancomunidad, Área metropolitana y otra Entidad de que forme&lt;br /&gt;parte.&lt;br /&gt;Artículo 14.-&lt;br /&gt;Administración y cobranza:&lt;br /&gt;1.- Se formará un padrón anual de las personas sujetas al pago del derecho o tasa que,&lt;br /&gt;aprobado en principio por el Ayuntamiento, se anunciará al público por quince días en el Boletín&lt;br /&gt;Oficial de la Provincia.&lt;br /&gt;2.- El referido padrón una vez aprobado por el Ayuntamiento, previa la resolución de las&lt;br /&gt;reclamaciones interpuestas, constituirá la base de los documentos cobratorios.&lt;br /&gt;18&lt;br /&gt;3.- El periodo impositivo coincide con el año natural.&lt;br /&gt;Las altas que se produzcan dentro del primer trimestre, abonarán el recibo&lt;br /&gt;correspondiente al año completo. Cuando la mencionada alta se produzca dentro del segundo&lt;br /&gt;trimestre o sucesivos, la cuota a satisfacer se prorrateará proporcionalmente.&lt;br /&gt;Las bajas que se produzcan dentro del primer semestre, tendrán una reducción del&lt;br /&gt;50% del total de la cuota a satisfacer. Cuando la mencionada baja se produzca dentro del&lt;br /&gt;segundo semestre, el importe a satisfacer será del 100% de la cuota, surtiendo efectos dicha&lt;br /&gt;baja en el ejercicio siguiente.&lt;br /&gt;Para que se proceda a la tramitación de la misma y baja en el Padrón, debe realizarse&lt;br /&gt;previamente:&lt;br /&gt;a) Retirar toda señalización que determine la existencia de vado permanente.&lt;br /&gt;b) Retirar la pintura existente en el bordillo&lt;br /&gt;c) Entregar la placa oficial en los servicios municipales competentes.&lt;br /&gt;En los supuestos de cambio de titularidad, cuando se produzcan el mismo dentro del&lt;br /&gt;primer semestre, abonaran cada uno de los titulares el 50% de la totalidad del recibo. Los&lt;br /&gt;cambios de titularidad que se produzcan dentro del segundo semestre, surtirán efectos a partir&lt;br /&gt;del ejercicio siguiente.&lt;br /&gt;Será obligatoria la comunicación al Ayuntamiento de los cambios de titularidad&lt;br /&gt;realizados, obligación que recaerá como regla general sobre el nuevo titular, la falta de la&lt;br /&gt;comunicación anteriormente mencionada supondrá el nacimiento del derecho del anterior titular&lt;br /&gt;a actuar de forma subsidiaria, produciendo esta segunda comunicación los efectos de dar como&lt;br /&gt;sujeto pasivo de la tasa al nuevo titular. La no realización de la comunicación anteriormente&lt;br /&gt;descrita por parte de los dos afectados lleva implícito que el sujeto pasivo recaiga sobre aquel&lt;br /&gt;que sea titular en los registros del Ayuntamiento en el momento de iniciarse el periodo&lt;br /&gt;impositivo.&lt;br /&gt;Artículo 15.-&lt;br /&gt;Las cuotas liquidas y no satisfechas dentro del periodo voluntario y su prorroga, serán&lt;br /&gt;exigidas por la vía de apremio con arreglo al Reglamento General de Recaudación.&lt;br /&gt;Artículo 16.-&lt;br /&gt;Se consideraran infractores los que sin la correspondiente autorización municipal y&lt;br /&gt;consiguiente pago de derechos, lleven a cabo las utilizaciones o aprovechamientos que señala&lt;br /&gt;esta Ordenanza, y serán sancionadas de acuerdo con la Ordenanza, y serán sancionadas de&lt;br /&gt;acuerdo con la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de este Ayuntamiento&lt;br /&gt;y subsidiariamente la Ley General Tributaria; todo ello sin perjuicio de en cuantas otras&lt;br /&gt;responsabilidades civiles o penales deban incurrir los infractores.&lt;br /&gt;Articulo 17.-&lt;br /&gt;Queda prohibida toda forma de acceso que no sea la autorizada por este municipio y,&lt;br /&gt;en general, ramas, instalaciones provisionales, colocación de cuerpos móviles, de madera o&lt;br /&gt;metálicos, ladrillos, arenas, etc.….&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINAL.&lt;br /&gt;19&lt;br /&gt;La presente Ordenanza entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín&lt;br /&gt;Oficial de la provincia de Toledo y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2.009,&lt;br /&gt;permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”&lt;br /&gt;A continuación interviene el Portavoz del Grupo Socialista D. Luis Rivera,&lt;br /&gt;mostrando su conformidad con las correcciones introducidas pero no con las&lt;br /&gt;modificaciones en las tarifas al considerarlo una subida camuflada y más cuando se&lt;br /&gt;sabe que no se tiene servicio de retirada de vehículos.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones más, se somete el asunto a votación que arroja el&lt;br /&gt;siguiente resultado:&lt;br /&gt;Votos a favor: SIETE (seis del Grupo Popular y uno de Izquierda Unida).&lt;br /&gt;Votos en contra: CUATRO (del Grupo Socialista).&lt;br /&gt;Abstenciones: CERO.&lt;br /&gt;Lo que supone la mayoría absoluta de la corporación, se acuerda:&lt;br /&gt;Aprobar la Tasa por Entrada de Vehículos a Través de las Aceras y Reservas de&lt;br /&gt;Vía Pública para Aparcamiento Exclusivo, Parada de Vehículos, Carga y Descarga de&lt;br /&gt;Mercancías de cualquier clase (Art. 20.3 h), LHL).&lt;br /&gt;SEXTO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS&lt;br /&gt;ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE&lt;br /&gt;UNA LICENCIA DE AUTO TAXI.&lt;br /&gt;Por Sr. Secretario Accidental que suscribe se da cuenta del expediente que se&lt;br /&gt;instruye, atendiendo a lo acordado en sesión plenaria del 26 de febrero del 2008, al&lt;br /&gt;objeto de la creación de una licencia de auto-taxi, por lo que procede someter a la&lt;br /&gt;consideración del Pleno el pliego de cláusulas administrativas para la adjudicación de&lt;br /&gt;dicha licencia que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO&lt;br /&gt;DE UNA LICENCIA DE AUTO TAXI PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN&lt;br /&gt;AUTOMÓVILES LIGEROS.&lt;br /&gt;PRIMERA.- El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación por el procedimiento de&lt;br /&gt;concurso de una licencia de auto-taxi para la prestación del servicio de transporte urbano de&lt;br /&gt;viajeros en automóviles ligeros de alquiler con conductor sin contador taxímetro en vehículo de&lt;br /&gt;cinco plazas, incluida la del conductor, y la correspondiente autorización que habilita para la&lt;br /&gt;prestación de servicios públicos interurbanos.&lt;br /&gt;SEGUNDA.-&lt;br /&gt;1. Condiciones Generales:&lt;br /&gt;20&lt;br /&gt;a) Ser español o ciudadano/a de un país miembro de la U.E.&lt;br /&gt;b) Haber cumplido 18 años, sin exceder de aquéllos que fija el Código de la&lt;br /&gt;Circulación o leyes vigentes para este tipo de actividad.&lt;br /&gt;c) Hallarse en posesión del permiso de conducción de la clase BTP o superior a&lt;br /&gt;éste, expedido por la Jefatura de Tráfico.&lt;br /&gt;d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que&lt;br /&gt;imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.&lt;br /&gt;e) Carecer de antecedentes penales.&lt;br /&gt;2. Condiciones específicas:&lt;br /&gt;a) Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con un número&lt;br /&gt;máximo de plazas no superior a cinco, incluida la del conductor, debiendo&lt;br /&gt;figurar esta capacidad máxima tanto en el permiso de circulación como en el&lt;br /&gt;certificado de características. La antigüedad del vehículo no será superior a dos&lt;br /&gt;años desde la fecha de matrícula inicial.&lt;br /&gt;TERCERA.-&lt;br /&gt;1. La solicitud de licencia se formulará por el interesado conforme al modelo que se&lt;br /&gt;inserta como anexo de este pliego, acreditando sus condiciones personales y profesionales, la&lt;br /&gt;marca y modelo de vehículo que utilizará y acompañando los justificantes que acrediten las&lt;br /&gt;circunstancias a que hace referencia la cláusula séptima.&lt;br /&gt;2.- Se presentarán dirigidas al Sr. Alcalde en el Registro General del Ayuntamiento,&lt;br /&gt;durante el plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la&lt;br /&gt;presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.&lt;br /&gt;CUARTA.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la relación de aspirantes a la&lt;br /&gt;licencia se hará pública en el tablón de anuncios y Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que&lt;br /&gt;los interesados y las Asociaciones profesionales de Empresarios y Trabajadores puedan alegar&lt;br /&gt;lo que estimen procedente en defensa de sus derechos en el plazo de quince días.&lt;br /&gt;QUINTA.- Una vez expirado el plazo de publicación del anuncio a que hace referencia la&lt;br /&gt;cláusula anterior, las solicitudes presentadas pasarán informe de los Servicios Jurídicos del&lt;br /&gt;Ayuntamiento, que lo emitirán en el plazo de ocho días o en uno menor si les fuera posible.&lt;br /&gt;SEXTA.- El expediente será resuelto por el Pleno del Ayuntamiento, que adjudicará la licencia.&lt;br /&gt;SÉPTIMA.- Para la adjudicación de la Licencia se valorarán por el Ayuntamiento, los siguientes&lt;br /&gt;aspectos debidamente acreditados, con el siguientes baremo&lt;br /&gt;a) Ser vecino/a del Municipio con dos años mínimo de empadronamiento: 1 punto.&lt;br /&gt;Por cada año completo o fracción equivalente: 1 punto con un máximo de cinco,&lt;br /&gt;y siempre teniendo como referencia la fecha de la convocatoria.&lt;br /&gt;b) Experiencia mínima de un año en el servicio de transporte de viajeros por&lt;br /&gt;carretera: 0,5 puntos por año completo, con un máximo de cinco puntos.&lt;br /&gt;c) Situación personal y familiar: Por desempleo: por cada tres meses o fracción&lt;br /&gt;equivalente de inscripción en la oficina de empleo, 0,5 puntos. Por cargas&lt;br /&gt;familiares: por cada descendiente, 0,5 punto, por descendientes con&lt;br /&gt;discapacidad, 1 punto. Todo ello con justificación documental, con un máximo de&lt;br /&gt;dos puntos.&lt;br /&gt;21&lt;br /&gt;OCTAVA.- 1. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos&lt;br /&gt;justificativos de las condiciones generales y específicas fijadas en la cláusula 2ª.&lt;br /&gt;2. El adjudicatario de la licencia deberá presentar los documentos a que hace referencia&lt;br /&gt;el apartado anterior en el plazo de un mes, desde la notificación de la adjudicación. Y estará&lt;br /&gt;obligado a prestar servicio con el vehículo correspondiente, en el plazo de sesenta días&lt;br /&gt;naturales, contados desde la fecha de la concesión de licencia.&lt;br /&gt;3. Asimismo, el vehículo adscrito al servicio deberá cumplir los requisitos exigidos en el&lt;br /&gt;Real Decreto 763 de 1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de&lt;br /&gt;los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros.&lt;br /&gt;MODELO DE SOLICITUD&lt;br /&gt;D. ____________________________, mayor de edad, con domicilio en la&lt;br /&gt;calle______________ , núm.___de_________________ y D.N.I.___________, ante Vd.&lt;br /&gt;comparece y E X P O N E:&lt;br /&gt;Que desea tomar parte en la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia&lt;br /&gt;nº ______ de fecha _____________, para la adjudicación de una licencia de auto-taxi.&lt;br /&gt;Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la cláusula 2ª del Pliego.&lt;br /&gt;Que utilizará para el Servicio el vehículo marca __________ modelo _______________.&lt;br /&gt;Que adjunta los justificantes que acreditan las circunstancias que en él concurren para&lt;br /&gt;la valoración en orden a la adjudicación, señaladas en la cláusula séptima del Pliego.&lt;br /&gt;Por todo lo expuesto, a Vd., S O L I C I T A:&lt;br /&gt;Que se me tenga por admitido al concurso y en su día se me adjudique una licencia&lt;br /&gt;para la prestación del servicio público de transportes en automóviles ligeros en la categoría de&lt;br /&gt;auto-taxis y la correspondiente autorización para el transporte interurbano.”&lt;br /&gt;( Lugar, fecha y firma)&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el&lt;br /&gt;Pliego de Cláusulas Administrativas para la Adjudicación Mediante Concurso de Una&lt;br /&gt;Licencia de Auto-Taxi para el Servicio de Transporte de Viajeros en Automóviles&lt;br /&gt;Ligeros.&lt;br /&gt;SÉPTIMO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLIEGO DE CONDICIONES 2ª&lt;br /&gt;SUBASTA PARCELAS RÚSTICAS MUNICIPALES Y ADJUDICACIÓN DE 1ª&lt;br /&gt;SUBASTA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental que suscribe se da cuenta del expediente&lt;br /&gt;tramitado a los efectos de adjudicar del arrendamiento de parcelas rústicas&lt;br /&gt;municipales mediante subasta y vista el Acta de Apertura de Plicas por UNANIMIDAD&lt;br /&gt;de los asistentes se acuerda:&lt;br /&gt;22&lt;br /&gt;1.- Adjudicar la parcela denominada “La Ribera” a D. GERMAN PÉREZ&lt;br /&gt;REDONDO en la cantidad de 5.500 € anuales.&lt;br /&gt;2.- Dejar desierta la adjudicación de todas las demás parcelas al no cumplir&lt;br /&gt;las plicas presentadas con el la cláusula segunda del Pliego de&lt;br /&gt;Condiciones.&lt;br /&gt;A continuación se somete a votación un nuevo Pliego de Condiciones Jurídicas y&lt;br /&gt;Económico-Administrativas que ha de servir de base para el Arrendamiento, en&lt;br /&gt;segunda subasta pública, de las tierras del ayuntamiento no adjudicadas, una vez&lt;br /&gt;modificados los tipos de licitación y que resulta del tenor literal siguiente:&lt;br /&gt;“PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA&lt;br /&gt;DE SERVIR DE BASE PARA EL ARRENDAMIENTO, EN SEGUNDA SUBASTA PÚBLICA,&lt;br /&gt;DE LAS TIERRAS DEL AYUNTAMIENTO NO ADJUDICADAS EN LA PRIMERA.&lt;br /&gt;PRIMERA.- OBJETO DE ARRENDAMIENTO.- La presente subasta tiene por objeto la&lt;br /&gt;adjudicación, mediante contrato de arrendamiento de las TIERRAS DEL AYUNTAMIENTO DE&lt;br /&gt;MOCEJON, situadas dentro de su término municipal, cuya descripción se detalla más adelante.&lt;br /&gt;SEGUNDA.- TIPO DE LICITACION.- El precio tipo anual fijado por la Corporación propietaria&lt;br /&gt;de las Tierras, es el que se detalla a continuación adjudicándose los lotes y parcelas a las&lt;br /&gt;propuestas económicas más elevadas que se presenten:&lt;br /&gt;TIERRAS A SUBASTAR&lt;br /&gt;DENOMINACIÓN PRECIO TIPO&lt;br /&gt;I.- PICAGUEÑAS: Parcela nº412,polígono 1con una superficie&lt;br /&gt;de 0.90.15 Has. …………………………………………………………. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;II.-LA PIEDRA: Parcela Nº 426,polígono 1, con una superfi-&lt;br /&gt;cie, de 4.43.35 Has. ………………………………………………….. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;III.-LA PIEDRA: Parcela Nº 419,polígono 1, con una superfi-&lt;br /&gt;cie, de 2.31.35 Has. ………………………………………………….. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;IV-.-BUENAPARTE: Parcela nº 10554 Y 554 (partida por el&lt;br /&gt;camino de Buenaparte, polígono 1 con una su-&lt;br /&gt;perficie de 3.45.01 Has. ……………………………………………. 400,00 €uros.&lt;br /&gt;V.-LA RETAMA: Parcela nº 545,polígono 1 con una superfi&lt;br /&gt;cie de 1.41.54 Has . …………………………………………………… 425,00 €uros.&lt;br /&gt;VI.-POZO ANTON: Parcela nº369, polígono 1 con una superfi-&lt;br /&gt;de 1.42.50 Has. ……………………………………………………….. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;VII.-EL LADERÓN : Parcela nº 500, polígono 1 con una superficie&lt;br /&gt;de 1.52.50 Has. …………………………………………………………. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;VIII.-EL BERCIAL:Parcela nº 198, polígono 1&lt;br /&gt;LOTE A con una superficie de 0.60.00 Has. ………………….. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;LOTE B con una superficie de 8.90.20 Has. …………………. 300,00 €uros.&lt;br /&gt;LOTE C con una superficie de 8.90.20 Has. …………......... 30,00 €uros.&lt;br /&gt;LOTE D con una superficie de 5.49.20 Has. ………………….. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;LOTE E con una superficie de 2.00.00 Has. …………………. 30,00 €uros.&lt;br /&gt;TERCERA.- DURACION DEL CONTRATO.- La duración del contrato será de CUATRO AÑOS&lt;br /&gt;o campañas agrícolas, comenzando el día de formalización del contrato administrativo de&lt;br /&gt;arrendamiento, expedido en duplicado ejemplar y a un solo efecto, que será firmado por el&lt;br /&gt;23&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente y Secretario de la Corporación y por el rematante, y finalizando el 31 de&lt;br /&gt;Octubre del año 2.012, siempre que se haya recogido la cosecha.&lt;br /&gt;CUARTA.- PAGOS.- El precio anual que resulte de la adjudicación definitiva de la parcela y los&lt;br /&gt;de electricidad si los hubiera y demás gastos fijos de las fincas será ingresado por el&lt;br /&gt;arrendatario en las cuentas corrientes que el Ayuntamiento mantiene abiertas a su nombre en&lt;br /&gt;las entidades bancarias de la localidad, para mayor comodidad en dos mitades, la primera se&lt;br /&gt;liquidará en la fecha de la firma del contrato y la segunda los 30 de Agosto de cada año y así&lt;br /&gt;en años sucesivos, responsabilizándose del pago y de la penalidad que se derive del&lt;br /&gt;incumplimiento del contrato, con todos los bienes del adjudicatario, y en especial con la&lt;br /&gt;cosecha de la finca arrendada.&lt;br /&gt;El precio de remate se incrementará anualmente con el I.P.C. acumulado durante el&lt;br /&gt;año a fecha 31 de Octubre.&lt;br /&gt;QUINTA.- MORA POR FALTA DE PAGO.- En caso de no proceder al abono del importe del&lt;br /&gt;contrato en las fechas indicadas en la base cuarta de este pliego, y una vez transcurridos&lt;br /&gt;quince días desde la fecha del pago, se procederá a su cobro por la vía de apremio con el&lt;br /&gt;recargo del VEINTE POR CIENTO quedando facultado el Ayuntamiento para exigir el&lt;br /&gt;cumplimiento, resolución, rescisión o denuncia del contrato administrativo de arrendamiento.&lt;br /&gt;SEXTA.- GASTOS.-El gasto de agua de riego a la Confederación Hidrográfica del Tajo será por&lt;br /&gt;cuenta del arrendatario, en dos mitades conjuntamente con los plazos del arriendo de la finca,&lt;br /&gt;para que procedan a su abono al Ayuntamiento en concepto de entrega a cuenta.&lt;br /&gt;Queda excluido de los gastos el importe de la Contribución Territorial Rústica.&lt;br /&gt;SEPTIMA.- RIESGO Y VENTURA.- El contrato de arrendamiento se extenderá a riesgo y&lt;br /&gt;ventura del propio adjudicatario.&lt;br /&gt;PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN&lt;br /&gt;OCTAVA.- SELECCIÓN DE FORMA.- De conformidad con lo preceptuado en el vigente&lt;br /&gt;Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales la adjudicación de las Tierras se&lt;br /&gt;realizará por el procedimiento de SUBASTA.&lt;br /&gt;NOVENA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES.- Toda proposición&lt;br /&gt;deberá ajustarse al modelo descrito en el presente Pliego de Condiciones, no pudiendo alterar&lt;br /&gt;el contenido del mismo.&lt;br /&gt;La proposición se presentarán en sobre cerrado, que podrá ser lacrado y precintado, y&lt;br /&gt;en el que figurará la inscripción de “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA SUBASTA&lt;br /&gt;LA FINCA ______ DE ESTA LOCALIDAD” y se podrá entregar en la Secretaría del&lt;br /&gt;Ayuntamiento hasta el mismo momento de apertura de Plicas.&lt;br /&gt;DECIMA.- MODELO DE PROPOSICION.- La proposición a incluir en el sobre se ajustará al&lt;br /&gt;siguiente modelo:&lt;br /&gt;“D. _____________________________, actuando en nombre propio, vecino de MOCEJON, con&lt;br /&gt;domicilio en calle ____________________nº____, provisto del D.N.I_____________________,&lt;br /&gt;enterado del Pliego de Condiciones para tomar parte en la subasta para el arrendamiento de las&lt;br /&gt;TIERRAS del Ayuntamiento de Mocejón (Toledo) se compromete a arrendar la finca&lt;br /&gt;nº propiedad del Ayuntamiento de Mocejón, durante el plazo de tiempo de CUATRO AÑOS&lt;br /&gt;por la cantidad anual de ___________EUROS con estricta sujeción a las condiciones fijadas en&lt;br /&gt;el Pliego de Condiciones aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión del día ___ de&lt;br /&gt;_____, que acepto íntegramente.&lt;br /&gt;______________, a____de_____________de ______&lt;br /&gt;(firma)&lt;br /&gt;24&lt;br /&gt;APERTURA DE PROPOSICIONES.- El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar en el&lt;br /&gt;Salón de Sesiones del Ayuntamiento a las veinte horas del día 25 de noviembre de 2008, ante&lt;br /&gt;una Mesa constituida por la Comisión Informativa de el Presidente de la Corporación, un&lt;br /&gt;miembro designado por cada uno de los Grupos Políticos con representación Municipal y&lt;br /&gt;Secretario de la misma, o miembros en quien deleguen, adjudicándose provisionalmente la&lt;br /&gt;subasta a la oferta económica más ventajosa para el Ayuntamiento de entre todas las&lt;br /&gt;admitidas.&lt;br /&gt;Si hubiese dos o más propuestas iguales, se celebrara en el mismo acto una licitación,&lt;br /&gt;en forma verbal y por el sistema de pujas a la llana, entre los proponentes coincidentes durante&lt;br /&gt;quince minutos, y si persistiese esa igualdad se decidirá mediante sorteo.&lt;br /&gt;DUODECIMA.- ADJUDICACION DEFINITIVA.- La adjudicación definitiva se efectuará por&lt;br /&gt;la Junta Local de Gobierno del Ayuntamiento en la sesión más inmediata que se celebre, una&lt;br /&gt;vez abiertas las proposiciones y adjudicadas provisionalmente.&lt;br /&gt;DECIMOTERCERA.- EXCEPCION DE LICITADORES.- En esta subasta no podrán tomar&lt;br /&gt;parte quienes estén incurso en alguno de los casos de incompatibilidad o incapacidad que&lt;br /&gt;regula el artículo 20 del Texto refundido de la Ley de contratos, así como aquellos que sean&lt;br /&gt;deudores a la Hacienda Municipal.&lt;br /&gt;DECIMOCUARTA.- OBRAS DE MEJORA EN LAS TIERRAS.- Aquellos arrendatarios que&lt;br /&gt;deseen o precisen introducir mejoras en la parcela adjudicada, deberán solicitarlo en el&lt;br /&gt;Ayuntamiento, para que éste en última instancia decida al respecto su autorización y&lt;br /&gt;condiciones, en su caso.&lt;br /&gt;DECIMOQUINTA.- CLAUSULA PROHIBITORIA.- Los arrendatarios no podrán transmitir en&lt;br /&gt;subarriendo a terceros las tierras adjudicadas en esta Subasta.&lt;br /&gt;DECIMOSEXTA.- RESERVA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO.- Si por causa de interés&lt;br /&gt;general o que afecte al bien común, este Ayuntamiento precisase disponer de la totalidad o&lt;br /&gt;parte de los terrenos de la finca arrendada, la Corporación Municipal podrá rescindir&lt;br /&gt;unilateralmente el contrato de arrendamiento. También en su totalidad o en parte, sin&lt;br /&gt;indemnización alguna, respetando siempre un uso agrícola, que comienza el 1 de noviembre y&lt;br /&gt;finaliza el 31 de octubre del año siguiente, abonando el arrendatario únicamente la renta en&lt;br /&gt;proporción al periodo de tiempo que se haya aprovechado, y en lo sucesivo, en proporción a la&lt;br /&gt;superficie que continúe arrendada.&lt;br /&gt;DECIMOSEPTIMA.- TRIBUNALES.- Las partes se someten a los tribunales competentes del&lt;br /&gt;territorio en el que radica el Ayuntamiento de MOCEJON.&lt;br /&gt;La administración interpretará el contrato administrativo de arrendamiento en defensa&lt;br /&gt;del “interés público”, correspondiendo a la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento la resolución&lt;br /&gt;de las cuestiones incidentales que surgieren.&lt;br /&gt;DECIMOCTAVA.- El contrato una vez celebrado, se rige por las normas de Derecho Privado y&lt;br /&gt;concretamente al tratarse de fincas rústicas por lo dispuesto en el Código Civil.”&lt;br /&gt;Tras breves intervenciones, por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el&lt;br /&gt;Pliego de Condiciones Jurídicas y Económico-Administrativas que ha de servir de base&lt;br /&gt;para el Arrendamiento, en segunda subasta pública, de las tierras del Ayuntamiento no&lt;br /&gt;adjudicadas.&lt;br /&gt;25&lt;br /&gt;0CTAVO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO URBANISTICO DEL&lt;br /&gt;PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA DE “LA CUESTA II”.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta a los presentes del borrador del convenio que se&lt;br /&gt;ha redactado para el desarrollo del Programa de Actuación Urbanizadora del Sector&lt;br /&gt;Residencial “La Cuesta II” y parte del Sector Industrial “La Cerámica” de las Normas&lt;br /&gt;Subsidiarias del Planeamiento Municipal de Mocejón, y que resulta del siguiente tenor&lt;br /&gt;literal:&lt;br /&gt;CONVENIO URBANÍSTICO DE ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE&lt;br /&gt;ACTUACIÓN URBANIZADORA DEL SECTOR RESIDENCIAL “LA CUESTA II” y PARTE&lt;br /&gt;DEL SECTOR INDUSTRIAL “LA CERÁMICA” DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE&lt;br /&gt;PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE MOCEJÓN (TOLEDO)&lt;br /&gt;En Mocejón (Toledo), a _______ de __________ de dos mil ocho.&lt;br /&gt;REUNIDOS&lt;br /&gt;De una parte: DON _________________ en su condición de Alcalde-Presidente del&lt;br /&gt;Excmo. Ayuntamiento de Mocejón (Toledo), cuyo cargo ostenta por notoriedad. En lo&lt;br /&gt;sucesivo AYUNTAMIENTO.&lt;br /&gt;De otra: DON ______________ con Documento Nacional de Identidad ____________ y&lt;br /&gt;DON __________________ con Documento Nacional de Identidad número _____________, en&lt;br /&gt;su condición de Administradores Mancomunados de la mercantil CONSTRUCCIONES Y OBRAS&lt;br /&gt;RUMAR, S.L. con domicilio social en Mocejón (Toledo), Avenida Castilla La Mancha s/n, provista&lt;br /&gt;de CIF número B-45384187. En lo sucesivo el URBANIZADOR.&lt;br /&gt;Las partes intervinientes, se reconocen suficiente capacidad jurídica y de obrar para la&lt;br /&gt;formalización y otorgamiento del presente Convenio Urbanístico y, como antecedentes del&lt;br /&gt;mismo,&lt;br /&gt;MANIFIESTAN&lt;br /&gt;I.- En fecha 27 de marzo de 2.008, el Pleno del Ayuntamiento de Mocejón reunido en&lt;br /&gt;sesión extraordinaria, acordó la aprobación definitiva del Programa de Actuación Urbanizadora&lt;br /&gt;del Sector Residencial La Cuesta II de las NN SS de Planeamiento Municipal, integrado por los&lt;br /&gt;siguientes documentos:&lt;br /&gt;- Alternativa Técnica: Modificación Puntual de Normas, Plan Parcial y Proyecto de&lt;br /&gt;Urbanización&lt;br /&gt;- Proposición jurídico-económica&lt;br /&gt;- Propuesta de convenio urbanístico&lt;br /&gt;II.- En el mismo acto, se acordó adjudicar su ejecución a la mercantil&lt;br /&gt;CONSTRUCCIONES Y OBRAS RUMAR, S.L., bajo las condiciones, estipulaciones, compromisos,&lt;br /&gt;plazos, garantías y penalizaciones que a continuación se suscriben en el presente documento.&lt;br /&gt;26&lt;br /&gt;El PAU ha sido tramitado por el Ayuntamiento conforme a las prescripciones del artículo&lt;br /&gt;120 y siguientes del TRLOTAU. Fue emitido informe favorable por la Comisión Provincial de&lt;br /&gt;Urbanismo reunida en fecha 19 de mayo de 2006. La Jefa de Servicio de Planeamiento&lt;br /&gt;Municipal, de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial, emite informe de&lt;br /&gt;fecha 7 de mayo de 2007, asumiendo lo manifestado en el sentido de ordenar los terrenos del&lt;br /&gt;Sector Residencial La Cuesta II y el Sector Industrial La Cerámica.&lt;br /&gt;III.- El artículo 122.9 del TRLOTAU, dispone que la adjudicación de la ejecución de un&lt;br /&gt;Programa de Actuación Urbanizadora se formalizará mediante convenio urbanístico a suscribir,&lt;br /&gt;de una parte, por el urbanizador y, de otro, tanto por la Administración actuante como, en su&lt;br /&gt;caso, por aquellas otras que hubieran asumido compromisos en dicha ejecución. En él se harán&lt;br /&gt;constar las condiciones, compromisos y los plazos para la adjudicación del Programa, las&lt;br /&gt;garantías que el urbanizador presta para asegurar su cumplimiento y las penalizaciones a que&lt;br /&gt;se somete por incumplimiento.&lt;br /&gt;De conformidad también con dicho precepto, el convenio está exento de la necesidad&lt;br /&gt;de reiteración de trámite de información pública cuando la aprobación de un PAU y la&lt;br /&gt;adjudicación de su ejecución se haya producido, como es el caso, en una misma resolución.&lt;br /&gt;De conformidad con los presupuestos fácticos y jurídicos aducidos en los expositivos&lt;br /&gt;anteriores, las partes intervinientes otorgan el presente convenio urbanístico bajo las&lt;br /&gt;siguientes,&lt;br /&gt;ESTIPULACIONES&lt;br /&gt;PRIMERA.- OBJETO.- Es objeto del presente convenio la actuación urbanizadora a&lt;br /&gt;realizar en los terrenos que afectan al Sector Residencial La Cuesta II completo y parte de los&lt;br /&gt;terrenos incluidos en el Sector La Cerámica de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de&lt;br /&gt;Mocejón (Toledo), delimitada en el Plan Parcial incorporado en la Alternativa Técnica del&lt;br /&gt;Programa de Actuación Urbanizadora aprobado.&lt;br /&gt;SEGUNDA.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN, CONDICIONES URBANÍSTICAS Y&lt;br /&gt;CESIONES DE TERRENOS.- El ámbito de actuación coincide con el delimitado en el&lt;br /&gt;documento de Modificación Puntual de NN SS y Plan Parcial en una superficie de 29.322,75 m²,&lt;br /&gt;clasificados por las NN SS de Planeamiento Municipal como suelo urbanizable, sobre el cual el&lt;br /&gt;agente urbanizador se obliga a realizar todas las obras de urbanización reflejadas en el&lt;br /&gt;Proyecto de Urbanización incluido en la Alternativa Técnica del Programa por el mismo&lt;br /&gt;presentada.&lt;br /&gt;Los terrenos se encuentran situados al sur del municipio, con acceso por la Carretera&lt;br /&gt;CM-4001. Lindan, al norte con el Polígono Residencial La Cuesta I, al oeste con Carretera CM-&lt;br /&gt;4001, al sur por el Sector Industrial La Cerámica y vía de Ronda y al este por el Sector&lt;br /&gt;Residencial El Laderón I.&lt;br /&gt;El cuadro de superficies y usos incorporado al Plan Parcial es el siguiente:&lt;br /&gt;SUPERFICIE DEL SECTOR 29.322,75 m2&lt;br /&gt;SUPERFICIE RESIDENCIAL 17.470,42 m2&lt;br /&gt;SISTEMA GENERAL ESPACIOS LIBRES 700,10 m2&lt;br /&gt;ZONAS VERDES 2.935,45 m2&lt;br /&gt;27&lt;br /&gt;DOTACIONAL 2.297,97 m2&lt;br /&gt;VIARIO 6.018,81 m2&lt;br /&gt;El aprovechamiento tipo del Sector es de 0,3744 m2/m2.&lt;br /&gt;Las condiciones urbanísticas de los suelos resultantes del cuadro anterior, son las&lt;br /&gt;contenidas en las ordenanzas del Plan Parcial.&lt;br /&gt;Conforme resulta del Programa de Actuación Urbanizadora aprobado, el agente&lt;br /&gt;urbanizador cede al Ayuntamiento de Mocejón para equipamiento dotacional público las&lt;br /&gt;superficies siguientes:&lt;br /&gt;· Zonas Verdes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.935,45 m2&lt;br /&gt;· Dotaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.197,97 m2&lt;br /&gt;· Viario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.018,81 m2&lt;br /&gt;· Aparcamientos Públicos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 plazas&lt;br /&gt;Todos ellos totalmente urbanizados, ubicados en las zonas indicadas en los planos del&lt;br /&gt;Plan Parcial integrante del Programa aprobado.&lt;br /&gt;TERCERA.- OBRAS DE URBANIZACIÓN.- Las obras a realizar serán todas las&lt;br /&gt;necesarias para urbanizar totalmente el ámbito.&lt;br /&gt;De esta forma, asumirá el coste y realización de todos los actos y operaciones técnicas,&lt;br /&gt;jurídicas, económicas y materiales propias de la actuación, incluidas todas las obras de urbanización e&lt;br /&gt;implantación de los servicios, la prestación de las garantías legalmente previstas y las&lt;br /&gt;indemnizaciones si fueren necesarias a los fines de la ejecución del PAU.&lt;br /&gt;Por tanto, para la consecución y el buen fin de la ejecución integra del Programa de&lt;br /&gt;Actuación Urbanizadora, el Urbanizador queda obligado a:&lt;br /&gt;a) Conectar e integrar adecuadamente la urbanización del Sector con las redes de&lt;br /&gt;infraestructuras, comunicaciones y servicios públicos existentes del municipio.&lt;br /&gt;b) Urbanizar completamente el ámbito de actuación delimitado por el Plan Parcial definido en&lt;br /&gt;la cláusula primera de este convenio, con sujeción a los plazos indicados en el presente Convenio.&lt;br /&gt;c) Obtener gratuitamente a favor de la Administración–Ayuntamiento de Mocejón las&lt;br /&gt;infraestructuras y los suelos dotacionales públicos del ámbito de la actuación.&lt;br /&gt;Los gastos de urbanización contenidos en la plica asciende a la cantidad de 505.346,64&lt;br /&gt;€ IVA incluido.&lt;br /&gt;En la ordenación aprobada no constan parcelas destinadas a la ubicación de centros de&lt;br /&gt;transformación de energía eléctrica capaces de abastecer de suministro a la actuación.&lt;br /&gt;El urbanizador asume el compromiso de ubicar los centros de transformación que&lt;br /&gt;fueran necesarios en parcelas de superficie independiente, suficiente y no públicas.&lt;br /&gt;El desarrollo y ejecución del PAU se llevará a cabo bajo la superior dirección y control&lt;br /&gt;del Excmo. Ayuntamiento de Mocejón, en el marco de las facultades y obligaciones que le&lt;br /&gt;otorga e impone la legislación urbanística y demás legislación aplicable.&lt;br /&gt;En su virtud, la Administración municipal deberá velar por el normal desarrollo y eficacia&lt;br /&gt;en la actuación urbanizadora que se encomienda al Agente Urbanizador, por las garantías&lt;br /&gt;necesarias a los derechos de los propietarios y titulares de arrendamientos y derechos reales,&lt;br /&gt;28&lt;br /&gt;por el cumplimiento de los plazos de presentación y trámite de proyectos, la corrección formal y&lt;br /&gt;de contenido de éstos, por la ejecución material de las obras y por la prestación de las&lt;br /&gt;garantías legalmente establecidas.&lt;br /&gt;Los compromisos que asume la Administración en cuanto a poder público son los que en&lt;br /&gt;cada caso le imponga el TRLOTAU y legislación concordante.&lt;br /&gt;El Ayuntamiento de Mocejón se obliga a aceptar en su favor, las infraestructuras y&lt;br /&gt;suelos dotacionales públicos que le correspondan en el desarrollo del Sector, conforme a las&lt;br /&gt;determinaciones del TRLOTAU.&lt;br /&gt;Así mismo, se obliga a aceptar y recibir las obras de urbanización del Sector, una vez que&lt;br /&gt;éstas se hayan ejecutado íntegramente, hecho que se acreditará con la expedición del certificado&lt;br /&gt;final de obras por parte del Técnico Director de las mismas, con cualificación profesional del&lt;br /&gt;Arquitecto Superior i/o Ingeniero de Caminos, visado por el Colegio Profesional correspondiente, todo&lt;br /&gt;ello conforme al artículo 136 del TRLOTAU.&lt;br /&gt;El urbanizador queda obligado a la contratación de los trabajos de control y calidad de las&lt;br /&gt;obras de urbanización con una empresa del sector homologada, así como a la acreditación del&lt;br /&gt;cumplimiento de está obligación ante el Ayuntamiento, mediante la presentación del contrato suscrito&lt;br /&gt;con la empresa y el Plan de Control y Calidad de las obras aceptado por el adjudicatario, con&lt;br /&gt;anterioridad al comienzo de las obras.&lt;br /&gt;El urbanizador deberá presentar en el Ayuntamiento copia de los informes relativos a los&lt;br /&gt;ensayos y pruebas de control que realice la empresa seleccionada.&lt;br /&gt;No serán recepcionadas las obras de urbanización por el Ayuntamiento si no se ha dado&lt;br /&gt;cumplimiento al Plan de Control y Calidad realizado conforme a lo dispuesto anteriormente.&lt;br /&gt;Para el caso que el adjudicatario quiera solicitar al Ayuntamiento la simultaneidad de las&lt;br /&gt;obras de urbanización y edificación, deberán garantizar el cien por cien de las obras, una vez&lt;br /&gt;asumido el compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de&lt;br /&gt;urbanización, conforme al artículo 102. 3 y 118.3 b) del TRLOTAU, siempre y cuando se haya&lt;br /&gt;tramitado y aprobado el Proyecto de Reparcelación.&lt;br /&gt;En particular, las zonas verdes se ejecutarán completamente ajardinadas con especies&lt;br /&gt;arbóreas de la zona empleando técnicas de xerojardineria que impliquen el bajo consumo de&lt;br /&gt;agua, para lo cual el urbanizador presentará un proyecto de ajardinamiento, con anterioridad al&lt;br /&gt;comienzo de las obras.&lt;br /&gt;El viario deberá quedar completamente señalizado de forma horizontal y vertical.&lt;br /&gt;Todos los elementos relativos a mobiliario urbano, es decir, farolas, papeleras, bancos,&lt;br /&gt;rejillas, imbornales, registros, etc., deberán ser autorizados por el Ayuntamiento tomándose&lt;br /&gt;como referencia los diseños y calidades comúnmente utilizados en el municipio.&lt;br /&gt;El adjudicatario tiene la obligación de satisfacer al urbanizador del Sector La Cuesto I, el&lt;br /&gt;importe proporcional del coste de las obras del colector de la red municipal de saneamiento,&lt;br /&gt;ejecutadas por este, tomándose como referencia la superficie de terreno que se sirva del mismo&lt;br /&gt;y como costes los que determine la Oficina Técnica Comarcal de Urbanismo, que actualizados al&lt;br /&gt;día de hoy asciende a la cantidad de VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS&lt;br /&gt;CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS. (26.398,67 €).&lt;br /&gt;Por tanto, para la consecución y el buen fin de la ejecución integra del Programa de&lt;br /&gt;Actuación Urbanizadora, el Urbanizador queda obligado a:&lt;br /&gt;a) Conectar e integrar adecuadamente la urbanización del Sector con las redes de&lt;br /&gt;infraestructuras, comunicaciones y servicios públicos existentes del municipio .&lt;br /&gt;29&lt;br /&gt;b) Urbanizar completamente el ámbito de actuación delimitado por el Plan Parcial definido en&lt;br /&gt;la cláusula primera de este convenio, con sujeción a los plazos indicados en el presente Convenio.&lt;br /&gt;c) Obtener gratuitamente a favor de la Administración–Ayuntamiento de Mocejón las&lt;br /&gt;infraestructuras y los suelos dotacionales públicos del ámbito de la actuación.&lt;br /&gt;CUARTA.- PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LA OBRA.- Las obras urbanización se&lt;br /&gt;iniciarán una vez se acredite ante el Ayuntamiento la inscripción del Proyecto de Reparcelación.&lt;br /&gt;El plazo de ejecución de las obras será inferior a veinticuatro meses contados desde su&lt;br /&gt;inicio. Las obras se ejecutarán en una sola fase.&lt;br /&gt;Terminadas las obras de urbanización, el urbanizador lo notificará por escrito al&lt;br /&gt;Ayuntamiento, debiendo proceder este conforme a lo dispuesto en el artículo 136 del TRLOTAU&lt;br /&gt;en cuanto a la recepción de las obras de urbanización.&lt;br /&gt;En cuanto a la devolución del aval, se estará a lo dispuesto en los artículos 213.2 y&lt;br /&gt;218.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;QUINTA.- CESIÓN DEL APROVECHAMIENTO URBANÍSTICO&lt;br /&gt;CORRESPONDIENTE AL AYUNTAMIENTO.- De conformidad con el artículo 68 b) 2) del&lt;br /&gt;TRLOTAU, corresponde al Ayuntamiento de Mocejón, “La superficie de suelo urbanizado con&lt;br /&gt;aprovechamiento lucrativo, capaz para materializar el diez por ciento del aprovechamiento tipo&lt;br /&gt;del área de reparto.&lt;br /&gt;En los supuestos previstos en esta Ley, esta cesión puede sustituirse por el abono en&lt;br /&gt;dinero a la Administración municipal de su valor, tasado por ésta en aplicación del&lt;br /&gt;procedimiento establecido en el artículo 75, que deberá destinarse al patrimonio público de&lt;br /&gt;suelo.”.&lt;br /&gt;De acuerdo a lo anterior y con el Plan Parcial aprobado, la superficie con aprovechamiento&lt;br /&gt;urbanístico correspondiente al Ayuntamiento es de 1.891,05 m2.&lt;br /&gt;Según la valoración realizada que como Anexo se adjunta a este convenio en cumplimiento&lt;br /&gt;de lo dispuesto en el artículo 11.4 del TRLOTAU, el valor del suelo es de 214,02 €. Por tanto, estando&lt;br /&gt;de acuerdo ambas partes en la sustitución por su equivalente económico, corresponde abonar por el&lt;br /&gt;urbanizador al Ayuntamiento la cantidad de CUATROCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS&lt;br /&gt;VEINTITRÉS EUROS (404.723 €).&lt;br /&gt;El importe global en la cantidad de CUATROCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS&lt;br /&gt;VEINTITRÉS EUROS (404.723 €), se abonará en dos plazos.&lt;br /&gt;El 50%, es decir, DOSCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON&lt;br /&gt;CINCUENTA CÉNTIMOS (202.361,50 €), ha sido abonado por el urbanizador al Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Mocejón, mediante ingreso en la cuenta del Excmo. Ayuntamiento según consta en el&lt;br /&gt;resguardo de ingreso que se adjunta a esta Convenio.&lt;br /&gt;El 50% restante, DOSCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON&lt;br /&gt;CINCUENTA CÉNTIMOS (202.361,50 €), una vez aprobado definitivamente por el Ayuntamiento&lt;br /&gt;de Mocejón el proyecto de reparcelación.&lt;br /&gt;SEXTA.-DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN.- Una vez producida la publicación&lt;br /&gt;de la aprobación del PAU, se procederá a solicitar, por parte del urbanizador al Registro de la&lt;br /&gt;Propiedad, certificación de titularidad y cargas de la finca incluida en el ámbito reparcelable,&lt;br /&gt;30&lt;br /&gt;aportándolas al Ayuntamiento en el plazo de un mes.&lt;br /&gt;El urbanizador presentará en el Ayuntamiento el proyecto de reparcelación del sector en&lt;br /&gt;un plazo inferior a un mes desde la publicación del acuerdo de aprobación definitiva del&lt;br /&gt;Programa, en el que el área reparcelable coincidirá con el ámbito y la ordenación aprobada del&lt;br /&gt;Plan Parcial.&lt;br /&gt;En el proyecto de Reparcelación se detallarán las parcelas resultantes de cesión a favor&lt;br /&gt;del Ayuntamiento, correspondientes a zonas verdes, equipamientos y viario. Así mismo, las&lt;br /&gt;parcelas resultantes de los propietarios incluidos en el ámbito. Se procederá a la justa&lt;br /&gt;distribución de beneficios y cargas derivados de la ordenación urbanística incluidos los gastos&lt;br /&gt;de urbanización y gestión.&lt;br /&gt;La redacción del Proyecto de Reparcelación se ajustará a lo determinado en los&lt;br /&gt;artículos 92, 93 y 95 de TRLOTAU, e incluirá una Cuenta de Liquidación Provisional de Gastos,&lt;br /&gt;cuya evaluación coincidirá con la proposición jurídico-económica incluida en el P.A.U. aprobado&lt;br /&gt;por el Ayuntamiento, por importe de 505.346,64 € IVA incluido.&lt;br /&gt;La tramitación del Proyecto de Reparcelación se producirá de acuerdo con lo&lt;br /&gt;establecido en el Articulo 92.5.c. del TRLOTAU y del 101 y siguientes del Reglamento de&lt;br /&gt;Gestión Urbanística (RD 3288/1978) o del artículo 115 y siguientes del RGU para el supuesto de&lt;br /&gt;reparcelación voluntaria.&lt;br /&gt;Concluidas las obras de urbanización, el urbanizador dispondrá de un plazo máximo de&lt;br /&gt;quince días, desde la fecha del acta de recepción de las obras, para presentar en el&lt;br /&gt;Ayuntamiento la cuenta de Liquidación Definitiva de las mismas.&lt;br /&gt;Una vez aprobada por el Ayuntamiento de Mocejón, la Cuenta de Liquidación Definitiva&lt;br /&gt;de las obras, el urbanizador presentará la cuota de urbanización final que seguirá la misma&lt;br /&gt;tramitación expuesta para las cuotas ordinarias.&lt;br /&gt;SÉPTIMA.- GARANTÍAS PRESENTADAS POR EL URBANIZADOR.-&lt;br /&gt;CONSTRUCCIONES Y OBRAS RUMAR, S.L., presenta a la firma de este Convenio al&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón, aval bancario relativo a lo dispuesto en el artículo 110.3.d) del&lt;br /&gt;TRLOTAU por importe de TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO&lt;br /&gt;EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS EUROS (35.374,28 €).&lt;br /&gt;Esta garantía es independiente de las que deban prestarse por simultaneidad de&lt;br /&gt;urbanización y edificación, si fuera el caso, y para asegurar el cumplimiento de la obligación de&lt;br /&gt;convertir los terrenos en solares, artículo 118.3.b) y 4 de la LOTAU.&lt;br /&gt;OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DEL URBANIZADOR.- El Urbanizador será&lt;br /&gt;responsable de los daños causados a los propietarios o a otras personas como consecuencia de&lt;br /&gt;su actividad o por falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones, salvo cuando&lt;br /&gt;aquellos tuvieran su origen en una orden directa de la Administración actuante o en el&lt;br /&gt;cumplimiento de una condición impuesta por ella.&lt;br /&gt;En caso de no respetar el urbanizador sus obligaciones legales, o los compromisos&lt;br /&gt;estipulados, sufrirá las penalizaciones previstas en el TRLOTAU y supletoriamente en la Ley&lt;br /&gt;30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;31&lt;br /&gt;NOVENA.- CONCLUSIÓN DEL PROGRAMA. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE&lt;br /&gt;URBANIZACIÓN.- Terminadas las obras de urbanización, el urbanizador lo notificará por&lt;br /&gt;escrito al municipio, debiéndose estar a lo establecido en el artículo 136 del TRLOTAU en&lt;br /&gt;cuanto a la recepción de dichas obras.&lt;br /&gt;Por ello, el Ayuntamiento de Mocejón se obliga a aceptar y recibir las obras de&lt;br /&gt;urbanización del ámbito delimitado en el Plan Parcial, una vez que éstas se hayan ejecutado,&lt;br /&gt;hecho que se acreditará con la expedición del certificado final de obras por parte del Técnico&lt;br /&gt;Director de las mismas, con cualificación profesional del Arquitecto Superior ido Ingeniero de&lt;br /&gt;Caminos, visado por el Colegio Profesional correspondiente, todo ello conforme al artículo 136&lt;br /&gt;del TRLOTAU.&lt;br /&gt;En cuanto a la devolución del aval, se estará a lo dispuesto en los artículos 213.2 y&lt;br /&gt;218.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;DÉCIMA.- MODIFICACIONES, VIGENCIA, CADUCIDAD Y RESOLUCIÓN DEL&lt;br /&gt;PROGRAMA.- En todo lo referente a modificaciones del Programa por decisión unilateral de la&lt;br /&gt;Administración, revocación, suspensión, extinción y resolución del mismo, se estará a lo&lt;br /&gt;previsto con carácter especial en el TRLOTAU y, en su defecto, a la regulación general&lt;br /&gt;establecida en la Ley de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;UNDÉCIMA.- El presente convenio urbanístico responderá en su concepto, principios,&lt;br /&gt;objeto, tramitación y perfeccionamiento a lo dispuesto en los artículos 11, 12 y 13, en relación&lt;br /&gt;con el artículo 122.9 del TRLOTAU.&lt;br /&gt;Y en prueba de conformidad lo firman las partes por duplicado y a un sólo efecto en&lt;br /&gt;lugar y fecha ut supra.”&lt;br /&gt;ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MOCEJÓN&lt;br /&gt;Fdo. D. ______________________&lt;br /&gt;CONSTRUCCIONES Y OBRAS RUMAR, S.L.&lt;br /&gt;Fdo. D. _______________________________&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, el pleno corporativo, por UNANIMIDAD, lo que supone la&lt;br /&gt;mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerda aprobar el&lt;br /&gt;convenio para el desarrollo del Programa de Actuación Urbanizadora del Sector Residencial&lt;br /&gt;“La Cuesta II” y parte del Sector Industrial “La Cerámica” de las Normas Subsidiarias del&lt;br /&gt;Planeamiento Municipal de Mocejón, autorizando al Sr. Alcalde para la firma del mismo.&lt;br /&gt;Antes de iniciar el siguiente punto del Orden del Día, y al objeto de no incurrir en lo&lt;br /&gt;ordenado en el Art. 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen&lt;br /&gt;Local, la 1ª Tte. de Alcalde Dª Mª Sol Pérez, se ausenta de la sesión.&lt;br /&gt;32&lt;br /&gt;NOVENO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN&lt;br /&gt;DEL P.A.U. “VALSECO II”.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental, se da cuenta del expediente tramitado del&lt;br /&gt;Proyecto de Urbanización, relativo al sector residencial denominado Valseco II, de las&lt;br /&gt;Normas Subsidiarias de Planeamiento de Mocejón, así como los informes emitidos por&lt;br /&gt;la Oficina Técnica de Urbanismo y Vivienda de la Mancomunidad de la Sagra Baja y la&lt;br /&gt;resolución del veintidós de septiembre de dos mil ocho, de la Delegación Provincial de&lt;br /&gt;Industria, Energía y Medio Ambiente de Toledo, sobre la evaluación de impacto&lt;br /&gt;ambiental, expediente TO-6224/08.&lt;br /&gt;Tras breves intervenciones aclaratorias se acuerda por UNANIMIDAD de los&lt;br /&gt;presentes aprobar el Proyecto de Urbanización del Sector Residencial denominado&lt;br /&gt;“Valseco II”, de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Mocejón, de conformidad&lt;br /&gt;con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la&lt;br /&gt;Actividad Urbanística de Castilla - La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004,&lt;br /&gt;de veintiocho de diciembre; el Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, aprobado&lt;br /&gt;por Decreto 248/2004 de catorce de septiembre y las Normas Subsidiarias de&lt;br /&gt;Planeamiento del Municipales.&lt;br /&gt;DÉCIMO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN&lt;br /&gt;DE DEL P.A.U. “VALSECO II”.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental, se da cuenta del expediente tramitado del&lt;br /&gt;Proyecto de Reparcelación, relativo al Sector Residencial denominado Valseco II, de las&lt;br /&gt;Normas Subsidiarias de Planeamiento de Mocejón, así como los informes emitidos por&lt;br /&gt;la Oficina Técnica de Urbanismo y Vivienda de la Mancomunidad de la Sagra Baja.&lt;br /&gt;Visto por los corporativos se acuerda por UNANIMIDAD de los presentes&lt;br /&gt;aprobar el Proyecto de Reparcelación, de conformidad con lo dispuesto en el Texto&lt;br /&gt;Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de&lt;br /&gt;Castilla - La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de veintiocho de&lt;br /&gt;diciembre; el Reglamento de Planeamiento de la LOTAU, aprobado por Decreto&lt;br /&gt;248/2004 de catorce de septiembre y las Normas Subsidiarias de Planeamiento del&lt;br /&gt;Municipales.&lt;br /&gt;33&lt;br /&gt;Terminado este punto se incorpora nuevamente a la sesión Dª Mª Sol Pérez.&lt;br /&gt;UNDÉCIMO.- VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL C/ HNOS. QUINTERO:&lt;br /&gt;ACCESO.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes la situación en la que se encuentran&lt;br /&gt;las obras de construcción de las Viviendas Sociales en la C/ Hnos. Quintero, sobre todo&lt;br /&gt;en lo relativo a los accesos por la calle o pasaje que existe junto al Parque del Prado,&lt;br /&gt;acceso que considera muy estrecho para poder considerarlo una calle, ya que tiene&lt;br /&gt;1,80 ml., aproximadamente. Todo esto lo ha consultado con los técnicos de la obra y&lt;br /&gt;estos no dan una solución clara, argumentando que lo que se ha ejecutado ha sido lo&lt;br /&gt;acordado en su momento con la anterior corporación.&lt;br /&gt;Con permiso de la Presidencia, toma la palabra el Portavoz del Grupo Socialista&lt;br /&gt;D. Luis Rivera, manifestando que no es cierto que se acordara una calle de 1,80 ml.&lt;br /&gt;sino de 3,10 ml., pero que en su opinión la solución pasa por ceder parte del Parque&lt;br /&gt;del Prado para poder así ensanchar dicho acceso.&lt;br /&gt;A continuación toma la palabra el Portavoz del Grupo de I.U. D. Pedro García&lt;br /&gt;diciendo que como ya manifestó en su momento no está conforme con el diseño del&lt;br /&gt;proyecto, pero aparte de este aspecto, al asunto hay que darle una solución y propone&lt;br /&gt;que por parte del Ayuntamiento se ceda del Parque Público, 1 ml. como mínimo.&lt;br /&gt;Interviene nuevamente el Sr. Alcalde y propone que se estudie por los técnicos&lt;br /&gt;y estos informen de la cantidad de terreno que sería necesaria ensanchar.&lt;br /&gt;Después de múltiples intervenciones se acuerda someter a votación la siguiente&lt;br /&gt;propuesta y que es aprobada por la UNANIMIDAD de los corporativos.&lt;br /&gt;- Ceder del Parque del Prado la cantidad de 1 ml. (como mínimo) a la calle o&lt;br /&gt;pasaje de las VV. SS.&lt;br /&gt;DUODÉCIMO.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ.&lt;br /&gt;34&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental, se da cuenta del estado en que se encuentra el&lt;br /&gt;expediente instruido para la renovación de los cargos de Juez de Paz Titular y Sustituto&lt;br /&gt;informando que solo se ha recibido una solicitud y que corresponde con la de la actual&lt;br /&gt;Juez de Paz, por lo que seguidamente se somete a votación y se acuerda por&lt;br /&gt;UNANIMIDAD nombrar a Dª Mª ELENA REY GARCÍA, con D.N.I. núm. 3842538C, JUEZ&lt;br /&gt;DE PAZ TITULAR.&lt;br /&gt;DÉCIMOTERCERO.- CONVENIO COLECTIVO PERSONAL LABORAL Y ACUERDO&lt;br /&gt;MARCO DE FUNCIONARIOS.&lt;br /&gt;Inicia el punto el Sr. Alcalde manifestando las dudas surgidas tanto en la&lt;br /&gt;Comisión Negociadora como en la Comisión Informativa respecto a los incrementos&lt;br /&gt;salariales, pero que una vez aclaradas éstas y subsanadas algunas cuestiones&lt;br /&gt;considera que su grupo es conforme a que el asunto se someta a votación.&lt;br /&gt;Seguidamente interviene D. Pedro García, mostrando su disconformidad tanto&lt;br /&gt;con el Convenio como con el Acuerdo Marco, ya que el borrador del primero lo recibió&lt;br /&gt;el lunes por la noche y del Acuerdo Marco por la tarde y unos minutos antes de&lt;br /&gt;comenzar esta sesión se le facilitan otros distintos, lo que considera una&lt;br /&gt;irresponsabilidad por lo que propone que el asunto se quede sobre la mesa y se&lt;br /&gt;examinen más detenidamente los borradores.&lt;br /&gt;Interviene nuevamente el Sr. Alcalde diciendo que si se considera que existen&lt;br /&gt;dudas, se deje el asunto sobre la mesa.&lt;br /&gt;Interviene Dª Mª Sol Pérez, la cual explica lo relativo a los incrementos&lt;br /&gt;salariales que marcan los Presupuestos Generales del Estado así como los incrementos&lt;br /&gt;que se derivan de la aplicación de la cláusula correctora con relación al IPC que existe&lt;br /&gt;en el Convenio Laboral y Acuerdo Marco en vigor.&lt;br /&gt;En este momento toma la palabra Dª Mª Guadalupe Martín, coincidiendo con el&lt;br /&gt;portavoz de I.U. en lo relativo a la celeridad con la que se le proporcionan borradores&lt;br /&gt;con o sin modificaciones que por supuesto tienen que ser examinados y estudiados&lt;br /&gt;cosa que cree que no hace el Grupo de Gobierno como se demostró en una comisión y&lt;br /&gt;termina agradeciendo al Sr. Alcalde que proponga que el asunto se deje sobre la mesa.&lt;br /&gt;35&lt;br /&gt;Tras múltiples intervenciones se somete a votación la propuesta de la Alcaldía&lt;br /&gt;de dejar sobre la mesa el asunto, por DIEZ votos a favor (5 de PP, 4 de PSOE y 1 IU) y&lt;br /&gt;UN voto en contra (Mª Sol Pérez) es aprobada por MAYORÍA ABSOLUTA del número de&lt;br /&gt;miembros de la corporación.&lt;br /&gt;DÉCIMOCUARTO.- MOCIONES DEL GRUPO DE IZQUIERDA UNIDA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental se procede a dar lectura a la Moción núm. 1,&lt;br /&gt;presentada por el Grupo de Izquierda Unida y que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“El Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Mocejón de conformidad&lt;br /&gt;con lo establecido en el Art. 95.7 del ROF, viene a presentar para su debate en el Pleno de la&lt;br /&gt;Corporación, la siguiente:&lt;br /&gt;MOCIÓN&lt;br /&gt;Los ministros de Trabajo de la Unión Europea han aprobado una propuesta de&lt;br /&gt;modificación de la Directiva de ordenación del tiempo de trabajo que, en caso de ser aprobada&lt;br /&gt;definitivamente, permitirá a cada Estado miembro modificar su legislación para ampliar la&lt;br /&gt;semana laboral máxima de las 48 horas actuales hasta 60 horas en casos generales y a 65 para&lt;br /&gt;ciertos colectivos como los médicos.&lt;br /&gt;Esta propuesta, que aún ha de ser tramitada en segunda vuelta en el Parlamento Europeo,&lt;br /&gt;representa una grave involución del derecho del trabajo. Amenaza con terminar con una&lt;br /&gt;conquista laboral de casi un siglo de duración, como es la semana laboral máxima de 48 horas,&lt;br /&gt;un derecho social consagrado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) hace 91&lt;br /&gt;años. Además, el texto vulnera el derecho constitucional español a la negociación colectiva e&lt;br /&gt;introduce la posibilidad de que el trabajador renuncie a sus derechos. Efectivamente, la&lt;br /&gt;propuesta de Directiva:&lt;br /&gt;1) Establece la posibilidad de que se incremente la jornada laboral mediante un&lt;br /&gt;simple acuerdo entre el empresario y el trabajador individual, al margen de toda&lt;br /&gt;negociación colectiva.&lt;br /&gt;2) Pretende no considerar como "tiempo de trabajo" los períodos en los que, aún&lt;br /&gt;permaneciendo en el lugar de trabajo o estando disponible no se esté realizando&lt;br /&gt;un trabajo efectivo, como es el caso de las guardias médica.&lt;br /&gt;Esta propuesta aberrante choca frontal mente con el objetivo de facilitar la conciliación&lt;br /&gt;de la vida familiar y laboral.&lt;br /&gt;Por todo ello, el Grupo Municipal de IU presenta para su aprobación los siguientes&lt;br /&gt;acuerdos.&lt;br /&gt;El Pleno del Ayuntamiento de Mocejón insta al Gobierno de la Nación a :&lt;br /&gt;1) Rechazar la revisión de la Directiva europea de ordenación del tiempo de trabajo&lt;br /&gt;que pretende la ampliación de la semana laboral hasta 60 o 65 horas, su&lt;br /&gt;imposición por acuerdo individual al margen de la negociación colectiva y la&lt;br /&gt;36&lt;br /&gt;redefinición a la baja del tiempo de trabajo.&lt;br /&gt;2) Mantener la primacía de la negociación colectiva contemplada en el artículo 37 de&lt;br /&gt;la Constitución Española, y avanzar en la reducción de la jornada de trabajo al&lt;br /&gt;objeto de conciliar la vida familiar y laboral" .&lt;br /&gt;En Mocejón a 21 de Junio de 2008.&lt;br /&gt;Pedro García Oliva.”&lt;br /&gt;Interviene D. Pedro García, diciendo que tiene poco que explicar dado que la&lt;br /&gt;moción es clara.&lt;br /&gt;Toma la pala D. Luis Rivera apoyando el contenido de la moción y mostrando&lt;br /&gt;su disconformidad con la normativa europea.&lt;br /&gt;Interviene el Sr. Alcalde mostrando su conformidad con parte de la moción, es&lt;br /&gt;decir apoya el punto 1º pero no tanto al 2º.&lt;br /&gt;Después de una breve discusión entre el Sr. Alcalde y el Portavoz del Grupo de&lt;br /&gt;IU sobre los derechos y deberes de los trabajadores y empresarios, se somete la&lt;br /&gt;moción a la consideración del Pleno, arrojando la votación el siguiente resultado:&lt;br /&gt;- Votos a favor: 9 (4 PP, 4 PSOE y 1 IU).&lt;br /&gt;- Votos en contra: 1 (A. Javier Moreno PP).&lt;br /&gt;- Abstenciones: 1 (Roberto Ortega PP).&lt;br /&gt;La moción queda aprobada por MAYORIA ABSOLUTA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental se procede a dar lectura a la Moción núm. 2,&lt;br /&gt;presentada por el Grupo de Izquierda Unida y que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.3 y&lt;br /&gt;93 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades&lt;br /&gt;Locales, somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la presente&lt;br /&gt;MOCIÓN PARA INSTALACIÓN DE PANELES INFORMATIVOS&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;Izquierda Unida de Mocejón sabedora de la importancia de la comunicación entre&lt;br /&gt;Ayuntamiento y vecinos así como de la mejora de la información a estos y convencida de que&lt;br /&gt;37&lt;br /&gt;se puede mejorar en gran medida la situación actual de oportunidades que se ofrecen en la&lt;br /&gt;actualidad presenta esta propuesta que seguro será de gran utilidad y buena acogida por los&lt;br /&gt;mocejoneros.&lt;br /&gt;La distribución estratégica de paneles informativos por nuestro pueblo con todas las&lt;br /&gt;posibilidades de información y ayuda a los vecinos de Mocejón y a visitantes mejorará la&lt;br /&gt;interrelación de estos con el Ayuntamiento ayudando a tener un pueblo más participativo, más&lt;br /&gt;involucrado y por tanto más vivo y comprometido.&lt;br /&gt;Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida propone al Pleno de la&lt;br /&gt;Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo:&lt;br /&gt;· La instalación de paneles informativos con información tanto temporal como&lt;br /&gt;atemporal repartidos tanto en numero como de forma estratégica y útil por el&lt;br /&gt;casco urbano de Mocejón, que reúnan las condiciones y características para un&lt;br /&gt;uso eficiente en cualquier condición y situación de los mocejoneros como&lt;br /&gt;visitantes.&lt;br /&gt;Pedro García Oliva&lt;br /&gt;Grupo Municipal de Izquierda Unida de Mocejón”&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Pedro García, y explica que seria beneficioso y cómodo para&lt;br /&gt;los vecinos que el Ayuntamiento instalara por diferentes puntos de la localidad unas&lt;br /&gt;marquesinas o paneles cerrados con información municipal y de interés general.&lt;br /&gt;Se somete la moción a votación y ésta es aprobada por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario Accidental se procede a dar lectura a la Moción núm. 3,&lt;br /&gt;presentada por el Grupo de Izquierda Unida y que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;D. Pedro García Oliva, Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida de Mocejón, al&lt;br /&gt;amparo de lo dispuesto en los artículos 91.4 y 97.3 del Reglamento de Organización,&lt;br /&gt;Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración del&lt;br /&gt;Pleno de la Corporación Local la presente MOCIÓN&lt;br /&gt;RECONOCIMIENTO PÚBLICO A LOS DEFENSORES DE LA DEMOCRACIA&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;La Constitución de 1978 elaborada bajo un clima de reconciliación, respeto del pluralismo&lt;br /&gt;y defensa de todas las ideas, posibilitó durante la transición el reencuentro de la ciudadanía&lt;br /&gt;sobre la construcción de un Estado Social y Democrático de Derecho.&lt;br /&gt;Es ese mismo espíritu de la transición el que ha ido posibilitando, lentamente, que se&lt;br /&gt;vayan reconociendo derechos, restituyendo el honor y considerando una parte de la historia de&lt;br /&gt;nuestro país que jamás tuvo que ser abortada y borrada del mapa de la forma más cruel.&lt;br /&gt;38&lt;br /&gt;Una violenta desaparición de la democracia que acabó con la ilusión y la lucha por una&lt;br /&gt;España más social y más justa, con importantes reformas en ámbitos tales como la educación,&lt;br /&gt;la igualdad de derechos para las mujeres o el reconocimiento de derechos laborales.&lt;br /&gt;No obstante, las personas que lucharon por defender la democracia, la justicia y la&lt;br /&gt;igualdad desde entonces hasta ahora, sufrieron las consecuencias durante décadas de la nueva&lt;br /&gt;situación creada con la destitución del anterior estado democrático español, tales como&lt;br /&gt;persecuciones, encarcelamientos, ejecuciones, exilio, torturas, acoso, destierros y otros.&lt;br /&gt;Estos siguen aún esperando ver colmados sus deseos de justicia y restitución de las&lt;br /&gt;lamentables pérdidas habidas durante tan innoble periodo.&lt;br /&gt;Las Instituciones Locales pueden y deben contribuir a que tales medidas sean llevadas a&lt;br /&gt;cabo, especialmente las que tienen que ver con la dignificación de las personas que sufrieron&lt;br /&gt;persecución y muerte durante el periodo no democrático y de no libertad.&lt;br /&gt;Por lo anteriormente expuesto, convencidos de que se pueden tomar medidas a favor de&lt;br /&gt;quienes padecieron persecución o violencia- en la defensa de la democracia y las libertades&lt;br /&gt;Izquierda Unida de Mocejón propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente&lt;br /&gt;acuerdo:&lt;br /&gt;Que se reconozca la lucha de los españoles y/o mocejoneros que defendieron la&lt;br /&gt;democracia y la libertad con una dedicación pública, dando nombre a una calle o plaza, o con la&lt;br /&gt;creación de un monumento a las libertades, como baluarte de la defensa de los derechos y la&lt;br /&gt;libertad, que pueda transmitir a los más jóvenes el orgullo y la suerte de sentirse herederos de&lt;br /&gt;los que defendieron y lucharon por la democracia y la libertad, desde la conciliación, el diálogo,&lt;br /&gt;el respeto y la igualdad entre mujeres y hombres.&lt;br /&gt;En Mocejón a 9 de julio de 2008.&lt;br /&gt;Pedro García Oliva&lt;br /&gt;Grupo Municipal de Izquierda Unida de Mocejón.”&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Pedro García, pidiendo a los presentes que se haga un&lt;br /&gt;reconocimiento a los españoles, mocejoneros ó no, que defendieron la democracia y&lt;br /&gt;lucharon por las libertades en este país.&lt;br /&gt;Interviene D. Luis Rivera, mostrando su apoyo a la moción y al reconocimiento&lt;br /&gt;de las personas que durante cuarenta años lucharon por la democracia.&lt;br /&gt;Interviene el Sr. Alcalde, manifestando su rechazo a la moción, la cual lo único&lt;br /&gt;que puede producir es remover el pasado.&lt;br /&gt;Después de un agrio debate con menciones a la Guerra Civil y a la posguerra y&lt;br /&gt;considerando la Presidencia que la moción esta sobradamente debatido se somete la&lt;br /&gt;misma a votación que arroja el siguiente resultado:&lt;br /&gt;39&lt;br /&gt;- Votos a favor: 5 (4 PSOE y 1 IU).&lt;br /&gt;- Votos en contra: 5 ( PP).&lt;br /&gt;- Abstenciones: 1 (Mª Teresa Rguez. PP).&lt;br /&gt;Al haberse producido empate se procede a una segunda votación con el&lt;br /&gt;siguiente resultado:&lt;br /&gt;- Votos a favor: 5 (4 PSOE y 1 IU).&lt;br /&gt;- Votos en contra: 6 ( PP).&lt;br /&gt;- Abstenciones: 0.&lt;br /&gt;A la vista del resultado en segunda votación la moción queda desestimada por&lt;br /&gt;MAYORÍA ABSOLUTA.&lt;br /&gt;DECIMOQUINTO.- MOCIÓN DEL GRUPO POPULAR.&lt;br /&gt;Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular Dª Mª Sol Pérez, se procede a dar lectura&lt;br /&gt;a la Moción presentada por el Grupo Popular y que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;MOCIÓN PARA SOLICITAR AL GOBIERNO LA REFORMA URGENTE DE LA&lt;br /&gt;FINANCIACIÓN LOCAL Y QUE NO DISMINUYAN LOS INGRESOS LOCALES POR LAS&lt;br /&gt;TRANSFERENCIAS DEL ESTADO EN LOS PGE 2009&lt;br /&gt;Dª, Mª DEL SOL PÉREZ PÉREZ, Portavoz de Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Mocejón, en nombre y representación del mismo eleva al Pleno de la Corporación para su&lt;br /&gt;debate la siguiente&lt;br /&gt;MOCIÓN&lt;br /&gt;- Vulnerabilidad financiera de los municipios ante la crisis económica&lt;br /&gt;El actual momento de crisis económica está poniendo de manifiesto una vez más los&lt;br /&gt;desequilibrios en el modelo de financiación local que puede afectar muy gravemente a la forma&lt;br /&gt;y calidad de prestación de servicios a los vecinos por parte de los Ayuntamientos. La situación&lt;br /&gt;financiera de muchos municipios es difícil y se ha agravado sustancialmente en los últimos&lt;br /&gt;meses.&lt;br /&gt;la caída generalizada de la economía española tiene una especial incidencia en las arcas&lt;br /&gt;municipales donde, por ejemplo, los ingresos locales vinculados a la actividad urbanística están&lt;br /&gt;disminuyendo y ya han dejado de situarse en el 20% del total de ingresos de los municipios. A&lt;br /&gt;esto hay que añadir la dificultad de acceso al crédito, que es mayor que otras Administraciones,&lt;br /&gt;así como el difícil cumplimiento de los requisitos de estabilidad presupuestaria a pesar de las&lt;br /&gt;40&lt;br /&gt;planes de austeridad que muchos municipios están aprobando ya.&lt;br /&gt;SI a ello se añade el problema estructural de la financiación local que se lleva arrastrando en&lt;br /&gt;España en los últimos 30 años, debido, entre otras causas, a los servicios que prestan los&lt;br /&gt;Ayuntamientos sin ser de su competencia, por ser la Administración más cercana a los vecinos y&lt;br /&gt;sensible a su demanda. Por ello, se hace obligatorio poner en marcha de manera inmediata&lt;br /&gt;reformas institucionales y en el ámbito de la financiación que permitan empezar a dar solución&lt;br /&gt;a este problema, El Gobierno tiene que reconocer en este sentido, la importante labor y&lt;br /&gt;esfuerzo económico que en materia de dependencia están desarrollando los municipios en la&lt;br /&gt;actualidad.&lt;br /&gt;Es por ello, que la negociación y ejecución de un nuevo modelo de financiación local tiene que&lt;br /&gt;ser inminente y simultáneo a la reforma autonómica. Asimismo, debe establecer las bases del&lt;br /&gt;Pacto Local para el traspaso de competencias y financiación desde las Comunidades Autónomas&lt;br /&gt;a los Entes locales.&lt;br /&gt;Ya el pasado 27 de mayo, el Comité Ejecutivo de la FEMP aprobó una resolución en la que se&lt;br /&gt;reiteraba la necesidad de abordar la reforma de la financiación local de forma global y en su&lt;br /&gt;conjunto, manifestando asimismo que dicha negociación debía realizarse de forma simultánea y&lt;br /&gt;vinculada a la financiación autonómica, Todo ello en el marco de los compromisos expresados&lt;br /&gt;por el Gobierno,&lt;br /&gt;- Preocupación por las previsiones presupuestadas para 2009 en cuanto a la participación de&lt;br /&gt;los Entes Locales en los Ingresos del Estado que ha avanzado el Ministerio de Economía y&lt;br /&gt;Hacienda.&lt;br /&gt;El incremento de la tasa de paro registrado que incide mayoritariamente en el sector de la&lt;br /&gt;construcción, la escasa evolución del empleo, el recorte en las previsiones de crecimiento del&lt;br /&gt;PIB, se juntan con unas previsiones de crecimiento para 2009 de solo un 1 %.&lt;br /&gt;En este contexto, las cifras avanzadas por el Ministerio de Economía y Hacienda para la&lt;br /&gt;Participación de los Entes Locales en Ingresos de los Entes Locales en Ingresos del Estado de&lt;br /&gt;2009 son muy preocupantes y ponen a las arcas locales al borde del abismo (ya que los&lt;br /&gt;ingresos fiscales se están viendo sensiblemente reducidos por la crisis inmobiliaria, al igual que&lt;br /&gt;la venta de suelo municipal, y el recurso a! endeudamiento es mucho más inaccesible que para&lt;br /&gt;el Estado o las CCAA),&lt;br /&gt;Si se materializa esta previsión, las EELL van a perder financiación en términos reales en casi&lt;br /&gt;700 M € (unos 690 M) por la práctica congelación de las entregas a cuenta en 2009, dado que&lt;br /&gt;el IPC puede situarse probablemente en un 4%.&lt;br /&gt;Por ello, se somete a la consideración del Pleno la aprobación de los siguientes acuerdos:&lt;br /&gt;PRIMERO.- Reclamar al Gobierno de España un Acuerdo simultáneo 'y' vinculado con las&lt;br /&gt;Comunidades Autónomas y los Entes Locales para la reforma urgente de la financiación local&lt;br /&gt;paralela a la de financiación autonómica y para establecer las bases del Pacto local, de forma&lt;br /&gt;que los Entes Locales puedan contar antes de que finalice este año con unas normas claras y&lt;br /&gt;precisas que se adecuen a sus necesidades reales de financiación, les doten de mayor&lt;br /&gt;capacidad normativa y solucionen el déficit arrastrado por la prestación de servicios impropios.&lt;br /&gt;Igualmente se insta al Gobierno para que la futura reforma de la Ley de Bases de Régimen local&lt;br /&gt;aborde definitivamente la delimitación precisa de las competencias de los Ayuntamientos y&lt;br /&gt;Diputaciones Provinciales al objeto de evitar la situación actual de asunción de competencias&lt;br /&gt;impropias.&lt;br /&gt;SEGUNDO.- Exigir al Gobierno de la Nación la creación urgente de un Consejo Local de Política&lt;br /&gt;Financiera, que se reunirá trimestralmente con la Administración General del Estado y en el que&lt;br /&gt;41&lt;br /&gt;participarán la Federación Española de Municipios y Provincias, los seis mayores municipios de&lt;br /&gt;España y una representación de municipios medianos y pequeños para tratar los temas de&lt;br /&gt;interés bilateral: actualización del catastro, transferencias estatales, gestión de los convenios y&lt;br /&gt;cooperación administrativa.&lt;br /&gt;TERCERO.- Exigir al Gobierno de la Nación un incremento en la Participación en Ingresos del&lt;br /&gt;Estado por parte de los Entes Locales para el Ejercicio 2009.&lt;br /&gt;CUARTO.- Solicitar al Presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias, la&lt;br /&gt;celebración de una Asamblea Extraordinaria de la FEMP que reivindique la reforma de la&lt;br /&gt;financiación local, su estabilidad presupuestaria y el saneamiento de las haciendas locales, de&lt;br /&gt;forma que puedan los Entes Locales garantizar a los ciudadanos los servicios que necesitan en&lt;br /&gt;condiciones de igualdad y equidad, y para alcanzar el peso político e institucional que&lt;br /&gt;corresponde a los Entes Locales como administración más cercana.&lt;br /&gt;En Mocejón, a 9 de octubre de 2008.&lt;br /&gt;Mª Sol Pérez Pérez.&lt;br /&gt;LA PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR&lt;br /&gt;A continuación toma la palabra D. Luis Rivera, el cual manifiesta su&lt;br /&gt;conformidad con el contenido de la moción y recuerda que desde el año 1979, fecha&lt;br /&gt;desde la cual se aplica el actual sistema de transferencias, se han incrementado los&lt;br /&gt;servicios y competencias que ofrecen los ayuntamientos.&lt;br /&gt;Interviene D. Pedro García, diciendo que está totalmente de acuerdo con la&lt;br /&gt;moción pero no tanto con la argumentación.&lt;br /&gt;Tras breve debate, la moción es sometida a votación la cual es aprobada por&lt;br /&gt;MAYORÍA ABSOLUTA con el siguiente resultado:&lt;br /&gt;- Votos a favor: 9 (6 PP, 2 PSOE y 1 IU).&lt;br /&gt;- Votos en contra: 1 (Dª Mª Guadalupe Martín PSOE).&lt;br /&gt;- Abstenciones: 1 (D. Juan Luis Alonso PSOE).&lt;br /&gt;Antes de proceder al turno de ruegos y preguntas, por el Sr. Alcalde se solicita&lt;br /&gt;la inclusión de un punto en el orden del día que por cuestión de tiempo fue presentado&lt;br /&gt;minutos después de configurarse el mismo.&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda la inclusión, dándole numeración&lt;br /&gt;correlativa.&lt;br /&gt;42&lt;br /&gt;DÉCIMOSEXTO.- MOCIÓN DEL GRUPO SOCIALISTA.&lt;br /&gt;Se procede a dar lectura a la Moción presentada por el Grupo Socialista y que&lt;br /&gt;resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;“MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DE MOCEJÓN PARA SU&lt;br /&gt;INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA DEL PRÓXIMO PLENO DEL AYUNTAMIENTO, PARA SU&lt;br /&gt;DEBATE Y APROBACIÓN, A FAVOR DE LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE REFORMA DE LA&lt;br /&gt;A VENIDA DE CASTILLA-LA MANCHA y al amparo de lo establecido por la Ley 7/1985, de 2 de&lt;br /&gt;abril, reguladora de las bases del Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de&lt;br /&gt;noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen&lt;br /&gt;Jurídico de las Entidades Locales, artículo 97.3&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;El anterior Equipo de Gobierno Municipal, perteneciente al PSOE negoció con la Junta de&lt;br /&gt;Comunidades de Castilla-La Mancha una importante ayuda económica para la reforma de la&lt;br /&gt;Avenida de Castilla-La Mancha. Con la llegada al gobierno municipal del Partido Popular, el&lt;br /&gt;proyecto original sufrió una serie de importantes modificaciones entre ellas, el cambio del&lt;br /&gt;trazado de la carretera aproximándolo a la línea de viviendas y la ubicación de las paradas de&lt;br /&gt;autobuses en zonas diferentes a las actuales.&lt;br /&gt;MOCIÓN&lt;br /&gt;Escuchando la opinión de la gran mayoría de los vecinos allí residentes, y de otros muchos que&lt;br /&gt;están sufriendo la indebida planificación de estas obras, el Grupo Municipal Socialista solicita al&lt;br /&gt;Gobierno Municipal que debata en Pleno y adopte las siguientes medidas:&lt;br /&gt;1. La modificación del actual proyecto para devolverlo al originalmente propuesto a&lt;br /&gt;la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en lo referido al trazado de la&lt;br /&gt;carretera.&lt;br /&gt;2. Que se evite en la medida de lo posible la ubicación de las paradas de autobuses&lt;br /&gt;según figura en el actual proyecto y se facilite un acceso más directo al&lt;br /&gt;Consultorio Local.&lt;br /&gt;3. La mejor señalización de las rutas alternativas de tráfico por la localidad.&lt;br /&gt;4. La correcta señalización, protección y preocupación por los vecinos que deben&lt;br /&gt;tomar un autobús en las actuales condiciones, si fuera preciso con protección de&lt;br /&gt;la Policía Local, para evitar males mayores, sobre todo en las horas de tránsito de&lt;br /&gt;estudiantes.&lt;br /&gt;En Mocejón, a 19 de octubre de 2008.”&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Luis Rivera diciendo que oídas las quejas de los vecinos de&lt;br /&gt;la Avda. de Castilla-La Mancha y de otras zonas de la localidad y teniendo en cuenta&lt;br /&gt;otros aspectos como el hecho de que en la actualidad dicha vía es una carretera y no&lt;br /&gt;una calle, al no estar hecha la cesión por parte de la Consejería de Obras Públicas, y&lt;br /&gt;que las obras no están muy avanzadas, propone se opte por ejecutar la obra con el&lt;br /&gt;trazado original, preguntando por la postura de la mencionada Consejería ante estas&lt;br /&gt;modificaciones.&lt;br /&gt;43&lt;br /&gt;Seguidamente interviene D. Pedro García, recordando que cuando se vio en&lt;br /&gt;Comisión Informativa la modificación del trazado, el Sr. Alcalde dijo que se reuniría con&lt;br /&gt;los vecinos para explicarles la misma y saber su parecer, reunión que no se ha&lt;br /&gt;producido, también solicita que se valore por los técnicos volver al diseño original&lt;br /&gt;teniendo en cuenta lo ya ejecutado&lt;br /&gt;Interviene el Sr. Alcalde diciendo que, efectivamente el proyecto se ha&lt;br /&gt;modificado considerablemente, en su opinión mejorando el original, agrupando las&lt;br /&gt;zonas verdes y peatonales, modificaciones que se presentaron al Sr. Delegado de&lt;br /&gt;Obras Públicas y a los técnicos de la misma, los cuales manifestaron su conformidad&lt;br /&gt;con la actuación, contestando a la afirmación del Portavoz del Grupo Socialista sobre el&lt;br /&gt;carácter de la vía, dice que efectivamente aún no esta cedida por Obras Públicas pero&lt;br /&gt;como muy bien sabe el Sr. Rivera esto sucede una vez terminadas las obras. En cuanto&lt;br /&gt;al trafico, explica que una vez finalizadas las obras se procederá a la regulación del&lt;br /&gt;trafico pesado y a la correcta señalización de las paradas de autobús y termina&lt;br /&gt;diciendo que el Grupo Socialista tiene copia de los planos de las obras desde el pasado&lt;br /&gt;mes de junio y curiosamente espera a que las obras estén en marcha para oponerse a&lt;br /&gt;ellas.&lt;br /&gt;Después de amplio debate se somete la moción a votación la cual arroja el&lt;br /&gt;siguiente resultado:&lt;br /&gt;- Votos a favor: 4 (PSOE).&lt;br /&gt;- Votos en contra: 6 (PP).&lt;br /&gt;- Abstenciones: 1 (IU).&lt;br /&gt;A la vista de los resultados de la votación la moción queda desestimada por&lt;br /&gt;MAYORÍA ABSOLUTA.&lt;br /&gt;DECIMOSÉPTIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde solicita al Portavoz del Grupo Socialista que de lectura a las&lt;br /&gt;preguntas presentadas por escrito, y se irán contestando las mismas.&lt;br /&gt;44&lt;br /&gt;1. Presupuestos y empresa adjudicataria de la poda de árboles 2007.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que por parte de la Intervención se les facilitaran&lt;br /&gt;dicha información.&lt;br /&gt;2. Gastos Totales de la reforma de la Piscina Municipal.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que en el momento que se reciban todas las&lt;br /&gt;facturas se les facilitará la información.&lt;br /&gt;3. Gastos de las Fiestas de la Virgen del Carmen y Fiestas Patronales 2008.&lt;br /&gt;Contesta la 1ª Tte de Alcalde Dª Mª Sol Pérez que en cuando se cierren&lt;br /&gt;los gastos de las Fiestas de Septiembre se les facilitarán ambos.&lt;br /&gt;4. Gastos de Semana Cultural 2008.&lt;br /&gt;Contesta la 1ª Tte de Alcalde Dª Mª Sol Pérez, que estos están incluidos&lt;br /&gt;en los gastos de las Fiestas de Septiembre.&lt;br /&gt;5. ¿Desde cuando no se reúne la Junta de Padres del Centro Ocupacional?&lt;br /&gt;Contesta la 1ª Tte de Alcalde Dª Mª Sol Pérez leyendo informe de la&lt;br /&gt;Directora del Centro Ocupacional.&lt;br /&gt;6. Gastos de la pavimentación y arreglo de la prolongación de la C/ José&lt;br /&gt;María Pemán (la que transcurre tras los edificios del Colegio).&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que por parte de la Intervención se les facilitaran&lt;br /&gt;dicha información.&lt;br /&gt;7. Estado de las cuentas municipales del Ayuntamiento respecto a la&lt;br /&gt;Mancomunidad.&lt;br /&gt;45&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que al día de hoy a la Mancomunidad únicamente&lt;br /&gt;se le adeuda la cuota correspondiente 3º trimestre 2008 por importe&lt;br /&gt;1.600 € aproximadamente, si bien según sus informaciones, un miembro&lt;br /&gt;de esta corporación va difundiendo que el Ayuntamiento adeuda a la&lt;br /&gt;Mancomunidad 60.000 €, lo que es totalmente falso.&lt;br /&gt;8. Situación en la que se encuentra la contratación de un nuevo Secretario-&lt;br /&gt;Interventor.&lt;br /&gt;9. Pleno o Comisión de Gobierno en el que fue aprobada la modificación del&lt;br /&gt;proyecto de la travesía; si ha sido notificado el cambio de proyecto a la&lt;br /&gt;Delegación de Ordenación del Territorio y Vivienda de Toledo y la&lt;br /&gt;respuesta dada, si existiera. ¿Se sigue el proyecto modificado tal y como&lt;br /&gt;ha sido redactado?&lt;br /&gt;El Sr. Rivera considera que las preguntas 8 y 9 ya han sido contestadas&lt;br /&gt;en el transcurso de esta sesión.&lt;br /&gt;10. Listado de personal contratado en el Ayuntamiento a fecha 15 de octubre&lt;br /&gt;de 2008.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que por parte de la Secretaría se les facilitaran&lt;br /&gt;dicha información.&lt;br /&gt;11. Solicitamos que informen al Pleno de las últimas convocatorias de&lt;br /&gt;personal.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que se informan habitualmente de todas las&lt;br /&gt;convocatorias puesto que las bases de las mismas se aprueban por Pleno.&lt;br /&gt;12. Fechas en las que se ha realizado la limpieza de contenedores y coste de&lt;br /&gt;las limpiezas extraordinarias de calles.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que en este momento no sabe la fecha exacta pero&lt;br /&gt;cree que la frecuencia de limpieza será la misma que la empresa ha&lt;br /&gt;46&lt;br /&gt;venido aplicando desde el principio, pero aun así se les pedirá&lt;br /&gt;información.&lt;br /&gt;Seguidamente toma la palabra D. Pedro García que formula múltiples preguntas&lt;br /&gt;las cuales se irán contestando.&lt;br /&gt;1. En la sesión plenaria de 20.05.08 solicito información sobre las antenas&lt;br /&gt;de telefonía se dijo que se le facilitaría y aún no lo ha recibido.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que por parte de la Secretaría se les facilitaran&lt;br /&gt;dicha información.&lt;br /&gt;2. Ruega que se modifiquen los reductores de velocidad ya que son&lt;br /&gt;demasiado altos.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Concejal Delegado de Servicios D. Javier Moreno que&lt;br /&gt;antes de su instalación se pidió información a la Delegación de Obras&lt;br /&gt;Públicas y nos contestaron que no existía legislación alguna al respecto,&lt;br /&gt;pero eso no deja de que si se conoce la existencia de alguno que cree&lt;br /&gt;problemas se revise o modifique.&lt;br /&gt;3. En que estado se encuentra el Proyecto de Parque Empresarial.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que no se ha vuelto a tener ninguna noticia y&lt;br /&gt;considera que el proyecto está paralizado.&lt;br /&gt;4. Estado en que se encuentra la tramitación del Punto Limpio.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Concejal Delegado de Servicios D. Javier Moreno, que se&lt;br /&gt;esta a la espera de la contestación de la Junta de Comunidades.&lt;br /&gt;5. Valoración del funcionamiento de la Piscina Municipal?&lt;br /&gt;47&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde debido a las quejas y al mal funcionamiento de&lt;br /&gt;las piscina se abrió expediente a la concesionaria y se ha rescatado el&lt;br /&gt;contrato.&lt;br /&gt;6. Posibilidad de construcción de un Instituto de Secundaria en la zona.&lt;br /&gt;Contesta la Sra. Concejala Delegada de Educación y Cultura Dª Mª&lt;br /&gt;Teresa Rodríguez, diciendo que en reunión con el Delegado de&lt;br /&gt;Educación, este le informo que en un periodo de dos o tres años no se&lt;br /&gt;tiene prevista la construcción de ningún Instituto de Secundaria en la&lt;br /&gt;zona.&lt;br /&gt;7. Estado en que se encuentra la creación del Patronato Deportivo.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Concejal Delegado de Deportes D. Roberto Ortega que&lt;br /&gt;se esta estudiado y preparando por parte del Servicio Deportivo&lt;br /&gt;Municipal.&lt;br /&gt;8. En uno de los festejos taurinos de las Fiestas de Septiembre se lidio un&lt;br /&gt;toro que estaba cojo. ¿Por qué?&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que el animal se lesiono en el encierro y el&lt;br /&gt;Presidente del festejo no puso objeción.&lt;br /&gt;9. Ruega que se pidan garantías a la empresa que reformo el Parque&lt;br /&gt;Daoiz.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que se pedirá a los servicios técnicos que&lt;br /&gt;examinen la obra.&lt;br /&gt;10. Forma en la que se procedido a la elección en las Fiestas de Septiembre&lt;br /&gt;de la persona de mayor edad ya que él conoce mocejoneros de mayor&lt;br /&gt;edad que la persona que fue elegida.&lt;br /&gt;48&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que simplemente se ha consultado el Padrón&lt;br /&gt;Municipal que si los hay pero no viven en la localidad es imposible saber&lt;br /&gt;de su existencia.&lt;br /&gt;Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión&lt;br /&gt;siendo las veinte horas y veinticinco minutos horas, extendiéndose la presente acta con&lt;br /&gt;el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;Vº Bº&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;Fdo. Plácido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;EL SECRETARIO ACCIDENTAL&lt;br /&gt;Fdo. José Ramón Díaz Rodríguez&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-1019341436106301762?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/1019341436106301762'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/1019341436106301762'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/12/29-de-octubre-de-2008.html' title='29 DE OCTUBRE DE 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-1471702687366275245</id><published>2008-10-03T12:05:00.000+02:00</published><updated>2008-10-03T12:06:07.583+02:00</updated><title type='text'>28 de Agosto de 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;1&lt;br /&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 28 de agosto de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;br /&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Extraordinaria Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ&lt;br /&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;br /&gt;Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;br /&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ&lt;br /&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA.&lt;br /&gt;D. LUIS RIVERA MARTIN ANDINO&lt;br /&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN&lt;br /&gt;Ausentes: Ninguno.&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20.30 horas del día&lt;br /&gt;28 de Agosto de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar&lt;br /&gt;Sesión ORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín&lt;br /&gt;Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.&lt;br /&gt;Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;br /&gt;O R D E N D E L D I A&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LAS SESIONES&lt;br /&gt;PLENARIAS CELEBRADA EL 19 DE JUNIO Y EL 24 DE JULIO DE 2008&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD de los presentes se aprueban las actas de las sesiones plenarias&lt;br /&gt;correspondientes al 19 de Junio y 24 de Julio de 2008.&lt;br /&gt;2&lt;br /&gt;SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se requiere&lt;br /&gt;alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no.&lt;br /&gt;Los Sres. Corporativos toman conocimiento.&lt;br /&gt;TERCERO.- PROGRAMA DE FIESTAS.- FESTEJOS TAURINOS.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se da cuenta del programa de festejos a celebrar durante las&lt;br /&gt;fiestas de Septiembre, realizando el Sr. Concejal D. Roberto Ortega un detallado resumen de los&lt;br /&gt;mismos.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. Concejal D. Pedro García de I.U. el cual manifiesta que le parece que&lt;br /&gt;las fiestas son un poco excesivas en cuanto a los días.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que las fiestas son del 6 al 11, y que si hay alguna actividad fuera de&lt;br /&gt;dichos días ha sido porque se ha considerado más adecuado por coincidir en fin de semana.&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín que manifiesta que se puede decir lo que se quiera,&lt;br /&gt;pero que en realidad las fiestas este año son del 6 al 13, y así se ve con el programa en la mano, y&lt;br /&gt;añade que le parece bien, que se puedan variar los días en función de cómo cae cada año y&lt;br /&gt;aprovechar en su caso los fines de semana, si bien, considera que esto mismo fue objeto de feroz&lt;br /&gt;critica por el Partido Popular otro año e incluso se hicieron camisetas para criticar esto,&lt;br /&gt;recomendando que ahora es el momento de volverlas a sacar.&lt;br /&gt;Tras intenso debate y sometido a votación los festejos taurinos a celebrar durante las fiestas&lt;br /&gt;de septiembre, los mismos son aprobados por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;CUARTO.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA&lt;br /&gt;CORPORACIÓN DE 2007.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta y explican los principales documentos que conforman la&lt;br /&gt;liquidación del presupuesto de la Corporación indicando que la misma ha sido aprobada por el Sr.&lt;br /&gt;Alcalde, por lo que procede la toma de conocimiento de dicha aprobación por parte de los Sres.&lt;br /&gt;Corporativos.&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, los comparecientes toman conocimiento de la aprobación de la&lt;br /&gt;liquidación del presupuesto general de la Corporación de 2007.&lt;br /&gt;QUINTO.- LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2007.&lt;br /&gt;Dada cuenta de la liquidación del presupuesto, y examinada la Cuenta General&lt;br /&gt;correspondiente al ejercicio de 2004, que consta de las partes que exige el art. 209 del Real Decreto&lt;br /&gt;Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de&lt;br /&gt;las Haciendas Locales y que rinde el Presidente de ese Ayuntamiento, la cual ha sido tramitada de&lt;br /&gt;conformidad con lo establecido en el art. 116 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases&lt;br /&gt;del Régimen Local y art. 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 mencionado, la cual ha sido&lt;br /&gt;dictaminada favorablemente por la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Especial de Cuentas y&lt;br /&gt;será expuesta al público por plazo de quince días, si durante los cuales y ocho días más no se&lt;br /&gt;presentaran reclamaciones la aprobación se elevara a definitiva.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;3&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista, la cual, manifiesta que&lt;br /&gt;dada la complejidad de la documentación que compone tanto la liquidación como la cuenta general&lt;br /&gt;del presupuesto, solicita más tiempo para aprobarla, si bien añade que desde el punto de vista&lt;br /&gt;técnico considera que la misma esta adecuadamente cumplimentada y que por ello no tienen&lt;br /&gt;inconveniente en aprobarla, si bien solicitan más tiempo en cuanto a su estudio, y poder solicitar de&lt;br /&gt;la intervención municipal la información que necesiten.&lt;br /&gt;D. Pedro García, de I.U. interviene en el mismo sentido de requerir más tiempo e&lt;br /&gt;información de la intervención, y que dado que fue un presupuesto en el que su grupo no participo,&lt;br /&gt;sino que fue compartido por el PSOE y PP, se abstendrá.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde manifiesta que no existe inconveniente alguno en que por la intervención&lt;br /&gt;se entregue cuanta documentación se requiera.&lt;br /&gt;Sometida la cuenta genera a votación, la misma es aprobada por 10 votos a favor del Grupo&lt;br /&gt;Popular y Grupo Socialista y la abstención de I.U.&lt;br /&gt;SEXTO.- MOCION DEL GRUPO POPULAR.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da lectura a la moción presentada por el Grupo Popular que resulta&lt;br /&gt;del siguiente tenor:&lt;br /&gt;“D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE&lt;br /&gt;MOCEJÓN, en representación del Grupo Popular,&lt;br /&gt;EXPONE:&lt;br /&gt;Que dada la actual situación de crisis y la recesión económica que empieza a notarse en&lt;br /&gt;muchos aspectos productivos y económicos, incluida la hacienda local, es por lo que se propone al&lt;br /&gt;Pleno la anulación de todas las asignaciones de los Grupos Políticos e indemnizaciones por&lt;br /&gt;asistencias de esta Corporación que fueron aprobadas en el Pleno de 21 de Junio de 2007.&lt;br /&gt;Asimismo se propone la reducción de la liberación de la Primer Teniente de Alcalde en la&lt;br /&gt;cantidad que el Pleno Corporativo fijo como incremento retributivo al integrarse en su sueldo la parte&lt;br /&gt;correspondiente a las asignaciones por asistencias según los acuerdos plenarios de 21 de Junio y 30&lt;br /&gt;de Agosto de 2007.”&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde explica que esto no supone un gran ahorro, y que la cifra puede estar&lt;br /&gt;alrededor de los 12.000 €, continua diciendo que esto no es mucho pero que le parece importante&lt;br /&gt;dar ejemplo en la actual situación.&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Luis Rivera, el cual manifiesta su disconformidad con la medida, pues&lt;br /&gt;indica que el ahorro que se produce es insignificante para las arcas municipales y que puede&lt;br /&gt;ahorrarse de otras muchas partidas y en cantidades mucho más importantes, pero que este dinero&lt;br /&gt;no supone algo que sea para los concejales, sino que se trata de las asignaciones con las que&lt;br /&gt;funcionan los partidos políticos.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal D. Pedro García, el cual manifiesta que en honor a lo que su&lt;br /&gt;partido siempre ha defendido, le parece bien, pero que esto no es suficiente, y la medida debería de&lt;br /&gt;acompañarse quitando la liberación de la Primer Teniente de Alcalde, incluso verían bien que se&lt;br /&gt;quedase la liberación, pero con el sueldo que la misma tenia como funcionaria, indicando que puede&lt;br /&gt;ocurrir que lo el grupo de gobierno quite las asignaciones y puede estar financiándose por detrás.&lt;br /&gt;4&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que le parece rastrero que el Sr. Concejal diga que puede existir una&lt;br /&gt;financiación trasera, y considera que eso es una falacia.&lt;br /&gt;Responde el Sr. D. Pedro García aclarando que lo de por detrás se refería exclusivamente a&lt;br /&gt;que el partido popular podría financiarse con parte de la liberación, y que no debe buscársele otra&lt;br /&gt;interpretación a sus palabras, y que por supuesto retira sus palabras en cuanto a cualquier otra&lt;br /&gt;interpretación.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde manifiesta que el dinero de la liberación es exclusivamente de la Primer&lt;br /&gt;Teniente de Alcalde y el Partido no recibe nada. Añade que la actual liberación es muy inferior a la&lt;br /&gt;que existía con el gobierno anterior.&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista, la cual pide a todos un poco de&lt;br /&gt;reflexión, pues entiende que modificar lo que se había acordado anteriormente a mitad de legislatura,&lt;br /&gt;implica destruir las previsiones de las Agrupaciones Locales, pues sus necesidades de&lt;br /&gt;funcionamiento se cubrían con estas asignaciones, lo que a su vez supondrá que los Grupos&lt;br /&gt;Políticos ahora necesitaran un local que habrá de facilitarlo el Ayuntamiento, así como las dotaciones&lt;br /&gt;de material necesarias para el funcionamiento.&lt;br /&gt;Se suceden diversas intervenciones en relación con la necesidad y disponibilidad de locales&lt;br /&gt;para los Grupos Políticos formándose un intenso debate en relación con tiempos pasados.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde considera el asunto suficientemente debatido y somete la moción a la&lt;br /&gt;consideración del Pleno, arrojando la votación el siguiente resultado:&lt;br /&gt;Votos a favor 6 del Grupo Popular.&lt;br /&gt;Votos en Contra 5 del Grupo Socialista e I.U.&lt;br /&gt;La Moción queda aprobada por mayoría Absoluta.&lt;br /&gt;Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las&lt;br /&gt;21,45 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el&lt;br /&gt;Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;V º B º EL SECRETARIO&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;Fdo. Miguel A. Peralta Roldán&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-1471702687366275245?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/1471702687366275245'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/1471702687366275245'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/10/28-de-agosto-de-2008.html' title='28 de Agosto de 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-4165368852875017658</id><published>2008-09-23T10:04:00.000+02:00</published><updated>2008-09-23T10:05:14.741+02:00</updated><title type='text'>24 DE JULIO DE 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;1&lt;br /&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 24 de Julio de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;br /&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Extraordinaria Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ&lt;br /&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;br /&gt;Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;br /&gt;D. LUIS RIVERA MARTÍN ANDINO.&lt;br /&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN&lt;br /&gt;Ausentes:&lt;br /&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;br /&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA.&lt;br /&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20.30 horas del día&lt;br /&gt;19 de Junio de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión&lt;br /&gt;EXTRAORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín&lt;br /&gt;Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.&lt;br /&gt;Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;br /&gt;O R D E N D E L D I A&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION&lt;br /&gt;PLENARIA CELEBRADA EL 19 DE MAYO DE 2008&lt;br /&gt;2&lt;br /&gt;Dado que la misma ha sido entregada sin tiempo suficiente, por unanimidad de los&lt;br /&gt;presentes se acuerda que sea sometida a aprobación en la próxima sesión que se celebre.&lt;br /&gt;SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se&lt;br /&gt;requiere alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no.&lt;br /&gt;Los Sres. Corporativos toman conocimiento.&lt;br /&gt;TERCERO.- CONVENIO BULEVAR DEL MIRADOR DEL TAJO.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se explica a los presentes el convenio que se ha redactado a los&lt;br /&gt;efectos de que pueda continuarse con el P.A.U. Mirador del Tajo, en relación con la ejecución del&lt;br /&gt;bulevar de conexión con el municipio que discurre por el denominado camino de la Rivera, y que&lt;br /&gt;resulta del siguiente tenor literal:&lt;br /&gt;“CONVENIO URBANISTICO PARA LA EJECUCIÓN DE SISTEMA GENERAL&lt;br /&gt;BULEVAR CAMINO DE LA RIBERA.&lt;br /&gt;En Mocejón (Toledo), a , de de dos mil ocho.&lt;br /&gt;REUNIDOS&lt;br /&gt;De una parte: El Ilmo. Sr. DON PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO, Alcalde Presidente del&lt;br /&gt;Excmo. Ayuntamiento de Mocejón, en cuyo nombre y representación interviene, como&lt;br /&gt;Administración actuante.&lt;br /&gt;De otra parte: DON ____________________________________, con D.N.I.&lt;br /&gt;nº_________________. Interviene en su condición de propietario de la finca _______________&lt;br /&gt;Las partes intervinientes se reconocen mutuamente suficiente capacidad jurídica y de obrar&lt;br /&gt;para la formalización de este documento y, con base en los antecedentes que se exponen&lt;br /&gt;seguidamente, se vinculan entre sí para el cumplimiento de las cláusulas que forman el contenido&lt;br /&gt;dispositivo del convenio.&lt;br /&gt;ANTECEDENTES&lt;br /&gt;I.- Por el Ayuntamiento de Mocejón (Toledo), se está llevando a cabo la redacción de un&lt;br /&gt;Plan de Ordenación Municipal que defina la ordenación estructural y detallada del término municipal,&lt;br /&gt;estableciendo las directrices del modelo de evolución urbana y ocupación del territorio, clasificando el&lt;br /&gt;suelo, delimitando sectores de planeamiento parcial, estableciendo los usos e intensidades,&lt;br /&gt;señalamiento de sistemas generales, etc.&lt;br /&gt;II.- Asimismo, por el Ayuntamiento de Mocejón se está tramitando una actuación&lt;br /&gt;urbanizadora en suelo clasificado como rústico de reserva por las Normas Subsidiarias de&lt;br /&gt;Planeamiento Municipal tras la modificación puntual llevada a efecto, al que se ha denominado&lt;br /&gt;Sector “Mirador del Tajo”. Se trata de una innovación del planeamiento en vigor.&lt;br /&gt;Dicho Sector se encuentra aislado de los suelos urbanos y urbanizables del municipio, por lo&lt;br /&gt;que el Ayuntamiento ha exigido a sus promotores que la conexión viaria con el municipio se realice&lt;br /&gt;mediante la ejecución por su cuenta de un gran bulevar que discurra por el Camino de la Ribera, que&lt;br /&gt;afecta a propietarios no incluidos en el desarrollo urbanístico del PAU.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;3&lt;br /&gt;Este bulevar se incluirá como sistema general de comunicaciones en el Plan de Ordenación&lt;br /&gt;Municipal actualmente en fase de redacción, adscribiéndolo a los sectores de suelo urbanizable&lt;br /&gt;adyacentes.&lt;br /&gt;III.- Por ello y con la finalidad de facilitar la ocupación y ejecución de los terrenos afectados&lt;br /&gt;por el bulevar, ambas partes, Ayuntamiento y propietario, de común acuerdo otorgan el presente&lt;br /&gt;convenio urbanístico previsto en el artículo 11.3 b) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del&lt;br /&gt;Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de Diciembre,&lt;br /&gt;(en adelante TRLOTAU), bajo las siguientes,&lt;br /&gt;ESTIPULACIONES&lt;br /&gt;PRIMERA.- Don_________________________________________, propietario de la finca&lt;br /&gt;_______________, autoriza al Ayuntamiento de Mocejón, en su condición de Administración&lt;br /&gt;actuante en la redacción del POM y en la tramitación del PAU Sector “El Mirador del Tajo, para la&lt;br /&gt;ocupación de los terrenos de su propiedad para la ejecución de un bulevar que conecte la localidad&lt;br /&gt;con el sector “El mirador del Tajo”.&lt;br /&gt;SEGUNDA.- El Ayuntamiento de Mocejón, se obliga a calificar el bulevar como sistema&lt;br /&gt;general de comunicaciones, así como a delimitar sectores de suelo urbanizable a los terrenos&lt;br /&gt;colindantes a dicho bulevar, en el POM en redacción.&lt;br /&gt;Dicho sistema general quedará adscrito a los sectores que se delimiten, por lo que los&lt;br /&gt;propietarios afectados percibirán los aprovechamientos correspondientes a sus propiedades.&lt;br /&gt;A los efectos de delimitar con precisión los terrenos que se aporten, con carácter previo al&lt;br /&gt;comienzo de las obras se realizara por la empresa promotora un levantamiento topográfico en el que&lt;br /&gt;se delimitara con precisión los terrenos que se aportan, incluyéndose las mediciones al presente&lt;br /&gt;convenio.&lt;br /&gt;TERCERO.- En todo caso, se estará a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 11 del&lt;br /&gt;TRLOTAU, así como lo dispuesto en el articulo 12 del referido cuerpo legal en cuanto al&lt;br /&gt;procedimiento para la celebración y perfeccionamiento de este convenio, debiendo ser ratificado por&lt;br /&gt;el pleno Corporativo para su perfeccionamiento.&lt;br /&gt;En prueba de conformidad con todo lo expuesto, los Sres. Intervinientes en la&lt;br /&gt;representación que ostentan proceden a firmar el presente Convenio por duplicado ejemplar en el&lt;br /&gt;lugar y fecha indicado en el encabezamiento del mismo.”&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde explica que ya se ha mantenido una reunión con los propietarios afectados y&lt;br /&gt;que se espera dado que la solución del convenio es la más favorable a los mismos, que se pueda&lt;br /&gt;conseguir el consenso.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal D. Luis Rivera del Grupo Socialista, el cual manifiesta que este&lt;br /&gt;proyecto comenzó en la anterior legislatura y que en opinión supone un enorme beneficio tanto para&lt;br /&gt;los afectados como para todo el municipio, motivo por el cual votaran a favor del mismo.&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, el pleno corporativo, por UNANIMIDAD, lo que supone la&lt;br /&gt;mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerda aprobar el convenio&lt;br /&gt;para la ejecución del bulevar, autorizando al Sr. Alcalde para la firma de los mismos.&lt;br /&gt;4&lt;br /&gt;CUARTO.- APROBACIÓN INICIAL EL MIRADOR DEL TAJO.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que se ha seguido el procedimiento en relación&lt;br /&gt;con la documentación relativa al P.A.U. Mirador del Tajo, por lo que procede la aprobación inicial del&lt;br /&gt;mismo a los efectos de continuar con el procedimiento, si bien manifiesta que existen algunos&lt;br /&gt;problemas en relación a un propietario, y que su postura es conseguir la unanimidad a la hora de&lt;br /&gt;llevar a buen termino el proyecto, pues a el la promotora le pidió que mediara, y así lo hizo, y ahora&lt;br /&gt;no puede ser que se cambien unilateralmente los términos de la negociación.&lt;br /&gt;El Sr. D. Luis Rivera manifiesta que la postura del Grupo Socialista es la misma que la&lt;br /&gt;manifestada en el punto anterior, motivo por el cual votaran a favor, y asimismo recuerda al Sr.&lt;br /&gt;Alcalde que si bien entiende sus palabras respecto de que es bueno conseguir la unanimidad, no es&lt;br /&gt;menos cierto que un proyecto no puede quedar paralizado por una situación de desencuentro de un&lt;br /&gt;2% de la actuación,. Por lo que recomienda que en cualquier caso, el Ayuntamiento debe de actuar&lt;br /&gt;conforme a la Ley, y no conforme a los intereses de unos o de otros.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde explica que en efecto es tal y como manifiesta el Concejal, pero que quien no&lt;br /&gt;se ha presentado a la firma de los acuerdos adoptados no ha sido el propietario, sino el Agente&lt;br /&gt;Urbanizador, aunque según se le ha informado, ya ha quedado todo resuelto.&lt;br /&gt;Tras alguna aclaración, por UNANIMIDAD se acuerda:;&lt;br /&gt;“Primero.- Aprobar inicialmente el Programa de Actuación Urbanizadora del Sector “Mirador&lt;br /&gt;del Tajo”, presentado por la mercantil JARDINES RIBERA DEL TAJO, S.L., eligiendo la proposición&lt;br /&gt;jurídico económica presentada por esta mercantil y que será oportunamente modificada por este&lt;br /&gt;órgano cuando se apruebe definitivamente, a la vista del contenido de los informes sectoriales y del&lt;br /&gt;informe preceptivo y vinculante de la Comisión Provincial de Urbanismo de Toledo, todo ello de&lt;br /&gt;conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del&lt;br /&gt;Territorio y de la Actividad Urbanística (TRLOTAU), aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 28&lt;br /&gt;de Diciembre de 2004.&lt;br /&gt;Segundo.- Aprobar inicialmente el Plan Parcial de Mejora incluido en la Alternativa Técnica&lt;br /&gt;del PAU del Sector “Mirador del Tajo”, que comporta una modificación de la ordenación estructural,&lt;br /&gt;de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del TRLOTAU. Será preceptiva la emisión de&lt;br /&gt;informe previo y vinculante por la Comisión Provincial de Urbanismo de Toledo. La ordenación&lt;br /&gt;prevista en el Plan Parcial de Mejora se adaptará a lo que indiquen los informes sectoriales que&lt;br /&gt;emitan las Administraciones y organismos afectados por el desarrollo urbanístico propuesto.&lt;br /&gt;Tercero.- Asimismo el Pleno Corporativo acuerda que la conexión de programa de&lt;br /&gt;actuación Urbanizadora con el casco, se realizará a través de un bulevar que se desarrollará a través&lt;br /&gt;del camino de la Rivera, estando este bulevar establecido en el avance del Plan de Ordenación&lt;br /&gt;Municipal, habiendo sido aprobado asimismo por este Ayuntamiento el convenio con los propietarios&lt;br /&gt;afectados para la cesión de los terrenos, quedando clasificados en el Plan de Ordenación Municipal&lt;br /&gt;todos los terrenos anexos al bulevar como Urbanizables programados, previniéndose que el&lt;br /&gt;crecimiento natural del municipio se realice por dicha zona.&lt;br /&gt;Cuarto.- Que a los efectos de obtener y respetar los criterios de sostenibilidad, el&lt;br /&gt;Ayuntamiento proveerá a los terrenos conexos con la actuación y el bulevar de los servicios que&lt;br /&gt;sean necesarios para atender al incremento de población. Asimismo el Ayuntamiento ha convenido,&lt;br /&gt;y así se hará constar en el convenio urbanístico a firmar con el Agente Urbanizador, que el bulevar&lt;br /&gt;se realizara íntegramente en la primera etapa de ejecución de la urbanización con cargo al mismo.”&lt;br /&gt;QUINTO.- PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA SUBASTA DE LAS TIERRAS DEL&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que ante el vencimiento de los actuales&lt;br /&gt;contratos de arrendamiento de las tierras del Ayuntamiento, procede sacar las mismas a nueva&lt;br /&gt;subasta, por lo que se proponer a la consideración del Pleno el pliego de condiciones preparado al&lt;br /&gt;efecto y resulta del siguiente tenor:&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;5&lt;br /&gt;PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICAS Y ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE&lt;br /&gt;SERVIR DE BASE PARA EL ARRENDAMIENTO, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA, DE LAS&lt;br /&gt;TIERRAS DEL AYUNTAMIENTO.&lt;br /&gt;PRIMERA.- OBJETO DE ARRENDAMIENTO.- La presente subasta tiene por objeto la&lt;br /&gt;adjudicación, mediante contrato de arrendamiento de las TIERRAS DEL AYUNTAMIENTO DE&lt;br /&gt;MOCEJON, situadas dentro de su término municipal, cuya descripción se detalla más&lt;br /&gt;adelante.&lt;br /&gt;SEGUNDA.- TIPO DE LICITACION.- El precio tipo anual fijado por la Corporación propietaria&lt;br /&gt;de las Tierras, es el que se detalla a continuación adjudicándose los lotes y parcelas a las&lt;br /&gt;propuestas económicas más elevadas que se presenten:&lt;br /&gt;TIERRAS A SUBASTAR&lt;br /&gt;DENOMINACIÓN PRECIO TIPO&lt;br /&gt;LA RIBERA, parcela 5.119 polígono 1 de 14.40.70 has. 5.200,00 €&lt;br /&gt;LA PIEDRA, Nº 426 poligono 1 de 4.43.35 has. 992,00 €&lt;br /&gt;EL BERCIAL LOTE A finca 198 Sup. 0.60.00 has. 157,00 €&lt;br /&gt;EL BERCIAL LOTE B finca 198 Sup. 8.90.20 has. 2554,00 €&lt;br /&gt;EL BERCIAL LOTE C finca 198 Sup. 8.90.20 has. 2324,00 €&lt;br /&gt;EL BERCIAL LOTE D finca 198 Sup. 5.49.20 has. 1552,00 €&lt;br /&gt;EL BERCIAL LOTE E finca 198 Sup. 2.00.00 has. 523,00 €&lt;br /&gt;El LADERON Nº 500 SUP. 1.52.50 has. 399,00 €&lt;br /&gt;PICAGUEÑAS, Nº 412 sup. 0.90.15 has . 236,00 €&lt;br /&gt;LA RETAMA, Nº 545 sup. 1.41.54 has. 730,00 €&lt;br /&gt;BUENAPARTE Nº 10554.55 sup. 3.45.01 has. 1154,00 €&lt;br /&gt;LA PIEDRA Nº 419 sup. 2.31.35 has 1023,00 €&lt;br /&gt;POZO ANTON Nº 369 sup. 1.42.50 has. 703,00 €&lt;br /&gt;TERCERA.- DURACION DEL CONTRATO.- La duración del contrato será de CUATRO&lt;br /&gt;AÑOS o campañas agrícolas, comenzando el día de formalización del contrato administrativo&lt;br /&gt;de arrendamiento, expedido en duplicado ejemplar y a un solo efecto, que será firmado por el&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente y Secretario de la Corporación y por el rematante, y finalizando el 31 de&lt;br /&gt;Octubre del año 2.012, siempre que se haya recogido la cosecha.&lt;br /&gt;CUARTA.- PAGOS.- El precio anual que resulte de la adjudicación definitiva de la parcela y los&lt;br /&gt;de electricidad y demás gastos fijos de las fincas será ingresado por el arrendatario en las&lt;br /&gt;cuentas corrientes que el Ayuntamiento mantiene abiertas a su nombre en las entidades&lt;br /&gt;bancarias de la localidad, para mayor comodidad en dos mitades, la primera se liquidará en la&lt;br /&gt;6&lt;br /&gt;fecha de la firma del contrato y la segunda los 30 de Agosto de cada año y así en años&lt;br /&gt;sucesivos, responsabilizándose del pago y de la penalidad que se derive del incumplimiento&lt;br /&gt;del contrato, con todos los bienes del adjudicatario, y en especial con la cosecha de la finca&lt;br /&gt;arrendada.&lt;br /&gt;El precio de remate se incrementará anualmente con el I.P.C. acumulado durante el año&lt;br /&gt;a fecha 31 de Octubre.&lt;br /&gt;QUINTA.- MORA POR FALTA DE PAGO.- En caso de no proceder al abono del importe del&lt;br /&gt;contrato en las fechas indicadas en la base cuarta de este pliego, y una vez transcurridos&lt;br /&gt;quince días desde la fecha del pago, se procederá a su cobro por la vía de apremio con el&lt;br /&gt;recargo del VEINTE POR CIENTO quedando facultado el Ayuntamiento para exigir el&lt;br /&gt;cumplimiento, resolución, rescisión o denuncia del contrato administrativo de arrendamiento.&lt;br /&gt;SEXTA.- GASTOS.-El gasto de electricidad, de las fincas que les pudiera corresponder a las&lt;br /&gt;mismas, será por cuenta del arrendatario, en dos mitades conjuntamente con los plazos del&lt;br /&gt;arriendo de la finca, para que procedan a su abono al Ayuntamiento en concepto de entrega a&lt;br /&gt;cuenta.&lt;br /&gt;Queda excluido de los gastos el importe de la Contribución Territorial Rústica.&lt;br /&gt;SEPTIMA.- RIESGO Y VENTURA.- El contrato de arrendamiento se extenderá a riesgo y&lt;br /&gt;ventura del propio adjudicatario.&lt;br /&gt;PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN&lt;br /&gt;OCTAVA.- SELECCIÓN DE FORMA.- De conformidad con lo preceptuado en el vigente&lt;br /&gt;Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales la adjudicación de las Tierras se&lt;br /&gt;realizará por el procedimiento de SUBASTA.&lt;br /&gt;NOVENA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES.- Toda&lt;br /&gt;proposición deberá ajustarse al modelo descrito en el presente Pliego de Condiciones, no&lt;br /&gt;pudiendo alterar el contenido del mismo.&lt;br /&gt;La proposición se presentarán en sobre cerrado, que podrá ser lacrado y precintado, y en&lt;br /&gt;el que figurará la inscripción de “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA&lt;br /&gt;SUBASTA LA FINCA LA RIBERA DE ESTA LOCALIDAD” y se podrá entregar en la&lt;br /&gt;Secretaría del Ayuntamiento hasta el mismo momento de apertura de Plicas.&lt;br /&gt;DECIMA.- MODELO DE PROPOSICION.- La proposición a incluir en el sobre se ajustará&lt;br /&gt;al siguiente modelo:&lt;br /&gt;“D. _____________________________, actuando en nombre propio, vecino de&lt;br /&gt;MOCEJON, con domicilio en calle ____________________nº____, provisto del&lt;br /&gt;D.N.I_____________________, enterado del Pliego de Condiciones para tomar parte en&lt;br /&gt;la subasta para el arrendamiento de las TIERRAS del Ayuntamiento de Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;se compromete a arrendar la finca propiedad&lt;br /&gt;del Ayuntamiento de Mocejón, durante el plazo de tiempo de cuatro años por la cantidad&lt;br /&gt;anual de ____________________pts. (en letra) con estricta sujeción a las condiciones&lt;br /&gt;fijadas en el Pliego de Condiciones aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión&lt;br /&gt;extraordinaria del día 24 de julio de 2008, que acepto íntegramente.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;7&lt;br /&gt;______________, a____de_____________de ___________&lt;br /&gt;( FIRMA)&lt;br /&gt;APERTURA DE PROPOSICIONES.- El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar en&lt;br /&gt;el Salón de Sesiones del Ayuntamiento a las veinte horas del día&lt;br /&gt;16-09-2008 por la Comisión de Agricultura y el secretario de la Corporación,&lt;br /&gt;adjudicándose provisionalmente la subasta a la oferta económica más ventajosa para el&lt;br /&gt;Ayuntamiento de entre todas las admitidas.&lt;br /&gt;Si hubiese dos o más propuestas iguales, se celebrara en el mismo acto una&lt;br /&gt;licitación, en forma verbal y por el sistema de pujas a la llana, entre los proponentes&lt;br /&gt;coincidentes durante quince minutos, y si persistiese esa igualdad se decidirá mediante&lt;br /&gt;sorteo.&lt;br /&gt;DUODECIMA.- ADJUDICACION DEFINITIVA.- La adjudicación definitiva se efectuará por&lt;br /&gt;la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en la sesión más inmediata que se celebre,&lt;br /&gt;una vez abiertas las proposiciones y adjudicadas provisionalmente.&lt;br /&gt;DECIMOTERCERA.- EXCEPCION DE LICITADORES.- En esta subasta no podrán&lt;br /&gt;tomar parte quienes estén incurso en alguno de los casos de incompatibilidad o&lt;br /&gt;incapacidad que regula el artículo 20 de la ley de Contratos de las Administraciones&lt;br /&gt;Públicas, así como aquellos que sean deudores a la Hacienda Municipal.&lt;br /&gt;DECIMOCUARTA.- OBRAS DE MEJORA EN LAS TIERRAS.- Aquellos arrendatarios que&lt;br /&gt;deseen o precisen introducir mejoras en la parcela adjudicada, deberán solicitarlo en el&lt;br /&gt;Ayuntamiento, para que éste en última instancia decida al respecto su autorización y&lt;br /&gt;condiciones, en su caso.&lt;br /&gt;DECIMOQUINTA.- CLAUSULA PROHIBITORIA.- Los arrendatarios no podrán transmitir&lt;br /&gt;en subarriendo a terceros las tierras adjudicadas en esta Subasta.&lt;br /&gt;DECIMOSEXTA.- RESERVA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO.- Si por causa de interés&lt;br /&gt;general o que afecte al bien común, este Ayuntamiento precisase disponer de la totalidad&lt;br /&gt;o parte de los terrenos de la finca arrendada, la Corporación Municipal podrá rescindir&lt;br /&gt;unilateralmente el contrato de arrendamiento. También en su totalidad o en parte, sin&lt;br /&gt;indemnización alguna, respetando siempre un uso agrícola, que comienza el 1 de&lt;br /&gt;noviembre y finaliza el 31 de octubre del año siguiente, abonando el arrendatario&lt;br /&gt;únicamente la renta en proposición al periodo de tiempo que se haya aprovechado, y en lo&lt;br /&gt;sucesivo, en proporción a la superficie que continúe arrendada.&lt;br /&gt;DECIMOSEPTIMA.- TRIBUNALES.- Las partes se someten a los tribunales competentes&lt;br /&gt;del territorio en el que radica el Ayuntamiento de MOCEJON.&lt;br /&gt;La administración interpretará el contrato administrativo de arrendamiento en defensa&lt;br /&gt;del “interés público”, correspondiendo a la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento la&lt;br /&gt;resolución de las cuestiones incidentales que surgieren.&lt;br /&gt;DECIMOCTAVA.- El contrato una vez celebrado, se rige por las normas de Derecho&lt;br /&gt;Privado y concretamente al tratarse de fincas rústicas por lo dispuesto en el Código Civil.&lt;br /&gt;CLÁUSULAS ADICIONALES&lt;br /&gt;8&lt;br /&gt;PRIMERA.- APROBACION DEL PLIEGO DE CONDICIONES.- El presente Pliego de&lt;br /&gt;Condiciones ha sido informado favorablemente por el Secretario-Interventor de este&lt;br /&gt;Ayuntamiento y aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria&lt;br /&gt;celebrada el ___________.&lt;br /&gt;A pregunta de los Concejales presentes, por el que suscribe se informa que se han&lt;br /&gt;fijado los tipos de licitación correspondientes a los actuales contratos, a excepción de las&lt;br /&gt;tierras cuyos contratos estaban por debajo de los costes del agua, en los cuales se ha&lt;br /&gt;fijado como tipo mínimo el coste, y que se operara igual que en otras ocasiones en el&lt;br /&gt;supuesto de que queden desiertas.&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones el pliego es aprobado por UNANIMIDAD de los presentes,&lt;br /&gt;lo que supone la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.&lt;br /&gt;El que suscribe explica a los presentes el procedimiento seguido contra este Ayuntamiento&lt;br /&gt;por la Inspección de trabajo por irregularidades en la contratación de trabajadores, solicitando el&lt;br /&gt;Concejal D. Pedro García Oliva del Grupo de I.U., que se expliquen más detalladamente los motivos&lt;br /&gt;que dieron lugar al acta, procediéndose por el Sr. Secretario a realizar una lectura detallada de los&lt;br /&gt;motivos que dieron lugar al expediente y que son fundamentalmente la concatenación de contratos&lt;br /&gt;en las mismas personas, explicándose que es algo absolutamente habitual, y que el Ayuntamiento&lt;br /&gt;ha argumentado en su defensa, pues la inmensa mayoría de contratos sobre los que se ha&lt;br /&gt;inspeccionado, son trabajos no permanentes y que dependen de subvenciones exteriores, y que en&lt;br /&gt;todo caso, las contrataciones se realizan conforme a las normas establecidas con presencia de los&lt;br /&gt;miembros de la Comisión de Personal y los sindicatos.&lt;br /&gt;SEXTO.- ORDENANZA FISCAL DE UTILIZACIÓN DE MEDIOS DEL AYUNTMAIENTO.&lt;br /&gt;El que suscribe explica que se ha procedido a redactar una ordenanza que regule los&lt;br /&gt;precios a pagar en los supuestos de utilización de medios del Ayuntamiento, pues así lo ha&lt;br /&gt;considerado el Concejal Delegado D. Angel Javier Moreno, el cual explica que no existía ningún&lt;br /&gt;control sobre esta cuestión, y que supone un coste al Ayuntamiento que no debe asumirse al tratarse&lt;br /&gt;del uso privativo de medios de titularidad pública.&lt;br /&gt;Seguidamente se procede a dar lectura a la ordenanza con el siguiente literal:&lt;br /&gt;Se impone la tasa por utilización de maquinaria y otros medios de titularidad municipal. Se&lt;br /&gt;aprueba la Ordenanza reguladora de la tasa de acuerdo con lo siguiente:&lt;br /&gt;« Artículo 1º.– Concepto.&lt;br /&gt;De conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las&lt;br /&gt;Haciendas Locales, R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, el Ayuntamiento de Mocejón, establece la tasa por&lt;br /&gt;utilización de maquinaria municipal y otros medios materiales propiedad del Ayuntamiento, que se&lt;br /&gt;regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el Artículo 16 del R.D.L.&lt;br /&gt;2/2004.&lt;br /&gt;Artículo 2.– Hecho imponible.&lt;br /&gt;Constituye el hecho imponible de este tributo la utilización privativa de maquinaria, y otros&lt;br /&gt;efectos de propiedad municipal con arreglo a la tarifa contenida en el apartado 5 de la presente&lt;br /&gt;Ordenanza.&lt;br /&gt;Artículo 3.– Devengo.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;9&lt;br /&gt;La tasa se considerará devengada, naciendo la obligación de contribuir con la petición de&lt;br /&gt;uso de la misma, exigiéndose el depósito previo de su importe total con la solicitud y antes de la&lt;br /&gt;retirada o realización del servicio demandado.&lt;br /&gt;Artículo 4º.– Sujetos pasivos.&lt;br /&gt;Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa regulada en esta Ordenanza, quienes utilicen&lt;br /&gt;de forma privativa la maquinaria, o soliciten materiales o actuaciones en las que intervenga personal&lt;br /&gt;o material de propiedad municipal.&lt;br /&gt;Artículo 5º.– Cuantía.&lt;br /&gt;1.– La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza viene determinada por el valor de&lt;br /&gt;mercado que tendría la utilidad derivada de dicha utilización si el bien afectado no fuese de dominio&lt;br /&gt;público. En este sentido se fijan las siguientes tarifas:&lt;br /&gt;1.– Compresor municipal:&lt;br /&gt;a) Por cada hora efectiva de utilización:&lt;br /&gt;10 euros.&lt;br /&gt;c) Por el desplazamiento del compresor dentro del Casco Urbano, 15,00 euros.&lt;br /&gt;2.– Cuba de agua:&lt;br /&gt;a) Por cada hora o fracción de utilización 20 euros.&lt;br /&gt;3.– Otra maquinaria. Cualquier otra maquinaria distinta de la anterior:&lt;br /&gt;a) 6 euros/día de utilización.&lt;br /&gt;4.- Utilización del Dumper.&lt;br /&gt;a) Por cada hora o fracción 15 euros.&lt;br /&gt;5.- En todo caso, si el uso de la maquinaria lleva implícito el trabajo de personal del&lt;br /&gt;Ayuntamiento se tarifará el coste de dicho personal al coste que supone para el Ayuntamiento.&lt;br /&gt;Artículo 6.– Otras normas:&lt;br /&gt;En todo caso, si por circunstancias de servicio, el Ayuntamiento de Mocejón precisase de&lt;br /&gt;la maquinaria, inmediatamente deberá ser puesta a su disposición sin derecho a indemnización de&lt;br /&gt;ningún tipo, volviendo a ser prestada cuando la situación de necesidad municipal haya cesado&lt;br /&gt;Salvo circunstancias excepcionales, la maquinaria se cederá sin combustible y durante el&lt;br /&gt;plazo máximo de utilización que fije el jefe del servicio.&lt;br /&gt;Corresponde al interesado el transporte de la maquinaria, debiendo ser devuelta al&lt;br /&gt;Ayuntamiento en el mismo lugar donde fuese recogida.&lt;br /&gt;Disposición final.&lt;br /&gt;10&lt;br /&gt;La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín&lt;br /&gt;Oficial de la provincia de Toledo, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación&lt;br /&gt;expresas».&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, por UNANIMIDAD de los presentes, lo que supone la mayoría&lt;br /&gt;absoluta del número legal de miembros de la corporación, se aprueba la ordenanza, acordándose&lt;br /&gt;que se proceda a su publicación en el B. O . P.&lt;br /&gt;SEPTIMO.- FESTEJOS TAURINOS DE SEPTIEMBRE.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde explica que aún no se ha recibido la documentación de Jucar Toros relativa a&lt;br /&gt;los festejos de Septiembre, motivo por el cual no es posible dar cuenta detallada de los mismos y el&lt;br /&gt;asunto deberá quedar sobre la mesa a efectos de una ulterior aprobación.&lt;br /&gt;Sin perjuicio de lo anterior, por el Concejal Delegado de festejos, D. Roberto Ortega, se&lt;br /&gt;informa a los presentes que lo que se ha programado es un total de tres festejos los días 9, 10 y 11&lt;br /&gt;de septiembre que consistirán en una Novillada Picada nocturna para el día 9, una corrida de Toros&lt;br /&gt;para el día 10 y la becerrada local el día 11. Informa que aún no dispone de datos sobre los&lt;br /&gt;novilleros, pero que si parecen estar confirmados los diestros Ivan Fandiño y Juan Ureña para el día&lt;br /&gt;10. Explica asimismo los encierros que se realizaran en función de los festejos.&lt;br /&gt;Los Sres. Comparecientes se dan por enterados.&lt;br /&gt;OCTAVO.- NOMBRAMIENTO DE OFICIAL/MONITOR DE JARDINERIA.&lt;br /&gt;Por le Sr. Alcalde se da cuenta del procedimiento seguido para cubrir una plaza de&lt;br /&gt;Monitor/Oficial de Jardinería dándose cuenta asimismo del acta del Tribunal de selección del&lt;br /&gt;siguiente tenor literal:&lt;br /&gt;“ACTA DEL TRIBUNAL DE SELECCIÓN PARA CUBRIR UNA PLAZA DE&lt;br /&gt;MONITOR/OFICIAL DE JARDIENRIA EN REGIMEN DE PERSONAL LABORAL FIJO DEL&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO DE MOCEJON.&lt;br /&gt;Miembros del Tribunal:&lt;br /&gt;Presidente&lt;br /&gt;D. MILLAN MOLINA ARQUERO.&lt;br /&gt;Vocales:&lt;br /&gt;Dª. ASUNCIÓN PÉREZ TOVAR&lt;br /&gt;D. GUILLERMO RUANO PEREZ.&lt;br /&gt;D. ENRIQUE GARCÍA GOMEZ&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN.&lt;br /&gt;AUSENTE.- Vocal D., SANTIAGO GARCÍA&lt;br /&gt;MARTINEZ.&lt;br /&gt;En el Ayuntamiento de Mocejón,&lt;br /&gt;siendo las 13,30 horas del día 1 de Julio de&lt;br /&gt;2007, se reúnen los miembros integrantes&lt;br /&gt;del Tribunal de selección de candidatos,&lt;br /&gt;para la contratación de un monitor/oficial de&lt;br /&gt;jardinería que se integra en la plantilla de&lt;br /&gt;personal laboral del Ayuntamiento, con la&lt;br /&gt;asistencia de las personas que al margen se&lt;br /&gt;relacionan. Actuando de Presidente el D.&lt;br /&gt;Millan Molina Arquero y como secretario el&lt;br /&gt;que lo es de la Corporación D. Miguel A.&lt;br /&gt;Peralta Roldán.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;11&lt;br /&gt;Por el Tribunal, se procede a la realización de los cálculos de los ejercicios efectuados en la&lt;br /&gt;fase de oposición y seguidamente se procede a la valoración de la fase de concurso aplicando el&lt;br /&gt;baremo aprobado en consonancia con la documentación aportada por los Opositores, arrojando el&lt;br /&gt;siguiente resultado:&lt;br /&gt;APELLIDOS Y NOMBRE&lt;br /&gt;1º&lt;br /&gt;EJER.&lt;br /&gt;2º&lt;br /&gt;EJER.&lt;br /&gt;TOTAL&lt;br /&gt;OPOS.&lt;br /&gt;FASE CON. TOTAL&lt;br /&gt;CERCADILLO MORENO,&lt;br /&gt;ESMERALDA&lt;br /&gt;5,70 8,75 14,45 0,30 14,75&lt;br /&gt;CERCADILLO MORENO,&lt;br /&gt;ESTHER 5,70 6,62 12,32 2 14,32&lt;br /&gt;DELGADO LOPEZ,&lt;br /&gt;CARLOS GUSTAVO 6,20 8,12 14,32 0 14,32&lt;br /&gt;GARROTE CHAVES,&lt;br /&gt;DAVID 5,10 7,25 12,35 2 14,35&lt;br /&gt;MARTÍN-AMBROSIO&lt;br /&gt;MARTÍN, RUFINO 5,20 8,50 13,70 3,86 17,56&lt;br /&gt;MORA GRANADO,&lt;br /&gt;BELINDA 7,40 8,44 15,84 2 17,84&lt;br /&gt;A la vista de los resultados, el Tribunal acuerda proponer al Órgano de contratación&lt;br /&gt;Propuesta de nombramiento a favor de Dª BELINDA MORA GRANADO, para ocupar el puesto de&lt;br /&gt;MONITOR/OFICIAL de jardinería de este Ayuntamiento de conformidad con las Bases de&lt;br /&gt;convocatoria y demás normativa que sea de aplicación, quedando como suplentes para bolsa de&lt;br /&gt;trabajo el resto de los aspirantes en el orden de puntuación obtenida para cubrir vacantes en puestos&lt;br /&gt;de trabajo de jardinería.&lt;br /&gt;Y sin más asuntos que tratar, siendo las 14,45 horas, se levanta la sesión, extendiéndose la&lt;br /&gt;presente acta, suscribiéndola los asistentes conmigo, el secretario, que doy fe. “&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD de los presentes, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de&lt;br /&gt;miembros de la Corporación se acuerda nombrar a Dª. BELINDA MORA GRANADO, como titular de&lt;br /&gt;la plaza de monitor/ oficial de Jardinería de este Ayuntamiento todo ello de conformidad con la&lt;br /&gt;propuesta elevada por el tribunal calificador.&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, del Grupo Socialista, la cual, solicita que por el pleno&lt;br /&gt;se adopte la resolución de agradecimiento de esta Corporación a D. Rufino Martín-Ambrosio por la&lt;br /&gt;labor desempeñada en el Centro Ocupacional durante el tiempo en que ha prestado sus servicios,&lt;br /&gt;con una total dedicación y un comportamiento ejemplar habiéndose ganado el reconocimiento y&lt;br /&gt;cariño de todos, y sobre todo de los usuarios del servicio.&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD se acuerda que se redacte dicho agradecimiento, coincidiendo todos los&lt;br /&gt;presentes en lo manifestado por Dª. Guadalupe.&lt;br /&gt;12&lt;br /&gt;Antes de finalizar la sesión por el Sr. Alcalde se expone que hay tres asuntos dando sucinta&lt;br /&gt;cuenta de ellos que seria conveniente que se pudieran debatir incluyéndolos en el Orden del día por&lt;br /&gt;vía urgente.&lt;br /&gt;El Sr. D. Luis Rivera del Grupo Socialista, indica que no existe inconveniente en dos de&lt;br /&gt;ellos, pero que la moción para revisar las asignaciones a grupo políticos no considera que sea&lt;br /&gt;urgente máxime cuando no esta en el Pleno el Representante de Izquierda unida y es un asunto que&lt;br /&gt;les afecta directamente.&lt;br /&gt;Tras someterse a votación se acuerda incluir el Pliego de Condiciones para la contratación&lt;br /&gt;de las obras del campo de fútbol, y la fijación de las fiestas Locales para 2009, dándoles numeración&lt;br /&gt;correlativa.&lt;br /&gt;NOVENO.- APROBACION PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACION DE&lt;br /&gt;LAS OBRAS DE EJECUCIÓN DE CAMPO DE FUTBOL 11 DE CESPED ARTIFICIAL.&lt;br /&gt;Por el que suscribe se explica a los presentes que se ha procedido a la preparación del&lt;br /&gt;pliego que resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN&lt;br /&gt;POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO DE LAS OBRAS&lt;br /&gt;CONSISTENTES EN EJECUCIÓN DE CAMPO DE FUTBOL 11 DE CESPED&lt;br /&gt;ARTIFICIAL.&lt;br /&gt;CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación&lt;br /&gt;El objeto del contrato es la realización de las obras de&lt;br /&gt;CONSTRUCCIÓN DE UN CAMPO DE FUTBOL 11 DE CESPED ARTIFICIAL.&lt;br /&gt;La descripción detalla da de las obras a realizar se encuentra en el&lt;br /&gt;correspondiente proyecto técnico redactado por el Arquitecto D. CARLOS GRAÑA,&lt;br /&gt;el cual queda incorporado al contrato como contenido obligacional. El contratista&lt;br /&gt;deberá ejecutar las obras de acuerdo con el proyecto y con las indicaciones del&lt;br /&gt;Técnico Redactor de las obras.&lt;br /&gt;El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras tal y como&lt;br /&gt;establece el artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación&lt;br /&gt;La forma de adjudicación del contrato de obras será el procedimiento abierto, en el que todo&lt;br /&gt;empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los&lt;br /&gt;términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de&lt;br /&gt;Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más&lt;br /&gt;ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de&lt;br /&gt;conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector&lt;br /&gt;Público y con las cláusulas de este Pliego.&lt;br /&gt;CLÁUSULA TERCERA. Precio del Contrato&lt;br /&gt;El precio de licitación del contrato asciende a la cuantía de CUATROCIENTOS TREINTA Y&lt;br /&gt;UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHO CENTIMOS, I.V.A. incluido.&lt;br /&gt;En la oferta se entenderá en todo caso incluido el I.V.A.&lt;br /&gt;El precio se abonará con cargo a la partida 60109452 del vigente Presupuesto Municipal;&lt;br /&gt;existiendo crédito presupuestario suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento,&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;13&lt;br /&gt;existiendo financiación de la obra a través de convenio con la Junta de Comunidades de Castilla la&lt;br /&gt;Mancha y financiación municipal, si bien, la formalización del contrato quedara supeditada a la&lt;br /&gt;realización de los ingresos con los que se financia la inversión para la efectiva disponibilidad de los&lt;br /&gt;fondos.&lt;br /&gt;CLÁUSULA CUARTA. Duración del Contrato&lt;br /&gt;El plazo de ejecución de las obras será de seis meses, sin perjuicio de los plazos distintos&lt;br /&gt;que puedan ser ofertados, contados a partir del día siguiente a la formalización del contrato y&lt;br /&gt;realización del acta de comprobación de replanteo que se realizara en el plazo máximo de quince&lt;br /&gt;días desde la formalización del contrato.&lt;br /&gt;CLÁUSULA QUINTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar&lt;br /&gt;Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras,&lt;br /&gt;que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten&lt;br /&gt;su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.&lt;br /&gt;1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:&lt;br /&gt;a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de&lt;br /&gt;constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula&lt;br /&gt;su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el&lt;br /&gt;tipo de persona jurídica de que se trate.&lt;br /&gt;b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión&lt;br /&gt;Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde&lt;br /&gt;están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los&lt;br /&gt;términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de&lt;br /&gt;aplicación.&lt;br /&gt;c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente&lt;br /&gt;de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el&lt;br /&gt;domicilio de la empresa.&lt;br /&gt;2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las&lt;br /&gt;prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de&lt;br /&gt;Contratos del Sector Público podrá realizarse:&lt;br /&gt;a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho&lt;br /&gt;documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una&lt;br /&gt;declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo&lt;br /&gt;profesional cualificado.&lt;br /&gt;b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta&lt;br /&gt;posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una&lt;br /&gt;declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.&lt;br /&gt;c) Motivadamente, podrán quedar excluidas de la contratación aquellas empresas que&lt;br /&gt;mantengan deudas con alguna administración pública o en las que de forma fehaciente se determine&lt;br /&gt;el incumplimiento de otros contratos con el Ayuntamiento de Mocejón.&lt;br /&gt;3. La solvencia del empresario:&lt;br /&gt;3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios&lt;br /&gt;de los medios siguientes:&lt;br /&gt;14&lt;br /&gt;a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la&lt;br /&gt;existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.&lt;br /&gt;b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que&lt;br /&gt;corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán&lt;br /&gt;aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.&lt;br /&gt;c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de&lt;br /&gt;negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a&lt;br /&gt;los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades&lt;br /&gt;del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.&lt;br /&gt;3.2. En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario podrá ser acreditada por&lt;br /&gt;uno o varios de los medios siguientes:&lt;br /&gt;a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada&lt;br /&gt;por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el&lt;br /&gt;importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las&lt;br /&gt;reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término&lt;br /&gt;b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la&lt;br /&gt;empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables&lt;br /&gt;del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.&lt;br /&gt;c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en&lt;br /&gt;particular, del responsable o responsables de las obras.&lt;br /&gt;d) En los caso adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambientales que el&lt;br /&gt;empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.&lt;br /&gt;e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal&lt;br /&gt;directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa&lt;br /&gt;correspondiente.&lt;br /&gt;f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para&lt;br /&gt;la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.&lt;br /&gt;CLÁUSULA SEXTA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa&lt;br /&gt;Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Mocejón, Plaza de España nº 1, en&lt;br /&gt;horario de atención al público (8,00 a 14,00 horas), dentro del plazo de Veintiséis días naturales&lt;br /&gt;contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la&lt;br /&gt;Provincia de Toledo&lt;br /&gt;Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos,&lt;br /&gt;informáticos o telemáticos1, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley&lt;br /&gt;30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del&lt;br /&gt;Procedimiento Administrativo Común.&lt;br /&gt;Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de&lt;br /&gt;imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la&lt;br /&gt;oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente,&lt;br /&gt;título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.&lt;br /&gt;La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante&lt;br /&gt;diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos&lt;br /&gt;requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con&lt;br /&gt;posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso,&lt;br /&gt;1 Tal y como establece la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de&lt;br /&gt;Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;15&lt;br /&gt;transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no&lt;br /&gt;será admitida.&lt;br /&gt;Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los&lt;br /&gt;requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de&lt;br /&gt;octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna&lt;br /&gt;propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión&lt;br /&gt;temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él&lt;br /&gt;suscritas.&lt;br /&gt;La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario&lt;br /&gt;de las cláusulas del presente Pliego.&lt;br /&gt;Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados,&lt;br /&gt;firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará&lt;br /&gt;constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de obras de&lt;br /&gt;ejecución de campo de fútbol 11 de césped artificial Mocejón». La denominación de los sobres es la&lt;br /&gt;siguiente:&lt;br /&gt;— Sobre «A»: Documentación Administrativa.&lt;br /&gt;— Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Técnica.&lt;br /&gt;Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas,&lt;br /&gt;conforme a la Legislación en vigor.&lt;br /&gt;Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación&lt;br /&gt;numerada de los mismos:&lt;br /&gt;SOBRE «A»&lt;br /&gt;DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA2&lt;br /&gt;a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.&lt;br /&gt;b) Documentos que acrediten la representación.&lt;br /&gt;— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia&lt;br /&gt;notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.&lt;br /&gt;— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro&lt;br /&gt;Mercantil, cuando sea exigible legalmente.&lt;br /&gt;— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá&lt;br /&gt;acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento&lt;br /&gt;nacional de identidad.&lt;br /&gt;c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las&lt;br /&gt;recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las&lt;br /&gt;obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin&lt;br /&gt;perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación&lt;br /&gt;definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.&lt;br /&gt;2 De conformidad con el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector&lt;br /&gt;Público.&lt;br /&gt;16&lt;br /&gt;d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de&lt;br /&gt;su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.&lt;br /&gt;e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por&lt;br /&gt;importe del 2% del precio de licitación. (excluido el 16% del I.V.A.&lt;br /&gt;f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los&lt;br /&gt;Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo&lt;br /&gt;o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero&lt;br /&gt;que pudiera corresponder al licitador.&lt;br /&gt;SOBRE «B»&lt;br /&gt;PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA&lt;br /&gt;a) Proposición económica.&lt;br /&gt;Se presentará conforme al siguiente modelo:&lt;br /&gt;«D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en&lt;br /&gt;_____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de&lt;br /&gt;la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la&lt;br /&gt;contratación de las obras de ___________ por procedimiento abierto oferta económicamente más&lt;br /&gt;ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de&lt;br /&gt;fecha _______, y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al&lt;br /&gt;contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a&lt;br /&gt;cabo el objeto del contrato por el importe de _________________ euros.&lt;br /&gt;En ____________, a ___ de ________ de 20__.&lt;br /&gt;Firma del licitador,&lt;br /&gt;Fdo.: _________________».&lt;br /&gt;b) Resto de documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de&lt;br /&gt;las ofertas según los criterios de adjudicación.&lt;br /&gt;CLÁUSULA SEPTIMA. Criterios de Adjudicación&lt;br /&gt;Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más&lt;br /&gt;ventajosa se atenderá a los siguientes criterios de valoración:&lt;br /&gt;A) Oferta económica: La puntuación por este criterio se otorgara de forma&lt;br /&gt;proporcional exclusivamente respecto de la proposición de la oferta económica&lt;br /&gt;más reducida a la que se atribuirá la máxima puntuación es decir 40 puntos,&lt;br /&gt;calculando las demás con arreglo a la formula:&lt;br /&gt;P= 40 x min./ Oferta.&lt;br /&gt;B) Experiencia en obras similares: Se valorará de 0 a 10 puntos.&lt;br /&gt;La experiencia se acreditará por medio de certificaciones de obra, de&lt;br /&gt;conformidad con los siguientes criterios:&lt;br /&gt;– El número máximo de certificaciones a presentar será DIEZ. En el caso de&lt;br /&gt;que algún licitador presentara más de DIEZ certificaciones, sólo se tendrán en&lt;br /&gt;cuenta las DIEZ primeras.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;17&lt;br /&gt;– Las certificaciones presentadas habrán de corresponder a obras&lt;br /&gt;posteriores al año 2005.&lt;br /&gt;El cálculo para obtener el resultado o puntuación que se asignará a cada&lt;br /&gt;licitador por este apartado será el siguiente:&lt;br /&gt;Por cada 400.000 € contenidos en las certificaciones.- 0.5 puntos con un&lt;br /&gt;limite de 3 puntos por certificación y sin valorarse las fracciones.&lt;br /&gt;C) Empresas con sistemas de Gestión Medioambiental.- 5 puntos.&lt;br /&gt;Se valorará con 5 puntos a los oferentes que dispongan de un sistema de&lt;br /&gt;gestión medioambiental certificado por algún organismo oficial o de reconocido&lt;br /&gt;prestigio.&lt;br /&gt;D) Solvencia Técnica y Económica.- hasta 5 puntos.&lt;br /&gt;Se valoraran hasta cinco puntos, la solvencia técnica y económica de la&lt;br /&gt;empresa tomando como referencia el volumen de negocio de los últimos tres&lt;br /&gt;ejercicios y los medios materiales y personales con que cuenta.&lt;br /&gt;La puntuación se realizará de forma discrecional, pero motivadamente.&lt;br /&gt;F) Plazo de Garantía.- se otorgaran 10 puntos.&lt;br /&gt;En la puntuación en este criterio se aplicara la proporcionalidad. La formula&lt;br /&gt;tomara como base la proposición que oferte el mayor plazo de garantía, a la que se&lt;br /&gt;atribuirá la máxima puntuación calculando las demás ofertas de forma proporcional.&lt;br /&gt;La garantía que se oferte habrá de formularse a su vez garantizando la&lt;br /&gt;operatividad de la misma, no considerándose las propuestas que no se soporten&lt;br /&gt;en datos objetivos.&lt;br /&gt;G) Mejoras sobre el proyecto presentado que no supongan incremento del&lt;br /&gt;precio de licitación, permitiéndose cambios en los materiales y calidades sobre los&lt;br /&gt;fijados en el proyecto.&lt;br /&gt;Este criterio se valorara con hasta 20 puntos de forma proporcional a la&lt;br /&gt;valoración económica en euros de las mejoras que se presenten.&lt;br /&gt;H) Correcta ejecución de obras ejecutadas con la Administración. Hasta 5&lt;br /&gt;puntos.&lt;br /&gt;Se valoraran los certificados e informes que emitan las Administraciones&lt;br /&gt;públicas por obras realizadas en los últimos 3 años en los que conste el importe de&lt;br /&gt;las mismas y el grado de satisfacción.&lt;br /&gt;La puntuación se realizara de forma discrecional, pero motivadamente, y&lt;br /&gt;atendiendo asimismo a la proporcionalidad de los documentos presentados.&lt;br /&gt;I) Plazo de Ejecución y comienzo de las obras.- hasta 5 puntos.&lt;br /&gt;Se valoraran los menores plazos tanto en ejecución como en comienzo de&lt;br /&gt;la obras a partir de la firma del contrato.&lt;br /&gt;La puntuación se realizara de forma discrecional, pero motivadamente, y&lt;br /&gt;atendiendo asimismo a la proporcionalidad de las fechas presentados.&lt;br /&gt;CLÁUSULA OCTAVA. Mesa de Contratación&lt;br /&gt;Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:&lt;br /&gt;18&lt;br /&gt;- D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO, que actuará como Presidente de la Mesa.&lt;br /&gt;Vocales.-&lt;br /&gt;- D. GUILLERMO RUANO PEREZ , Arquitecto Técnico de la Corporación.&lt;br /&gt;- D. CARLOS GRAÑA, Arquitecto redactor del proyecto.&lt;br /&gt;- Los miembros de la Comisión de Obras del Ayuntamiento de Mocejón.&lt;br /&gt;- D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN , Secretario-Interventor de la Corporación, que actuara&lt;br /&gt;como Secretario.&lt;br /&gt;CLÁUSULA NOVENA. Prerrogativas de la Administración&lt;br /&gt;El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de 30 de&lt;br /&gt;octubre, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:&lt;br /&gt;a) Interpretación del contrato.&lt;br /&gt;b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.&lt;br /&gt;c) Modificación del contrato por razones de interés público.&lt;br /&gt;d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Proposiciones y Adjudicación&lt;br /&gt;Provisional&lt;br /&gt;La Mesa de Contratación se constituirá el TERCER día hábil tras la&lt;br /&gt;finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 20.00 horas.&lt;br /&gt;Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».&lt;br /&gt;Y posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo en ese&lt;br /&gt;momento la Mesa solicitar cuantos informes técnicos considere precisos.&lt;br /&gt;Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de Contratación, realizará propuesta de&lt;br /&gt;adjudicación provisional al órgano de contratación.&lt;br /&gt;La adjudicación provisional del contrato deberá efectuarse en el plazo de treinta días desde&lt;br /&gt;la apertura de las proposiciones debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el&lt;br /&gt;Boletín Oficial de la Provincia.&lt;br /&gt;La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador&lt;br /&gt;propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de&lt;br /&gt;contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada&lt;br /&gt;deberá motivar su decisión.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DÉCIMOPRIMERA. Garantía Definitiva&lt;br /&gt;Los que resulten adjudicatarios provisionales de los contratos deberán constituir una&lt;br /&gt;garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.&lt;br /&gt;Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:&lt;br /&gt;a) En efectivo.&lt;br /&gt;b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas, por&lt;br /&gt;alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de&lt;br /&gt;crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.&lt;br /&gt;La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del&lt;br /&gt;plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;19&lt;br /&gt;Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la Ley 30/2007, de&lt;br /&gt;30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA. Adjudicación Definitiva&lt;br /&gt;La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que&lt;br /&gt;transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el&lt;br /&gt;Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.&lt;br /&gt;Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos&lt;br /&gt;de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de haber constituido la&lt;br /&gt;garantía definitiva, y de haber abonado todos los anuncios de licitación. Asimismo, podrá exigirse&lt;br /&gt;motivadamente al adjudicatario que acredite de nuevo su personalidad y capacidad para contratar.&lt;br /&gt;Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado&lt;br /&gt;adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder&lt;br /&gt;a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al&lt;br /&gt;licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas,&lt;br /&gt;siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo&lt;br /&gt;caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado en el&lt;br /&gt;segundo párrafo del apartado anterior.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Formalización del Contrato&lt;br /&gt;La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez&lt;br /&gt;días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva;&lt;br /&gt;constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.&lt;br /&gt;El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su&lt;br /&gt;cargo los correspondientes gastos.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario&lt;br /&gt;Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato,&lt;br /&gt;son obligaciones específicas del contratista las siguientes:&lt;br /&gt;A) Abonos al contratista.&lt;br /&gt;La expedición de las certificaciones de la obra ejecutada se efectuará en los plazos que&lt;br /&gt;señale el Director de obra. La obra certificada se valorará con arreglo a los precios del Proyecto&lt;br /&gt;Técnico y las certificaciones tendrán siempre carácter provisional, quedando sujetas a la medición y&lt;br /&gt;certificación que pueda hacerse en la liquidación final, no suponiendo, por tanto, ni aprobación ni&lt;br /&gt;recepción de las obras que comprendan.&lt;br /&gt;El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para&lt;br /&gt;ejecutar las obras en el plazo contractual, salvo que a juicio de la Dirección de las obras existiesen&lt;br /&gt;razones para estimarlo inconveniente.&lt;br /&gt;Se podrán verificar abonos a cuenta, previa petición escrita del contratista por acopios de&lt;br /&gt;materiales, instalaciones y equipos adscritos a la obra, en la forma y con las garantías que, a tal&lt;br /&gt;efecto, determinan el artículo 215 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector&lt;br /&gt;Público, y artículos 155 a 157 del RGLCAP.&lt;br /&gt;B) Obligaciones del contratista.&lt;br /&gt;20&lt;br /&gt;Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato,&lt;br /&gt;son obligaciones específicas del contratista las siguientes:&lt;br /&gt;— Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las&lt;br /&gt;disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.&lt;br /&gt;— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios&lt;br /&gt;personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de&lt;br /&gt;Contratos del Sector Público).&lt;br /&gt;— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210&lt;br /&gt;de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de&lt;br /&gt;subcontratación.&lt;br /&gt;— Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a su costa, las&lt;br /&gt;señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los&lt;br /&gt;trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de aquellos, tanto en dicha zona como&lt;br /&gt;en sus lindes e inmediaciones.&lt;br /&gt;— El contratista deberá cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud&lt;br /&gt;en el Trabajo.&lt;br /&gt;— Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del&lt;br /&gt;anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de&lt;br /&gt;aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. En caso de&lt;br /&gt;que lo exija alguna de las Administraciones que financia la obra, el contratista instalará a su costa&lt;br /&gt;carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Revisión de Precios&lt;br /&gt;No se prevé revisión de precios en esta contratación.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Recepción y Plazo de Garantía&lt;br /&gt;A la recepción de las obras a su terminación concurrirá el responsable del contrato, si se&lt;br /&gt;hubiese nombrado, o un facultativo designado por la Administración representante de ésta, el&lt;br /&gt;facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su&lt;br /&gt;facultativo.&lt;br /&gt;Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación&lt;br /&gt;deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta&lt;br /&gt;de la liquidación del contrato.&lt;br /&gt;Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el&lt;br /&gt;funcionario técnico designado por la Administración contratante y representante de ésta, las dará por&lt;br /&gt;recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía.&lt;br /&gt;Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el&lt;br /&gt;Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas&lt;br /&gt;fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere&lt;br /&gt;efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.&lt;br /&gt;Se establece un plazo de garantía mínimo de un año a contar desde la fecha de recepción&lt;br /&gt;de las obras, que podrá ser mejorado en la oferta.&lt;br /&gt;Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director&lt;br /&gt;facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de&lt;br /&gt;las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo&lt;br /&gt;responsabilidad por vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la&lt;br /&gt;liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse&lt;br /&gt;en el plazo de sesenta días. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;21&lt;br /&gt;observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido,&lt;br /&gt;durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al&lt;br /&gt;contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el&lt;br /&gt;cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna&lt;br /&gt;por ampliación del plazo de garantía.&lt;br /&gt;Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos&lt;br /&gt;de la construcción, debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de&lt;br /&gt;los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de diez años a contar desde la recepción.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Ejecución del Contrato&lt;br /&gt;Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente&lt;br /&gt;Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al proyecto que sirve de base al contrato y&lt;br /&gt;conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el Director&lt;br /&gt;facultativo de las obras, en el ámbito de su competencia.&lt;br /&gt;El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la&lt;br /&gt;realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.&lt;br /&gt;La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de la&lt;br /&gt;Administración.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Penalidades por Incumplimiento&lt;br /&gt;— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora&lt;br /&gt;respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la&lt;br /&gt;resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias previstas en el artículo 196.4&lt;br /&gt;LCSP: de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato].&lt;br /&gt;Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del&lt;br /&gt;contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o&lt;br /&gt;acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.&lt;br /&gt;— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución&lt;br /&gt;parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente,&lt;br /&gt;por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.&lt;br /&gt;Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a&lt;br /&gt;propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo,&lt;br /&gt;y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial,&lt;br /&gt;deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no&lt;br /&gt;puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.&lt;br /&gt;CLÁUSULA DECIMO NOVENA. Resolución del Contrato&lt;br /&gt;La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en&lt;br /&gt;los fijados en los artículos 206 y 220 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector&lt;br /&gt;Público; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.&lt;br /&gt;Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva,&lt;br /&gt;sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que&lt;br /&gt;excedan del importe de la garantía.&lt;br /&gt;CLÁUSULA VIGESIMA. Régimen Jurídico del Contrato&lt;br /&gt;22&lt;br /&gt;Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción&lt;br /&gt;se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley&lt;br /&gt;30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de&lt;br /&gt;octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las&lt;br /&gt;Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007; supletoriamente se&lt;br /&gt;aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho&lt;br /&gt;privado.&lt;br /&gt;El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para&lt;br /&gt;resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo&lt;br /&gt;dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones aclaratorias relativas al baremo del concurso y las&lt;br /&gt;mejoras, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda aprobar el pliego y que se&lt;br /&gt;proceda con el procedimiento para la contratación.&lt;br /&gt;DECIMO.- FIJACION DE FIESTAS LOCALES 2009.&lt;br /&gt;Por el que suscribe se da cuenta de la comunicación recibida al objeto de que el&lt;br /&gt;Ayuntamiento fije las fiestas locales para el 2009, concediendo como plazo límite el día&lt;br /&gt;8 de Agosto para remitir las propuestas y fijar el calendario laboral del referido año.&lt;br /&gt;Tras analizar el calendario, por UNANIMIDAD de los presentes, lo que supone&lt;br /&gt;la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se acuerda fijar&lt;br /&gt;como fiestas locales para el 2009:&lt;br /&gt;Día 16 de Julio, festividad de la Virgen del Carmen.&lt;br /&gt;Día 8 de Septiembre, festividad de la Virgen de las Angustias.&lt;br /&gt;Y no habiendo más asuntos de los que tratar, por la Alcaldía se levantó la sesión siendo las&lt;br /&gt;21,35 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el&lt;br /&gt;Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;V º B º EL SECRETARIO&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;Fdo. Miguel A. Peralta Roldán&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-4165368852875017658?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/4165368852875017658'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/4165368852875017658'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/09/24-de-julio-de-2008.html' title='24 DE JULIO DE 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-4385767364650472085</id><published>2008-07-22T12:37:00.002+02:00</published><updated>2008-07-31T17:46:33.098+02:00</updated><title type='text'>19 de Junio de 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ACTA  DE LA  SESIÓN  CELEBRADA POR  EL  PLENO  DE ESTE AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 19 de Junio de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;br /&gt;Lugar:  Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Ordinaria&lt;br /&gt;Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ&lt;br /&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;br /&gt;Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;br /&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ&lt;br /&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA.&lt;br /&gt;D. LUIS RIVERA MARTÍN ANDINO.&lt;br /&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ausentes:  NINGUNO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20.30 horas del día 19 de Junio de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión ORDINARIA  del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.&lt;br /&gt;Previamente a la apertura del Orden del Día, por el Sr. Alcalde en nombre de todos los asistentes, traslada el pésame de la Corporación a Dª. Marisol Pérez Pérez, por el fallecimiento de su Padre.&lt;br /&gt;Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;O R D E N   D E L   D I A&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL 18 DE MARZO DE 2008&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Luis Rivera, del Grupo Socialista el cual manifiesta que en el asunto de la tubería del centro de día, el no dijo que el encargado de la obra fuese el Trabajador D. Millan Molina, sino que fue el quien se encargo de la tubería.&lt;br /&gt;Seguidamente toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, que indica que en el acta se recoge el reglamento del C.A.I., pero no el anexo sobre el que se actuaron las modificaciones dentro de la comisión, motivo por el cual solicita el envió del texto definitivo con el anexo.&lt;br /&gt;Con las salvedades anteriores, el acta queda aprobada por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se requiere alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no.&lt;br /&gt;Los Sres. Corporativos toman conocimiento.&lt;br /&gt;TERCERO.- CESION DE TERRENOS A IBERDROLA.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;           Por el Sr. Secretario se da cuenta de la petición realizada por la Mercantil Hermanos García de la Parra en relación con la necesidad de ceder el uso y disfrute de las parcelas de equipamiento o infraestructura destinadas a los trasformadores de energía eléctrica que se dejaron para tal fin en la reparcelación del Proyecto de Actuación Urbanizadota denominado Toledo I de esta Localidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              El Pleno Corporativo, por UNANIMIDAD, acuerda ceder el uso y disfrute de las parcelas de Equipamiento determinadas en el Proyecto de urbanización de la actuación urbanizadora denominada “Toledo I” ,   autorizando el emplazamiento de los Centros de Trasformación, y por tanto garantizando la permanencia de las instalaciones eléctricas, mientras se utilice al destino de suministro de energía eléctrica, sin pago de tasa ni canon alguno.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Caso de que fuera preciso en el futuro el cambio de ubicación, por necesidades del Ayuntamiento, los gastos de modificación de dicho emplazamiento serán por cuenta del propio Ayuntamiento, así como la cesión de un nuevo terreno para la ubicación del nuevo centro de trasformación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CUARTO.-  APERTURA EXPEDIENTE JUEZ DE PAZ.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Por el Sr. Secretario se da cuenta al Pleno que se ha recibido comunicación del Tribunal Superior de Justicia instando a que se proceda a cubrir la plaza de Juez de Paz Sustituto de la Localidad, indicando también que el puesto de Juez de Paz titular termina su mandato en Septiembre, por lo que se recomienda que se proceda a la apertura del expediente para cubrir ambas plazas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Tras alguna aclaración, por UNANIMIDAD se acuerda que se comience el procedimiento tendente a cubrir las plazas de Juez de Paz Titular y sustituto de esta Localidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;           QUINTO.- DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO.&lt;br /&gt;              El que suscribe explica a los presentes el procedimiento seguido contra este Ayuntamiento por la Inspección de trabajo por irregularidades en la contratación de trabajadores, solicitando el Concejal D. Pedro García Oliva del Grupo de I.U., que se expliquen más detalladamente los motivos que dieron lugar al acta, procediéndose por el Sr. Secretario a realizar una lectura detallada de los motivos que dieron lugar al expediente y que son fundamentalmente la concatenación de contratos en las mismas personas, explicándose que es algo absolutamente habitual, y que el Ayuntamiento ha argumentado en su defensa, pues la inmensa mayoría de contratos sobre los que se ha inspeccionado, son trabajos no permanentes y que dependen de subvenciones exteriores, y que en todo caso, las contrataciones se realizan conforme a las normas establecidas con presencia de los miembros de la Comisión de Personal y los sindicatos.&lt;br /&gt;              Toma la palabra Dª. M. Guadalupe Martín, la cual manifiesta que es incomprensible que se haya abierto una inspección a un Ayuntamiento por estos motivos, cuando lo que se pretende con estos contratos que provienen de subvenciones es precisamente cubrir un espectro de población que de otra forma no podría entrar en el mercado de trabajo, realizándose incluso una labor social. Considera que esto es algo normal en la Administración Local y que con independencia de la inspección, cree que lo que se hace a través de las rotaciones es algo lógico y que se ha beneficiado a muchísima gente. Añade asimismo que esta inspección proviene de una denuncia que hubo en relación con el cementerio en una cuestión en la que el Ayuntamiento no tiene nada que ver. Termina diciendo que lamenta que el Ayuntamiento tenga que pagar la sanción, pero reitera que se ha cumplido con una labor y considera que es un hecho asumible.&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde, agradece a Guadalupe que así lo diga, pero que el problema es que la sanción la tienen que pagar el actual equipo de gobierno, y que se va a proceder a regularizar la situación.&lt;br /&gt;              D. Guadalupe manifiesta que con independencia de quien estuviera gobernando al tiempo de la denuncia, si se inspeccionara hoy otra vez, volvería a ocurrir lo mismo, pues siempre hay puestos de trabajo que no pueden cubrirse con carácter permanente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;SEXTO.- PROYECTO Y ACUERDOS OBRA CAMPO DE FUTBOL.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que tras el cambio de finalidad de las inversiones en infraestructuras deportivas, y la redacción del proyecto de ejecución del campo de futbol de césped artificial, procede la aprobación de dicho proyecto y la autorización de la firma del correspondiente convenio.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. D. Luis Rivera, del Grupo Socialista el declara que su grupo va a abstenerse en este punto debido a que no les parece razonable que se haya cambiado la inversión prevista que era para la construcción de un nuevo vaso en la piscina municipal y cuyo proyecto ya estaba aprobado. No dudan de que la renovación del campo de fútbol con césped artificial no sea necesaria, ni una inversión adecuada, pero estiman que debería haberse realizado la nueva piscina por ser más necesaria.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. D. Pedro García Oliva, de I.U., el cual manifiesta que él no se va a abstener sino que esta en contra de esta nueva obra, manifiesta que el campo de fútbol durante los últimos años ha recibido inversiones por más de cien millones (antiguas pesetas), y que otros deportes no han recibido ni un duro durante los años en que ha gobernado el anterior grupo de gobierno.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que respeta la disconformidad, pero que entiende que el gasto es positivo y se beneficiara mucha gente. Acepta que se trata de una inversión importante, pero cree que también lo fue en su día el pabellón, y gracias a eso, lo tenemos. Añade que también se gasto la anterior corporación 600.000 euros en la rehabilitación del Centro Social y la pregunta es donde esta ese dinero, en una obra mal ejecutada y que tiene graves defectos, se caen las placas, tiene goteras, y todos estos problemas sin resolver y sin haber pedido ninguna responsabilidad a la empresa por ser afín políticamente. Termina diciendo que el campo de fútbol se traduce en una inversión importante para el deporte y que estos es bueno para los jóvenes de nuestro pueblo.&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Pedro García el cual manifiesta que no sabe porque le contesta con lo del Centro Social siendo que su grupo no estuvo en la anterior legislatura, y añade que coincide plenamente con la ultima frase del Sr. Alcalde en cuanto a que es bueno invertir en deporte, pero que deportes son todos y no solo el fútbol, y que las inversiones son totalmente desproporcionadas y que el resto de deportes se encuentran abandonados.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones más, se somete el asunto a votación que arroja el siguiente resultado:&lt;br /&gt;Votos a favor seis del Grupo Popular, cuatro abstenciones del grupo Socialista y el voto en contra de I.U., lo que supone la mayoría absoluta de la Corporación, se acuerda:&lt;br /&gt;-                    Aprobar el convenio de colaboración entre la Consejeria de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y el Ayuntamiento de Mocejón para las obras de campo de fútbol 11 de césped artificial.&lt;br /&gt;-                    Aprobar el proyecto de ejecución de campo de fútbol 11 de césped artificial redactado por el Arquitecto D. Carlos Graña Poyan.&lt;br /&gt;-                    Autorizar al Sr. Alcalde D. Placido Martín Barriyuso para la firma del convenio de colaboración con la  Consejeria de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;-                    Que el sistema de adjudicación de la obra será por contrata.&lt;br /&gt;SEPTIMO.-  CESION DEFINITIVA DE PARCELA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA RESIDENCIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente instruido para la cesión de la parcela nº 154 del sector de suelo urbanizable “El Laderon”, a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para la construcción de una Residencia de Mayores, explicando que ha de aprobarse dicha cesión definitivamente tras la desafectación de la parcela, asi como dar cuenta de la cesión a la Delegación de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal D. Pedro García Oliva de I.U. el cual pregunta si se conoce en que condiciones se gestionaría la Residencia, o el destino que la Junta le daría a la misma, pues considera importante que se sepa si la gestión será directa, indirecta, municipal o cualquier otro sistema.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde indica que desconoce estos extremos y pregunta a Dª. Guadalupe Martín, en cuanto experta en esta materia y responsable de este expediente con el anterior gobierno para que si es posible explique estos extremos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Dª. Guadalupe Martín indica que la cesión de los terrenos se realiza a la Junta de Comunidades con el único condicionamiento de que se utilicen para la construcción de una Residencia de Mayores, pero sin más condicionamientos. Que en todo caso, la Residencia será pública con acceso a todos los ciudadanos de Castilla la Mancha, y que en cuanto a la gestión será algo que se tendrá que hablar directamente con el Consejero de Bienestar Social.&lt;br /&gt;Termina Dª. Guadalupe diciendo que se lleva varios años con esta cuestión que la cesión para la construcción por parte de la Junta de Comunidades parece lo más lógico y razonable, y el sentido común indica que el disponer de una Residencia Pública en la Localidad siempre implicará más posibilidades para nuestros mayores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde solicita del que suscribe que explique los antecedentes, contestando el que suscribe que en tres ocasiones se intento desde el Ayuntamiento la contratación de las obras y gestión indirecta de la Residencia, quedando desierto en todas las ocasiones. Se explica asimismo que la experiencia nos dice que las empresas privadas entran a este tipo de contratos cuando los pliegos se quedan muy abiertos y pueden gestionar con libertad de acción, pues se ha podido comprobar que con pliegos serios, en los que a las empresas se les exige el cumplimiento estricto de la legalidad, controles, personal etc. deja de ser  interesante para las mismas..&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tras una infinidad de intervenciones, el Concejal D. Pedro García pide al equipo de gobierno que solicite una cita al Sr. Consejero y que se comience a perfilar el modelo de gestión de la Residencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sometido el asunto a votación, por UNAMINIDAD de los presentes se acuerda:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;             &lt;br /&gt;           Ceder a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha la parcela número 154 del Sector de suelo Urbanizable (actualmente urbano) denominado “El Laderón” para la construcción de una Residencia de Mayores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Que se de cuenta del expediente de cesión para su toma de conocimiento a la Delegación de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha de conformidad con lo establecido en el art. 109.2 del Reglamento de Bienes de la Entidades Locales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Autorizar al Sr. Alcalde D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO,  a los efectos de que pueda firmar cuanta documentación sea precisa para el cumplimiento del presente acuerdo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OCTAVO.- REVISION DE TARIFAS DEL CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por la Concejal Delegada de Bienestar Social, Dª. Marisol Pérez, se explica a los presentes que se ha realizado un estudio en relación con las tarifas del Centro de Atención a la Infancia para el próximo año 2008/09, el cual es explicado a los presentes con las modificaciones que presenta respecto a las anteriores tarifas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La propuesta es explicada por la Primer Teniente de Alcalde Dª. Marisol Pérez, que explica que lo que se hace es incluir una nueva tarifa, pues anteriormente existian solo dos, una de horario normal, hasta cinco horas, con un coste de 77 € y horario ampliado hasta 6 horas de 82.5 €. Que la propuesta que se realiza es la siguiente:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Horario Nomal                 80 €       Hasta 5 horas.&lt;br /&gt;              Horario Especial                           90 €       Hasta 6 horas.&lt;br /&gt;              Horario completo             100 €.    Hasta 7 horas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones aclaratorias,  por UNANIMIDAD se aprueban las tarifas del Centro de Atención a la Infancia para el año 2008/09.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;NOVENO.- BASES DE CONVOCATORIA E DIVERSAS PLAZAS.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta a los presentes de que se ha formalizado el expediente para la cobertura como personal laboral fijo de este Ayuntamiento de las siguientes plazas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;-                    Cinco plazas de limpiador/a&lt;br /&gt;-                    Cinco plazas de auxiliar de Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;-                    Una plaza de educadora del Centro de Atención a la Infancia.&lt;br /&gt;-                    Una plaza de Auxiliar del Centro de Atención a la Infancia.&lt;br /&gt;-                    Una plaza de Coordinador Deportivo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Se entrega copia de todas las bases indicándose que las mismas han sido vistas por la correspondiente comisión de personal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Tras algunas preguntas aclaratorias, por UNANIMIDAD se acuerda aprobar las bases de todas las convocatorias y que se prosiga con el procedimiento.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              DECIMO.- ADJUDICACIÓN DE LA GESTION DE LA PISCINA MUNICIPAL, BAR ANEXO Y PISTAS POLIDEPORTIVAS.&lt;br /&gt;              Por el que suscribe se informa a los presentes del expediente tramitado para la concesión de la piscina Municipal, bar anexo a la misma y pistas polideportivas, explicando asimismo que la Comisión informativa realizó propuesta para la concesión.&lt;br /&gt;         Tras algunas aclaraciones, y sometido el asunto a votación, se acuerda por UNANIMIDAD conceder y formalizar el contrato con Dª.  SILVIA GONZALEZ GUTIERREZ, mayor de edad,  vecina de  Mocejón, con domicilio en  la Calle BATALLA DE LEPANTO  nº 18, de la Localidad y con  DNI núm. 3884089-X, autorizándose al Sr. Alcalde D. Placido Martín Barriyuso para la firma del contrato correspondiente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              UNDECIMO.- MOCIONES PRESENTADAS POR EL GRUPO DE IZQUIERDA UNIDA.&lt;br /&gt;           Por el Sr. Secretario se da lectura a la siguiente moción presentada por el Grupo de I.U.:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“Don Pedro García Oliva, portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida de Mocejón, de conformidad con lo establecido en el Art. 95.7 del ROF, viene a presentar para su debate en el Pleno de la Corporación, la siguiente MOCIÓN,&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por una ley electoral justa y democrática&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Los resultados de las últimas elecciones generales del 9 de marzo, han puesto de manifiesto con toda su crudeza una realidad: nuestra ley electoral es abiertamente injusta y dudosamente constitucional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Abiertamente injusta porque la representación institucional que se obtiene en las Cortes Generales no se corresponde con el apoyo electoral realmente obtenido a través de  los votos de los ciudadanos. Por ello se da la paradoja de que la tercera fuerza política en apoyo electoral del país, como es Izquierda Unida con cerca de 1 millón de votos, obtiene dos diputados y sin embargo otras fuerzas políticas con menor apoyo electoral multiplican ese  resultado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              El actual sistema electoral favorece claramente a los partidos mayoritarios al tiempo que produce una  representación superior  de las fuerzas políticas  que se presentan solo en algunas circunscripciones. Es un sinsentido que debe ser corregido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Debe ser corregido para cumplir el precepto constitucional que establece que el sistema electoral debe cumplir el principio de proporcionalidad (que ahora no cumple) y también y sobre todo para garantizar a todos los ciudadanos de  nuestro país voten en el lugar de l Estado Español que voten y voten a la fuerza política que deseen que su voto tiene el mismo valor y que su voluntad va a ser  tenida en cuenta en idéntica medida.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Es imprescindible reformar la Ley electoral para garantizar a todos los/as ciudadanos/as su derecho democrático a que su voto sea igual y tenga el mismo valor, para garantizar con ello  la libertad del voto  y para cumplir el espíritu constitucional de proporcionalidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              De mantenerse el actual sistema se  continuará vulnerando  el mas elemental fundamento democrático  que se expresa  en la máxima de” un hombre/una mujer un voto  con igual valor” y se continuaran produciendo distorsiones en la representación de la voluntad popular expresada en las urnas realmente inadmisibles.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En base a todo lo anterior,&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Se propone al Pleno de la Corporación adopte el siguiente ACUERDO:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Exigir al Congreso de los Diputados que promueva la creación de una Comisión para la reforma del Sistema electoral que permita la modificación de la actual ley electoral  con criterios de proporcionalidad entre la representación institucional y el nº de votos obtenidos por cada fuerza política  en los procesos electorales  con objeto de que la mencionada reforma electoral pueda ser operativa en las próximas elecciones generales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Del presente acuerdo se dará traslado al Presidente de Gobierno, al Presidente del Congreso de los Diputados y  a todos los  grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En Mocejón a 28 de Abril del 2008.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              D, Pedro García, de I.U. explica el contenido de la moción y considera que es injusto el sistema y que no todos los votos valen los mismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Dª. Guadalupe Martín, del Grupo Socialista manifiesta  desde una postura personal, que esta conforme con el espíritu de la moción, pero considera que hay un error en la misma, pues no se parte  de que los votos no valgan lo mismo, pues el espiritu de la democracia es una persona un voto, y por tanto todas las personas valen lo mismo, y que la proporcionalidad quiebra por otras cuestiones relativa a las circunscripciones electorales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde manifiesta asimismo que en su grupo ninguno son políticos y estos temas casi se les escapan, pero si consideran que el sistema es injusto y que efectivamente un partido como I.U. que triplica en votos totales a otros partidos nacionalistas,  tiene menos representación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Contesta D. Pedro García a Dª. Guadalupe Martín que por supuesto, la moción no dice que no exista el principio de una persona un voto, el problema y con independencia de cómo quiera verse, es que el voto, que en efecto es uno, de un partido nacional, no vale lo mismo que el voto de una persona que vota a un partido nacionalista en Cataluña, Galicia o País Vasco, y que esto es así, se mire como se mire.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              (se producen algunos comentarios entre el público injuriosos hacia la persona de Dª. Guadalupe Martín).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Dª. Guadalupe Martín, solicita del Sr. Alcalde que intervenga con la diligencia debida si se hacen comentarios desde el público, y sobre todo si los mismos son insultantes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde pide disculpas a Dª. Guadalupe por no haber estado lo suficientemente diligente y que procurará que no ocurra más.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Sometida la moción a votación, la misma esa aprobada por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Seguidamente por el Sr. Secretario se procede a dar lectura a la segunda moción de I.U. que resulta del siguiente tenor literal:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;“El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la siguiente MOCIÓN:&lt;br /&gt;POR EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA Y ASEQUIBLE EN CASTILLA-LA MANCHA&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La crisis económica que está repuntando actualmente en nuestro país tiene como principal protagonista el sector de la construcción. Sustentar el crecimiento económico del país en este sector era un castillo de naipes que más tarde o más temprano tenía que caer. Este modelo de crecimiento económico se ha demostrado claramente insostenible y sus consecuencias económicas, urbanísticas, ecológicas y sociales manifiestamente perniciosas; que se materializan en los municipios y muestran su rostro más real y dramático en sus ciudadano/as. Es por ello que desde los Ayuntamientos tenemos mucho que opinar y que proponer sobre este asunto.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En Castilla La-Mancha existen 85.000 viviendas sin vender y casi 48.000 demandantes sin vivienda, lo que demuestra el fracaso sin paliativos de las políticas de suelo y vivienda del gobierno regional. La ínfima inversión pública en vivienda protegida sobredimensionó la producción de vivienda libre y con ello aumentó escandalosamente el precio de la vivienda que ha hecho inaccesible el acceso a la misma a las capas sociales con menos recursos, especialmente a los trabajadores y jóvenes y cuando se accede, se hace en condiciones leoninas con hipotecas a 50 años, dedicando hasta el 60% de los ingresos al pago de la vivienda. No obstante la situación de la vivienda pública no ha tenido mejor suerte: se ha esperado a que se construyera y vendiera la vivienda libre para anunciar que se iba a construir vivienda protegida, y cuando al fin se promueve vivienda pública, se ha subido el precio de esta en función de los precios del mercado con la excusa de que si no se hacía, los promotores no construirían este tipo de viviendas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ante esta situación de fin de la “burbuja inmobiliaria”, crisis del sector de la construcción, aumento del desempleo, miles de casas sin vender y miles de ciudadano/as sin vivienda, hipotecas cada vez más difíciles de afrontar, etc.; ¿cuál ha sido la respuesta del Gobierno de Castilla la Mancha? Mientras se incumple el IV Plan Regional de Vivienda del Gobierno Regional que iba a garantizar por ley el acceso a la vivienda creando 50.000 viviendas protegidas en cuatro años, se propone un Pacto por la Vivienda en el que la propuesta estrella es la creación de una nueva modalidad de vivienda: “Vivienda de Iniciativa Público Privada” (VIPP) que lejos de ser una solución al problema de la vivienda y al desempleo, en lo esencial incide en la misma receta que ha hecho posible la situación de crisis y da increíbles pasos proteccionistas a los promotores. Resulta chocante que cuando hay 85.000 viviendas vacías en la región sin vender, la solución pase por construir más vivienda. Está claro que el objetivo del gobierno de Barreda no es dar solución a los más de 48.000 demandantes inscritos sino el de proteger y ayudar a los promotores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              El tipo de vivienda que se propone son pisos de una media de 70 m2 con un coste entre 130.000 Y 150.000 €, lo que supone un precio por metro cuadrado entre 1.857,14 €/m2 y 2.142,86€/m2, claramente superior al de la vivienda protegida en nuestra región. De esas nuevas viviendas la Junta garantiza adjudicar el 70%, como mínimo, y las que no se adjudiquen las compra la Administración. Los promotores van a vender todo, nunca lo tuvieron tan fácil. Además los titulares de los terrenos podrán incrementar el número de viviendas a construir sin que la administración tenga que variar la edificabilidad máxima y se van a impulsar las transformaciones de suelo por lo que habrá más reclasificaciones de suelo rústico en urbanizable. Todo esto interfiriendo en los Planes de Ordenación Municipal a favor de promotores privados.&lt;br /&gt;La propuesta de Barreda no garantiza la construcción de vivienda pública, olvida a las empresas municipales y a los Ayuntamientos y no garantiza mantener una parte del empleo del sector de la construcción.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;              Desde Izquierda Unida consideramos que hay que hacer frente a esta situación de crisis mediante una transición justa en el actual modelo productivo que se ha demostrado insostenible y débil frente a los cambios en los ciclos económicos y además se ha sustentado en un empleo precario y poco especializado. Las medidas que se deben adoptar no pueden ir encaminadas una vez más, a que sea el pilar más débil, los trabajadores, quienes sufran las consecuencias de la crisis. Hay que reajustar el sector de la construcción y reorientarlo hacia nuevas actividades, formando y mejorando la cualificación de los trabajadores y de la pequeña y mediana empresa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El gobierno debe facilitar el acceso a una vivienda en condiciones dignas y asequibles para todos los ciudadanos, con especial atención a las capas sociales más desfavorecidas. Para ello se debe intervenir desde la administración en la planificación, promoción y construcción de viviendas públicas, luchar contra el fraude en las transmisiones de estas viviendas y reducir los precios de la vivienda de promoción pública, calculándolos en función de la renta y no del mercado. Debemos apostar desde las administraciones públicas por un desarrollo urbano sostenible introduciendo criterios de ahorro energético en la construcción, fomentando el alquiler e impulsando las políticas de rehabilitación y regeneración urbana. Todo ello atendiendo los previsibles problemas de aumento de desempleo para lo que sería necesario un Pacto por el empleo en el que participen Administraciones Públicas, trabajadores y empresarios del sector. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por todo ello se presenta al Pleno para su consideración y aceptación los siguientes acuerdos:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1.              El Ayuntamiento de Mocejón insta al Gobierno de Castilla la Mancha a retirar la propuesta de construcción de Viviendas de Iniciativa Público Privada y las medidas contempladas en el Pacto por la vivienda porque no van a solucionar la situación de crisis del sector de la construcción ni atenderán las necesidades de vivienda de la población castellano manchega.&lt;br /&gt;2.              Solicitamos  la elaboración de nuevo Plan de vivienda que garantice el acceso a una vivienda digna y asequible en Castilla la Mancha. Para ello se abrirá un período de debate y reflexión sobre la crisis del sector, sus consecuencias urbanísticas, económicas, laborales y sociales y se pondrá en común las propuestas encaminadas a atender la necesidad de vivienda y el reajuste del sector de la construcción. Un nuevo Plan que cuente con la participación de los agentes sociales y otros colectivos sociales de nuestra región.&lt;br /&gt;3.              Este nuevo Plan de vivienda deberá apostar por:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a.     El mantener el precio de la vivienda protegida en el fijado por el Gobierno de los  Regímenes  Especial y General, eliminando el Precio Máximo Superior y la modalidad de Precio Concertado y Tasado.       &lt;br /&gt;b.     Ofrecer a los promotores la reclasificación y adquisición de las viviendas ubicadas en las zonas de demanda como Vivienda de Protección Oficial de Precio General para cubrir la demanda existente.      &lt;br /&gt;c.     Dotar, desde el Instituto de Finanzas Regional,  de créditos a los Ayuntamientos y Empresas Públicas a 8 años sin intereses para la adquisición y promoción de suelo para VOP y aval para que los adjudicatarios de VPO adelanten la entrada a la adquisición con las subvenciones que correspondan.&lt;br /&gt;d.     Promover  la vivienda de alquiler y un plan de rehabilitación para movilizar la vivienda vacía y construir un 50%  de la vivienda protegida en régimen de alquiler.&lt;br /&gt;e.     Mantenimiento del empleo, directo e indirecto. Pacto por el empleo en el que participen Administraciones Públicas, trabajadores y empresarios, que redimensione el sector y lo reoriente a nuevas actividades.”&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde manifiesta su conformidad y entiende que en efecto hacen falta medidas importantes que dinamicen el sector.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín que manifiesta su disconformidad con la moción, no solo por el planteamiento sino también por los términos usados, y que el Grupo Socialista esta plenamente de acuerdo con el nuevo Plan de Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;D. Pedro García, explcia que lógicamente la moción versa sobre una situación general de crisis, pero que lo que parece incomprensible es que los esfuerzos de la administración regional se dirijan a incentivar la construcción de viviendas público-privadas cuando resulta que existen en la región más de 85.000 viviendas vacías, que deberían ponerse en el mercado dando nuevas oportunidades a los más jóvenes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tras un intenso debate y sometido el asunto a votación, por 7 votos a favor, del Grupo Popular e I.U. y cuatro votos en contra del Grupo Socialista, se aprueba la moción.&lt;br /&gt;              DECIMOSEGUNDO.-  MOCION DEL GRUPO POPULAR.&lt;br /&gt;              Por el Sr. Alcalde se explica la moción directamente explicando que se trata de solicitar a la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha que se vuelva a dotar a la población de Mocejón de un nuevo cuartel de la Guardia Civil, proponiéndose si es necesario el que el Ayuntamiento cedería el terreno necesario.&lt;br /&gt;              El Sr. D. Luis Rivera manifiesta su conformidad, indicando que en las dos anteriores legislaturas ya se propuso esta posibilidad a los Delegados del Gobierno y altos cargos de la Guardia Civil, y que por tanto son conformes con que se siga intentando.&lt;br /&gt;              D. Pedro García, de I.U.  dice que en este tema siempre se han abstenido y que continuara asi, pues según dice, no es que tengan nada en contra de la Guardia Civil, pero que antes de ceder parcelas, lo primordial es saber en que condiciones se estableceria y con que servicios.&lt;br /&gt;              Sometido el asunto a votación, por 10 votos a favor, del P.P y P.S.O.E. y la abstención de I.U., se aprueba la moción.&lt;br /&gt;       DECIMOTERCERO.- PROPUESTA DE INICIO DE EXPEDIENTE PARA LA CREACIÓN DE LA BANDERA MUNICIPAL.&lt;br /&gt;              Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que el Ayuntamiento de Mocejón dispone de escudo Municipal, pero no de bandera, motivo por el cual propone al Pleno que se apruebe el que se inicie el expediente para que Mocejón disponga de bandera municipal, indicando que la idea inicial podría ser verde y roja, con los colores del escudo, pero considera que no es una cuestión de propuestas, sino de abrir un expediente y ver el resultado.&lt;br /&gt;              D. Pedro García de I.U. propone que se haga un concurso de ideas en el Municipio.&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde explica que no le parece factible, y que de un concurso podría salir el arco iris.&lt;br /&gt;              Guadalupe considera que dado lo llamativo del escudo, la bandera deberia tener tonos claros para que sobresalga.&lt;br /&gt;              Con permiso explico que para la creación de los símbolos municipales es requisito imprescindible el realizar un expediente y estar a las conclusiones del estudio histórico que ha de realizarse del Municipio, si bien dicho estudio ya esta realizado con motivo de la aprobación del escudo, la bandera, habrá asimismo de soportarse en dichos datos y no en gustos por los colores a la hora de realizar una propuesta razonable a la Real Academia de la Historia, la cual habrá de informar la propuesta que se haga previamente a su aprobación.&lt;br /&gt;              Tras algunas intervenciones más, por UNANIMIDAD se acuerda que se comience con la tramitación del correspondiente expediente para la creación de la Bandera de Mocejón.&lt;br /&gt;Antes de proceder con el turno de ruegos y preguntas por el Sr. Alcalde se someta a la consideración del pleno la inclusión de dos asuntos en el Orden del Día.&lt;br /&gt;              Por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda su inclusión.&lt;br /&gt;              DECIMOCUARTO.-INFORMACIÓN SOBRE EVENTOS DE LA FESTIVIDAD DE LA VIRGEN DEL CARMEN Y CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN EMPRESA TAURINA.&lt;br /&gt;              Por el que suscribe se da lectura al programa de actos que se ha preparado con motivo de las Fiestas en honor de la Virgen del Carmen.&lt;br /&gt;              Toma la palabra el Concejal D. Pedro García Oliva de I.U. el cual manifiesta que no es razonable que esta información se de cuando ya se están anunciando algunos eventos en la radio y pide por favor que no vuelva a ocurrir.&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde reconoce que ha habido cierta descoordinación y pide disculpas por ello.&lt;br /&gt;              El Sr. D. Roberto Ortega, concejal delegado de deportes realiza una más concreta explicación de los eventos y en concreto del espectáculo de recortes con anillas, que como espectáculo taurino, implica que el Ayuntamiento debe constituirse como empresa taurina.&lt;br /&gt;              Tras algunas intervenciones más, los Sres. corporativos se dan por enterados del programa de fiestas.&lt;br /&gt;              Seguidamente se procede a someter a votación la constitución del Ayuntamiento como empresa taurina para la realización de los festejos de la Virgen del Carmen y de las fiestas patronales de Septiembre, aprobándose la propuesta por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;              DECIMOQUINTO.- CONVENIO DE SEGUROS CON LA FEMP-CCM.&lt;br /&gt;              Por el que suscribe se da cuenta de que se ha recibido desde la Federación de Municipios de Castilla la Mancha la posibilidad de firmar un convenio en relación a realizar los estudios necesarios para formalizar de una forma global y adecuada todos los seguros del Ayuntamiento, a través asimismo de acuerdos formalizados entre la Federación de Municipios y Caja Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;              Dª. Marisol Pérez, Primer Teniente de Alcalde explica más detenidamente el significado del acuerdo, indicando que se trata de que nos realicen un detallado estudio de todos los seguros del Ayuntamiento, y realizarnos una propuesta que posteriormente podrá o no ser aceptada por el Ayuntamiento.&lt;br /&gt;              Tras algunas aclaraciones más y sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD se acuerda autorizar la firma del convenio con la Federación de Municipios y Provincias para que se realice el estudio de los seguros del Ayuntamiento.&lt;br /&gt;              DECIMOSEXTO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.&lt;br /&gt;              Toma la palabra D. Luis Rivera del Grupo Socialista, el cual pregunta si es posible decirle algo en relación con la contratación de la poda, pues en el anterior Pleno el Sr. Secretario dijo que no sabia nada al respecto, y entiende que la Secretaria-intervención debe decir algo al respecto.&lt;br /&gt;              Contesta el Sr. Alcalde que ya se informo en el sentido de que se solicitaron varios presupuestos y se escogió al más barato.&lt;br /&gt;              El que suscribe informa que en la intervención no se dispone aún de las facturas y que por tanto no se ha realizado intervención sobre las mismas.&lt;br /&gt;              Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista,  que cual pregunta  porque se ha dejado de dar el servicio de comidas en el Centro de Atención a la Infancia, pues entiende que el servicio debe ser completo durante el periodo de apertura del centro, y que el Ayuntamiento debe garantizar ese servicio.&lt;br /&gt;              Contesta Dª. Marisol Pérez, que ha sido un problema, pues la empresa que suministraba el catering, cierra cuando cierran los colegios, y que se han encontrado con el problema, si bien, ya esta solucionado a través de otra empresa que se va a encargar de prestar el servicio.&lt;br /&gt;              Dª. Guadalupe Martin incide en la cuestión y pregunta que durante cuanto tiempo se va a contratar a esta nueva empresa y si se realizara expediente para la adjudicación del servicio.&lt;br /&gt;              Contesta Dª. Marisol Pérez que ahora mismo se tiene en estudio esta cuestión para que quede solventada en el próximo curso, pero que aún no dispone de los datos necesarios para poder&lt;br /&gt;adoptar una solución. En cuanto a la adjudicación dice que hasta la fecha, siempre se había realizado por adjudicación directa, y que entiende que con independencia de cómo se tenga que hacer lo que ha de primar en esto es la calidad y tanto en los suministros como en el servicio.&lt;br /&gt;              Dª. Guadalupe reitera que con independencia de que en otras ocasiones se haya realizado mal, eso no habilita a que se siga haciendo mal, y entiende que debería realizarse un concurso para proceder a la adjudicación.&lt;br /&gt;              Se suceden infinidad de intervenciones entre las dos Concejalas concluyéndose por parte de la Primer Teniente de Alcalde que cuando disponga de toda la información de las distintas empresas, se adoptara la decisión que sea más adecuada y en la forma que legalmente proceda.&lt;br /&gt;              Toma la palabra el Concejal D. Pedro García Oliva de I.U. el cual recuerda que tiene varias informaciones solicitadas y que no se le ha entregado nada al respecto, en concreto, información sobre las antenas de telefonía móvil y otras informaciones solicitadas al Concejal de Deportes que no ha recibido, preguntando asimismo si se puede dar información en relación con el programa de actuación urbanizadora “el Avutardal “ y sobre la situación del conserje del colegio.&lt;br /&gt;              Contesta el Sr. Alcalde que en relación con las antenas, se le ha pedido la información al Secretario y que se esta preparando. En cuanto al avutardal, contesta que sigue sin cambios, por lo que no tiene nada que informar, y respecto del Conserje del Colegio, explica que se  procedió a la apertura de un expediente disciplinario que concluyo con la suspensión de empleo y sueldo del trabajador, el cual ha vuelto a pernoctar en la vivienda, y que la sanción tras el cambio de actitud ha quedado en suspenso. Continua el Sr. Alcalde preguntando a D. Luis Rivera si puede explicar al Pleno el porque se pagaron horas extras a una persona en periodo de baja y porque desde el Ayuntamiento se influyo en los informes médicos de la mutua.&lt;br /&gt;              Contesta D. Luis Rivera que en efecto se pagaron unas horas extras indebidamente pero que se trato de un error y que las horas se realizaron para hacer un favor a la Dirección del Colegio que requirió con urgencia la realización de unos trabajos.&lt;br /&gt;              En cuanto a influencias del Ayuntamiento en los informes médicos, lo niega categóricamente y dice que no entiende como un Alcalde puede influir en los profesionales médicos. Que él llamo en efecto a la mutua pero simplemente para que se aclarara la contradicción que había entre dos informes, pero no para influir en nada.&lt;br /&gt;              El Sr. Alcalde manifiesta que no es creíble lo de las horas por petición de la Directora del Colegio y que se trata de una ilegalidad manifiesta, y que en relación con los informes médicos, por supuesto que no se puede influir en unos  análisis, pero si en unas conclusiones, y que según le han informado, la decisión de cambiar el informe vino “de arriba” y que no fue una decisión facultativa. Termina indicando que estos asuntos están en manos de los abogados para las actuaciones que procedan.&lt;br /&gt;              Toma la palabra el Concejal Delegado de Deportes D. Roberto Ortega, el cual, pregunta a D. Pedro García Oliva que diga que deportes están abandonados en Mocejón, pues esa ha sido su manifestación en el punto del campo de fútbol.&lt;br /&gt;              D. Pedro García dice que esas no han sido sus palabras, que él lo que ha dicho es que existe una gran desproporción entre unos deportes y otros, pero no que estén abandonados y se remite a la grabación del pleno para constatar lo que el ha dicho y que en ningún caso ha dicho lo que manifiesta el Concejal de Deportes. (se hace constar por el que suscribe que lo manifestado se ha hecho constar en el acuerdo del campo de fútbol tras haber escuchado  el archivo de audio de la sesión.).&lt;br /&gt;              Toma la palabra el Concejal de Deportes D. Roberto Ortega, el cual hace un repaso de todas las instalaciones de las que dispone el Ayuntamiento y que abarcan una enorme cantidad de deportes, indicando que a todos se les financia en lo necesario, añade que por descontado, en Mocejón no se dispone de un circuito de alta velocidad ni se pueden practicar los deportes de vela, pero que ningún deporte de los normales que pueden ser practicados en la localidad se encuentra abandonado.&lt;br /&gt;              D. Pedro García reitera que le parece muy bien lo manifestado por el Concejal, pero que él lo que defiende es que existe una enorme desproporcionalidad entre unos y otros deportes y que el fútbol se ha llevado siempre las grandes inversiones, y que ahora, cuando se podía haber realizado un nuevo vaso de piscina, se ha vuelto a cambiar la inversión nuevamente para el fútbol, y encima el Ayuntamiento con fondos propios, es decir del dinero directo del pueblo se van a tener que pagar 250.000 €, que ese es su sentir y que por eso es contrario a esta inversión.&lt;br /&gt;              Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 23,15 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;V º B º&lt;br /&gt;EL SECRETARIO&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fdo.  Miguel A. Peralta Roldán&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-4385767364650472085?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/4385767364650472085'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/4385767364650472085'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/07/27-de-marzo-de-2008.html' title='19 de Junio de 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-638453509463588345</id><published>2008-06-18T10:48:00.001+02:00</published><updated>2008-06-18T10:48:57.332+02:00</updated><title type='text'>27 DE MARZO</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;br /&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;1&lt;br /&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE&lt;br /&gt;AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;el 27 de MARZO de 2008&lt;br /&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;br /&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;br /&gt;Tipo de Sesión: Ordinaria Convocatoria: PRIMERA&lt;br /&gt;Señores Asistentes:&lt;br /&gt;Alcalde-Presidente:&lt;br /&gt;D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;br /&gt;Concejales:&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ&lt;br /&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;br /&gt;Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;br /&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ&lt;br /&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA.&lt;br /&gt;D. LUIS RIVERA MARTÍN ANDINO.&lt;br /&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;br /&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;br /&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;br /&gt;Secretario:&lt;br /&gt;D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN&lt;br /&gt;Ausentes: NINGUNO.&lt;br /&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20,30 horas del día&lt;br /&gt;27 de Marzo de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar&lt;br /&gt;Sesión ORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín&lt;br /&gt;Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.&lt;br /&gt;Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;br /&gt;O R D E N D E L D I A&lt;br /&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION&lt;br /&gt;PLENARIA CELEBRADA EL 26 DE FEBRERO DE 2008&lt;br /&gt;Por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba el acta plenaria correspondiente a la sesión&lt;br /&gt;de 26 de febrero de 2008.&lt;br /&gt;2&lt;br /&gt;SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se&lt;br /&gt;requiere alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no.&lt;br /&gt;Los Sres. Corporativos toman conocimiento.&lt;br /&gt;TERCERO.- PLEIGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE LA&lt;br /&gt;PISCINA MUNICIPAL BAR E INSTALACIONES DEPORTIVAS ANEXAS.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se explican a los presentes las modificaciones sustanciales que se han&lt;br /&gt;realizado, quedando el pliego como sigue:&lt;br /&gt;PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS QUE HAN DE REGIR EN EL&lt;br /&gt;CONCURSO PARA LA ADJUDICACION DEL SERVICIO DE PISCINA PUBLICA MUNICIPAL,&lt;br /&gt;PISTAS POLIDEPORTIVAS ASI COMO DEL QUIOSCO-BAR ANEXO LA MISMA&lt;br /&gt;1.- OBJETO DEL CONCURSO&lt;br /&gt;Art. 1.- Es objeto del presente concurso la contratación del Servicio de Piscina P blica&lt;br /&gt;Municipal, así como del Quiosco-bar afectado a la misma y las pistas polideportivas.&lt;br /&gt;Art. 2.- A efectos de este Concurso la presente contratación comprende las siguientes&lt;br /&gt;obligaciones para el concesionario:&lt;br /&gt;A) PISCINA:&lt;br /&gt;- Control y regulación de los accesos a la piscina.&lt;br /&gt;- Control y regulación de accesos a pistas del polideportivo con apertura y cierre, así como&lt;br /&gt;encendido y apagado de la iluminación de las pistas durante todo el año.&lt;br /&gt;- Apertura y cierre de las puertas de acceso público al polideportivo.&lt;br /&gt;- Mantenimiento ordinario y normal de la piscina, corriendo con los gastos de energía&lt;br /&gt;eléctrica, cloro y demás elementos precisos para la prestación del servicio, salvo el agua.&lt;br /&gt;- Contratación de socorristas y demás personal sanitario que se precise para el desarrollo de&lt;br /&gt;la actividad.&lt;br /&gt;- Limpieza y conservación de todo el recinto de la Piscina, tales como lavabos,&lt;br /&gt;duchas, césped, plantas etc. durante todo el tiempo que dure la concesión, con independencia de&lt;br /&gt;que el establecimiento se encuentre abierto o cerrado&lt;br /&gt;- Contratar un seguro de responsabilidad civil y de accidentes por 150.000 € como mínimo&lt;br /&gt;así como un seguro que cubra robos y roturas provocadas por hechos vandálicos o de similar&lt;br /&gt;naturaleza, con una cobertura mínima de 6.000 €, siendo de cuenta y riesgo del concesionario la&lt;br /&gt;reposición y renovación de los daños y desperfectos que se produzcan en las instalaciones y que&lt;br /&gt;no queden cubiertos por dicho seguro, sea por franquicia o por no quedar totalmente cubiertos.&lt;br /&gt;- Instalación de un botiquín de urgencia.&lt;br /&gt;B) QUIOSCO-BAR&lt;br /&gt;- Limpieza y mantenimiento del mismo y accesos.&lt;br /&gt;- Adquisición del material y elementos necesarios para la prestación del servicio, que será&lt;br /&gt;equipado por cuenta del concesionario, quien podrá retirar este material al vencimiento de la&lt;br /&gt;concesión, siempre que no se trate de elementos unidos al inmueble que por su retirada pudiera&lt;br /&gt;sufrir deterioro.&lt;br /&gt;- Los precios de los productos puestos a la venta no podrán ser superiores a los&lt;br /&gt;establecidos para productos iguales, vendidos en los locales de la localidad.&lt;br /&gt;C) INSTALACIONES DEPORTIVAS.&lt;br /&gt;El concesionario se encargara de la limpieza y conservación normal de las pistas&lt;br /&gt;polideportivas, procurando el control de accesos y el uso de las mismas.&lt;br /&gt;II.- AMBITO Y FORMAS DE PRESTACION DEL SERVICIO:&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;3&lt;br /&gt;Art. 3.- El servicio se prestará para todo el que precise del mismo, sin distinción de si es&lt;br /&gt;vecino, transeúnte, visitante o inmigrante.&lt;br /&gt;Art. 4.-&lt;br /&gt;a) El servicio de piscina-bar se prestará, necesariamente como mínimo, desde el 1 de Junio&lt;br /&gt;hasta el 1 de Octubre de cada año, desde las 10,00 de la mañana hasta las 22,00 horas, pudiéndose&lt;br /&gt;ampliar dichos periodos de tiempo y horario, a petición del concesionario, previa aprobación del&lt;br /&gt;Ayuntamiento, a través del Pleno.&lt;br /&gt;b) El servicio de quisco-bar, se prestará obligatoriamente, durante los periodos de tiempo&lt;br /&gt;que permanezca abierta la piscina, pudiendo, no obstante ampliarse a petición del interesado, a&lt;br /&gt;través del Pleno, el horario de apertura del kiosco-bar será el mismo que tienen los bares de 3ª&lt;br /&gt;categoría de la Localidad.&lt;br /&gt;C) el horario de apertura de las pistas polideportivas sera:&lt;br /&gt;INVIERNO:&lt;br /&gt;LUNES A VIERNES DE 10,00 a 13,00 y de 15,30 a 21,00 horas.&lt;br /&gt;SABADOS Y DOMINGOS DE 10,00 A 14,00 y de 15,30 a 22 horas.&lt;br /&gt;VERANO:&lt;br /&gt;TODOS LOS DIAS, DE 10,00 a 14,00 y de 16,30 a 23,00 horas.&lt;br /&gt;III.- TARIFAS Y PRECIOS POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINA Y PISTAS&lt;br /&gt;POLIDEPORTIVAS.&lt;br /&gt;Art. 5.- Las tarifas del servicio de piscina serán como máximo, los fijados por acuerdo del&lt;br /&gt;Ayuntamiento para cada año, partiendo de la oferta que presente inicialmente el concesionario, y&lt;br /&gt;revisadas anualmente de conformidad con el Incremento del Índice de Precios al consumo de cada&lt;br /&gt;año y redondeadas a múltiplo de 5 céntimos por exceso o defecto.&lt;br /&gt;Dichas tarifas se cobrarán mediante entradas numeradas, expresamente encargadas por&lt;br /&gt;cuenta del concesionario, en el que se recoja: PISCINA PUBLICA MUNICIPAL-AYUNTAMIENTO&lt;br /&gt;DE MOCEJON-CONCESIONARIO DEL SERVICIO-PRECIO.&lt;br /&gt;La recaudación de la taquilla será íntegramente para el concesionario, así como lo obtenido&lt;br /&gt;por la explotación del Quiosco-bar.&lt;br /&gt;Art. 6.- A los efectos de valorar las ofertas que se presenten en el periodo de licitación se&lt;br /&gt;establecen las siguientes.&lt;br /&gt;TARIFAS PISCINA&lt;br /&gt;A) ENTRADAS DIARIAS&lt;br /&gt;1.- Días laborables, de lunes a viernes:&lt;br /&gt;NIÑOS (De 4 a 14 años. 2.05 €&lt;br /&gt;ADULTOS 2.40 €&lt;br /&gt;2.- Sábados, domingos y festivos:&lt;br /&gt;NIÑOS ( de 4 a 14 años). 2,40 €&lt;br /&gt;ADULTOS 3,50 €&lt;br /&gt;B) ABONOS TEMPORADA&lt;br /&gt;Individual 47,10 €&lt;br /&gt;Familiar 87,75 €&lt;br /&gt;C) ABONO ESPECIAL&lt;br /&gt;Por diez baños 14,45 €&lt;br /&gt;UTILIZACION DE PISTAS POLIDEPORTIVAS.-&lt;br /&gt;PRECIOS PISTA POR HORA&lt;br /&gt;LOCALES&lt;br /&gt;4&lt;br /&gt;TARIFAS SIMPLES&lt;br /&gt;NIÑOS ADULTOS&lt;br /&gt;DOBLES&lt;br /&gt;NIÑOS ADULTOS&lt;br /&gt;P. TENIS 3 € 6€ 5 € 10 €&lt;br /&gt;P. FRONTENIS 3 € 6€ 5 € 10 €&lt;br /&gt;P. PADEL 4 € 8€ 6 € 12 €&lt;br /&gt;P. POLIDEPORTIVA --------- -------- 10 € 20€&lt;br /&gt;NO LOCALES&lt;br /&gt;TARIFAS SIMPLES&lt;br /&gt;NIÑOS ADULTOS&lt;br /&gt;DOBLES&lt;br /&gt;NIÑOS ADULTOS&lt;br /&gt;P. TENIS 6 € 15 € 8 € 22 €&lt;br /&gt;P. FRONTENIS 6 € 15 € 8 € 22 €&lt;br /&gt;P. PADEL 8 € 20 € 10 € 30 €&lt;br /&gt;P. POLIDEPORTIVA --------- -------- 10 € 20€&lt;br /&gt;NORMAS DE UTILIZACION DE LAS PISTAS:&lt;br /&gt;- Tendrán la consideración de niños las personas hasta los 16 años de&lt;br /&gt;edad.&lt;br /&gt;- Se considerarán Locales las personas empadronadas en el Municipio de&lt;br /&gt;Mocejón.&lt;br /&gt;- Las tarifas fijadas lo son por la utilización de una hora completa.&lt;br /&gt;- Dependiendo de la demanda, no se podrán usar las pistas más de dos&lt;br /&gt;horas consecutivas. En el supuesto de disponibilidad se podrán dar más&lt;br /&gt;horas de forma consecutiva a las dos iniciales, o fracciones de 30&lt;br /&gt;minutos.&lt;br /&gt;- En el supuesto de que las pistas sean usadas simultáneamente por&lt;br /&gt;mayores y menores, o locales y foráneos, se aplicará la tarifa que&lt;br /&gt;corresponda a la mayoría de los jugadores. En el supuesto de igualdad&lt;br /&gt;se aplicara la tarifa local.&lt;br /&gt;- La utilización del campo de fútbol queda al margen de la presente&lt;br /&gt;normativa y para su uso, se tendrá que solicitar con carácter previo en el&lt;br /&gt;Servicio Deportivo Municipal (925270278) con una antelación mínima de&lt;br /&gt;tres días, sin que su uso este sujeto a tarifa.&lt;br /&gt;D) CARNET JOVEN&lt;br /&gt;Las personas que acrediten estar en posesión del carné joven o carné de&lt;br /&gt;estudiante, tendrán una reducción en las todas las tarifas a excepción del abono familiar del 25% (no&lt;br /&gt;acumulable).&lt;br /&gt;Las tarifas expresadas podrán ser mejoradas a la baja en las propuestas que presenten los&lt;br /&gt;licitadores.&lt;br /&gt;IV.- INSTALACIONES:&lt;br /&gt;Art. 7.- El servicio de piscina cuenta con los elementos y útiles necesarios para dar comienzo&lt;br /&gt;a la prestación del servicio y que se relacionará en un inventario anexo al contrato que se extienda&lt;br /&gt;con el adjudicatario.&lt;br /&gt;El adjudicatario deberá preparar las instalaciones con anterioridad al inicio de la temporada,&lt;br /&gt;debiendo proceder a la limpieza, conservación y mantenimiento en perfecto estado de higiene y&lt;br /&gt;salubridad del agua de la piscina.&lt;br /&gt;Art. 8.- El servicio de Quiosco-bar se adjudica sin ningún elemento o equipamiento&lt;br /&gt;accesorio, siendo todo el equipamiento que se instale será por cuenta del adjudicatario.&lt;br /&gt;Art. 9.- El Ayuntamiento se reserva el derecho a utilizar gratuitamente el servicio de piscina&lt;br /&gt;para la organización de cursos y competiciones de natación, organizados por el propio&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;5&lt;br /&gt;Ayuntamiento, o a instancia de cualquier otra institución pública o Federación Deportiva, procurando&lt;br /&gt;que los mismos se desarrollen durante horarios de menor actividad y asistencia pública a la piscina.&lt;br /&gt;Asimismo, el Ayuntamiento podrá autorizar la apertura del kiosco-bar de la zona del campo&lt;br /&gt;de fútbol cuando en el mismo se celebren partidos de carácter oficial o por equipos federados y a&lt;br /&gt;beneficio de los mismos.&lt;br /&gt;Art. 10.- El adjudicatario a lo largo de la concesión se encargará de las reparaciones&lt;br /&gt;ordinarias de las instalaciones que se originen como consecuencia del normal funcionamiento del&lt;br /&gt;servicio, así como de las extraordinarias o especiales que sean consecuencia del anormal&lt;br /&gt;funcionamiento de las mismas.&lt;br /&gt;Serán de cuenta del Ayuntamiento las reparaciones extraordinarias de las instalaciones que&lt;br /&gt;sean originadas como consecuencia de fallos o defectos de las instalaciones no imputables al&lt;br /&gt;concesionario.&lt;br /&gt;El Ayuntamiento se compromete a la entrega de las instalaciones en perfecto estado, por lo&lt;br /&gt;que cualquier modificación u obra que se quiera realizar, habrá de ser de cuenta del concesionario y&lt;br /&gt;contando con la autorización del Ayuntamiento.&lt;br /&gt;V.- INSPECCION DE LOS SERVICIOS:&lt;br /&gt;Art. 11.- Los servicios contratados estarán sometidos de modo permanente a la inspección y&lt;br /&gt;vigilancia del Ayuntamiento, el cual podrá nombrar además, si así lo estima oportuno, a varios&lt;br /&gt;inspectores con la misión de vigilancia y de hacer que este se cumpla de acuerdo con las cláusulas&lt;br /&gt;del contrato que se formalice.&lt;br /&gt;Art. 12.- La inspección que al efecto designe el Ayuntamiento, tendrá acceso a los locales y&lt;br /&gt;dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precisen respecto a la organización del&lt;br /&gt;mismo, así como de cuantos documentos le sean requeridos y sean necesarios para acreditar el&lt;br /&gt;cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.&lt;br /&gt;VI.- PERSONAL DEL SERVICIO:&lt;br /&gt;Art. 13.- Todo el personal que se precise contratar para la prestación del servicio será por&lt;br /&gt;cuenta y a cargo del adjudicatario, debiéndose cumplir con la normativa laboral y de Seguridad&lt;br /&gt;Social vigente y aplicable en cada momento, sin que dicho personal tenga relación laboral alguna&lt;br /&gt;con el Ayuntamiento, tanto durante la vigencia del contrato, como a la terminación del mismo.&lt;br /&gt;VII.- REGIMEN DE SANCIONES:&lt;br /&gt;Art. 14.- Las infracciones del contratista se calificarán en leves, graves y muy graves.&lt;br /&gt;Tendrán la consideración de faltas leves:&lt;br /&gt;- La mera interrupción del servicio.&lt;br /&gt;El retraso en la reparación de las instalaciones por deterioro de estas en un plazo superior a&lt;br /&gt;48 horas , salvo fuerza mayor.&lt;br /&gt;- El incumplimiento de las operaciones de mantenimiento de las instalaciones.&lt;br /&gt;Tendrán la consideración de faltas graves:&lt;br /&gt;- El retraso en la prestación del servicio de modo reiterado y/o sistemático.&lt;br /&gt;- La interrupción del servicio por cualquier causa que sea por plazo no superior a doce&lt;br /&gt;horas, siempre que no se produzcan más de dos veces al año, salvo fuerza mayor.&lt;br /&gt;- Los incidentes derivados del personal del servicio con los usuarios del mismo y en general&lt;br /&gt;la incorrección o descortesía con el público.&lt;br /&gt;6&lt;br /&gt;- La inobservancia de las prescripciones sanitarias o incumplimiento de ordenes sobre&lt;br /&gt;evitación de situaciones insalubres, peligrosas o que provoquen aquellas una vez apercibido&lt;br /&gt;formalmente.&lt;br /&gt;- La deficiencia y mal estado del material para realizar los servicios.&lt;br /&gt;- La desobediencia reiterada por dos o más veces, respectivamente a una misma función,&lt;br /&gt;de las ordenes dadas al contratista por la administración municipal respecto al orden, forma y&lt;br /&gt;régimen de prestar dicho servicio o no reponer o reparar el material esencial inservible o en mal&lt;br /&gt;estado de utilización.&lt;br /&gt;- La reiteración por dos o más veces, en la Comisión de faltas leves siempre que sean de la&lt;br /&gt;misma naturaleza.&lt;br /&gt;- Todas aquellas que implicando un incumplimiento de las obligaciones establecidas por el&lt;br /&gt;contratista en el presente pliego, no merezcan la calificación de muy graves y que por su naturaleza&lt;br /&gt;no deban ser comprendidas como leves.&lt;br /&gt;Tendrán la consideración de muy graves:&lt;br /&gt;- No dar comienzo a la prestación del servicio en los plazos establecidos.&lt;br /&gt;- La paralización o no prestación del servicio y la interrupción del mismo por cualquier causa&lt;br /&gt;que sea y por plazo superior a doce horas en todo caso, y cuando igual o inferior a dicho plazo si se&lt;br /&gt;produjese más veces al año.&lt;br /&gt;- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio y el retraso sistemático&lt;br /&gt;del mismo.&lt;br /&gt;- La utilización de medios inadecuados a los exigidos.&lt;br /&gt;La modificación de las tarifas sin el consentimiento expreso del Pleno Corporativo.&lt;br /&gt;- La reiteración, por dos o más veces en la comisión de faltas graves siempre que sean de la&lt;br /&gt;misma naturaleza.&lt;br /&gt;Art. 15- Las infracciones leves se sancionarán en todo caso con apercibimiento pudiendo&lt;br /&gt;imponerse multa de hasta 30 €.&lt;br /&gt;Las infracciones graves se sancionarán con multa de 150 y hasta 300 €.&lt;br /&gt;Las infracciones muy graves se sancionarán con multa entre 300 y 600 € con la pérdida de&lt;br /&gt;la fianza, pudiendo la Administración Municipal resolver el contrato.&lt;br /&gt;Art. 16.- La imposición de sanciones por infracciones graves y muy graves requerirá la&lt;br /&gt;instrucción del oportuno expediente en los términos establecidos en el Art. 133 y siguientes de la Ley&lt;br /&gt;de Procedimiento Administrativo, correspondiendo la sanción del mismo a la Alcaldía-Presidencia y&lt;br /&gt;al Ayuntamiento Pleno respectivamente.&lt;br /&gt;La Alcaldía-Presidencia resolverá sobre la procedencia de la imposición de sanciones por&lt;br /&gt;faltas leves, tras la elaboración del Pliego de Cargos y audiencia al concesionario.&lt;br /&gt;El importe de las sanciones será cobrado al contratista de conformidad con lo establecido en&lt;br /&gt;el Reglamento General de Recaudación.&lt;br /&gt;VIII.- RESPONSABILIDAD CIVIL:&lt;br /&gt;Art. 17.- El contratista estará obligado a suscribir una póliza de seguros que cubra la&lt;br /&gt;responsabilidad civil hasta 150.000 € por todos los accidentes, daños o perjuicios que pudieran&lt;br /&gt;ocurrir ocasionados por los trabajos que se realicen como consecuencia de la prestación del servicio.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;7&lt;br /&gt;Dicha póliza deberá ser presentada por el adjudicatario en el plazo de diez días siguientes a&lt;br /&gt;la notificación de la adjudicación.&lt;br /&gt;IX.- CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS LEGALES Y ADMINISTRATIVAS:&lt;br /&gt;Art. 18.- El concesionario deberá obtener las pertinentes licencias y permisos administrativos&lt;br /&gt;necesarios para el ejercicio de la actividad de piscina y quiosco-bar, para lo cual deberá solicitar y&lt;br /&gt;tramitar en el Ayuntamiento la correspondiente licencia de apertura y la autorización administrativa&lt;br /&gt;para la apertura de piscina en el organismo autonómico competente, debiendo cumplir con las&lt;br /&gt;normas reguladoras de dichas actividades en materia laboral, social, fiscal de sanidad y&lt;br /&gt;administrativa.&lt;br /&gt;Art. 19.- Dada la naturaleza del contrato en el mismo no se fija precio de salida.&lt;br /&gt;Art. 20.- El contrato de arrendamiento se extenderá a riesgo y ventura del propio&lt;br /&gt;adjudicatario.&lt;br /&gt;X.-PROCEDIMIENTO DE SELECCION&lt;br /&gt;Art. 21.- De conformidad con lo preceptuado en el vigente Reglamento de Contratación de&lt;br /&gt;las Corporaciones Locales la adjudicación se realizará por el procedimiento de SUBASTA.&lt;br /&gt;Se establece una fianza provisional para acceder a la subasta de 30 € Y definitiva de 300 €&lt;br /&gt;Art. 22.- Toda proposición deberá ajustarse al modelo descrito en el presente Pliego de&lt;br /&gt;Condiciones, no pudiendo alterar el contenido del mismo.&lt;br /&gt;A cada proposición se acompañaran los siguientes documentos:&lt;br /&gt;A) Fotocopia del D.N.I.&lt;br /&gt;B) Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad e&lt;br /&gt;incompatibilidad señalados en el artículo 20 de e la Ley 13/95 de Contratos de las Administraciones&lt;br /&gt;públicas y de estar al corriente en los gastos de tasas e impuesto municipales de este Ayuntamiento.&lt;br /&gt;C) Resguardo o Justificante de ingreso de la fianza provisional.&lt;br /&gt;Las proposiciones y documentos que las acompañen se presentarán en sobre cerrado, que&lt;br /&gt;podrá ser lacrado y precintado, y en el que figurará la inscripción de "PROPOSICION PARA TOMAR&lt;br /&gt;PARTE EN LA SUBASTA PARA LA CONCESION DE LA GESTION DE PISCINA MUNICIPAL Y&lt;br /&gt;PISTAS POLIDEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MOCEJON", y se podrá entregar en la&lt;br /&gt;Secretaría del Ayuntamiento hasta las 14.00 horas del día anterior a la apertura de Plicas.&lt;br /&gt;Art. 23.- La proposición a incluir en el sobre se ajustará al siguiente modelo.&lt;br /&gt;"D.________________________, actuando en nombre propio, vecino de MOCEJON, con&lt;br /&gt;domicilio en la calle_________________________n ___, provisto  de D.N.I. núm.&lt;br /&gt;_______________, expedido en_________el día___de_____de ________, enterado del Pliego de&lt;br /&gt;Condiciones para tomar parte en la subasta para la Concesión de la gestión de la piscina Municipal y&lt;br /&gt;pistas polideportivas del Ayuntamiento de MOCEJON(TOLEDO), formula la siguiente oferta:&lt;br /&gt;_________________________________________________________________________&lt;br /&gt;________________________________________________________________________________&lt;br /&gt;________________________________________________________________________________&lt;br /&gt;______________________________________________________________________&lt;br /&gt;con estricta sujeción a las condiciones fijadas en el Pliego de Condiciones aprobado por el&lt;br /&gt;Pleno del Ayuntamiento en sesión del día de Octubre, que acepto íntegramente.&lt;br /&gt;__________________, a___de_____________de 2.008.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. Concejal D. Luis Rivera del Grupo Socialista, el cual manifiesta que&lt;br /&gt;debería desligarse lo que es la piscina del las pistas polideportivas, pues considera que ni las&lt;br /&gt;funciones ni los periodos son compatibles.&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Pedro García de I.U. el cual opina en el mismo sentido, y que parece&lt;br /&gt;que lo que se pretende es matar dos pájaros del mismo tiro, añade asimismo que si los datos&lt;br /&gt;8&lt;br /&gt;existentes son ciertos respecto de la utilización de las instalaciones, el pliego es leonino, por lo que&lt;br /&gt;propone que se municipalice todo.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde, que le resulta extraña la postura del P.S.O.E., pues el pliego en el&lt;br /&gt;aspecto criticado, es el mismo que habían aprobado cuando estuvieron en el Gobierno, aunque no&lt;br /&gt;se aplicara, pero las pistas iban unidas a la piscina. En cuanto a lo que manifiesta D. Pedro de que el&lt;br /&gt;pliego es leonino, la afirmación sobra desde el momento en que el pliego sale sin precio fijado por el&lt;br /&gt;Ayuntamiento, y serán los interesados los que fijen el mismo.&lt;br /&gt;Toma la palabra D. Pedro García, el cual manifiesta que desconocía los pliegos anteriores y&lt;br /&gt;por tanto su intervención se ceñía a lo que conoce.&lt;br /&gt;Sometido el asunto a votación, por seis votos a favor del Grupo Popular, y cinco en contra&lt;br /&gt;del P.S.O.E. e I.U., se aprueba el pliego de condiciones que ha de regir el concurso para la&lt;br /&gt;adjudicación del servicio de piscina pública municipal, pistas polideportivas y kiosco-bar anexo a la&lt;br /&gt;misma.&lt;br /&gt;CUARTO.- REGLAMENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA.&lt;br /&gt;Por el que suscribe se da cuenta de que se ha preparado el Reglamento del Centro de&lt;br /&gt;Atención a la Infancia de esta Localidad, proponiéndose al Pleno la aprobación del mismo que&lt;br /&gt;resulta del siguiente literal:&lt;br /&gt;INTRODUCCIÓN&lt;br /&gt;Uno de los objetivos básicos de la Política Social Europea para hacer realidad la igualdad&lt;br /&gt;entre hombres y mujeres es facilitar a unos y a otras la conciliación de la vida laboral y las&lt;br /&gt;responsabilidades familiares. La demanda social obliga a los poderes públicos a tomar en&lt;br /&gt;consideración las condiciones de vida de las familias con hijos pequeños.&lt;br /&gt;Por su parte, la Ley 3/1.986 de 16 de abril de Servicios Sociales de Castilla La Mancha&lt;br /&gt;contempla en su articulado, la promoción y financiación del desarrollo, entre otros, de programas&lt;br /&gt;dirigidos a potenciar las capacidades físicas, psíquicas y sociales de la infancia favoreciendo su&lt;br /&gt;desarrollo integral, en contacto y relación con su núcleo familiar y comunitario.&lt;br /&gt;Este objetivo resulta contemplado y ampliado en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de&lt;br /&gt;Educación (LOE), en la normativa relativa a Educación Infantil y sobre todo en el currículo de la&lt;br /&gt;misma, sirviendo todo ello como marco de referencia del Centro de Atención a la Infancia, de su&lt;br /&gt;organización, de su funcionamiento y para la formulación y consecución de sus objetivos adaptados&lt;br /&gt;a la realidad educativa de que se trata.&lt;br /&gt;1. TITULARIDAD E IDENTIDAD.&lt;br /&gt;Artículo 1.&lt;br /&gt;El Centro Municipal de Atención a la Infancia se constituye como un servicio público de&lt;br /&gt;gestión directa por el Ayuntamiento de Mocejón.&lt;br /&gt;Artículo 2.&lt;br /&gt;En su condición de institución social y educativa tiene como objetivo proporcionar a los niños&lt;br /&gt;de hasta 3 años un ambiente estimulador propicio para favorecer su maduración física, intelectual,&lt;br /&gt;afectiva y social, cuyas actividades van dirigidas a la obtención de estos objetivos en primer ciclo de&lt;br /&gt;educación infantil.&lt;br /&gt;Artículo 3.&lt;br /&gt;El Centro de Atención a la Infancia “La Oca” de Mocejón tiene su domicilio en las&lt;br /&gt;instalaciones y locales que para ello se destinan, ubicados en la Calle Tinte s/n.&lt;br /&gt;2. DISPOSICIONES GENERALES&lt;br /&gt;Artículo 4&lt;br /&gt;El Centro Municipal de Atención a la Infancia “ La Oca” se regirá por lo establecido en las&lt;br /&gt;normas de este Reglamento de Régimen Interno, la Ordenanza Reguladora de la Tasa por&lt;br /&gt;Prestación de Servicio y en todo aquello que no esté previsto en este Reglamento, será de aplicación&lt;br /&gt;con carácter supletorio, la Orden de la Consejería de Bienestar Social de 3 de abril de 1.997 de la&lt;br /&gt;Junta de Comunidades de Castilla la Mancha,, o por la normativa que les sustituyan las&lt;br /&gt;disposiciones establecidas en la legislación de Régimen Local y la normativa educativa, tanto a nivel&lt;br /&gt;estatal como autonómica.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;9&lt;br /&gt;Artículo 5.&lt;br /&gt;Los principios rectores de las actividades formativas encaminadas al desarrollo integral del&lt;br /&gt;colectivo infantil del Centro serán los siguientes:&lt;br /&gt;a) Contribuir al desarrollo de las capacidades físicas, psíquicas y sociales del niño de forma y&lt;br /&gt;en contacto con el núcleo familiar y comunitario.&lt;br /&gt;b) Colaborar con la familia y su entorno compartiendo y complementando su función educativa&lt;br /&gt;y normativa.&lt;br /&gt;c) Contribuir de manera eficaz, y en la medida de lo posible, a compensar algunas de las&lt;br /&gt;carencias sociales más graves del entorno familiar.&lt;br /&gt;3. FINES Y NATURALEZA.&lt;br /&gt;Artículo 6.&lt;br /&gt;Para la consecución de los principios citados, este Centro dirigirá su actuación en la medida de sus&lt;br /&gt;posibilidades y recursos a los siguientes objetivos:&lt;br /&gt;a. Investigar las necesidades reales sobre educación de la población infantil de este&lt;br /&gt;municipio.&lt;br /&gt;b. Planificar, organizar y desarrollar actividades de enseñanza y aprendizaje, que&lt;br /&gt;contribuyan al desarrollo integral del niño/a.&lt;br /&gt;c. Velar por la calidad psicopedagógica de las actividades de enseñanza y aprendizaje, así&lt;br /&gt;como por el mantenimiento del centro y sus instalaciones y su adecuación a los fines del&lt;br /&gt;mismo.&lt;br /&gt;d. Mantener, en colaboración con las instituciones competentes, la necesaria calidad&lt;br /&gt;sanitaria e higiénica de los materiales e instalaciones del Centro, promoviendo los hábitos&lt;br /&gt;de salud, alimentación y cuidado corporal del alumno y de su familia, y desarrollando en los&lt;br /&gt;mismos una actitud de aceptación y respeto por las diferencias individuales: edad, sexo,&lt;br /&gt;características físicas, personalidad, etc.&lt;br /&gt;e. Elaborar proyectos, propuestas, estudios e informes de carácter económico,&lt;br /&gt;psicopedagógico o educativo y administrativo ante las entidades competentes para&lt;br /&gt;promover el adecuado funcionamiento y gestión del centro.&lt;br /&gt;f. Compensar las desigualdades de origen socioeconómico, psíquico u orgánico de los/as&lt;br /&gt;niños/as facilitando su integración, su relación interpersonal y la inserción social.&lt;br /&gt;g. Prevenir, detectar e intervenir las necesidades educativas de los alumnos/as, siguiendo&lt;br /&gt;los principios de integración y normalización.&lt;br /&gt;h. Favorecer la participación, formación y orientación de las familias en la educación de sus&lt;br /&gt;hijos/as.&lt;br /&gt;i. Participar en las actividades de formación del profesorado e innovación educativa.&lt;br /&gt;j. Favorecer la participación de los diversos sectores de la comunidad educativa en la&lt;br /&gt;gestión del centro.&lt;br /&gt;k. Estimular y coordinar la relación con el entorno social económico y cultural del centro.&lt;br /&gt;l. Colaborar con el profesorado de educación infantil de la localidad para facilitar su&lt;br /&gt;adaptación al 2º ciclo de educación infantil al finalizar este ciclo.&lt;br /&gt;4. DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;Artículo 7.&lt;br /&gt;La Corporación Local tiene, a través de sus distintos servicios, comisiones y órganos de gobierno,&lt;br /&gt;con respecto a este centro de atención a la infancia, las siguientes funciones:&lt;br /&gt;a. Conocer y ser informado por medio y a través de los órganos de gobierno y gestión del&lt;br /&gt;centro, los planes, programas y proyectos de actuación del mismo.&lt;br /&gt;b. Aprobar los planes generales de actuación que deberán ser ratificados por el Pleno&lt;br /&gt;Corporativo.&lt;br /&gt;c. Aprobar, asimismo, la Memoria de Actividades y Gestión realizada durante el curso&lt;br /&gt;escolar.&lt;br /&gt;d. Dedicar a sus fines, los inmuebles, instalaciones, materiales y recursos destinados al&lt;br /&gt;centro, así como aquellos que para el mismo pusieran a su disposición otras entidades o&lt;br /&gt;10&lt;br /&gt;particulares, y aquellos que pudiera adquirir el Ayuntamiento, todo ello sin perjuicio de&lt;br /&gt;otras disponibilidades compatibles con la de atención a la infancia.&lt;br /&gt;e. Representar los intereses del centro en el ámbito de su actuación.&lt;br /&gt;f. Formalizar convenios o contratos públicos o privados relativos a actos de adquisición, uso&lt;br /&gt;y administración de bienes, inmuebles o muebles, necesarios para el cumplimiento de&lt;br /&gt;sus fines.&lt;br /&gt;g. Solicitar, promover y aceptar subvenciones, peticiones y otras ayudas del Estado,&lt;br /&gt;Comunidades Autónomas, Corporaciones públicas y particulares.&lt;br /&gt;h. La gestión económica y presupuestaria del Centro, a través de los servicios económicos&lt;br /&gt;municipales.&lt;br /&gt;i. Contratar el personal técnico y auxiliar necesario para atender los distintos objetivos que se&lt;br /&gt;fijan, según sus posibilidades presupuestarias.&lt;br /&gt;j. Promover las distintas instalaciones del centro, así como se conservación, reparación y&lt;br /&gt;mantenimiento.&lt;br /&gt;k. Sancionar las faltas cometidas por el mal uso de las instalaciones del centro.&lt;br /&gt;l. Abrir y cancelar toda clase de cuentas corrientes y de ahorro en cualquier establecimiento&lt;br /&gt;bancario.&lt;br /&gt;m. Aprobar la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio del&lt;br /&gt;centro.&lt;br /&gt;n. Aprobar la lista de los alumnos/as admitidos/as por la Comisión Municipal de Gobierno,&lt;br /&gt;previo informe propuesta del Consejo Local de los Servicios Sociales.&lt;br /&gt;o. Personarse o interponer toda clase de reclamaciones y acciones ante las autoridades.&lt;br /&gt;p. Resolver las reclamaciones que en materia de admisión de alumnos, determinación del&lt;br /&gt;precio público o conflictos de otra naturaleza, que sean de su competencia.&lt;br /&gt;q. Delegar funciones en los órganos, servicios o personas que se determine.&lt;br /&gt;r. Todas las demás funciones que competan al ayuntamiento en materia de defensa y&lt;br /&gt;garantía de los intereses municipales, así como de gestión de sus bienes y servicios&lt;br /&gt;relativos al CAI.&lt;br /&gt;5. DE LOS ALUMNOS, EDADES Y AGRUPAMIENTOS.&lt;br /&gt;Artículo 8.&lt;br /&gt;La edad de los alumnos se enmarca en el primer ciclo de Educación Infantil y será de 0 a 3&lt;br /&gt;años.&lt;br /&gt;Artículo 9.&lt;br /&gt;Se crean tres aulas ordinarias, en las que se distribuirán los alumnos por edades semejantes&lt;br /&gt;hasta los de tres años cumplidos hasta el 31 de Diciembre de cada curso, dando cobertura a un total&lt;br /&gt;de 55 alumnos.&lt;br /&gt;Artículo 10&lt;br /&gt;Los/as alumnos admitidos se agruparán además de en aulas, en unidades, siguiendo&lt;br /&gt;criterios psicopedagógico y/o intervalos de edades semejantes que, según sus capacidades,&lt;br /&gt;permitan el acceso del grupo a las actividades educativas programadas.&lt;br /&gt;6. DE LOS ALUMNOS, PLAZAS, INGRESOS Y BAJAS&lt;br /&gt;Artículo 11.&lt;br /&gt;El número total de plazas ofertadas será el resultante de la aplicación de los requisitos&lt;br /&gt;mínimos regulados para las distintas unidades y aulas por el Ministerio de Educación y Ciencia y la&lt;br /&gt;Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha. Se tendrá&lt;br /&gt;también en cuenta el número de niños y niñas integrados en cada unidad y las características del&lt;br /&gt;aula y del centro.&lt;br /&gt;Artículo 12&lt;br /&gt;Cuando la demanda de plazas sea mayor al número de plazas ofertadas, se seguirán los&lt;br /&gt;criterios generales de admisión establecidos en el Anexo I.&lt;br /&gt;Artículo 13.&lt;br /&gt;Se reserva un 5% de las plazas para casos de urgencia social, considerados como&lt;br /&gt;situaciones de riesgo y desamparo que puedan surgir durante el curso a cubrir hasta el inicio del&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;11&lt;br /&gt;curso, las cuales, de no ser ocupadas, no pasarán a incrementar el número de vacantes y no se&lt;br /&gt;asignarán por el procedimiento ordinario.&lt;br /&gt;Artículo 14.&lt;br /&gt;Tendrán preferencia para ocupar las plazas vacantes en el siguiente curso los alumnos&lt;br /&gt;escolarizados en el curso anterior.&lt;br /&gt;Artículo 15.&lt;br /&gt;El procedimiento de selección y adjudicación de las plazas del CAI se realizará según las siguientes&lt;br /&gt;reglas:&lt;br /&gt;1. Las solicitudes de renovación de matriculas para el curso siguiente se presentarán en el&lt;br /&gt;Registro General del Ayuntamiento, en modelo oficial, dentro del plazo comprendido entre&lt;br /&gt;los días 1 al 15 de abril de cada año. Deberán aportar la documentación que implique&lt;br /&gt;variación sobre los datos y situación socio-económica del ejercicio anterior.&lt;br /&gt;2. Una vez comprobado el número de plazas ocupadas por la renovación de matrículas, se&lt;br /&gt;procederá a la publicación del número de vacantes que se ofertan.&lt;br /&gt;3. Las solicitudes de nuevo ingreso se presentarán en modelo oficial en el registro General del&lt;br /&gt;Ayuntamiento en modelo oficial dentro del plazo del 19 de abril al 10 de mayo de cada año,&lt;br /&gt;debiendo aportar conjuntamente la documentación requerida.&lt;br /&gt;4. En el supuesto de que las solicitudes de nuevo ingreso, no reúnan los requisitos exigidos o&lt;br /&gt;falte documentación que aportar, La Dirección del Centro requerirá al interesado para que&lt;br /&gt;en el plazo de diez días naturales subsane las deficiencias observadas, y en caso contrario,&lt;br /&gt;se entenderá por desistida su petición, archivándose sin más trámite cuando se trate de&lt;br /&gt;documentación imprescindible para la baremación total del expediente o le deparará los&lt;br /&gt;perjuicios consiguientes en la baremación final si los documentos no fueran imprescindibles.&lt;br /&gt;5. La Comisión de baremación, en un plazo máximo de diez días naturales, procederá a la&lt;br /&gt;selección provisional, elaborando para ello una propuesta provisional de niños/as admitidos&lt;br /&gt;que cubrirán como máximo el número de plazas ofertadas, con indicación de la puntuación&lt;br /&gt;total obtenida, debiendo publicarse dicha lista provisional en el tablón de anuncios del&lt;br /&gt;Ayuntamiento y en el Centro de Atención a la Infancia el día 10 de junio.&lt;br /&gt;En la propuesta se incluirán las solicitudes no seleccionadas con su baremación, que&lt;br /&gt;constituirá la lista de espera para posibles vacantes posteriores.&lt;br /&gt;6. Tras la antedicha publicación, los interesados podrán formular alegaciones y reclamaciones&lt;br /&gt;en el plazo de diez días naturales (del día 11 al 20 de junio) que serán resueltas por la&lt;br /&gt;Comisión de Baremación en un plazo de diez días naturales.&lt;br /&gt;7. Una vez resueltas las reclamaciones o alegaciones, en un plazo máximo de diez días&lt;br /&gt;naturales, la Comisión de baremación aprobará la lista definitiva de admitidos y la lista de&lt;br /&gt;espera baremada por orden de puntuación para cubrir las vacantes producidas a lo largo del&lt;br /&gt;curso, que se publicará en los mismos lugares que la lista provisional como fecha tope el día&lt;br /&gt;30 de junio.&lt;br /&gt;8. Esta lista definitiva se publicará antes del día 30 de junio y tendrá vigencia hasta el momento&lt;br /&gt;de iniciarse el periodo de reserva de plaza de la convocatoria del año siguiente. Transcurrida&lt;br /&gt;dicha fecha, y hasta el 31 de julio, cualquier baja que se produzca no se cubrirá, a excepción&lt;br /&gt;de las solicitudes presentadas por los Servicios Sociales competentes en materia de&lt;br /&gt;protección de menores.&lt;br /&gt;9. Dicha lista definitiva no agota la vía administrativa, pudiéndose presentar por los interesados&lt;br /&gt;los recursos administrativos correspondientes ante la Comisión de Gobierno.&lt;br /&gt;10. La formalización de la matricula deberá efectuarse en un plazo máximo de 15 días&lt;br /&gt;naturales, (desde el día 1 al 15 de julio) a contar desde la publicación de la lista definitiva,&lt;br /&gt;acompañándose la siguiente documentación:&lt;br /&gt;- Fotocopia DNI padres o tutores.&lt;br /&gt;- Fotocopia del Libro de familia&lt;br /&gt;- Informe médico actualizado o cartilla de salud materno-infantil en el que se haga&lt;br /&gt;constar que el niño/a no padece enfermedad infecto-contagiosa que impida su&lt;br /&gt;integración en el Centro y en el que se indique también si padece alguna otra&lt;br /&gt;enfermedad.&lt;br /&gt;12&lt;br /&gt;- Fotocopia cartilla de Asistencia Médica.&lt;br /&gt;- Cartilla de Vacunaciones.&lt;br /&gt;Artículo 16&lt;br /&gt;La Comisión de Baremación estará integrada por los siguientes miembros:&lt;br /&gt;a) Presidente; El Alcalde-Presidente de la Corporación.&lt;br /&gt;b) Vocales:&lt;br /&gt;- El Concejal Delegado del Área de Bienestar Social.&lt;br /&gt;- El/a Director/a del Centro de Atención a la Infancia.&lt;br /&gt;c) Secretario: El de la Corporación.&lt;br /&gt;Artículo 17.&lt;br /&gt;La tasa reguladora del Centro de Atención a la Infancia será fijada antes del inicio de curso y se&lt;br /&gt;entenderá inalterable durante la duración del mismo, salvo que por razones de urgencia social, y&lt;br /&gt;previo el informe de los Servicios Sociales, por la Corporación Municipal se estime oportuna su&lt;br /&gt;modificación.&lt;br /&gt;Están obligados al pago de la tasa fijada previamente, las personas físicas que ostenten la patria&lt;br /&gt;potestad, tutela o custodia de los beneficiarios de los servicios prestados, y en su defecto, las&lt;br /&gt;personas físicas o jurídicas obligadas civilmente a prestarles alimentos.&lt;br /&gt;El precio se abonará mediante domiciliación bancaria.&lt;br /&gt;No se abonará el precio que corresponda en el mes en que el Centro permanezca cerrado&lt;br /&gt;por razón de vacaciones de verano.&lt;br /&gt;La inasistencia del usuario durante un periodo determinado no supone reducción alguna, ni&lt;br /&gt;exención de la tarifa, mientras no se formalice la baja correspondiente.&lt;br /&gt;Artículo 18.&lt;br /&gt;Los niños podrán acceder a una plaza del centro, siempre que haya vacantes, con&lt;br /&gt;posterioridad al inicio del curso, previa presentación de la documentación exigida.&lt;br /&gt;Artículo 19.&lt;br /&gt;Serán causa de baja:&lt;br /&gt;1. El cumplimiento de la edad reglamentaria para la permanencia en el centro. A estos efectos&lt;br /&gt;la fecha de baja será la finalización del curso.&lt;br /&gt;2. La negativa a abonar el precio público fijado, existiendo un impago de 2 mensualidades,&lt;br /&gt;debiendo estar al corriente de pago en el momento de la renovación anual de la matrícula.&lt;br /&gt;En ambos casos, la dirección del centro deberá notificar por escrito a los padres o tutores la&lt;br /&gt;situación, con antelación mínima de 15 días, advirtiendo de la futura baja en el supuesto de&lt;br /&gt;no actualizar el pago.&lt;br /&gt;3. La comprobación de la falsedad de datos o documentos aportados.&lt;br /&gt;4. La ocultación de datos que implicarían modificaciones del precio público.&lt;br /&gt;5. El absentismo continuado y no justificado al Centro durante un mes o discontinuo durante&lt;br /&gt;tres meses.&lt;br /&gt;6. La no presentación del niño sin causa justificada en los 15 días naturales siguientes al inicio&lt;br /&gt;del curso.&lt;br /&gt;Artículo 20.&lt;br /&gt;El curso comenzará durante la primera quincena del mes de Septiembre y finalizará durante&lt;br /&gt;la última semana de Julio. El Equipo Educativo empleará la primera quincena de Septiembre para&lt;br /&gt;planificar la programación anual.&lt;br /&gt;7. DEL COMEDOR ESCOLAR&lt;br /&gt;Artículo 21.&lt;br /&gt;El servicio de comedor escolar es un servicio optativo que se ofrece con la finalidad de&lt;br /&gt;ayudar a conciliar la vida familiar con la escolar.&lt;br /&gt;Artículo 22.&lt;br /&gt;El número de plazas es limitado, por ello tendrán prioridad de acceso los alumnos cuyos&lt;br /&gt;padres trabajen. Una vez admitidos estos alumnos se asignarán las vacantes a las familias que lo&lt;br /&gt;necesiten tras de una valoración particular de cada caso.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;13&lt;br /&gt;Artículo 23.&lt;br /&gt;Una vez inscritos en el comedor no podrán producirse bajas excepto cuando la causa sea&lt;br /&gt;justificada y previa aceptación de la Dirección del Centro.&lt;br /&gt;8. DE LOS CASOS DE URGENCIA SOCIAL.&lt;br /&gt;Artículo 24.&lt;br /&gt;1. Las plazas de casos de urgencia social, es decir, las situaciones de riesgo y desamparo se&lt;br /&gt;ocuparán a propuesta de la directora del Centro, previo informe favorable de los servicios&lt;br /&gt;sociales, o equipos de orientación y valoración competentes, según el recurso del que&lt;br /&gt;procedan y si fuera necesario, de forma especial, el de los servicios sanitarios y educativos y&lt;br /&gt;del equipo docente del centro.&lt;br /&gt;2. La admisión y la asistencia al centro de los niños y niñas que acrediten una situación de&lt;br /&gt;carencia, riesgo o desamparo, se realizará en base a un compromiso por parte de los&lt;br /&gt;servicios sociales de este ayuntamiento para su seguimiento en cuanto a su asistencia al&lt;br /&gt;centro y el mantenimiento de unas condiciones de salud y bienestar social del niño.&lt;br /&gt;Artículo 25.&lt;br /&gt;1. Los casos de urgencia social que puedan surgir a lo largo de todo el año y para los que se&lt;br /&gt;reservará un 5% del total de las plazas, podrá ingresar en el Centro en cualquier momento&lt;br /&gt;del curso, y serán considerados como tales, los que reúnan una o varias de las&lt;br /&gt;características siguientes:&lt;br /&gt;a. abandono familiar, malos tratos, mendicidad, orfandad total y situaciones&lt;br /&gt;transitorias de carencia económica (ambos padres en paro o hijos a cargo de un&lt;br /&gt;solo progenitor en paro sin subsidio ni ingresos económicos de otro tipo).&lt;br /&gt;b. Enfermedad grave o discapacidad de alguno de los progenitores.&lt;br /&gt;c. Internamiento grave de alguno de los progenitores.&lt;br /&gt;d. Situaciones que impidan o dificulten la atención adecuada del niño. Malas&lt;br /&gt;condiciones de habitabilidad en la vivienda, hábitos higiénicos y alimenticios&lt;br /&gt;inadecuados, desatención afectiva y emocional.&lt;br /&gt;e. Familia incompleta: orfandad parcial, padre o madre solteros, separados o viudos.&lt;br /&gt;f. Discapacidad de uno o ambos progenitores debido a trastornos psicológicos o&lt;br /&gt;psiquiátricos.&lt;br /&gt;9. DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS.&lt;br /&gt;Artículo 26.&lt;br /&gt;Teniendo en cuenta que el objetivo primordial del CAI es el correcto desarrollo de los cinco&lt;br /&gt;planos que componen la personalidad del niño, para favorecer así la aparición de su propia y&lt;br /&gt;esencial identidad, se reconocen a los niños escolarizados en el centro, los siguientes derechos:&lt;br /&gt;a) Que los objetivos, actividades y organización del Centro se desarrollen en el interés del&lt;br /&gt;mismo, para lo cual los profesionales del centro colaborarán con los padres o tutores legales&lt;br /&gt;y complementarán su labor educativa.&lt;br /&gt;b) Tanto los niños que asisten al centro como los que soliciten su ingreso, no sufrirán distinción&lt;br /&gt;o discriminación por motivo de raza, sexo, idioma, religión, orientación política o de cualquier&lt;br /&gt;otra índole de origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya&lt;br /&gt;sea del propio niño o de su familia.&lt;br /&gt;c) Se favorecerá la escolarización en el centro de los niños cuyas circunstancias y/o&lt;br /&gt;características personales, físicas, psíquicas o sociales dificulten su desarrollo personal.&lt;br /&gt;d) Las actividades de enseñanza- aprendizaje tendrán un carácter global, estimulando las&lt;br /&gt;diferentes capacidades o ámbitos de desarrollo del niño, así como su participación,&lt;br /&gt;cooperación y solidaridad con el medio social.&lt;br /&gt;e) La programación y realización de las actividades educativas tendrán en cuenta el interés y el&lt;br /&gt;juego del niño y su nivel de desarrollo favoreciendo su auto concepto positivo.&lt;br /&gt;f) El centro favorecerá la salud y el bienestar del niño mediante la realización de las&lt;br /&gt;actividades propias y en colaboración con profesionales, e instituciones públicas o privadas&lt;br /&gt;que apoyen este derecho.&lt;br /&gt;14&lt;br /&gt;g) Los niños con necesidades educativas especiales tendrán el apoyo y los servicios que&lt;br /&gt;necesiten.&lt;br /&gt;h) Los alumnos del CAI disfrutarán de un ambiente de afecto y seguridad que favorezca el&lt;br /&gt;desarrollo pleno y armónico de su personalidad.&lt;br /&gt;i) Se prohíbe expresamente cualquier tipo de maltrato físico o psíquico, así como cualquier&lt;br /&gt;exigencia o experiencia inadecuadas para su edad y nivel de desarrollo.&lt;br /&gt;10. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS, DE LOS PADRES O TUTORES.&lt;br /&gt;Artículo 27.&lt;br /&gt;Los padres o tutores tendrán derecho a:&lt;br /&gt;a) A que sus hijos o pupilos reciban una educación conforme a los fines establecidos en la&lt;br /&gt;Constitución y en las leyes vigentes.&lt;br /&gt;b) A que sus hijos reciban una formación que esté de acuerdo con sus propias convicciones.&lt;br /&gt;c) A colaborar en las actividades educativas del centro.&lt;br /&gt;d) A recibir información, orientación y formación sobre la educación de sus hijos.&lt;br /&gt;Artículo 28.&lt;br /&gt;Son deberes de los padres o tutores del alumnado del centro los siguientes:&lt;br /&gt;a) El abono de la cantidad estipulada por el ayuntamiento en razón a los servicios prestados.&lt;br /&gt;b) A respetar las normas de funcionamiento y convivencia del Centro, referentes a horarios,&lt;br /&gt;higiene del niño, comportamiento cívico respecto de los niños, los padres, el personalW&lt;br /&gt;pudiendo prohibirse la entrada al padre, madre o tutor en caso de incumplimiento reiterado&lt;br /&gt;de estas normas y mientras se mantenga esta actitud, previo aviso de palabra o por escrito,&lt;br /&gt;y adoptándose en su caso, desde el centro las medidas que procedan.&lt;br /&gt;11. DEL PERSONAL DEL CENTRO.&lt;br /&gt;Artículo 29.&lt;br /&gt;El personal del centro adecuará su actividad, sus derechos y sus deberes al contrato laboral&lt;br /&gt;suscrito y al Convenio aplicable en relación con la actividad desarrollada.&lt;br /&gt;Asimismo, en cuanto al ejercicio de sus funciones profesionales, se ajustarán a las establecidas en el&lt;br /&gt;presente reglamento, y en el resto de legislación vigente que sea de aplicación.&lt;br /&gt;Artículo 30.&lt;br /&gt;El personal del centro estará formado por un director y un número determinado de&lt;br /&gt;educadores, auxiliares y personal de limpieza, en función del número de plazas que se cubran, y&lt;br /&gt;cualesquiera otros que la Corporación Municipal determine.&lt;br /&gt;Artículo 31.&lt;br /&gt;El cargo de Director será ejercido por una persona que ostente el Título de Diplomado en&lt;br /&gt;Magisterio, en la especialidad de Educación Infantil, elegido conforme a las bases de la convocatoria&lt;br /&gt;que se determine en virtud de la legislación vigente, y ostentará las siguientes funciones:&lt;br /&gt;a. Planificar las actividades.&lt;br /&gt;b. Coordinar al personal.&lt;br /&gt;c. Informar al concejal responsable.&lt;br /&gt;d. Cuidar el estricto cumplimiento de sus obligaciones, por el resto del personal y, en su caso,&lt;br /&gt;por las empresas contratadas para prestar sus servicios en el CAI.&lt;br /&gt;e. Elaborar la documentación relativa al CAI que deba remitirse a las administraciones&lt;br /&gt;competentes.&lt;br /&gt;f. Ser el interlocutor de los padres en todo lo relacionado con la atención a los usuarios.&lt;br /&gt;g. Gestionar el proceso de admisión de los alumnos.&lt;br /&gt;h. Comunicar a los padres todas las incidencias relativas a la atención de los usuarios.&lt;br /&gt;i. Representar al CAI cuando así se le encomiende.&lt;br /&gt;Artículo 32.&lt;br /&gt;Las funciones de los educadores/as del CAI son las siguientes:&lt;br /&gt;a. Ser los responsables del grupo de niños de un aula.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;15&lt;br /&gt;b. Dirigir la formación integral y armónica de la personalidad del niño en esta etapa de acuerdo&lt;br /&gt;con las normas que se establecen oficialmente.&lt;br /&gt;c. Adaptar las condiciones peculiares de su clase el desarrollo de los programas escolares, y&lt;br /&gt;utilizar los métodos materiales y recursos personales y recursos didácticos que consideren&lt;br /&gt;más útiles y aceptables para sus alumnos.&lt;br /&gt;d. Organizar actividades extraescolares en beneficio de los alumnos, así como actividades de&lt;br /&gt;formación y promoción cultural a favor de los adultos y de la comunidad.&lt;br /&gt;e. Realizar y coordinar con la dirección del centro la programación y evaluación de actividades.&lt;br /&gt;f. Mantener una estrecha relación con las familias de los alumnos, informándoles&lt;br /&gt;regularmente de su proceso educativo.&lt;br /&gt;g. Participar en las actividades de formación que organicen las autoridades competentes, así&lt;br /&gt;como de auto reciclaje.&lt;br /&gt;h. Participar en la realización de adaptaciones curriculares individuales con los alumnos de&lt;br /&gt;necesidades educativas especiales.&lt;br /&gt;i. Colaborar en las actividades de gestión, organización y mantenimiento de las instalaciones&lt;br /&gt;del Centro.&lt;br /&gt;Artículo 33.&lt;br /&gt;Las funciones de otro personal auxiliar de limpieza o de cocina que desarrolle su actividad&lt;br /&gt;laboral en el centro, se adecuarán al trabajo específico para el que haya sido contratado,&lt;br /&gt;correspondiendo al personal de limpieza las tareas de atención a la higiene y mantenimiento del&lt;br /&gt;centro; y al personal de cocina, la limpieza y mantenimiento de esta y de las dependencias&lt;br /&gt;relacionadas, así como la elaboración de los menús, tanto para los usuarios como para el personal.&lt;br /&gt;Las funciones de otro personal auxiliar que pudiera ser contratado, se adecuarán a las necesidades&lt;br /&gt;del Centro.&lt;br /&gt;12. DE LA GESTIÓN DEL CENTRO.&lt;br /&gt;Artículo 34.&lt;br /&gt;El régimen financiero del centro será el fijado en las bases de ejecución del presupuesto&lt;br /&gt;municipal.&lt;br /&gt;Artículo 35.&lt;br /&gt;El Centro tendrá autonomía para planificar y desarrollar actividades con arreglo a las&lt;br /&gt;directrices fijadas por el ayuntamiento.&lt;br /&gt;Artículo 36.&lt;br /&gt;Los diferentes conflictos que se presenten en los diferentes ámbitos del centro, serán&lt;br /&gt;resueltos por el órgano competente a la vista de las alegaciones o informes aportados.&lt;br /&gt;13. DEL CALENDARIO Y HORARIO.&lt;br /&gt;Artículo 37.&lt;br /&gt;La jornada laboral se ajustará al horario de apertura del centro y a las distintas funciones del&lt;br /&gt;personal.&lt;br /&gt;Artículo 38.&lt;br /&gt;El centro permanecerá abierto desde Septiembre hasta Julio, de lunes a viernes, excepto&lt;br /&gt;fiestas nacionales, regionales o locales. Así mismo, a principio de curso se entregará a los padres el&lt;br /&gt;calendario escolar en el que se especificarán los días que el centro permanecerá cerrado a lo largo&lt;br /&gt;del curso en vigor.&lt;br /&gt;Artículo 39.&lt;br /&gt;El horario de atención de los niños y niñas será de 8:00 de la mañana a las 15:30 de la&lt;br /&gt;tarde. Al realizar la matrícula los padres deben elegir el horario que mejor les convenga que deberá&lt;br /&gt;16&lt;br /&gt;permanecer invariable durante todo el curso escolar, salvo excepciones expresamente autorizadas&lt;br /&gt;por la Dirección del Centro.&lt;br /&gt;14. DE LA FINANCIACIÓN, CUOTAS Y CONTROL DE GASTOS.&lt;br /&gt;Artículo 40.&lt;br /&gt;El centro se financiará con cargo a los presupuestos del Ayuntamiento de Mocejón, sin&lt;br /&gt;perjuicio de las aportaciones de los usuarios.&lt;br /&gt;Artículo 41.&lt;br /&gt;La Corporación Municipal podrá realizar convenios o conciertos con organismos públicos o&lt;br /&gt;privados que posibiliten la financiación del centro.&lt;br /&gt;Artículo 42.&lt;br /&gt;Los padres aportarán una cuota en razón del uso y mantenimiento del centro y tendrán un&lt;br /&gt;carácter social y será regulada por la Ordenanza Municipal a tal efecto.&lt;br /&gt;El pago es de una matrícula por curso dividida en pagos mensuales, que se realizarán por&lt;br /&gt;domiciliación bancaria.&lt;br /&gt;Artículo 43.&lt;br /&gt;La cuantía de las cuotas será aprobada por la Corporación Municipal a principio de cada&lt;br /&gt;curso escolar.&lt;br /&gt;15. DE LA RELACIÓN CON LA COMUNIDAD.&lt;br /&gt;Artículo 44.&lt;br /&gt;De acuerdo a las finalidades del Centro, éste colaborará con particulares, profesionales,&lt;br /&gt;asociaciones, instituciones y servicios públicos o privados de acreditada competencia para la&lt;br /&gt;realización de las actividades o tareas en el ámbito cultural, educativo, sanitario o social.&lt;br /&gt;16. DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.&lt;br /&gt;Artículo 45.&lt;br /&gt;El presente reglamento podrá ser modificado posteriormente, por acuerdo plenario de la&lt;br /&gt;Corporación Municipal.&lt;br /&gt;Dª. Guadalupe Martín, del Grupo Socialista, pregunta si se han realizado las modificaciones&lt;br /&gt;que se vieron en la Comisión, a lo que se contesta que en efecto se han realizado las&lt;br /&gt;modificaciones.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones más, y tras solicitar que se remita el reglamento con su redacción&lt;br /&gt;final por correo electrónico, a lo que se contesta que no existe inconveniente, se somete a votación,&lt;br /&gt;siendo el mismo aprobado por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;QUINTO.-REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se explica a los presentes que tras las numerosas modificaciones efectuadas al&lt;br /&gt;Reglamento, el mismo se presenta a Pleno para su aprobación con el siguiente literal:&lt;br /&gt;"REGLAMENTO Y ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SERVICIO DE&lt;br /&gt;AYUDA A DOMICILIO”&lt;br /&gt;CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;17&lt;br /&gt;Art. 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y FINALIDAD.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Mocejon es una&lt;br /&gt;Prestación social de carácter complementaria , temporal y transitoria realizada en la&lt;br /&gt;residencia habitual del interesado, que proporciona, mediante personal cualificado&lt;br /&gt;(los/as Auxiliares de Ayuda a Domicilio) y supervisado directamente por los&lt;br /&gt;Trabajadores Sociales que conforman el Equipo Base de Servicios Sociales, una serie&lt;br /&gt;de intervenciones profesionales de carácter preventivo, formativo, asistencial y de&lt;br /&gt;rehabilitación social, dirigidas a personas y familias con dificultades para permanecer&lt;br /&gt;en su medio habitual,&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad promover, mantener o&lt;br /&gt;restablecer la autonomía personal de la persona o la familia con el fin de facilitar la&lt;br /&gt;permanencia en el medio habitual de vida evitando situaciones de desarraigo y&lt;br /&gt;desintegración social, así como internamientos innecesarios.&lt;br /&gt;Art. 2. OBJETIVOS QUE PERSIGUE ESTE SERVICIO&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio, en el que la Prestación se materializa, pretende&lt;br /&gt;conseguir los siguientes objetivos:&lt;br /&gt;-Mejorar la calidad de vida y la autonomía personal&lt;br /&gt;-Prevenir, evitar o retrasar el internamiento innecesario de personas que, con una&lt;br /&gt;alternativa adecuada, puedan permanecer en su medio habitual de vida.&lt;br /&gt;-Prevenir y atender situaciones coyunturales de crisis personales o familiares,&lt;br /&gt;proporcionando apoyo para evitar posibles deterioros.&lt;br /&gt;-Promover la convivencia del/la usuario/-a en su grupo familiar y en su entorno&lt;br /&gt;comunitario.&lt;br /&gt;-Favorecer la participación del/la usuario/a en la vida de la Comunidad.&lt;br /&gt;-Colaborar con las familias en los casos en que éstas, por sí mismas, no puedan&lt;br /&gt;atender totalmente las necesidades del/la usuario/a.&lt;br /&gt;-Apoyar a grupos familiares con menores a su cargo en sus responsabilidades de la&lt;br /&gt;vida diaria, siempre que en éstas exista una desestructuración u organización.&lt;br /&gt;-Favorecer en el/la usuario/a el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de&lt;br /&gt;vida adecuado.&lt;br /&gt;Art. 3. CONDICIONES DE ADMISIÓN.&lt;br /&gt;Podrán ser usuarios/as de la prestación de Ayuda a Domicilio todos aquellos&lt;br /&gt;individuos, familias u otras unidades de convivencia que carezcan de autonomía&lt;br /&gt;personal de tipo parcial o total, temporal o definitiva, para permanecer en su medio&lt;br /&gt;habitual de vida, y que reúnan los siguientes requisitos:&lt;br /&gt;a) Las personas que tengan reconocido algún grado o nivel de&lt;br /&gt;dependencia y se reconozca este servicio en su plan individual de&lt;br /&gt;actuación.&lt;br /&gt;b) Estar empadronados/as en el municipio de Mocejón.&lt;br /&gt;c) Requerir alguna/s de las modalidades contempladas en el articulo 4º&lt;br /&gt;del capítulo II de Prestaciones&lt;br /&gt;CAPÍTULO II: DEL CONTENIDO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.&lt;br /&gt;Art. 4. LAS MODALIDADES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A&lt;br /&gt;DOMICILIO SERÁN LAS SIGUIENTES:&lt;br /&gt;18&lt;br /&gt;Las modalidades de prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio son:&lt;br /&gt;- Ayuda a Domicilio Básica: Se prestará de lunes a viernes, preferentemente en&lt;br /&gt;horario de mañana y excepcionalmente en horario de tarde.&lt;br /&gt;- Ayuda a Domicilio Extraordinaria: Se prestará a aquellos usuarios de la&lt;br /&gt;prestación básica que necesariamente requieren la ayuda de otra persona para&lt;br /&gt;realizar actividades de autocuidado (acostarse y levantarse, aseo personal,&lt;br /&gt;vestirse y desvestirse).&lt;br /&gt;Su finalidad es la prestación de apoyo personal durante los fines de semana&lt;br /&gt;( sábados y domingos) y días festivos a personas con grandes dependencias para&lt;br /&gt;cuidar de sí mismas.&lt;br /&gt;Tipología de actuaciones.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio debe ofrecer una atención integral a los/as&lt;br /&gt;usuarios/as que dé respuesta a la totalidad de las necesidades del individuo y en la&lt;br /&gt;que resalta el carácter preventivo, educativo y asistencial de todas las actuaciones.&lt;br /&gt;Las actuaciones básicas contempladas en el presente Reglamento son las siguientes:&lt;br /&gt;A) Actuaciones de carácter doméstico.&lt;br /&gt;B) Actuaciones de carácter personal.&lt;br /&gt;C) Actuaciones de carácter educativo.&lt;br /&gt;D) Actuaciones de carácter socio-comunitario.&lt;br /&gt;A) Actuaciones de carácter doméstico.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter doméstico son aquellas actividades y tareas cotidianas&lt;br /&gt;que se realizan en el hogar, destinadas al fomento y mantenimiento de la autonomía&lt;br /&gt;personal y/o familiar.&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:&lt;br /&gt;-Relacionadas con la alimentación del/la usuario/a.&lt;br /&gt;-Preparación de alimentos en el hogar.&lt;br /&gt;-Compras y gestiones fuera del domicilio, que el usuario no pueda&lt;br /&gt;realizar por si mismo.&lt;br /&gt;-Lavado y planchado de ropa en el domicilio del/la usuario.&lt;br /&gt;-Repaso y ordenación de ropa.&lt;br /&gt;-Limpieza de la vivienda, de choque y ordinaria.&lt;br /&gt;No cubre, bajo ningún concepto, limpiezas generales o profundas que se&lt;br /&gt;hayan de realizar en la vivienda.&lt;br /&gt;B) Actuaciones de carácter personal.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter personal son aquellas actividades y tareas&lt;br /&gt;cotidianas que fundamentalmente recaen sobre el/la propio/a destinatario/a de la&lt;br /&gt;Prestación, dirigidas a promover y mantener su bienestar personal y social.&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes&lt;br /&gt;actividades y tareas:&lt;br /&gt;- Aseo, higiene personal y vestido del/la usuario/a.&lt;br /&gt;- Ayuda para su alimentación.&lt;br /&gt;- Compañía dentro y fuera del domicilio.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;19&lt;br /&gt;- Paseos con fines sociales y terapéuticos.&lt;br /&gt;- Control de alimentación del/la usuario/a.&lt;br /&gt;- Apoyo para la movilización de la persona dependiente dentro y/o&lt;br /&gt;fuera del hogar.&lt;br /&gt;- Acompañamiento para visitas médicas y gestiones que el usuario/a&lt;br /&gt;no pueda realizar por sí mismo.&lt;br /&gt;C) Actuaciones de carácter educativo.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter educativo son aquéllas que están dirigidas a&lt;br /&gt;fomentar hábitos de conducta y adquisición de habilidades básicas.&lt;br /&gt;Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes&lt;br /&gt;actividades&lt;br /&gt;- Organización económica y familiar.&lt;br /&gt;- Planificación de higiene familiar&lt;br /&gt;- Formación en hábitos de convivencia (familia, entorno, etc.).&lt;br /&gt;- Apoyo a la integración y socialización.&lt;br /&gt;- Educación en habilidades personales y sociales&lt;br /&gt;D) Actuaciones de carácter socio-comunitario.&lt;br /&gt;Las actuaciones de carácter socio-comunitario son aquellas actividades o&lt;br /&gt;tareas dirigidas a fomentar la participación del/a usuario/a en su comunidad y en&lt;br /&gt;actividades de ocio y tiempo libre.&lt;br /&gt;E) Ayudas Técnicas: TELEASISTENCIA&lt;br /&gt;Recurso complementario de la Ayuda a Domicilio que posibilita la&lt;br /&gt;atención permanente del usuario en situaciones de emergencia, mediante la&lt;br /&gt;instalación en el domicilio de terminales telefónicos conectados con un centro receptor&lt;br /&gt;de avisos.&lt;br /&gt;La solicitud se dirigirá a la Delegación Provincial de Bienestar Social de&lt;br /&gt;Toledo, quien emitirá resolución sobre el expediente, pudiendo realizarse a través del&lt;br /&gt;los Servicios Sociales municipales.&lt;br /&gt;Art. 5: Horario.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio se prestará principalmente de lunes a viernes&lt;br /&gt;en horario de mañana y excepcionalmente en horario de tarde.&lt;br /&gt;El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene carácter temporal o transitorio,&lt;br /&gt;debiendo la Resolución indicar la fecha de inicio.&lt;br /&gt;En la Ayuda a Domicilio Básica, el límite máximo de horas de prestación será&lt;br /&gt;de 52 horas por beneficiario y mes, salvo circunstancias excepcionales acreditadas&lt;br /&gt;por los Servicios Sociales de Base del municipio de residencia del usuario.&lt;br /&gt;Los limites establecidos en el presente reglamento se modificaran de forma&lt;br /&gt;automática aplicándose las normativas que puedan modificar estos límites, y en&lt;br /&gt;concreto la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a personas en&lt;br /&gt;situación de dependencia.&lt;br /&gt;20&lt;br /&gt;En la Ayuda a Domicilio Extraordinaria no podrán exceder de 2 horas por&lt;br /&gt;beneficiario y día, salvo lo indicado en el parágrafo anterior.&lt;br /&gt;CAPÍTULO III: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO&lt;br /&gt;Art. 6.- TITULARIDAD Y GESTION&lt;br /&gt;La prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio es competencia del&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón. El mismo asumirá la titularidad del Servicio, que podrá&lt;br /&gt;gestionar de forma directa o indirecta. En el caso de gestión indirecta, la Corporación&lt;br /&gt;Local mantendrá las funciones de coordinación, seguimiento, supervisión y evaluación.&lt;br /&gt;El procedimiento mediante el cual se realizará el Servicio de Ayuda a Domicilio&lt;br /&gt;será mediante la adjudicación del servicio en cualquiera de las formas de concertación&lt;br /&gt;o contrato que posibilite la legislación vigente, sin que, en ningún caso, ello signifique&lt;br /&gt;establecimiento de relación laboral entre el Ayuntamiento y los/as trabajadores/as de&lt;br /&gt;la empresa adjudicataria.&lt;br /&gt;Art. 7. MEDIOS HUMANOS.&lt;br /&gt;La realización de las prestaciones que contiene el Servicio de Ayuda a&lt;br /&gt;Domicilio se realizarán directamente a través de:&lt;br /&gt;1.-Trabajadores/as Sociales: Profesionales que reciben la demanda,&lt;br /&gt;realizan el estudio y valoración de la situación presentada y diseñan un&lt;br /&gt;proyecto de intervención adecuado. Asimismo son los responsables de&lt;br /&gt;la supervisión, seguimiento, coordinación y evaluación del servicio.&lt;br /&gt;2.-Educador/a: Profesional que orientará y formará en la creación o&lt;br /&gt;modificación de hábitos de convivencia como apoyo a la integración y&lt;br /&gt;socialización del/la usuario/a, principalmente en los casos que requieran&lt;br /&gt;intervención familiar.&lt;br /&gt;3.-Auxiliares de Ayuda a Domicilio: Profesionales encargados/as de&lt;br /&gt;realizar las tareas de carácter doméstico y personal bajo las&lt;br /&gt;orientaciones del equipo multidisciplinar del Centro de Servicios&lt;br /&gt;Sociales y el seguimiento del/la Trabajador/a Social.&lt;br /&gt;Si bien éste es el personal que directamente interviene en la prestación del&lt;br /&gt;Servicio de Ayuda a Domicilio, se contará con otro tipo de personal que se precise y&lt;br /&gt;se disponga para las tareas que sean necesarias.&lt;br /&gt;Art. 8. NORMAS GENERALES DE PROCEDIMIENTO.&lt;br /&gt;Iniciación.&lt;br /&gt;El procedimiento para la concesión de las prestaciones del Servicio de Ayuda a&lt;br /&gt;Domicilio podrá iniciarse de oficio, con el consentimiento de la persona interesada o a&lt;br /&gt;instancia de parte.&lt;br /&gt;a) De oficio.&lt;br /&gt;Si el procedimiento se inicia de oficio, lo será por acuerdo del órgano&lt;br /&gt;competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a&lt;br /&gt;petición razonada de otros órganos o por denuncia.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;21&lt;br /&gt;Respecto a la contabilización del plazo en los procedimientos iniciados de esta&lt;br /&gt;forma, el día de inicio será precisamente el de la resolución a partir de la cual se&lt;br /&gt;acuerde la incoación del procedimiento de oficio.&lt;br /&gt;En todo caso el procedimiento se ajustará a lo establecido en los artículo 68 a&lt;br /&gt;72 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las&lt;br /&gt;Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.&lt;br /&gt;b) A instancia de parte.&lt;br /&gt;En caso de iniciación a instancia de parte, las solicitudes deberán&lt;br /&gt;acompañarse en todos los casos de la siguiente documentación administrativa, como&lt;br /&gt;mínimo:&lt;br /&gt;- Instancia normalizada, debidamente cumplimentada.&lt;br /&gt;- Fotocopia del DNI del/la solicitante y de su cónyuge o pareja de hecho&lt;br /&gt;en su caso, así como del resto de miembros de la unidad familiar de&lt;br /&gt;convivencia.&lt;br /&gt;- Fotocopia del Libro de Familia.&lt;br /&gt;- Fotocopia del documento de cobertura de Asistencia Sanitaria.&lt;br /&gt;- Justificante de ingresos de la unidad familiar de convivencia, previo&lt;br /&gt;informe de la Trabajadora Social de las personas que habitan en la&lt;br /&gt;vivienda.&lt;br /&gt;- Fotocopia del la declaración del IRPF más reciente, en función de la&lt;br /&gt;fecha de la solicitud, o certificación negativa, en su caso , de no&lt;br /&gt;haberla realizado.&lt;br /&gt;Con independencia de esta documentación, el Ayuntamiento podrá exigir los&lt;br /&gt;documentos complementarios que, durante la tramitación del expediente, estime&lt;br /&gt;oportunos en relación con la prestación.&lt;br /&gt;Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de&lt;br /&gt;Mocejón o en los Registros de las oficinas descentralizadas sin perjuicio de lo&lt;br /&gt;previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las&lt;br /&gt;Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiéndose&lt;br /&gt;tener en cuenta que el cómputo del plazo para tramitar el procedimiento se producirá&lt;br /&gt;desde la entrada de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento.&lt;br /&gt;Art. 9 . TRAMITACIÓN.&lt;br /&gt;Si una solicitud no reuniera todos los datos y documentos exigidos por la&lt;br /&gt;presente normativa se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días,&lt;br /&gt;subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así&lt;br /&gt;no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose ésta sin más&lt;br /&gt;trámite.&lt;br /&gt;El /la Trabajador/a Social del Centro Municipal de Servicios Sociales, a la vista&lt;br /&gt;de la documentación presentada, elaborará el Informe social correspondiente,&lt;br /&gt;realizando en su caso visita domiciliaria si lo estima procedente, a fin de informar y&lt;br /&gt;emitir valoración y diagnóstico sobre la situación de necesidad en que se encuentra el&lt;br /&gt;22&lt;br /&gt;interesado, determinado el contenido, periodicidad e idoneidad de la prestación&lt;br /&gt;solicitada.&lt;br /&gt;El órgano municipal competente para resolver sobre la concesión o denegación&lt;br /&gt;del servicio es el Sr. Alcalde, salvo delegación expresa, para su ulterior remisión a la&lt;br /&gt;Delegación de Bienestar Social.&lt;br /&gt;La resolución estimatoria o denegatoria que ponga fin al procedimiento se&lt;br /&gt;producirá, previo tramite de audiencia al interesado.&lt;br /&gt;El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de seis&lt;br /&gt;meses.&lt;br /&gt;En caso de iniciación a instancia de parte el día de inicio del computo del plazo&lt;br /&gt;será aquel en el que la solicitud entre en el Registro General del Ayuntamiento, una&lt;br /&gt;vez que la documentación esté completa por el interesado o persona en quien&lt;br /&gt;delegue.&lt;br /&gt;La resolución que se dicte se notificará al interesado/a en el plazo máximo de&lt;br /&gt;diez dias, haciendo constar en la misma la concesión o denegación del servicio, o&lt;br /&gt;situación de pendiente de la prestación hasta que sea posible hacer efectiva la&lt;br /&gt;prestación del servicio, así como los recursos que sean procedentes contra dicha&lt;br /&gt;resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier&lt;br /&gt;otro que estimen procedente.&lt;br /&gt;La resolución deberá contener los siguientes extremos:&lt;br /&gt;a) Denegación o concesión del servicio.&lt;br /&gt;b) Condiciones de la concesión (duración, horario de prestación, etc.).&lt;br /&gt;c) Tasa o cuota mensual, en su caso, que abonará el/la beneficiario/a.&lt;br /&gt;d) Otras obligaciones o condiciones establecidas para el/a beneficiario/a.&lt;br /&gt;La falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados a instancia de&lt;br /&gt;interesado producirá efectos positivos, por lo que podrá entenderse estimada.&lt;br /&gt;La falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados de oficio&lt;br /&gt;producirá efectos negativos, por lo que podrá entenderse desestimada la concesión&lt;br /&gt;del servicio.&lt;br /&gt;Además de la resolución a la que se refiere el artículo anterior, pondrán fin al&lt;br /&gt;procedimiento el desistimiento, la renuncia, la declaración de caducidad, así como la&lt;br /&gt;imposibilidad material de continuarlo por la aparición de causas sobrevenidas.&lt;br /&gt;Una vez concedido el servicio, podrá modificarse tanto el contenido de la&lt;br /&gt;prestación como el tiempo asignado, en función de las variaciones que se produzcan&lt;br /&gt;en la situación del/a usuario/a que motivó la concesión inicial.&lt;br /&gt;Las modificaciones podrán producirse a petición del/a propio/a interesado/a,&lt;br /&gt;mediante solicitud suscrita por el mismo o a propuesta del profesional del Centro&lt;br /&gt;Municipal de Servicios Sociales, a la vista de los posibles cambios de la situación que&lt;br /&gt;motivó la concesión. En cualquier caso para la tramitación de la modificación será&lt;br /&gt;necesaria la valoración técnica correspondiente y el tramite de audiencia al interesado.&lt;br /&gt;Procedimiento especial.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;23&lt;br /&gt;Para atender casos de extrema urgencia, se procederá a la inmediata iniciación&lt;br /&gt;del Servicio de Ayuda a Domicilio a propuesta justificada del /la Trabajador/a Social de&lt;br /&gt;los Servicios Sociales de Base, sin perjuicio de su posterior tramitación de acuerdo&lt;br /&gt;con el procedimiento establecido al efecto.&lt;br /&gt;Las solicitudes se valorarán para la concesión de las prestaciones teniendo en&lt;br /&gt;cuenta las características sociales del/la usuario/a o de la familia, así como su grado&lt;br /&gt;de autonomía.&lt;br /&gt;CAPÍTULO IV : COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN.&lt;br /&gt;Art. 10. ALTAS.&lt;br /&gt;Concedido el Servicio, le será notificado al/la beneficiario/a o representante&lt;br /&gt;legal del/la mismo/a.&lt;br /&gt;En el inicio del Servicio de Ayuda a Domicilio se contará, desde el primer día de&lt;br /&gt;prestación y en el domicilio del perceptor, con la presencia del/la Trabajador/a Social y&lt;br /&gt;el/la Auxiliar de Ayuda a Domicilio, a fin de que todas las partes suscriban las&lt;br /&gt;condiciones en las que se prestará el Servicio.&lt;br /&gt;Se podrá realizar Acuerdo de condiciones de prestación del Servicio entre el/la&lt;br /&gt;Trabajador/a Social y el solicitante (guardador de hecho o representante legal, en su&lt;br /&gt;caso), firmado por ambas partes, si así se estimase conveniente.&lt;br /&gt;Asimismo el/la Trabajador/a Social velará para que una vez concedida la&lt;br /&gt;prestación, ésta se aplique correctamente.&lt;br /&gt;Art. 11. BAJAS&lt;br /&gt;Las bajas podrán ser Definitivas y Temporales&lt;br /&gt;A) Bajas Definitivas:&lt;br /&gt;Se producirán bajas definitivas por las siguientes situaciones:&lt;br /&gt;l.- Por voluntad o renuncia del/la interesado/a.&lt;br /&gt;2.- Si, a consecuencia de investigaciones, resultara que el/la&lt;br /&gt;beneficiario/a hubiera accedido a la prestación sin reunir los requisitos&lt;br /&gt;necesarios o, que hubiese dejado de reunirlos a posteriori.&lt;br /&gt;3.- Por incumplimiento, por parte del/la interesado/a, de los deberes y&lt;br /&gt;obligaciones inherentes al mismo, establecidos en el Art. 15 del&lt;br /&gt;presente Reglamento.&lt;br /&gt;4.- Por fallecimiento del/la usuario/a.&lt;br /&gt;5.- Por ingreso en residencia o cambio de domicilio a otro municipio, por&lt;br /&gt;tiempo superior a dos meses&lt;br /&gt;6.- Por la aparición de causas sobrevenidas que produzcan la&lt;br /&gt;imposibilidad material de continuar con la prestación del servicio.&lt;br /&gt;7.- Por finalización del período de prestación concedido.&lt;br /&gt;8.- Variación de las circunstancias que dieron lugar a la prestación,&lt;br /&gt;remisión o cese de la situación de necesidad.&lt;br /&gt;9.- Mal uso del Servicio o no colaboración con la auxiliar de Ayuda a&lt;br /&gt;domicilio, por el familiar responsable.&lt;br /&gt;La Baja en la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio se cumplimentará en&lt;br /&gt;un documento suscrito por el/la Trabajador/a Social del Centro correspondiente y&lt;br /&gt;24&lt;br /&gt;contendrá los datos de identificación del/a usuario/a y los motivos por los que causa&lt;br /&gt;Baja, así como la fecha en que se dejará de prestar el Servicio.&lt;br /&gt;En los casos de Baja señalados en el segundo y tercer supuestos, se dará&lt;br /&gt;audiencia al/la interesado/a, para que en el plazo de DIEZ días hábiles formule las&lt;br /&gt;alegaciones y presente las pruebas que estime oportunas. Transcurrido dicho plazo se&lt;br /&gt;continuará el procedimiento, aunque el/la solicitante no hubiere ejercitado su derecho.&lt;br /&gt;B) Bajas Temporales.&lt;br /&gt;La Baja Temporal será aquella en la que el/la usuario/a se ausente de su&lt;br /&gt;domicilio por diversas causas (ingreso en residencia, hospital u otro lugar) o no&lt;br /&gt;requiera de las prestaciones concedidas por disponer de otros apoyos de forma&lt;br /&gt;provisional, para lo cual el/la usuario/a tendría obligación de comunicar la ausencia del&lt;br /&gt;Servicio y el derecho a solicitar reanudación del mismo, siempre por escrito.&lt;br /&gt;La ausencia temporal del domicilio o traslado indefinido de residencia. La&lt;br /&gt;ausencia temporal por periodos inferiores a 6 meses dará lugar a la suspensión de la&lt;br /&gt;prestación por el tiempo de su duración y la reincorporación estará condicionada a la&lt;br /&gt;existencia de plazas vacantes. No se considerará baja temporal el periodo inferior a&lt;br /&gt;dos meses cuando por motivos socio-sanitarios se necesite el traslado con familiares o&lt;br /&gt;internamientos en centros sanitarios.&lt;br /&gt;En periodos diferentes a los marcados por ley hasta seis meses o inferiores, se&lt;br /&gt;pagara la cuota mensual establecida por la reserva de plaza, salvo circunstancias&lt;br /&gt;debidamente informadas por los Servicios sociales.&lt;br /&gt;CAPÍTULO V: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO&lt;br /&gt;Art. 12. SEGUIMIENTO&lt;br /&gt;Una vez iniciado el Servicio se llevará a cabo el seguimiento del caso, que se&lt;br /&gt;efectuará por el/la Trabajador/a Social del Centro Municipal de Servicios Sociales&lt;br /&gt;correspondiente, reflejándose en el expediente del/a usuario/a.&lt;br /&gt;CAPÍTULO VI: REVISIONES&lt;br /&gt;Art. 13. Si una vez asignado el Servicio de Ayuda a Domicilio se comprueba que los&lt;br /&gt;datos proporcionados por el/la usuario/a no son ciertos, se procederá a la corrección&lt;br /&gt;de los mismos, como asimismo se realizará la actualización de los datos económicos&lt;br /&gt;de la Unidad de convivencia de forma anual.&lt;br /&gt;También podrán ser revisados los horarios de prestación del servicio&lt;br /&gt;establecidos, reservándose el derecho el Excelentísimo Ayuntamiento de Mocejón de&lt;br /&gt;hacer las modificaciones pertinentes en base al estado de necesidad del usuario y a la&lt;br /&gt;demanda existente en cada momento.&lt;br /&gt;Anualmente, se presentara declaración anual de ingresos actualizados, en el&lt;br /&gt;departamento de servicios social, previa petición por escrito de este departamento, al&lt;br /&gt;objeto de la actualización de cuotas mensuales.&lt;br /&gt;CAPÍTULO VII: DEBERES Y DERECHOS DEL PERCEPTOR DEL SERVICIO DE&lt;br /&gt;AYUDA A DOMICILIO&lt;br /&gt;Art. 14. DERECHOS&lt;br /&gt;Los/as usuarios/as de la Prestación de Ayuda a Domicilio tendrán derecho a:&lt;br /&gt;- Recibir la prestación respetando en todo momento su individualidad y dignidad&lt;br /&gt;personal.&lt;br /&gt;- Recibir adecuadamente la prestación con el contenido y la duración que en cada&lt;br /&gt;caso se considere.&lt;br /&gt;- Ser orientados/as hacia los recursos alternativos que, en su caso, resulten&lt;br /&gt;necesarios.&lt;br /&gt;- Ser informados/as sobre el estado de tramitación de su expediente.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;25&lt;br /&gt;- Ser informados/as puntualmente de las modificaciones que pudieran producirse en el&lt;br /&gt;régimen de la prestación.&lt;br /&gt;- Ser oídos/as por cuantas incidencias se observen en la prestación del Servicio, así&lt;br /&gt;como en la calidad del trato humano dispensado.&lt;br /&gt;Art. 15. DEBERES&lt;br /&gt;Los usuarios de la Prestación de Ayuda a Domicilio tendrán los siguientes&lt;br /&gt;deberes u obligaciones:&lt;br /&gt;1) Facilitar el ejercicio de las tareas de los/as profesionales que atiendan el Servicio,&lt;br /&gt;así como poner a su disposición los medios materiales adecuados para el desarrollo&lt;br /&gt;de dichas tareas.&lt;br /&gt;2) Ser correctos/as y cordiales en el trato con las personas que prestan el Servicio,&lt;br /&gt;respetando sus funciones profesionales.&lt;br /&gt;3) Corresponsabilizarse en el coste de la prestación en función de su capacidad&lt;br /&gt;económica y patrimonial según baremo aplicado, debiendo abonar mensualmente&lt;br /&gt;dicha coste a través de entidad bancaria donde el beneficiario lo domicilie.&lt;br /&gt;4) Informar de cualquier cambio que se produzca en su situación personal, familiar,&lt;br /&gt;social y económica que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de&lt;br /&gt;la Prestación de Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;5) Comunicar con una antelación mínima de 24 horas al Trabajador/a Social de&lt;br /&gt;cualquier traslado fuera del domicilio que impida la prestación del servicio, o ausencia&lt;br /&gt;del domicilio en el tiempo de prestación.&lt;br /&gt;6) Comunicar al Centro Municipal de Servicios Sociales cualquier anomalía en la&lt;br /&gt;prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.&lt;br /&gt;7) No encomendar al Auxiliar de Ayuda a Domicilio cualquier otra tarea no establecida&lt;br /&gt;por el Trabajador Social.&lt;br /&gt;8) Cumplir los acuerdos establecidos en el Plan de Trabajo o Intervención previo a la&lt;br /&gt;implementación del servicio.&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINALES&lt;br /&gt;PRIMERA&lt;br /&gt;Se faculta al Ilustrísimo Señor Alcalde y por su delegación al Concejal/a&lt;br /&gt;Delegado/a de Bienestar Social para dictar las disposiciones internas oportunas que&lt;br /&gt;puedan complementar los apartados contenidos en estas normas.&lt;br /&gt;SEGUNDA&lt;br /&gt;Estas normas, una vez aprobadas definitivamente entrarán en vigor a partir de&lt;br /&gt;su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia en estracto, y previo cumplimiento&lt;br /&gt;de los trámites establecidos en los arts. 65.2 y 70 de la Ley 7/85 de 2 de abril&lt;br /&gt;Reguladora de las Bases del Régimen Local.&lt;br /&gt;TERCERA&lt;br /&gt;La financiación para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio se&lt;br /&gt;realizará con cargo al Presupuesto municipal, los convenios suscritos en materia de&lt;br /&gt;Bienestar Social y la aportación de los ususarios.&lt;br /&gt;ANEXO 1&lt;br /&gt;BAREMO DE CONTRAPRESTACIONES&lt;br /&gt;I.P.R.E.M. - Se tendrá en cuenta como dato sobre el que se aplicarán los porcentajes&lt;br /&gt;de la siguiente tabla.&lt;br /&gt;26&lt;br /&gt;El porcentaje aplicado a cada beneficiario de prestaciones de Servicios&lt;br /&gt;Sociales Básicos, firmado a tal efecto entre el Ayuntamiento y la Junta de&lt;br /&gt;Comunidades de Castilla la Mancha.&lt;br /&gt;RENTA PERSONAL&lt;br /&gt;ANUAL&lt;br /&gt;(% I.P.R.E.M. )&lt;br /&gt;APORTACIÓN USUARIO&lt;br /&gt;SAD BASICA&lt;br /&gt;(33,33% sobre precio/hora)&lt;br /&gt;APORTACIÓN USUARIO&lt;br /&gt;SAD EXTRAORDINARIA&lt;br /&gt;(33,33% sobre precio/hora)&lt;br /&gt;Hasta 50 % I.P.R.E.M. 10 % 20 %&lt;br /&gt;Entre 50% y 75% I.P.R.E.M. 20 % 40%&lt;br /&gt;Entre 75% y 100%&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;40 % 80 %&lt;br /&gt;Entre 100% y 115%&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;60 % 90%&lt;br /&gt;Entre 115% y 125%&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;80 % 100%&lt;br /&gt;A partir de 125% I.P.R.E.M. 100 % 100%&lt;br /&gt;(*) Dichas cantidades se irán actualizando anualmente conforme al incremento del&lt;br /&gt;I.P.R.E.M.&lt;br /&gt;SISTEMA PARA CALCULAR LA RENTA PERSONAL ANUAL (R.P.A.)&lt;br /&gt;1. Las cuotas a satisfacer por los usuarios del servicio serán mensuales.&lt;br /&gt;2. El pago del precio público se efectuará mediante cargo en la cuenta bancaria&lt;br /&gt;que indique el beneficiario del servicio, previa presentación firmada de la&lt;br /&gt;correspondiente autorización bancaria al formalizar la solicitud, en el siguiente periodo:&lt;br /&gt;El pago se efectuará en los días 1 al 10 del mes siguiente al de la prestación&lt;br /&gt;del servicio.&lt;br /&gt;3. Los ingresos a tener en cuenta para determinar la renta per cápita de la&lt;br /&gt;unidad de convivencia se fijarán en función de las tareas a prestar por el servicio.&lt;br /&gt;Así, si son tareas que redunden en beneficio de los convivientes, se&lt;br /&gt;computaran los ingresos anuales totales de la unidad familiar, procedentes de nóminas&lt;br /&gt;o salarios, pensiones, intereses, rentas y cualquiera otro, y se dividirán por el numero&lt;br /&gt;de personas que compongan la unidad familiar. Si, por el contrario, son tareas de un&lt;br /&gt;solo beneficiario directo (atención personal) se computaran sólo los ingresos anuales&lt;br /&gt;totales del solicitante. Cuando se prestan tareas de uno y otro tipo se computan todos&lt;br /&gt;los ingresos.&lt;br /&gt;Quedan fuera de este criterio los matrimonios o parejas de hecho en los que&lt;br /&gt;siempre se computarán los ingresos de ambos.&lt;br /&gt;Cuando la vivienda donde se presta el servicio, que deberá ser la residencia&lt;br /&gt;habitual del beneficiario, lo fuera en régimen de alquiler para éste, el coste del alquiler&lt;br /&gt;se deducirá como gasto de los ingresos computables.&lt;br /&gt;4. En los supuestos en los que el solicitante de Ayuda a Domicilio viva solo,&lt;br /&gt;para el calculo de la renta per capita, se procederá a dividir sus ingresos entre 1,5.&lt;br /&gt;5. En caso de trabajadores autónomos, se considerarán los ingresos anuales&lt;br /&gt;brutos, los declarados en el resumen anual del IVA y en la declaración del Impuesto&lt;br /&gt;sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio inmediato anterior.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;27&lt;br /&gt;6.- Los Servicios Sociales podrán tener en cuenta a la hora de fijar las rentas&lt;br /&gt;cualesquiera datos que sin estar establecidos directamente en la presente ordenanza,&lt;br /&gt;puedan afectar a la renta per capita, tales como otras rentas o ayudas, patrimonio,&lt;br /&gt;etc.&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, la cual manifiesta que votara a favor, si bien, indica&lt;br /&gt;que mantiene la discrepancia en lo relativo a que se incluya la posibilidad de la gestión indirecta, y la&lt;br /&gt;Teleasistencia.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. Alcalde D. Placido Martín Barriyuso el cual antes de proceder a la&lt;br /&gt;votación, desea aclarar una afirmación de Dª. Guadalupe, la cual dijo que el Reglamento no había&lt;br /&gt;sido visto por Dª. Concepción Vázquez, Trabajadora Social del Ayuntamiento, y que él mismo ha&lt;br /&gt;hablado con la trabajadora la cual le ha manifestado que si conocía perfectamente el Reglamento.&lt;br /&gt;Contesta Dª. Guadalupe Martín, que ella en ningún momento ha pretendido dejar a nadie&lt;br /&gt;por mentiroso, y que se han tergiversado sus palabras, pues lo que afirmo en relación a que ese&lt;br /&gt;Reglamento no había sido visto por la Trabajadora Social, lo dijo no como afirmación, sino en el&lt;br /&gt;sentido de que le parecía que el contenido del Reglamento originario era incompatible con la&lt;br /&gt;profesionalidad de la Trabajadora Social.&lt;br /&gt;Sometido el asunto a votación, el Reglamento es aprobado por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;SEXTO.- PRORROGA DEL CONTRATO CON AL EMPRESA TAURINA JUCAR TOROS&lt;br /&gt;PARA EL 2008.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que se ha planteado desde la Concejalia de&lt;br /&gt;Festejos la posibilidad de prorrogar el contrato existente con la mercantil Jucar Toros el contrato&lt;br /&gt;existente, con las modificaciones que fuesen precisas para los festejos taurinos de Septiembre de&lt;br /&gt;2008.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal de I.U. D. Pedro García, el cual manifiesta que no le parece&lt;br /&gt;razonable dejar los festejos en manos de empresarios privados, y que debe de ser el Ayuntamiento&lt;br /&gt;el que organice los festejos como se hacia anteriormente, a través del Ayuntamiento como empresa&lt;br /&gt;taurina. Añade que lo que hace falta es trabajar más desde la Administración y el Gobierno, pero que&lt;br /&gt;lo más fácil es tirar con pólvora de rey, que se critico la actuación del P.S.O.E. cuando contrato los&lt;br /&gt;toros y ahora se hace lo mismo.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que él tiene el conocimiento de épocas más antiguas, pero que&lt;br /&gt;ahora ha podido comprobar que los costes son muy superiores y que a través de la contratación con&lt;br /&gt;Jucar Toros, los festejos han sido razonables tanto en los costes como en la calidad de los mismos,&lt;br /&gt;comprobándose que se ahorra dinero sin detrimento de la calidad. Que es por ello que propone la&lt;br /&gt;prorroga, porque considera que es lo mejor para el pueblo, y que admite que ha criticado esta&lt;br /&gt;situación pero al conocer el fondo, considera que rectificar es de sabios.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal de Festejos D. Roberto Ortega, el cual manifiesta que el&lt;br /&gt;Concejal D. Pedro García, acusa sin tener en cuenta los datos, que desacredita diciendo que desde&lt;br /&gt;la Concejalia no se trabaja y en definitiva que lo único que pretende es quedar de protagonista&lt;br /&gt;injuriando y sin saber.&lt;br /&gt;Se forma un intenso debate entre los dos concejales en relación a datos económicos y si los&lt;br /&gt;mismos son o no verdaderos cortando el debate el Sr. Alcalde que cede la palabra al Concejal del&lt;br /&gt;Grupo Socialista D. Luis Rivera, el cual manifiesta que votaran a favor, pues fue con su gobierno&lt;br /&gt;cuando se contrato a la empresa Jucar Toros, y que por tanto considera positivo no solo la prorroga,&lt;br /&gt;sino que además se demuestra con la rectificación del Grupo Popular que la actuación del Gobierno&lt;br /&gt;28&lt;br /&gt;anterior fue plenamente acertada, lo cual le congratula y asimismo felicita al Gobierno Popular por la&lt;br /&gt;rectificación.&lt;br /&gt;Sometido el asunto a votación, por Diez votos a favor de los Grupos Popular y Socialista, y&lt;br /&gt;el voto en contra de I.U., se acuerda prorrogar con las modificaciones que se acuerden en la&lt;br /&gt;Comisión de Fiestas, el contrato existente con la mercantil Jucar Toros para la organización de los&lt;br /&gt;festejos taurinos de Septiembre de 2008.&lt;br /&gt;SEPTIMO.- BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE&lt;br /&gt;OFICIAL/MONITOR DE JARDINERIA.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da lectura a las bases preparadas que resultan del siguiente literal:&lt;br /&gt;Bases para cubrir mediante concurso-oposición una plaza de personal laboral fijo&lt;br /&gt;OFICIAL/MONITOR DE JARDINERIA.&lt;br /&gt;1.- NORMAS GENERALES.&lt;br /&gt;1.1.- Número de plazas y sistema de provisión: Se convocan pruebas selectivas para cubrir&lt;br /&gt;en propiedad, por el procedimiento de concurso oposición una plaza de personal laboral fijo,&lt;br /&gt;encuadrada en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, denominada&lt;br /&gt;Jardinero/Monitor de jardinería, dotada con los emolumentos correspondientes a su grupo y&lt;br /&gt;complementos. A jornada completa.&lt;br /&gt;1.1.1.- Funciones:&lt;br /&gt;Serán las fijadas en la Relación de Puestos de Trabajo, entre otras, trabajos de&lt;br /&gt;mantenimiento y, conservación de parques, jardines, estanques y zonas verdes, así como&lt;br /&gt;desempeñar las tareas de monitor de jardinería en el Centro Ocupacional de Mocejón.&lt;br /&gt;1.2.- La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/85,&lt;br /&gt;de 2 de abril, Real Decreto 781/86, de 18 de abril, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 364/95&lt;br /&gt;de 10 de marzo, LEBEP y resto de normativa concordante y aplicable.&lt;br /&gt;1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.&lt;br /&gt;El procedimiento selectivo se iniciará con la fase de concurso, cuya puntuación en ningún&lt;br /&gt;caso valdrá para superar la fase de oposición; en la oposición será necesario superar todos y cada&lt;br /&gt;uno de los ejercicios de esta fase con una nota de 5 puntos. La nota de la fase de oposición se&lt;br /&gt;obtendrá por la media aritmética de cada uno de los ejercicios.&lt;br /&gt;Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán linealmente a los obtenidos en la&lt;br /&gt;fase de oposición, y nunca podrán ser empleados para alcanzar la nota mínima en la fase de&lt;br /&gt;oposición. De dicha suma se obtendrá la puntuación final del opositor.&lt;br /&gt;1.3.1. Fase de concurso.&lt;br /&gt;a) En la fase de concurso se valorará con un máximo de dos puntos la experiencia del&lt;br /&gt;opositor en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, al amparo de lo dispuesto en el art. 39 de&lt;br /&gt;la Ley 50/1998, de 30 de diciembre (B.O.E. n.º 313, de 31/12) de Medidas Fiscales, Administrativas&lt;br /&gt;y de Orden Social, conforme al siguiente baremo.&lt;br /&gt;Se valorará con una puntuación de 0,1 puntos cada mes de servicio efectivo como&lt;br /&gt;Jardinero, prestado en la Administración Pública, en régimen laboral, y con un máximo de 2 puntos.&lt;br /&gt;Dichos méritos se acreditarán mediante copia auténtica expedida por la Administración de&lt;br /&gt;origen del contrato laboral y certificado de empresa.&lt;br /&gt;b) se valorará con un máximo de 2 puntos la experiencia como monitor de jardinería en&lt;br /&gt;cualquier centro ocupacional o experiencia similar con personas discapacitadas a razón de 0,1&lt;br /&gt;puntos por mes de servicio efectivo.&lt;br /&gt;Dichos méritos se acreditarán mediante copia auténtica expedida por la Administración de&lt;br /&gt;origen del contrato laboral y/o certificado de empresa o del centro en el que se prestaron los&lt;br /&gt;servicios.&lt;br /&gt;1.3.2. Fase de oposición.&lt;br /&gt;Los ejercicios de la oposición serán dos, obligatorios y eliminatorios cada uno de ellos.&lt;br /&gt;Primer ejercicio.- Consistirá en contestar a un test de 20 preguntas con respuestas&lt;br /&gt;alternativas, relativo al contenido de los temas del Anexo I (parte general y especial) de las presentes&lt;br /&gt;bases, de las cuáles existirá una sola correcta. Dicho test se valorará con una puntuación de 0 a 10,&lt;br /&gt;siendo imprescindible obtener una puntuación de cinco. Las respuestas incorrectas valoraran&lt;br /&gt;negativamente a razón de 0,2 puntos cada una.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;29&lt;br /&gt;Segundo ejercicio.- Consistirá en una prueba práctica en la que el aspirante deberá acreditar&lt;br /&gt;el conocimiento del oficio, las plantas, sus características, manejo y destreza necesario en el uso de&lt;br /&gt;aparatos, maquinarias, herramientas y utillajes propios de la jardinería.&lt;br /&gt;2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.&lt;br /&gt;2.1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán&lt;br /&gt;reunir los siguientes requisitos:&lt;br /&gt;1º.- Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea&lt;br /&gt;o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los&lt;br /&gt;términos previstos en la Ley 17/93 de 23 de diciembre.&lt;br /&gt;2º.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las&lt;br /&gt;Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de&lt;br /&gt;funciones públicas. Los nacionales de los demás Estados a que se hace referencia en el apartado&lt;br /&gt;anterior, deberán acreditar, además de su nacionalidad y del resto de requisitos, no estar sometidos&lt;br /&gt;a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.&lt;br /&gt;Dicha acreditación se efectuará mediante certificados expedidos por las autoridades competentes de&lt;br /&gt;sus países de origen.&lt;br /&gt;3º.- Tener cumplidos dieciocho años de edad.&lt;br /&gt;4º.- No padecer enfermedad, defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las&lt;br /&gt;correspondientes funciones.&lt;br /&gt;5º.- Estar en posesión, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias,&lt;br /&gt;del Graduado Escolar.&lt;br /&gt;6º.- Estar en posesión, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias,&lt;br /&gt;del Permiso de Conducción, Clase B.&lt;br /&gt;3. SOLICITUDES.&lt;br /&gt;3.1. Forma.- Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo deberán&lt;br /&gt;venir debidamente firmadas por el interesado y en ella los aspirantes consignarán nombre, apellidos,&lt;br /&gt;domicilio, número de D.N.I., y manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas&lt;br /&gt;en la base segunda de la convocatoria, referida siempre a la fecha de expiración del plazo señalado&lt;br /&gt;para la presentación de instancias.&lt;br /&gt;Cada aspirante, al presentar su instancia, acompañará los justificantes, originales o copias&lt;br /&gt;compulsadas por la Administración de origen, que acrediten los méritos alegados en la fase de&lt;br /&gt;concurso, y el resguardo de haber abonado los derechos de examen que se fijan en la cantidad de&lt;br /&gt;30,00 euros, mediante ingreso en cuenta bancaria a nombre de este Ayuntamiento.&lt;br /&gt;3.2.- Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días&lt;br /&gt;naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de convocatoria en el "Boletín&lt;br /&gt;Oficial del Estado", una vez publicadas las bases de la convocatoria en el B.O.P.&lt;br /&gt;3.3.- Lugar de presentación: El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se&lt;br /&gt;presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Mocejón, en horas de ocho a catorce treinta&lt;br /&gt;de cualquiera de los días hábiles del plazo indicado en el apartado 3.2.&lt;br /&gt;Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la&lt;br /&gt;Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y&lt;br /&gt;Procedimiento Administrativo Común; en este caso los interesados deberán adelantar dentro del&lt;br /&gt;plazo de presentación de solicitudes un fax con la copia de la solicitud sellada por correos y del&lt;br /&gt;resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. (FAX Nº 925360079).&lt;br /&gt;4. ADMISIÓN DE CANDIDATOS.&lt;br /&gt;4.1.- Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes&lt;br /&gt;manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en al base&lt;br /&gt;dos, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de&lt;br /&gt;instancias.&lt;br /&gt;4.2.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará&lt;br /&gt;resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La&lt;br /&gt;resolución se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación, y en el B.O.P., y contendrá la&lt;br /&gt;relación nominal de los aspirantes excluidos con su correspondiente documento nacional de&lt;br /&gt;identidad, e indicación de las causas y del plazo de subsanación de los defectos, así como el lugar&lt;br /&gt;en el que se encuentran expuestas al público las listas certificadas y completas de los aspirantes&lt;br /&gt;admitidos y excluidos.&lt;br /&gt;30&lt;br /&gt;4.3.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición&lt;br /&gt;de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley de Régimen Jurídico&lt;br /&gt;de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.&lt;br /&gt;5. COMPOSICIÓN, CONSTITUCIÓN Y ACTUACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE&lt;br /&gt;SELECCIÓN.&lt;br /&gt;5.1.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, designado conforme al LEBEP, estará&lt;br /&gt;compuesto por los miembros que se indican en el Anexo II, y se dará a conocer en la Resolución de&lt;br /&gt;aprobación definitiva de las listas de aspirantes.&lt;br /&gt;5.2.- Abstención: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo&lt;br /&gt;cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Procedimiento&lt;br /&gt;Administrativo, notificándolo a la Alcaldía Presidencia.&lt;br /&gt;5.3.- Recusación: Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando&lt;br /&gt;concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la L.R.J.A.P. y P.A.C.&lt;br /&gt;5.4.- Actuación y Constitución del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la&lt;br /&gt;asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros, titulares o suplentes.&lt;br /&gt;El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que&lt;br /&gt;surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación&lt;br /&gt;procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados&lt;br /&gt;en los supuestos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.&lt;br /&gt;El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para&lt;br /&gt;todos o algunos de los ejercicios señalados, así como adoptar el tiempo y medios de realización de&lt;br /&gt;los ejercicios de los aspirantes minusválidos, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con&lt;br /&gt;los demás participantes.&lt;br /&gt;5.5.- Revisión de Resoluciones del Tribunal: Las resoluciones del Tribunal vinculan a la&lt;br /&gt;Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo&lt;br /&gt;previsto en el artículo 102 y siguientes de la L.R.J.A.P. y P.A.C., en cuyo caso habrán de practicarse&lt;br /&gt;de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.&lt;br /&gt;5.6.- Clasificación del Tribunal: El Tribunal a los efectos de percepción de asistencias se&lt;br /&gt;clasifica en la categoría 3ª del Decreto 463/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del&lt;br /&gt;servicio.&lt;br /&gt;6. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS.&lt;br /&gt;6.1.- Programa.- El Programa que ha de regir la convocatoria es el que se publica como&lt;br /&gt;Anexo I a la misma.&lt;br /&gt;6.2.- Calendario de Realización de Pruebas: La fecha, hora y lugar de la celebración del&lt;br /&gt;primer ejercicio de las pruebas selectivas, se dará a conocer en la publicación de las listas a que se&lt;br /&gt;refiere la Base 4.2.&lt;br /&gt;6.3.- Identificación de los aspirantes: El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los&lt;br /&gt;aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del Documento Nacional de&lt;br /&gt;Identidad.&lt;br /&gt;6.4.- Llamamiento y Orden de Actuación de los Aspirantes: Los aspirantes serán&lt;br /&gt;convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, invocados con&lt;br /&gt;anterioridad debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio.&lt;br /&gt;La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento&lt;br /&gt;de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo&lt;br /&gt;ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia, del procedimiento selectivo. El&lt;br /&gt;orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizar&lt;br /&gt;conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el aspirante que salga elegido en el&lt;br /&gt;sorteo que al efecto se realizará y anunciará oportunamente.&lt;br /&gt;6.5.- Los dos ejercicios de la fase de oposición se realizarán de forma continuada, dentro de&lt;br /&gt;la misma jornada.&lt;br /&gt;7. CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS.&lt;br /&gt;7.1.- Los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo&lt;br /&gt;eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.&lt;br /&gt;El número de puntos que podrán ser otorgados por cada Miembro del Tribunal en cada uno&lt;br /&gt;de los ejercicios será de cero a diez.&lt;br /&gt;Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos&lt;br /&gt;miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la&lt;br /&gt;calificación definitiva.&lt;br /&gt;7.2.- Calificación Definitiva, Orden de colocación y Empates de puntuación: La calificación&lt;br /&gt;definitiva de los aspirantes que hubiesen superado todos y cada uno de los ejercicios estará&lt;br /&gt;determinada por la suma de las calificaciones parciales.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;31&lt;br /&gt;El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se&lt;br /&gt;establecerá de mayor a menor puntuación.&lt;br /&gt;En los supuestos de puntuaciones iguales, los empates se resolverán atendiendo a la mayor&lt;br /&gt;puntuación en cada uno de los ejercicios y por su orden de realización, en su defecto por sorteo.&lt;br /&gt;8. LISTA DE SELECCIONADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL.&lt;br /&gt;8.1.- Publicación de la lista: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará&lt;br /&gt;la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, no&lt;br /&gt;pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.&lt;br /&gt;8.2.- Elevación de la lista y Acta de la última sesión: Simultáneamente a su publicación, el&lt;br /&gt;Tribunal elevará la relación expresada a la Alcaldía Presidencia junto con la pertinente propuesta de&lt;br /&gt;nombramiento. Al propio tiempo, remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.&lt;br /&gt;9. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.&lt;br /&gt;9.1.- Documentos exigibles: Los aspirantes propuestos aportarán a la Secretaría General del&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de&lt;br /&gt;capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:&lt;br /&gt;a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.&lt;br /&gt;b) Fotocopia autentificada o fotocopia (que deberá presentarse acompañada del original&lt;br /&gt;para su compulsa) del título académico referido en la Base 2.1., o justificante de haber abonado los&lt;br /&gt;derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente a los exigidos,&lt;br /&gt;habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación que acredite la&lt;br /&gt;citada equivalencia. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó&lt;br /&gt;el plazo de presentación de instancias, deberán justificar el momento en que concluyeron los&lt;br /&gt;estudios.&lt;br /&gt;c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente&lt;br /&gt;disciplinario, del Servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio&lt;br /&gt;de funciones públicas.&lt;br /&gt;d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que&lt;br /&gt;imposibilite el normal ejercicio de la función a desempeñar.&lt;br /&gt;9.2.- Plazo: El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales, contados&lt;br /&gt;a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el Tablón de Anuncios del&lt;br /&gt;Ayuntamiento.&lt;br /&gt;9.3.- Excepciones: Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exentos&lt;br /&gt;de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior&lt;br /&gt;nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan,&lt;br /&gt;acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.&lt;br /&gt;9.4.- Falta de presentación de documentos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 del&lt;br /&gt;Reglamento General para ingreso en la Administración Pública, quienes dentro del plazo indicado en&lt;br /&gt;el artículo 9.2 y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren su documentación o no reunieran&lt;br /&gt;los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin&lt;br /&gt;perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando&lt;br /&gt;tomar parte en la Convocatoria.&lt;br /&gt;9.5.- Nombramiento: Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se&lt;br /&gt;refiere la Base 9.1 anterior, la Alcaldía Presidencia procederá al nombramiento de los aspirantes&lt;br /&gt;seleccionados como Personal Laboral Fijo, hasta el límite de las plazas anunciadas y que se hallen&lt;br /&gt;dotadas presupuestariamente.&lt;br /&gt;10. TOMA DE POSESIÓN.&lt;br /&gt;10.1.- Plazo: Una vez aprobada la propuesta de nombramiento que formule el Tribunal&lt;br /&gt;Calificador a la Alcaldía Presidencia, los incluidos en la misma deberán formalizar el correspondiente&lt;br /&gt;contrato de trabajo en el plazo que determine la Corporación.&lt;br /&gt;10.2.- Formalidades: Para la toma de posesión, los interesados comparecerán durante&lt;br /&gt;cualquiera de los días expresados y en horas hábiles de oficina, en la Secretaría General de este&lt;br /&gt;Ayuntamiento, en cuyo momento, y como requisitos previos a la extensión de la diligencia que la&lt;br /&gt;constate, deberán formular declaración jurada, en los impresos al efecto establecidos, de las&lt;br /&gt;actividades que estuvieran ejerciendo.&lt;br /&gt;10.3.- Quienes sin causa justificada no atendieran lo establecido en los dos párrafos&lt;br /&gt;anteriores quedarán en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la&lt;br /&gt;convocatoria y del subsiguiente nombramiento.&lt;br /&gt;32&lt;br /&gt;ANEXO I&lt;br /&gt;TEMARIO&lt;br /&gt;PARTE GENERAL&lt;br /&gt;TEMA 1.La Constitución Española de 1978: Significado y estructura. Principios generales.&lt;br /&gt;Reforma de la Constitución.&lt;br /&gt;TEMA 2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades&lt;br /&gt;Autónomas. Estatuto de Autonomía. La Administración Local en la Constitución, autonomía&lt;br /&gt;municipal. El Municipio: su concepto y elementos. Organización municipal. Competencias. El Alcalde:&lt;br /&gt;elección, destitución, deberes y atribuciones. El Pleno del Ayuntamiento. La Junta Local de Gobierno.&lt;br /&gt;TEMA 3. Haciendas Locales: Clasificación de los Ingresos. Los Presupuestos Locales y el&lt;br /&gt;Patrimonio de la Administración Local. Clases de Bienes y sus usos.&lt;br /&gt;TEMA 4 .El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos,&lt;br /&gt;deberes e incompatibilidades.&lt;br /&gt;PARTE ESPECIAL&lt;br /&gt;TEMA 5. Tareas de jardinería.&lt;br /&gt;TEMA 6. El suelo: función, principales labores de mantenimiento.&lt;br /&gt;TEMA 7. Principales plagas y enfermedades en el jardín. Métodos de lucha.&lt;br /&gt;TEMA 8. Métodos de control de malas hierbas.&lt;br /&gt;TEMA 9 Sistemas de riego: tipos y características.&lt;br /&gt;TEMA 10. El césped: especies utilizadas en jardinería, plantación y/o siembra, labores de&lt;br /&gt;mantenimiento.&lt;br /&gt;TEMA 11. Plantación de árboles, arbustos y setos. Plantación de vivaces y plantas de&lt;br /&gt;temporada.&lt;br /&gt;TEMA 12. Poda de árboles y arbustos. Trasplante de árboles y arbustos.&lt;br /&gt;TEMA 13. Abonado del jardín.&lt;br /&gt;TEMA 14. Maquinaría utilizada en jardinería: motores y tipos de maquinaria.&lt;br /&gt;TEMA 15. Uso y cuidado de la maquinaria y herramienta.&lt;br /&gt;TEMA 16. Los equipos de protección personal.&lt;br /&gt;TEMA 17. Seguridad e higiene: uniformidad, elementos de higiene, elementos de seguridad&lt;br /&gt;en el uso de la maquinaria. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos&lt;br /&gt;laborales.&lt;br /&gt;TEMA 18. Condiciones de seguridad de las herramientas manuales.&lt;br /&gt;TEMA 19. Condiciones generales de seguridad en las escaleras de mano.&lt;br /&gt;TEMA 20. Condiciones generales de seguridad en la carga y trasporte de materiales.&lt;br /&gt;ANEXO II&lt;br /&gt;TRIBUNAL CALIFICADOR&lt;br /&gt;PRESIDENTE: El Encargado de obras y Mantenimiento del Ayuntamiento.&lt;br /&gt;VOCALES&lt;br /&gt;- Un Representante de la Excma. Diputación Provincial.&lt;br /&gt;- Un Representante del profesorado oficial con ejercicio en Mocejón.&lt;br /&gt;- Dos trabajadores/funcionarios de carrera con igual o superior titulación.&lt;br /&gt;SECRETARIO: El del Ayuntamiento o funcionario de éste en quién delegue.&lt;br /&gt;El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente&lt;br /&gt;con los titulares habrán de designarse.&lt;br /&gt;En el Tribunal podrán tomar parte, en calidad de observadores, actuando sin voz ni voto los&lt;br /&gt;representantes de los grupos municipales que lo deseen y un representante de las organizaciones&lt;br /&gt;sindicales con representación municipal designados por aquéllas.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones aclaraciones, sometido el asunto a votación las bases son&lt;br /&gt;aprobadas por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;OCTAVO.- BASES PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE EDUCADOR/A DE LA&lt;br /&gt;LUDOTECA EN REGIMEN DE INTERINIDAD.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta de las siguientes bases:&lt;br /&gt;BASES POR LAS QUE SE RIGE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN&lt;br /&gt;CON CARÁCTER INTERINO DE UN PUESTO VACANTE DE EDUCARDOR/A DE LA LUDOTECA&lt;br /&gt;POR PASE A SITUACIÓN DE EXCEDENCIA DE LA TITULAR DEL MISMO.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;33&lt;br /&gt;De acuerdo con lo establecido en la Vigente Legislación aplicable sobre nombramientos de&lt;br /&gt;funcionarios y personal laboral interinos, y se crea la bolsa de trabajo para la provisión temporal de&lt;br /&gt;puestos de trabajo por Decreto de Alcaldía de fecha 24 de Marzo de 2008, se acordó aprobar las&lt;br /&gt;bases que a continuación se reproducen:&lt;br /&gt;Primera.– Características del puesto: Se convoca OPOSICIÓN LIBRE para cubrir por&lt;br /&gt;personal laboral interino, UNA plaza vacante en la plantilla de personal laboral de este&lt;br /&gt;Ayuntamiento por paso de su titular Dª. MARIA DIAZ ARANDA a la situación de excedencia; puesto&lt;br /&gt;denominado EDUCADOR/A DE LA LUDOTECA, estando dotada con los haberes correspondientes&lt;br /&gt;a los Convenios suscritos entre este Ayuntamiento y la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha&lt;br /&gt;a través del convenio de funcionamiento de la Ludoteca de esta Localidad, y demás derechos que le&lt;br /&gt;correspondan con arreglo a la legislación vigente, estando sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984,&lt;br /&gt;de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas,&lt;br /&gt;y quedando sujetos los contratos a condición resolutoria por el no percibo de subvención para&lt;br /&gt;mantenimiento del puesto de trabajo o dicha financiación sea insuficiente para su mantenimiento, por&lt;br /&gt;parte de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, a través de los oportunos Convenios&lt;br /&gt;suscritos con la Consejería competente, por lo que se establece expresamente la posibilidad de&lt;br /&gt;extinción del contrato de trabajo de conformidad con el punto e) del articulo 52 del Estatuto de los&lt;br /&gt;Trabajadores adicionado por el Artículo 3º, dos, de la Ley 12/2001 de 9 de Julio de medidas urgentes&lt;br /&gt;de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad, que se&lt;br /&gt;trascribe literalmente “e) En el caso de contratos por tiempo indefinido concertados directamente por&lt;br /&gt;las Administraciones públicas o por entidades sin animo de lucro para la ejecución de planes y&lt;br /&gt;programas públicos determinados, sin dotación económica estable y financiados mediante&lt;br /&gt;consignaciones presupuestarias o extrapresupuestarias anuales, consecuencia de ingresos externos&lt;br /&gt;de carácter finalista, por la insuficiencia de la correspondiente consignación para el mantenimiento&lt;br /&gt;del contrato de trabajo de que se trate.”&lt;br /&gt;Los trabajadores prestarán sus servicios en la ludoteca de este Municipio, con los horarios y&lt;br /&gt;calendario que anualmente establezca el Ayuntamiento en función de las necesidades del Centro y&lt;br /&gt;percibirán el salario bruto anual establecido en el convenio colectivo de trabajo del personal laboral&lt;br /&gt;del Ayuntamiento de Mocejón.&lt;br /&gt;Segunda.– Lugar y plazo de presentación de solicitudes: Los aspirantes a desempeñar dicha&lt;br /&gt;plaza, deberán dirigir sus solicitudes al Presidente de esta Corporación, presentándolas en el&lt;br /&gt;Registro de este Ayuntamiento o en cualquier otro de los previstos en el artículo 38 de la Ley&lt;br /&gt;30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del&lt;br /&gt;Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 13 días hábiles, a contar desde el siguiente al&lt;br /&gt;de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia». La citada solicitud habrá&lt;br /&gt;de ajustarse al modelo del Anexo I II de la convocatoria.&lt;br /&gt;Tercera.– 1.-Requisitos para participar en la selección: Los candidatos deberán reunir en el&lt;br /&gt;momento en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:&lt;br /&gt;a) Ser español.&lt;br /&gt;b) Tener cumplidos los 18 años de edad.&lt;br /&gt;c) Estar en posesión de la titulación de Formación Profesional de II grado o técnico superior en&lt;br /&gt;las especialidades de Jardín de Infancia, Educación Infantil o Animación Socio-Cultural, por lo que&lt;br /&gt;se catalogan los puestos de trabajo en el nivel correspondiente a F.P.2.&lt;br /&gt;Asimismo podrán optar a las referidas plazas, sin que ello suponga variación en la catalogación&lt;br /&gt;de las mismas, las personas que estén en posesión de las siguientes titulaciones:&lt;br /&gt;- Diplomado en Magisterio (especialidad Educación Infantil y/o Primaria.)&lt;br /&gt;- Diplomado en Educación-Social.&lt;br /&gt;- Diplomado en Trabajo Social.&lt;br /&gt;- Licenciado en Psicología/pedagogía.&lt;br /&gt;34&lt;br /&gt;d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones&lt;br /&gt;Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.&lt;br /&gt;e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las&lt;br /&gt;funciones correspondientes.&lt;br /&gt;f) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley&lt;br /&gt;53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones&lt;br /&gt;públicas.&lt;br /&gt;2.- Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el&lt;br /&gt;plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el&lt;br /&gt;momento de la toma de posesión.&lt;br /&gt;2.1 Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 30,00&lt;br /&gt;euros, y que deberá ingresarse en cualquier cuenta bancaria de las que el Ayuntamiento tiene&lt;br /&gt;abiertas en las entidades financieras de la localidad. En dicho resguardo deberá incluirse el nombre&lt;br /&gt;del aspirante y el concepto «Derechos de examen EDUCADOR/A INTERINO/A».&lt;br /&gt;Cuarta.– Baremo de méritos: 1. El procedimiento de selección será el de OPOSICION LIBRE&lt;br /&gt;Quinta.- SISTEMA SELECTIVO, CALIFICACIÓN Y TRIBUNAL:&lt;br /&gt;5.1. La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema de oposición.&lt;br /&gt;5.2. Fase de oposición.- Constará de dos ejercicios eliminatorios y obligatorios para los aspirantes.&lt;br /&gt;a) Primer ejercicio.- Consistirá en contestar en el plazo máximo de cuarenta minutos un cuestionario&lt;br /&gt;de 25 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta y basado en el&lt;br /&gt;contenido del programa de materias que figura como ANEXO l.&lt;br /&gt;b) Segundo ejercicio.- Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de una hora,&lt;br /&gt;un tema extraído al azar por el Tribunal, del programa de materias especificas y que figura como&lt;br /&gt;ANEXO II&lt;br /&gt;En la prueba anterior se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias&lt;br /&gt;desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y&lt;br /&gt;la corrección de la expresión escrita.&lt;br /&gt;Los dos ejercicios de esta fase serán eliminatorios y puntuables hasta un máximo de diez puntos,&lt;br /&gt;siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.&lt;br /&gt;El primer ejercicio será puntuado teniendo en cuenta que las respuestas erróneas contarán&lt;br /&gt;negativamente, restando 0,05 puntos cada una, sin que se computen las dejadas en blanco.&lt;br /&gt;El segundo ejercicio será calificado con un máximo de diez puntos por cada miembro del Tribunal, a&lt;br /&gt;cada uno de los temas. La calificación de cada aspirante será la media aritmética de la suma de las&lt;br /&gt;calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal.&lt;br /&gt;c) Entrevista personal.- Los aspirantes que superen los ejercicios de la fase de oposición realizarán&lt;br /&gt;una entrevista personal que será valorada por el tribunal con un máximo de 2 puntos.&lt;br /&gt;5.3. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de&lt;br /&gt;la fase de oposición sean corregidos, siempre que sea posible, sin que se conozca la identidad de&lt;br /&gt;los aspirantes.&lt;br /&gt;5.4. La valoración final de la oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los&lt;br /&gt;dos ejercicios, a la que se sumara la puntuación obtenida en la entrevista, sin que puedan aprobar un&lt;br /&gt;número de aspirantes superior al de plazas convocadas.&lt;br /&gt;5.5 TRIBUNAL CALIFICADOR:&lt;br /&gt;5.5.1. Composición.- El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:&lt;br /&gt;Presidente: Un Educador/a de la Ludoteca..&lt;br /&gt;Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.&lt;br /&gt;Vocales: Un representante de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de&lt;br /&gt;Castilla-La Mancha.&lt;br /&gt;Un Funcionario del Ayuntamiento.&lt;br /&gt;Un Secretario-Interventor de Administración Local.&lt;br /&gt;Un psicólogo, Pedagogo o representante del profesorado.&lt;br /&gt;5.5.2. El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes les será&lt;br /&gt;de aplicación las mismas prescripciones.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;35&lt;br /&gt;5.5.3. El Presidente podrá designar la incorporación de asesores para las pruebas, con voz pero sin&lt;br /&gt;voto&lt;br /&gt;5.5.4. Para la válida actuación del Tribunal es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros&lt;br /&gt;y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.&lt;br /&gt;6.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS:&lt;br /&gt;6.1. La fecha, lugar y hora para la realización del primer ejercicio será publicada en el Boletín Oficial&lt;br /&gt;de la provincia de Toledo. La convocatoria al siguiente ejercicio sólo se hará pública en el tablón de&lt;br /&gt;anuncios de la Casa Consistorial, y se realizará si ello es posible en el mismo día que la primera&lt;br /&gt;prueba.&lt;br /&gt;6.1.1. La entrevista personal se realizará trascurridos un mínimo de 72 horas y un máximo de diez&lt;br /&gt;días tras la fase de oposición.&lt;br /&gt;6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de&lt;br /&gt;las pruebas quienes no comparezcan.&lt;br /&gt;7.- LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL:&lt;br /&gt;Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de&lt;br /&gt;celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo&lt;br /&gt;rebasar éstos el número de plazas convocadas. Asimismo redactará la propuesta de contratación de&lt;br /&gt;los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación y la elevará al órgano municipal competente&lt;br /&gt;el nombramiento.&lt;br /&gt;Asimismo, el tribunal elevará al Pleno la propuesta para la constitución de bolsa de trabajo&lt;br /&gt;de la plaza convocada para posibles nombramientos como interinos o contrataciones laborales&lt;br /&gt;temporales de aquellos aspirantes que hubieran superado las pruebas de oposición con una&lt;br /&gt;calificación final superior a 5.&lt;br /&gt;Cualquier propuesta de contratación que contravenga lo antes dispuesto será nula de pleno&lt;br /&gt;derecho.&lt;br /&gt;8.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS:&lt;br /&gt;8.1. Los aspirantes propuestos deberán presentar en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del&lt;br /&gt;plazo de veinte días naturales, a contar desde que se haga pública la relación de aprobados, los&lt;br /&gt;documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, que a continuación se&lt;br /&gt;detallan:&lt;br /&gt;a) Fotocopia compulsada del título exigido.&lt;br /&gt;c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el&lt;br /&gt;normal ejercicio de la función.&lt;br /&gt;d) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del&lt;br /&gt;Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el&lt;br /&gt;ejercicio de las funciones públicas.&lt;br /&gt;8.2. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la&lt;br /&gt;documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio&lt;br /&gt;de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia.&lt;br /&gt;9.- CONTRATACIÓN:&lt;br /&gt;9.1. Una vez que aprobada la propuesta que forme el Tribunal Calificador y se efectúe la&lt;br /&gt;adjudicación de la plaza ofertada, los opositores seleccionados deberán tomar posesión de sus&lt;br /&gt;puestos en el plazo máximo de 15 dias, a contar desde el siguiente al que le sea notificada su&lt;br /&gt;designación, a efectos de la materialización del contrato de trabajo de interinidad. Si los&lt;br /&gt;seleccionados, sin causa justificada, no tomaran posesión de sus puestos dentro del plazo señalado&lt;br /&gt;anteriormente, perderán todos los derechos derivados de la oposición, anulándose todas las&lt;br /&gt;actuaciones.&lt;br /&gt;10.- NORMAS FINALES:&lt;br /&gt;36&lt;br /&gt;10.1. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se derivan de éstas y de la&lt;br /&gt;actuación del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma&lt;br /&gt;establecida en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento&lt;br /&gt;Administrativo Común.&lt;br /&gt;ANEXO 1.- PARTE GENERAL.&lt;br /&gt;1.- La Comunidad Económica Europea. La adhesión de España. Principios de la política social.&lt;br /&gt;2.- El Tratado de Masstricht.&lt;br /&gt;3 - La Constitución Española. Principios Generales. Principios de la Política Social.&lt;br /&gt;4.- La Carta Social Europea. El Fondo Social Europeo.&lt;br /&gt;5.- Los diversos poderes constitucionales. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.&lt;br /&gt;6- Organización Territorial del Estado. La Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.&lt;br /&gt;7.- Estatuto de Autonomía de Castilla- La Mancha.&lt;br /&gt;8.- Administración Local: Regulación Constitucional y Tipología de los Entes Locales.&lt;br /&gt;9.- El Municipio: Organización y Competencias. Órganos de Gobierno.&lt;br /&gt;10.- La Función Pública Local.&lt;br /&gt;11.- El Acto Administrativo. Principios Generales del Procedimiento Administrativo Local. Recursos.&lt;br /&gt;ANEXO II&lt;br /&gt;Programa de materias segundo ejercicio&lt;br /&gt;1.- Definición de Ludoteca. Antecedentes e historia de las Ludotecas. Actualidad de las Ludotecas en&lt;br /&gt;España.&lt;br /&gt;2.- El juego como derecho. El juego como factor de desarrollo desde la perspectiva educativa.&lt;br /&gt;3.- Aspectos cognitivos, sociales y creativos del juego desde el punto de vista psicológico.&lt;br /&gt;4.- Organización y gestión de Ludotecas. Modelos de organización y de gestión.&lt;br /&gt;5.- Sistemas de préstamo y uso de las Ludotecas. Ambientación, mobiliario, espacios y materiales de&lt;br /&gt;apoyo.&lt;br /&gt;6.- Los Grupos de juego en las Ludotecas. El papel del ludotecario.&lt;br /&gt;7.- Animación Socio-cultural y Ludotecas. Programación de actividades.&lt;br /&gt;8.- La Animación Socio-Cultural, concepto, historia y situación actual.&lt;br /&gt;9.- El animador socio-cultural papel y funciones. Formación. Modalidades y tipos de animador.&lt;br /&gt;10.- El desarrollo psicomotor en los niños y niñas. La psicomotricidad en el currículo de la educación&lt;br /&gt;infantil. La sensación y percepción como fuente de conocimientos. La organización sensorial y&lt;br /&gt;perceptiva. La intervención educativa.&lt;br /&gt;11.- El desarrollo de la personalidad. El desarrollo afectivo en los niños y niñas. Aportaciones de&lt;br /&gt;distintos autores. La conquista de la autonomía. Directrices para una correcta intervención educativa.&lt;br /&gt;12.- El niño descubre a los otros. Proceso de descubrimiento, de vinculación y aceptación.&lt;br /&gt;13.- El papel del centro de Educación Infantil en la prevención e intervención con niños y niñas en&lt;br /&gt;situación de riesgo social. Principales conflictos de la vida en grupo.&lt;br /&gt;14.- Influencia de las principales corrientes pedagógicas y psicológicas en la educación infantil. Visión&lt;br /&gt;actual de sus aportaciones. Experiencias renovadoras relevantes. Valoración crítica.&lt;br /&gt;15.- La familia como primer agente de socialización. La transformación de la función educativa de las&lt;br /&gt;familias a lo largo de la historia. Expectativas familiares respecto a la educación infantil. Relaciones&lt;br /&gt;entre la familia y los equipos docentes docente.&lt;br /&gt;16.- Educación para la salud. Actitudes y hábitos referidos al descanso, higiene y actividad infantil.&lt;br /&gt;Prevención de accidentes, primeros auxilios y enfermedades infantiles. Criterios para la intervención&lt;br /&gt;educativa.&lt;br /&gt;17.- La educación sexual en la etapa infantil. Descubrimiento e identificación con el propio sexo. La&lt;br /&gt;construcción de los roles masculino y femenino.&lt;br /&gt;18.- Estrategias educativas para evitar la discriminación de género.&lt;br /&gt;19.- La organización de los espacios y del tiempo. Criterios para una adecuada distribución y&lt;br /&gt;organización espacial y temporal. Ritmos y rutina; cotidianas. La evolución de los espacios y del&lt;br /&gt;tiempo.&lt;br /&gt;20.- El desarrollo del lenguaje. Lenguaje y pensamiento. Evolución de la comprensión y de la&lt;br /&gt;expresión. La comunicación no verbal. Problemas más frecuentes en el lenguaje infantil.&lt;br /&gt;21.- La literatura infantil. El cuento: su valor educativo. Criterios para seleccionar, utilizar y narrar&lt;br /&gt;cuentos orales o escritos. Actividades a partir del cuento. La biblioteca de la Ludoteca.&lt;br /&gt;22.- La educación musical. El descubrimiento del sonido y del silencio. Características y criterios de&lt;br /&gt;selección de las actividades musicales. Los recursos didácticos. El folclore popular.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;37&lt;br /&gt;23.- Evolución de la expresión plástica en los niños y niñas. Elementos básicos del lenguaje plástico.&lt;br /&gt;Objetivos, contenidos, materiales, actividades, estrategias metodológicas y de evaluación de la&lt;br /&gt;expresión plástica. Modelos y estereotipos.&lt;br /&gt;24.- La expresión corporal. El gesto y el movimiento. La expresión corporal como ayuda en la&lt;br /&gt;construcción de la identidad y de la autonomía personal. Juego simbólico y juego dramático. Las&lt;br /&gt;actividades dramáticas.&lt;br /&gt;25.- La influencia de la imagen. La lectura e interpretación de imágenes. El cine, la televisión y la&lt;br /&gt;publicidad.&lt;br /&gt;26.- Criterios de selección y utilización de materiales audiovisuales y de las nuevas tecnologías.&lt;br /&gt;27.- Formación de capacidades relacionadas con el desarrollo lógico matemático.&lt;br /&gt;28.- Recursos didácticos y actividades adecuadas a la etapa de educación infantil.&lt;br /&gt;29.- Dinámica de grupos: Técnicas. Técnicas para potenciar la creatividad.&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones, y sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD se aprueban&lt;br /&gt;las presentes bases.&lt;br /&gt;NOVENO.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN&lt;br /&gt;URBANIZADORA DENOMINADO “LA CUESTA II”.&lt;br /&gt;Por el Sr. Secretario se da cuenta del expediente tramitado para el desarrollo del Programa&lt;br /&gt;de Actuación Urbanizadora del sector residencial denominado “La Cuesta II” de esta Localidad,&lt;br /&gt;dando cuenta asimismo de los informes emitidos por la Comisión Provincial y Regional de&lt;br /&gt;Urbanismo, así como de las modificaciones realizadas de conformidad con el contenido y exigencias&lt;br /&gt;de los referidos informes.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones aclaratorias, sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD&lt;br /&gt;de los presentes se acuerda:&lt;br /&gt;Primero.- Aprobar definitivamente el Programa de Actuación Urbanizadora, Plan Parcial y&lt;br /&gt;Proyecto de Urbanización del sector de suelo urbanizable denominado “La Cuesta II” de esta&lt;br /&gt;Localidad presentado por la Mercantil Construcciones y obras Rumar S.L., adjudicando su ejecución&lt;br /&gt;a la referida mercantil.&lt;br /&gt;Segundo.- En cuanto a la monetización del aprovechamiento lucrativo del 10 %, se estará a&lt;br /&gt;lo que determine el informe técnico de valoración que será solicitado y se unirá al convenio&lt;br /&gt;urbanístico definitivo como anexo, de conformidad con los artículos 11.4 , 68 y 75 del Texto&lt;br /&gt;Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.&lt;br /&gt;Tercero.- Se incluirán en el convenio definitivo las penalizaciones que regirán la adjudicación&lt;br /&gt;así como los compromisos con los propietarios afectados. Incluyéndose asimismo los aspectos&lt;br /&gt;necesarios relativos a la reparcelación de los terrenos en cuanto a su contenido, tramitación y plazos.&lt;br /&gt;Cuarto.- Que se proceda a la notificación del presente acuerdo a todos los interesados que&lt;br /&gt;consten en el procedimiento.&lt;br /&gt;DECIMO.- MOCIONES PRESENTADAS POR EL GRUPO DE IZQUIERDA UNIDA.&lt;br /&gt;1ª moción.- Por el Sr. Secretario se da lectura a la siguiente moción:&lt;br /&gt;AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97.2 del Reglamento&lt;br /&gt;de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la&lt;br /&gt;consideración del Pleno de la Corporación Local la siguiente MOCIÓN:&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;38&lt;br /&gt;Desde el año 1983 se estableció en el estado español la denominada Tarifa Eléctrica 2.0N, más&lt;br /&gt;conocida como tarifa nocturna. Esta tarifa se basa en la filosofía de primar el consumo en las horas&lt;br /&gt;nocturnas, donde la potencia consumida en el conjunto del sistema eléctrico es menor.&lt;br /&gt;Los diferentes gobiernos del Estado y las compañías eléctricas fomentaron e incentivaron la&lt;br /&gt;contratación de esta tarifa aludiendo a que era más económica, era beneficioso para la economía&lt;br /&gt;general al no tener que soportar toda la demanda eléctrica en los horarios de mañana y era&lt;br /&gt;ambientalmente más sostenible, entre otras ventajas. Por lo tanto, la tarifa nocturna y el incentivo de&lt;br /&gt;su contratación buscaban un consumo energético más responsable y solidario. Estos usuarios&lt;br /&gt;atendiendo a estos criterios hicieron inversiones importantes para la instalación de los equipos&lt;br /&gt;necesarios e incluso para mejorar la instalación eléctrica de los hogares.&lt;br /&gt;La tarifa nocturna se caracterizaba, de forma resumida, por tener un descuento del 55% en las horas&lt;br /&gt;nocturnas y un recargo del 3% en las horas centrales del día y favorecía el consumo de&lt;br /&gt;determinados electrodomésticos como son acumuladores, lavadoras, lavavajillas, calentadores de&lt;br /&gt;agua, etc. que se pueden usar de noche.&lt;br /&gt;La tarifa nocturna se mantuvo sin modificaciones desde el ano 1983 hasta el año 2006, en el que ya&lt;br /&gt;no se permitió nuevas altas bajo esta tarifa. Las condiciones de este sistema de tarifa se modificaron&lt;br /&gt;por los decretos que regulaban la tarifa eléctrica para 2007 (RD 1634/2006 y el posterior 871/2007)&lt;br /&gt;en los que se establecen una serie de medidas claramente perjudiciales para los usuarios y que&lt;br /&gt;implica que desde el 1 de Julio de 2008 desaparezca la tarifa nocturna.&lt;br /&gt;Con este Real Decreto se obliga a los clientes con esta tarifa a contratar una nueva potencia,&lt;br /&gt;superior a la que tenían en el consumo de las horas punta y a un incremento del precio sobre el&lt;br /&gt;consumo que tenían en las horas punta, ya que pasa de un recargo del 3% a un 35%. En conjunto el&lt;br /&gt;incremento que pueden padecer, en la factura eléctrica, puede llegar al 49%.&lt;br /&gt;En la nueva Orden de Tarifas Eléctricas existe nueva Tarifa de Discriminación Horaria, pero para&lt;br /&gt;acogerse a esta nueva tarifa, los usuarios de tarifa nocturna deben asumir íntegramente los costos&lt;br /&gt;del cambio, estimados entre 400 y 500 euros en la adaptación de los sistemas de calefacción, que&lt;br /&gt;deberán cambiar las actuales resistencias por otras de menor potencia, o bien, establecer dos&lt;br /&gt;circuitos de calefacción independientes entre sí.&lt;br /&gt;Además, una vez realizadas las modificaciones precisas, en la nueva Tarifa de Discriminación&lt;br /&gt;Horaria, habrá que pagar por un mayor incremento de la potencia contratada, que es una parte fija&lt;br /&gt;de la factura eléctrica. Esto tendrá un efecto especialmente negativo, pues habrá que contratar una&lt;br /&gt;potencia que se emplea fundamentalmente en el invierno (por los acumuladores eléctricos), y se&lt;br /&gt;continúa pagando en la primavera y el verano, cuando no se necesita tanta potencia.&lt;br /&gt;Actualmente en España hay aproximadamente un millón de clientes de esta tarifa. Como vemos,&lt;br /&gt;esta nueva regulación de las tarifas eléctricas va a suponer un importante gasto en las economías&lt;br /&gt;familiares; asimismo el Gobierno del Estado no contempla, en la nueva regulación, ninguna medida&lt;br /&gt;de compensación, ni reparte cargas entre usuarios y empresas distribuidoras que, en definitiva,&lt;br /&gt;serán las grandes beneficiarias.&lt;br /&gt;Por este motivo, el Grupo Municipal de Izquierda Unida solicita la aprobación por el Pleno de la&lt;br /&gt;Corporación de la siguiente Propuesta:&lt;br /&gt;1º El Pleno del Ayuntamiento, acuerda instar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio al&lt;br /&gt;mantenimiento de la tarifa nocturna.&lt;br /&gt;2º Comunicar la adopción del presente acuerdo al Ministerio de Industria.&lt;br /&gt;Tras algunas intervenciones aclaratorias, y sometida la moción a votación, la misma es&lt;br /&gt;aprobada por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;2ª moción.- El Sr. Secretario da lectura a la misma que resulta del siguiente tenor literal:&lt;br /&gt;AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;39&lt;br /&gt;El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.3 y 93&lt;br /&gt;del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,&lt;br /&gt;somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la presente&lt;br /&gt;MOCIÓN PARA LA CREACIÓN DE UNA PLAZA LABORAL FIJA DE JARDINERÍA&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;Izquierda Unida de Mocejón entiende que existe una necesidad real de una mejora de&lt;br /&gt;nuestros parques y jardines, con cuidados especializados por parte de un/a profesional en jardinería.&lt;br /&gt;El estado que presentan hoy en día nuestros parques y jardines, al igual que en el pasado,&lt;br /&gt;es inadecuado e inapropiado de nuestro pueblo, dando una imagen de dejadez, olvido y abandono.&lt;br /&gt;Estamos convencidos que esta situación mejoraría y se corregiría si una persona se&lt;br /&gt;dedicara en exclusiva a esta labor aportando sus conocimientos en la materia.&lt;br /&gt;Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida propone al Pleno de la&lt;br /&gt;Corporación Municipal la adopción del siguiente acuerdo:&lt;br /&gt;• La creación de una plaza laboral fija de jardinería que desempeñe las obligaciones&lt;br /&gt;específicas de los trabajadores clasificados como jardineros.&lt;br /&gt;La limpieza, el riego, el sembrado, la poda y cuantas funciones sean necesarias&lt;br /&gt;para el mantenimiento de los parques y jardines.&lt;br /&gt;El Sr. D. Pedro García explica que la moción se había presentado con carácter previo a&lt;br /&gt;conocer la creación de la plaza, por lo que se alegra, si bien, considera que quizás con la plaza&lt;br /&gt;creada no sea suficiente.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que en efecto, la plaza que se crea es como monitor/oficial, y habrá&lt;br /&gt;que plantearse en breve dependiendo del tiempo de que disponga el trabajador/a la necesidad&lt;br /&gt;de otra plaza.&lt;br /&gt;Sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD, se aprueba la moción.&lt;br /&gt;3ª moción.- El Sr. Secretario procede a su lectura:&lt;br /&gt;AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.3 y 93&lt;br /&gt;del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,&lt;br /&gt;somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la presente MOCIÓN POR UNOS&lt;br /&gt;SALARIOS JUSTOS A LO/AS TRABAJADORE/AS Y PLAN INTEGRADO DE EMPLEO Y&lt;br /&gt;COMPENSACION A LOS AYUNTAMIENTOS.&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;El Plan Integrado de Empleo regulado por Orden de la 02-11-2005 de la Consejería de&lt;br /&gt;Trabajo y Empleo de la JCCM, se enmarca en el Acuerdo Regional por el Empleo 2004/2007 firmado&lt;br /&gt;entre sindicatos, patronal y Gobierno Regional y tiene como objetivo dar cobertura de empleo&lt;br /&gt;40&lt;br /&gt;temporal a personas desempleadas de la región. Estos planes van financiados por el Sepecam con&lt;br /&gt;fondos de hasta un 80% provenientes del Fondo Social Europeo, plan 2007/2013, y son gestionados&lt;br /&gt;a través de los Ayuntamientos, encargados de proponer y ejecutar los planes de obras y/o servicios&lt;br /&gt;de interés general o y social que elaboran anualmente.&lt;br /&gt;El Plan Integrado de Empleo, para 2008 se convocó por resolución 22/11/2007 de la&lt;br /&gt;Dirección General de Empleo del SEPECAM por la que los Ayuntamientos pueden solicitar la&lt;br /&gt;subvención para los planes que presenten para contratar a los trabajadores desempleados,&lt;br /&gt;seleccionados por las comisiones locales de empleo, por un periodo, en general, de tres meses y&lt;br /&gt;con un salario mensual de 765 euros, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. Así&lt;br /&gt;mismo los ayuntamientos recibirán una subvención de 100 euros mensuales como ayuda a financiar&lt;br /&gt;la cuota patronal a la Seguridad Social.&lt;br /&gt;El plan, que según la Consejera de Trabajo afecta a unos 14.000 desempleados y&lt;br /&gt;desempleadas de la región, tiene un salario excesivamente bajo, lleva tres años sin actualizarse y&lt;br /&gt;exige a los Ayuntamientos que financien parte de la Seguridad Social, cuando no tienen&lt;br /&gt;competencias en esta materia.&lt;br /&gt;Esta situación resulta incomprensible que se mantenga en una región dónde la&lt;br /&gt;homologación salarial de los empleados públicos ya se ha aplicado en Educación y en Sanidad, más&lt;br /&gt;recientemente en el articulo 25 de la Ley de Presupuestos de 2008 a los altos cargos de la Junta,&lt;br /&gt;esta de forma escandalosa, y en los últimos días para los 18.000 trabajadore/as de la Junta de&lt;br /&gt;Comunidades con una subida que oscila entre el 12 y el 18% y con la garantía de que ningún&lt;br /&gt;trabajador percibirá menos de 1.000 euros líquidos mensuales.&lt;br /&gt;También es necesario considerar la posición que ha acordado los sindicatos UGT y CCOO,&lt;br /&gt;para abordar la negociación colectiva en los convenios en 2008, de no aceptar que se fije ningún&lt;br /&gt;salario por debajo de los 1.000 euros al mes.&lt;br /&gt;Por otro lado, no parece razonable que los Ayuntamientos, que son los parientes pobres de&lt;br /&gt;las tres patas del Estado, se les sigan manteniendo cargas de gasto de competencias que&lt;br /&gt;corresponden a otras administraciones y que les impiden atender debidamente las prestaciones de&lt;br /&gt;servicios que si tienen encomendados por la Ley de Régimen Local.&lt;br /&gt;Por todo lo anterior, Izquierda Unida, entiende que la carga de cotizaciones a la seguridad&lt;br /&gt;social a los Ayuntamientos en los Planes Integrados de Empleo, debería ser asumida por otras&lt;br /&gt;administraciones con competencias y que es grave la situación de injusticia social sostenida para con&lt;br /&gt;los trabajadores que se acogen al éstos planes al no haber actualizado los salarios, ya bajos en si&lt;br /&gt;mismos, con la inflación anual, sin olvidar que estos desempleados y desempleadas se encuentran&lt;br /&gt;entre los sectores más desprotegidos del mercado laboral como indica la propia orden que regula el&lt;br /&gt;Plan con preferencias a la contratación de mujeres&lt;br /&gt;víctimas de violencia de genero, personas con discapacidad igual o superior al 33%, que cuenten&lt;br /&gt;con informes de servicios sociales o que lleven más de 9 meses en situación de desempleo.&lt;br /&gt;Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida propone al Pleno de la&lt;br /&gt;Corporación Municipal la adopción de los siguientes acuerdos:&lt;br /&gt;1. Instar a la Consejería de Trabajo de Castilla-La Mancha a que adopte las medidas necesarias&lt;br /&gt;para que el Plan Integrado de Empleo para 2008 se dote con una subvención a los&lt;br /&gt;Ayuntamientos de 1.000 euros líquidos de salario al mes para los trabajadores y trabajadoras&lt;br /&gt;que se contraten.&lt;br /&gt;2. Instar a la Consejería de Trabajo de Castilla-La Mancha a que financie a los Ayuntamientos el&lt;br /&gt;total de la cuota patronal a la Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras beneficiarios&lt;br /&gt;de los Planes Integrados de Empleo.&lt;br /&gt;3. Solicitar a las organizaciones sindicales de Castilla-La Mancha y a la Federación de Municipios&lt;br /&gt;de Castilla-La Mancha apoyo para la aprobación de éstas medidas.&lt;br /&gt;Tras algunas aclaraciones y sometido el asunto a votación la moción es aprobada por&lt;br /&gt;UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;41&lt;br /&gt;4ª moción.- El que suscribe procede a su lectura:&lt;br /&gt;AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL&lt;br /&gt;El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.3 y 93&lt;br /&gt;del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,&lt;br /&gt;somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la presente&lt;br /&gt;MOCION PARA SOLICITAR EL SERVICIO DEL TREN DE CERCANIAS ENTRE MADRID&lt;br /&gt;Y TOLEDO Y CON SERVICIO FERROVIARIO EN MOCEJÓN Y LAS POBLACIONES DE LA&lt;br /&gt;SAGRA..&lt;br /&gt;EXPOSICIÓN DE MOTIVOS&lt;br /&gt;Son muchos, cada vez mas, Los vecinos de Mocejón que tienen que desplazarse hacía hacia&lt;br /&gt;Toledo o hacía Madrid, o poblaciones del Sur de Madrid, por motivos de trabajo o de estudios y para&lt;br /&gt;nuestros desplazamientos nos vemos obligados a desplazarnos por carretera, ya sea en autobús o&lt;br /&gt;en coche particular, a pesar de que muy cerca de Mocejón tenemos dos líneas de ferrocarril que&lt;br /&gt;hasta no hace muchos años tenían un intenso tráfico ferroviario, con servicio de viajeros tanto en la&lt;br /&gt;Estación de Algodor como en la de Villaseca-Mocejón. Estas Estaciones están actualmente&lt;br /&gt;cerradas, si bien la línea férrea permanece aunque sin servicio de tren para los ciudadanos de las&lt;br /&gt;poblaciones cercanas.&lt;br /&gt;Por otro lado, de todos son conocidas las largas retenciones de tráfico que se sufre tanto en&lt;br /&gt;la Autovía Madrid-Toledo como en la Autovía de Andalucía, siendo ya habitual que en horas punta o&lt;br /&gt;en días de lluvia, estas retenciones se conviertan en atascos de muchos kilómetros que dificultan&lt;br /&gt;cada vez más los desplazamientos y obligan a invertir mucho mas tiempo del razonable, causa de&lt;br /&gt;estrés y de todas las molestias añadidas que se derivan.&lt;br /&gt;Tal situación está creando malestar entre los usuarios de la carretera, que constatan como&lt;br /&gt;puede agravarse aún más con el crecimiento de población que está experimentando la comarca de&lt;br /&gt;La Sagra. La autopista de peaje Madrid-Toledo, alivia poco esta situación, y la experiencia&lt;br /&gt;demuestra que la construcción de nuevas carreteras sólo va a paliar temporalmente los graves&lt;br /&gt;problemas de desplazamiento, si no se opta por buscar y promocionar otras medidas alternativas&lt;br /&gt;como el TREN que permitan a los conductores dejar de utilizar el coche y la carretera. Si los&lt;br /&gt;ciudadanos de Mocejón y los pueblos de La Sagra tuviéramos acceso al TREN, se ahorraría mucho&lt;br /&gt;tiempo en los desplazamientos, con un menor coste económico, se ganaría en seguridad y se&lt;br /&gt;contribuiría a disminuir los accidentes de carretera, y al ser el ferrocarril menos contaminante se&lt;br /&gt;contribuiría a disminuir la emisión de gases de efecto invernadero.&lt;br /&gt;La Plataforma en defensa del Ferrocarril para Illescas y La Sagra, y la Coordinadora&lt;br /&gt;Provincial en Defensa del Ferrocarril para la Provincia de Toledo, están defendiendo y reivindicando&lt;br /&gt;la creación de una Línea de de Tren de Cercanías entre Madrid y Toledo que de servicio a todas la&lt;br /&gt;poblaciones comprendidas entre ambas capitales. Esta línea podría ser una prolongación de la línea&lt;br /&gt;de Cercanías de Madrid C5 que hasta hace poco terminaba en Fuenlabrada y hace poco ha sido&lt;br /&gt;ampliada hasta Humanes. Mediante pequeñas inversiones para acondicionamiento de la vía y&lt;br /&gt;trazado ferroviario, la línea de Cercanías C5 podría ampliarse para dar servicio ferroviario a las&lt;br /&gt;poblaciones toledanas de Illescas, Numancía de la Sagra, Yuncos, Yuncler, Villaluenga, Villaseca,&lt;br /&gt;Mocejón, Algodor, Polígono de Benquerencia y Toledo. Todas estas poblaciones, así como los&lt;br /&gt;pueblos vecinos, serían beneficiados si atendemos al gran número de potenciales usuarios del tren&lt;br /&gt;que daría esta comarca en la actualidad y en un futuro inmediato, ofreciendo de esta forma una&lt;br /&gt;solución duradera y definitiva al problema del transporte, fundamentalmente para los trabajadores y&lt;br /&gt;estudiantes que se desplazan hacia Madrid y su periferia o hacia Toledo, y apoyando de esta forma&lt;br /&gt;una política de ahorro de combustible y de reducción de contaminación por CO2, a que obliga el&lt;br /&gt;Protocolo de Kyoto, y de la que en un 50% es responsable el uso indiscriminado del automóvil.&lt;br /&gt;42&lt;br /&gt;Por todo lo expuesto y sabiendo que esta propuesta cuenta con el apoyo de las&lt;br /&gt;organizaciones de defensa del ferrocarril, de los agentes sociales, asociaciones de vecinos, grupos&lt;br /&gt;ecologistas y el de vecinos que podrían beneficiarse de estas medidas, y conociendo el sentir de&lt;br /&gt;miles de ciudadanos que han respaldado la campaña de la Plataforma en Defensa del Ferrocarril&lt;br /&gt;para La Sagra para reivindicar mas y mejores servicios ferroviarios, el Grupo Municipal de Izquierda&lt;br /&gt;Unida propone al Pleno de la Corporación Municipal la adopción de los siguientes acuerdos:&lt;br /&gt;1º) El Ayuntamiento Pleno de Mocejón, conscientes de que muchos ciudadanos de este municipio&lt;br /&gt;están actualmente obligados a padecer a diario en sus desplazamientos hacía Madrid y hacía Toledo&lt;br /&gt;una autovía y carreteras colapsadas, manifestamos que es de sumo interés y urgente para este&lt;br /&gt;municipio y sus ciudadanos que se realice la conexión ferroviaria entre Madrid y Toledo, dando&lt;br /&gt;servicio ferroviario a los ciudadanos de poblaciones que nos encontramos entre ambas capitales.&lt;br /&gt;Para ello proponemos como fácil solución inmediata la ampliación de la Línea de Cercanías C5 que&lt;br /&gt;actualmente une Madrid-Fuenlabrada-Humanes, y que pedimos se amplíe hasta Toledo con paradas&lt;br /&gt;en las poblaciones de Illescas, Numancia, Yuncos, Yuncler, Villaluenga, Villaseca, Mocejón, Algodor,&lt;br /&gt;Polígono de Sta. Mª Benquerencia y Toledo.&lt;br /&gt;2º) El Ayuntamiento de Mocejón solicita al Gobierno de Castilla-La Mancha y al Ministerio de&lt;br /&gt;Fomento que de manera urgente se impulse el estudio informativo y cuantas actuaciones sean&lt;br /&gt;precisas para realizar la conexión ferroviaria de Toledo con Madrid, dando servicio ferroviario para&lt;br /&gt;Mocejón y las poblaciones de la Sagra.&lt;br /&gt;Del contenido de esta Moción se dará traslado al Gobierno de Castilla-La Mancha, al Ministerio de&lt;br /&gt;Fomento y a la Empresa Pública RENFE.&lt;br /&gt;Se suceden algunas intervenciones aclaratoras, y el Sr. Alcalde informa que en la&lt;br /&gt;Mancomunidad se ha aprobado asimismo un moción de similares características para recuperar las&lt;br /&gt;líneas férreas existentes. Sometida la moción a votación, la misma es aprobada por UNANIMIDAD.&lt;br /&gt;UNDECIMO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.&lt;br /&gt;Por el Sr. Alcalde, atendiendo a las peticiones efectuadas, se hace entrega al Grupo&lt;br /&gt;Socialista y de Izquierda Unida de la siguiente documentación:&lt;br /&gt;- Relaciones de horas extras realizadas por el personal.&lt;br /&gt;- Relación de gastos efectuados con la tarjeta del Alcalde, y en concreto todos los gastos&lt;br /&gt;efectuados con el Grupo Aedifica.&lt;br /&gt;- Se entregan los resúmenes de gastos e ingresos de las fiestas.&lt;br /&gt;- Se entrega la documentación relativa a los gastos de la Carpa montada en la Plaza.&lt;br /&gt;- Se entrega copia de la factura de la comida servida a los Trabajadores en Navidad.&lt;br /&gt;- Se hace entrega del contrato realizado con la pirotécnica.&lt;br /&gt;Seguidamente toma la palabra la Primer Teniente de Alcalde D. Marisol Pérez, que explica&lt;br /&gt;detalladamente todas las contrataciones que se han efectuado en el Ayuntamiento formándose un lió&lt;br /&gt;en relación a la correcta utilización de las bolsas de trabajo con continuas intervenciones en relación&lt;br /&gt;con la contratación de Auxiliares de Ayuda a Domicilio y la afirmación de la Concejal Dª. Mari Mar&lt;br /&gt;Rodriguez del Grupo Socialista que afirma que no se esta actuando legalmente porque su hermana&lt;br /&gt;estaba en la bolsa y no había sido llamada en tanto que otras personas habían entrado dos veces,&lt;br /&gt;dando las explicaciones pertinentes Dª. Marisol Pérez que informa que lo acontecido fue que su&lt;br /&gt;hermana renuncio por dos veces cuando fue llamada.&lt;br /&gt;Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín que manifiesta el malestar, no ya porque no se sepa si&lt;br /&gt;las bolsas se están utilizando adecuadamente, sino por la total y absoluta falta de información que&lt;br /&gt;da el equipo de gobierno, pues en la etapa anterior, siempre que se procedía a realizar&lt;br /&gt;contrataciones se informaba a la oposición y se hacían las correspondientes comisiones.&lt;br /&gt;Contesta Dª. Marisol Pérez que no es cierto que se realizaran comisiones informativas cada vez&lt;br /&gt;que se contrataba, que eso es incierto, pues de haber habido comisiones ella lo sabría.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;43&lt;br /&gt;Se produce un enconado debate en relación con la veracidad de las afirmaciones, concluyendo&lt;br /&gt;Dª. Guadalupe Martín que siempre se informaba a la portavoz del Grupo Popular de las&lt;br /&gt;contrataciones, y que ahora la poca información y posibilidad de debate que hay es cada tres meses,&lt;br /&gt;incluso menos que las personas que acuden al Pleno, que al menos pueden intervenir en todos ellos&lt;br /&gt;aunque sea fuera del acta.&lt;br /&gt;Termina Dª. Marisol Pérez explicando las cuestiones relativas a las contrataciones y&lt;br /&gt;manifiestando que ya se han dado instrucciones para que se vayan preparando las bases de la plaza&lt;br /&gt;de monitor deportivo. Contesta asimismo a la pregunta realizada en relación con las reuniones de&lt;br /&gt;Coordinación de Servicios Sociales manifestando que estas reuniones no se hacen porque no&lt;br /&gt;coincide con su sistema de trabajo, y que ella realiza un seguimiento más constante y personalizado&lt;br /&gt;sin necesidad de reuniones.&lt;br /&gt;Termina el debate el Sr. Alcalde el cual manifiesta su interés en preguntar también al Grupo&lt;br /&gt;Socialista sobre diversas cuestiones relativas a la anterior legislatura, preguntando a D. Luis Rivera,&lt;br /&gt;en cu condición de ex – Alcalde si sabe algo en relación con la colocación de una tubería que se&lt;br /&gt;coloco con motivo de unas obras en el Pabellón.&lt;br /&gt;Contesta D. Luis Rivera que recuerda que hubo una subvención para adaptar unos servicios o&lt;br /&gt;duchas para minusválidos, que la obra se realizó y que cree que fue el encargado Sr. Millán quien&lt;br /&gt;dirigía la obra.&lt;br /&gt;Informa el Sr. Alcalde que ha sido necesario levantar todo para cambiar la tubería porque la&lt;br /&gt;misma no desaguaba, añadiendo el Sr. Concejal delegado de Obras D. Javier Moreno que la tubería&lt;br /&gt;era total y absolutamente insuficiente.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. D. Luis Rivera que durante dos años la instalación ha funcionado correctamente&lt;br /&gt;y que si ahora hay una avería, pues que se arregle, y que en cuanto a si la tubería es o no&lt;br /&gt;insuficiente, a él jamás se la había informado de nada al respecto. Continua D. Luis preguntando si&lt;br /&gt;las calles Donantes y Duran se van a realizar, pues estaban incluidas en los Planes Provinciales.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que la obra aún no se ha acabado y que se esta ejecutando la calle La&lt;br /&gt;Rivera.&lt;br /&gt;Continua el Sr. Luis Rivera que pregunta si se le puede dar información en relación con los&lt;br /&gt;trabajos de la poda que esta ejecutando una empresa.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde que se solicitaron cuatro presupuestos y se ha encargado el trabajo a la&lt;br /&gt;mejor oferta económica.&lt;br /&gt;Continua el Concejal Luis Rivera que pregunta si esa contratación requiere expediente.&lt;br /&gt;Con permiso de la Presidencia el que suscribe informa que desconoce dicha contratación por lo&lt;br /&gt;que no le es posible informar al respecto.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Concejal D. Pedro García de I.U. que reitera la petición realizada en otras&lt;br /&gt;sesiones en relación a que todos los plenos sean ordinarios, y pregunta asimismo que como sigue el&lt;br /&gt;procedimiento del PAU “El Avutardal”, y que si se le puede informar de la situación del Conserje del&lt;br /&gt;Colegio.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde informa que en cuanto a “El Avutardal”, sigue estando en los juzgados y por tanto&lt;br /&gt;sigue igual. En cuanto a la situación del Conserje, informa que se le ha comunicado la obligación que&lt;br /&gt;tiene de residir en la vivienda del colegio, y que se actuará de conformidad con lo que informen los&lt;br /&gt;servicios jurídicos.&lt;br /&gt;44&lt;br /&gt;Continua D. Pedro García, el cual manifiesta que esta a la espera de que se le entregue la lista&lt;br /&gt;de los monitores deportivos, a lo que el Concejal Delegado, D. Roberto Ortega, pide disculpas por no&lt;br /&gt;habérselo entregado y que lo preparara inmediatamente.&lt;br /&gt;El Sr. D. Pedro García, pregunta en relación a como se van a repartir las ayudas al deporte este&lt;br /&gt;año, preguntando asimismo en relación con la rotonda de conexión con la autopista. Añade&lt;br /&gt;asimismo que ha oído la posibilidad de construcción de un instituto de secundaria en Olías o&lt;br /&gt;Mocejón, preguntando si se sabe algo al respecto.&lt;br /&gt;Contesta el Sr. Alcalde D. Placido Martín, que informa que las subvenciones se repartirán como&lt;br /&gt;todos los años en función de solicitudes, disponibilidad y el resto de condicionamientos que se&lt;br /&gt;vienen utilizando. En cuanto a la Rotonda, informa que ha presentado su queja en reunión con el Sr.&lt;br /&gt;Delegado el pasado día 14, y que el mismo le informo que esas cuestiones hay que resolverlas con&lt;br /&gt;la empresa constructora, por lo que se seguirá incidiendo en la cuestión.&lt;br /&gt;Toma la palabra la Concejal delegada de Cultura Dª. Maite Rodriguez, que informa que en&lt;br /&gt;efecto existen rumores en relación con esa posible construcción de un instituto de secundaria, y que&lt;br /&gt;estarán atentos a lo que pueda acontecer.&lt;br /&gt;Toma la palabra el Sr. Alcalde, el cual continua también preguntando a el ex – Alcalde D. Luis&lt;br /&gt;Rivera que porque se pagaron desde el Ayuntamiento horas extras a un trabajador estando el mismo&lt;br /&gt;de baja.&lt;br /&gt;Contesta D. Luis Rivera que no sabe a que se refiere, y que tendría que ver la documentación&lt;br /&gt;para poder saberlo y contestar en el próximo Pleno.&lt;br /&gt;El Sr. Alcalde entrega la documentación y continua preguntando a D. Luis Rivera en relación a&lt;br /&gt;que informe al Pleno de porque solicito a la mutua REDIS que se cambiaran los informes de un&lt;br /&gt;trabajador.&lt;br /&gt;Contesta D. Luis Rivera que el jamás ha solicitado un cambio de informe y que como es lógico y&lt;br /&gt;preceptivo los informes médicos los hacen y firman los médicos y no los Alcaldes.&lt;br /&gt;D. Placido Martín, entrega los documentos justificativos de los cambios producidos en informes&lt;br /&gt;médicos de un trabajador, afirmando que dichos informes se cambiaron por ingerencias telefónicas.&lt;br /&gt;Repite D. Luis Rivera que los informes médicos los hacen y firman los médicos bajo su&lt;br /&gt;responsabilidad y que él nunca ha interferido en estas cuestiones.&lt;br /&gt;Termina el Sr. Alcalde informando que todos estos hechos están en manos de abogados que&lt;br /&gt;tendrán que ver si son constitutivos de delito o responsabilidad.&lt;br /&gt;Toma la palabra la Primer Teniente de Alcalde que pregunta a D. Luis Rivera que porque no se&lt;br /&gt;solicito la subvención para ADL en 2007.&lt;br /&gt;Contesta D. Luis Rivera que no se solicitó porque no se podía superar el periodo de cuatro años,&lt;br /&gt;motivo por el cual se solicito desde la Mancomunidad.&lt;br /&gt;Manifiesta Dª. Marisol Pérez que no es cierto, pues si se podía solicitar, y que lo que no podía&lt;br /&gt;ser es que continuara en el puesto la misma profesional, indicando asimismo que la irregularidad le&lt;br /&gt;ha costado al Ayuntamiento una indemnización de más de 15.000 euros, y que la solicitud de la&lt;br /&gt;Mancomunidad curiosamente fue rechazada porque entro fuera de plazo, y que quien gestiono dicha&lt;br /&gt;petición fue precisamente la A.D.L.&lt;br /&gt;Contesta D. Luis Rivera que si se ha pagado ha sido porque el despido se ha calificado de&lt;br /&gt;improcedente, y que si se mantuvo el puesto de trabajo, se debió a que la A.D.L. era una buena&lt;br /&gt;profesional y aún sin la subvención principal, no le constaba nada al Ayuntamiento.&lt;br /&gt;Ayuntamiento de Mocejón&lt;br /&gt;Plaza de España, 1&lt;br /&gt;45270 Mocejón (Toledo)&lt;br /&gt;Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79&lt;br /&gt;Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es&lt;br /&gt;45&lt;br /&gt;Se produce un intenso debate en torno a esta cuestión indicando Dª. Marisol Pérez que lo&lt;br /&gt;definitivo es que el despido se declara improcedente por la irregularidad de la contratación pues la&lt;br /&gt;A.D.L. tenia que haber sido despedida en su momento y no haberla dejado en el puesto de forma&lt;br /&gt;que adquiría fijeza el contrato.&lt;br /&gt;Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las&lt;br /&gt;22,45 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el&lt;br /&gt;Secretario, DOY FE.&lt;br /&gt;V º B º EL SECRETARIO&lt;br /&gt;EL ALCALDE&lt;br /&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso&lt;br /&gt;Fdo. Miguel A. Peralta Roldán&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-638453509463588345?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/638453509463588345'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/638453509463588345'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/06/27-de-marzo.html' title='27 DE MARZO'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-8547529641319405808</id><published>2008-04-23T13:19:00.001+02:00</published><updated>2008-04-23T13:21:36.739+02:00</updated><title type='text'>26 de Febrero</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ayuntamiento de Mocejón Plaza de España, 1 45270 Mocejón (Toledo) Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79 Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es 1 ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;el 26 de febrero de 2008 &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; Lugar: Casa Consistorial de Mocejón &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Tipo de Sesión: Extraordinaria&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; Convocatoria: PRIMERA Señores &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Asistentes: Alcalde-Presidente: D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Concejales: Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ D. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ROBERTO ORTEGA GARCÍA Dª.&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; Dª. CELIA REDONDO GOMEZ &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. LUIS RIVERA MARTÍN ANDINO.&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Secretario: D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ausentes: Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20,30 horas del día 26 de febrero de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión EXTRAORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán. Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; O R D E N D E L D I A 2 &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LAS SESIONES PLENARIAS CELEBRADAS EL DÍA 22 DE ENERO Y 12 DE FEBRERO DE 2008 Por UNANIMIDAD de los presentes se aprueban las actas plenarias correspondientes a las sesiones de 22 de enero y 12 de febrero de 2008. SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA. Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se requiere alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no. Los Sres. Corporativos toman conocimiento. TERCERO.- ADJUDICACIÓN DE OBRAS DE REMODELACIÓN DE LA AVENIDA DE CASTILLA LA MANCHA. Por el Sr. Secretario se explica a los presentes que se ha procedido a la finalización del expediente abierto con motivo de la baja temeraria o desproporcionada de la empresa Hijos de Jose Maria Mora, explicando que tras solicitarle el informe sobre la referida baja, y trascurrido el plazo legalmente establecido no han contestado, por lo que procede hacer nueva propuesta de adjudicación, siendo la mercantil que ha realizado la mejor oferta ANTONIO MIGUEL ALONSO E HIJOS S.L.. El Sr. Alcalde propone que se adjudique dicha obra a la referida mercantil, y sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda adjudicar las obras de remodelación de la Avda. de Castilla la Mancha a la mercantil ANTONIO MIGUEL ALONSO E HIJOS S.L.. de conformidad con la plica presentada y pliegos. Se acuerda asimismo que la firma del correspondiente contrato quede supeditada a la firma del convenio para la financiación de la obra del Ayuntamiento con la Consejeria de Ordenación del Territorio y Vivienda. CUARTO.- SOLICITUD DE LICENCIA DE AUTO-TAXI. Por el Sr. Secretario se da cuenta de la solicitud de licencia de auto-taxi presentada por D. AGAPITO DEL CERRO PÉREZ así como del informe emitido que literalmente dice: “En cumplimiento de lo ordenado por el Sr. Alcalde en relación con la petición de licencia de auto-taxi solicitada por D. AGAPITO DEL CERRO PÉREZ, se emite el siguiente I N F O R M E : PRIMERO: La legislación aplicable: - Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles ligeros. - Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. - Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres. - Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 4 de febrero de 1993, que desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de los discrecionales de viajeros. Ayuntamiento de Mocejón Plaza de España, 1 45270 Mocejón (Toledo) Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79 Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es 3 - LEY U/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha. SEGUNDO: Las licencias municipales para la prestación de servicios de transporte urbano en automóviles de turismo corresponderán a una categoría única, denominándose licencias de auto-taxis. El régimen de otorgamiento y utilización, modificación y extinción de las licencias municipales de transporte urbano en vehículos de turismo, así como el de prestación del servicio se ajustarán a las normas establecidas en el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles ligeros, aprobado por Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo. TERCERO: Procedimiento. El Pleno de la Corporación fijará el número de licencias que se consideren convenientes para cubrir las necesidades del servicio comenzándose el expediente el cual será sometido a información pública dándose cuenta a las asociaciones profesionales del sector asi como a los titulares de licencias afectados. Asimismo ha de remitirse el expediente a la Dirección General de Transportes de la Comunidad Autónoma para que emita el informe correspondiente a que hace referencia el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres. Se ha de tener en cuenta que las licencias fijadas por el Pleno tienen carácter provisional y están supeditadas a que se obtenga el informe vinculante al que se hace referencia en el parágrafo anterior. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.” Toma la palabra el Concejal D. Pedro García, el cual pregunta si la creación de una nueva plaza implicara algún tipo de obligación, horarios etc. Toma la palabra la primer Teniente de Alcalde Marisol Pérez, que indica que aunque desconoce las obligaciones formales, si es interés de la Corporación el que exista un lugar para los taxis, en los que estará el teléfono. Tras algunas aclaraciones más, por UNANIMIDAD de los presentes se acuerda que se proceda al inicio del expediente para la creación de una nueva licencia de auto-taxi, por considerarse necesaria, procediendo posteriormente a su adjudicación por el procedimiento legalmente establecido. QUINTO.- APROBACION SI PROCEDE DEL PRESUPUESTO DE LA CORPORACION PARA EL EJERCICIO DE 2008. Por el Sr. Secretario se da cuenta a los presentes del proyecto de presupuesto de la Corporación para el ejercicio de 2008 con las bases de ejecución y relación de puestos de trabajo. Seguidamente se da cuenta detallada del contenido del presupuesto. Toma la palabra D. Luis Rivera del Grupo Socialista, el cual manifiesta que su grupo votara en contra del proyecto de presupuesto pues consideran que se han producido cambios muy importantes fundamentalmente en el capitulo 6º correspondiente a inversiones, en el cual, ha desaparecido la 4 inversión correspondiente a la nueva casa de la cultura, la cual estaba anteriormente presupuestada y financiada con cargo a lo convenios urbanísticos, y así lo había acordado el Pleno. Añade que aún subiendo los ingresos por convenios respecto al ejercicio anterior, el capitulo de inversiones baja globalmente en más de cinco mil euros. Seguidamente, el Sr. D. Luis Rivera solicita del equipo de gobierno que para presupuestos futuros, seria deseable que los mismos pudieran aprobarse por consenso, entregándose la documentación con más tiempo a los efectos de que los demás grupos políticos puedan realizar sus aportaciones a los mismos, y entendiendo que el presupuesto ha de ser aprobado a ser posible por consenso. Toma la palabra el Concejal de I.U. D. Pedro García, el cual manifiesta que su criterio sigue siendo el manifestado en la Comisión, y que por tanto no son conformes con los gastos del capitulo primero de altos cargos; que debe subir la partida de mobiliario urbano, y fundamentalmente no son conformes con los cambios que se han producido en las inversiones. Añaden que no consideran razonable que en cultura, juventud y deportes se presupuesten 170.000 €, y solo el campo de fútbol tenga un presupuesto de 500.000 €, de los cuales más de la mitad deben ser puestos por el Ayuntamiento con cargo a fondos propios. Continua el Sr. D. Pedro García, el cual indica que el calculo de la partida del 0,7 % para proyectos de cooperación no le cuadra, y que es más del doble de lo presupuestado. Con permiso, el que suscribe explica a D. Pedro García que el 0,7% para proyectos de cooperación no se calcula sobre el total del presupuesto, sino exclusivamente sobre los ingresos ordinarios del Ayuntamiento, detrayendo por tanto los ingresos que provienen de otras administraciones, puesto que si se tuviesen en cuenta los ingresos por trasferencias que provienen del Estado, de las Comunidades Autónomas, o de la Diputación, la aportación del 0,7% no seria real, pues se habría aplicado el porcentaje sobre un mismo dinero en cada una de las administraciones por las que va pasando. Toma la palabra el Sr. Alcalde D. Placido Martín, el cual manifiesta que entiende la negativa a aprobar los presupuestos por el cambio de inversiones, pero en relación con lo manifestado por el Sr. D. Luis Rivera, indica que nunca se ha dado tanto tiempo para poder estudiar el presupuesto. Contesta D. Luis Rivera, que eso no es cierto, y que los presupuestos anteriormente se aprobaron por unanimidad con el consenso del grupo Popular, que incluso hizo propuestas que fueron aceptadas, y que se remite a las actas para comprobar la veracidad de lo que manifiesta. El Sr. Alcalde manifiesta que el se ha reunido con los anteriores miembros del Grupo Popular y que le han manifestado que no había consenso. Respecto de las manifestaciones de D. Pedro García, explica el Sr. Alcalde que en efecto se va a hacer una gran inversión en el nuevo campo de fútbol, que es una promesa que llevaban en el programa y que van a cumplirla, indicando que esto no significa que no se atienda a otros deportes, que asimismo cuentan con un pabellón que en su día también implico una gran inversión. Toma la palabra el Sr. D. Pedro García, el cual manifiesta que no es contrario al arreglo del campo de fútbol, sino del abandono de otros deportes, y que esta es la cuarta inversión importante en el campo de fútbol, y el dinero una tras otra vez se ha tirado. Que consideran mucho más importante el haber realizado la inversión que estaba prevista relativa a la piscina. El Sr. Alcalde explica que en efecto en el campo de fútbol se han realizado por otras corporaciones inversiones importantes como fue ponerlo de césped natural y prohibir su uso a las escuelas deportivas para que no se deteriorara y sin embargo, luego se realizaron varios conciertos de rock. Ayuntamiento de Mocejón Plaza de España, 1 45270 Mocejón (Toledo) Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79 Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es 5 Toma la palabra el Concejal delegado de Deportes, Sr. D. Roberto Ortega, el cual manifiesta que la piscina es usada por una media de 20 personas durante la temporada de baños, y que el campo de fútbol será usado por una media superior a las 80 personas y que espera que una vez terminadas las nuevas instalaciones, serán más de 120 las que usen el campo. Añade que además el campo se construye, para el total de los vecinos de Mocejón. Se suceden una serie interminable de intervenciones entre D. Pedro García y D. Roberto Ortega, incidiendo cada uno en las bondades de sus correspondientes propuestas, incidiendo D. Pedro García en que el uso de la piscina subiría si se tuvieran unas instalaciones adecuadas. El Sr. Alcalde, manifiesta que en efecto la piscina anteriormente estaba como un autentico vertedero y que también va a ser acondicionada. Considera que el asunto esta suficientemente debatido y somete el proyecto de presupuesto para 2008 a votación. Tras el recuento, por seis votos a favor del Grupo Popular, y cuatro en contra del Grupo Socialista e I.U. se aprueba el proyecto de presupuesto que responde al siguiente resumen: 6 SEXTO.- DAR CUENTA DE LA SITUACIÓN DE UN TRABAJADOR. Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que con motivo de la comprobación de las distintas situaciones del Ayuntamiento, se acreditó, que el trabajador D. Jesús Magán García, no ocupaba la vivienda del colegio de conformidad con lo que decían las bases de convocatoria de dicha plaza, y que dicha vivienda estaba ocupada por el grupo de protección civil de la localidad. Que al trabajador se le han enviado varios escritos en los que se le ha requerido que vuelva a habitar la vivienda por ser necesario para el adecuado desarrollo de su trabajo, y porque así se saco la plaza, siendo por tanto una obligación ineludible. Añade que el último escrito requiriendo al trabajador se ha enviado el día 12 de febrero y el mismo hace caso omiso a los requerimientos por lo que indica que será necesario tomar las medidas disciplinarias que sean necesarias. Termina el Sr. Alcalde indicando que en ningún caso se trata de presionar o coaccionar al trabajador, sino que de lo que se trata es de un estricto cumplimiento de su contrato. D. Luis Rivera del Grupo Socialista indica que no tienen nada que decir. D. Pedro García, de I.U., pregunta si se ha intentado hablar con el trabajador. Contesta la Primer Teniente de Alcalde Dª. Marisol Pérez, en calidad de Concejala de Personal que indica que no se ha realizado ninguna reunión con el trabajador, que el mismo ha presentado diversos escritos y un informe médico del año 2004. Le consta que el trabajador ha hablado con el comité de personal, pero que no ha solicitado ninguna reunión con el grupo de gobierno. Continua reforzando la idea de que no se pretende ningún cambio sustancial respecto del Ayuntamiento de Mocejón Plaza de España, 1 45270 Mocejón (Toledo) Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79 Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es 7 trabajador, ni existe ninguna queja sobre su trabajo, que se trata simplemente del estricto cumplimiento de las condiciones del puesto de trabajo y el contrato suscrito. El Sr. Alcalde incide en lo hablado, y manifiesta que este trabajador durante la anterior legislatura actuó haciendo lo que le daba la gana sin que nadie se opusiera a ello. Termina indicando que eso se ha acabado, y que el trabajador deberá cumplir con el deber de residencia que se exige para el puesto de trabajo y que de no atender el requerimiento se procederá a la apertura de un expediente disciplinario. Los Sres. presentes toman conocimiento. Antes de levantar la sesión, por el Sr. Alcalde se expone que se ha presentado una moción de I.U. entregada justo antes de la sesión, relativa al día 8 de Marzo, día internacional de la mujer, solicitándose la inclusión del punto en el orden del día. Por UNANIMIDAD de los presente y considerando que de no incluirse ya no se podría ver con carácter previo al día internacional de la mujer, se acuerda su inclusión dándole al punto numeración correlativa. SEPTIMO.- MOCIÓN DE I.U. RELATIVA AL DÍA 8 DE MARZO: DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER. Por el Sr. Secretario se da lectura a la moción que trascrita literalmente dice: “AL PLENO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL El Grupo Municipal de Izquierda Unida, al amparo de lo dispuesto en los artículos 97.3 y 93 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración del Pleno de la Corporación Local la presente MOCIÓN “8 DE MARZO DE 2008: DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER” EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A pesar de los avances que las mujeres hemos experimentado estos últimos años, tanto en el terreno social, como en el laboral y en el político, avances producto, fundamentalmente, de nuestra lucha y reivindicaciones; y aunque en los últimos tiempos se han aprobado dos grandes leyes: la de igualdad y la de violencia, que sin duda han significado un avance en las políticas institucionales, éste no se ha materializado suficientemente en lo concreto, en medidas reales que se hayan implementado y presupuestado de manera efectiva. En este 8 de marzo exigimos a todos los niveles territoriales la existencia de un marco político, presupuestario, administrativo, personal y material, dirigido a superar planteamientos puramente asistencialistas y paternalistas, apostando por una intervención global, dirigida a la 8 totalidad de las mujeres, que contemple la prevención de la desigualdad y la transformación real de la sociedad como criterio básico de actuación. La igualdad es una necesidad estratégica para la profundización en la democracia y para la construcción de una sociedad más justa, cohesionada y desarrollada social y económicamente. El 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres, es la fecha propicia, no sólo por su simbología, sino por su contenido reivindicativo, para que este Ayuntamiento muestre verdaderamente su voluntad de poner las bases reales, para que la igualdad de las mujeres sea un hecho y no una mera aspiración. Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal de Izquierda Unida propone al Pleno de la Corporación Municipal la adopción de los siguientes acuerdos y compromiso: El compromiso político de trabajar para generar un municipio de sujetos iguales en derechos y obligaciones, utilizando los medios legales existentes y posibilitando los cauces para que hombres y mujeres tengamos las mismas posibilidades de desarrollo. · Implantado y desarrollando acciones y programas que fomenten la sensibilización y la plasmación de la igualdad real entre hombres y mujeres. · Elaborando un Plan de Igualdad con carácter transversal, en el que se impliquen todas la áreas municipales. Cuya ejecución y desarrollo sean evaluados anualmente. El Grupo municipal de Izquierda Unida, propone al Pleno, que todas las medidas que se adopten al respecto, sean vinculantes y se doten de los recursos materiales y personales y normas complementarias que hagan efectivo su cumplimento y evaluación En Mocejón a 19 de Febrero de 2008. Pedro García Oliva. Grupo municipal de Izquierda Unida de Mocejón.” El Sr. D. Pedro García, explica a los presentes el contenido de la moción y de que lo fundamental y de lo que se trata es de que tanto la Concejalia de la Mujer, y el Consejo Local de la Mujer funcionen adecuadamente, pues ambos no funcionan. Que el coste es mínimo, pues simplemente se tratar de poner en marcha órganos que ya existen. Toma la palabra Dª. Maria Teresa Rodriguez, Concejal delegada de la Mujer, la cual manifiesta que no entiende exactamente a que se refiere la moción, pues es algo muy programático pero no incide en nada concreto. Ayuntamiento de Mocejón Plaza de España, 1 45270 Mocejón (Toledo) Tel. 925 36 00 08 - Fax 925 36 00 79 Web: www.mocejon.es mail: informacion@mocejon.es 9 Contesta D. Pedro García que si, que es exactamente eso lo que se pide, que los órganos existentes trabajen coordinadamente y se activen planes y actuaciones concretas dirigidas hacia la mujer y la igualdad, dotándose de los medios necesarios para que los programas y actuaciones se desarrollen y no se queden en papel mojado. Contesta la Concejala Dª. Maria Teresa Rodriguez, que se desarrollan gran cantidad de acciones dirigidas hacia la mujer, jornadas, cursos, actividades etc, y que en cualquier caso la concejalia esta abierta a nuevas ideas y a trabajar en lo que se pueda, pero que en definitiva, considera que no es cuestión de lanzar propuestas demagógicas, sino de ideas concretas. Toma la palabra el Sr. D. Luis Rivera, el cual considera que en efecto la moción es programática y que lo que se requiere efectivamente es la creación de grupos de trabajo que concreten las ideas que han de ponerse en marcha. Que no termina de entender si ha de votarse o no, pero que esta a favor de todo lo que implique nuevas ideas y proyecto especialmente dirigidos a la Mujer. Tras algunas intervenciones más, por UNANIMIDAD se aprueba la moción. Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 21,45 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario,&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; DOY FE. V º B º EL SECRETARIO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;EL ALCALDE &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Fdo.: Placido Martín Barriyuso Fdo. Miguel A. Peralta Roldán&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-8547529641319405808?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/8547529641319405808'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/8547529641319405808'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/04/26-de-febrero.html' title='26 de Febrero'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-5177430124170878936</id><published>2008-04-23T13:08:00.001+02:00</published><updated>2008-04-23T13:18:37.530+02:00</updated><title type='text'>12 de Febrero de 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;el 12 de febrero de 2008&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Hora de celebración: 20,30 horas&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Tipo de Sesión: ordinaria&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Convocatoria: PRIMERA&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Señores Asistentes:Alcalde-Presidente:D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Concejales:Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZD. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ROBERTO ORTEGA GARCÍADª. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANOD. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ANGEL JAVIER MORENO RUANODª. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;CELIA REDONDO GOMEZD. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;PEDRO GARCIA OLIVA.Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANODª. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Secretario:D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ausentes:D. LUIS RIVERA MARTÍN-ANDINO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20,30 horas del día 12 de febrero de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión ORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán.Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente:O R D E N D E L D I APRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 22 DE ENERO DE 2008.Dado que el acta ha sido entregada sin tiempo suficiente para una lectura detallada de la misma, por UNANIMIDA se acuerda proceder a su aprobación en la próxima sesión que se celebre.SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA.Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos, preguntando el Sr. Alcalde si se requiere alguna aclaración a lo que los presentes contestan que no.Los Sres. Corporativos toman conocimiento.TERCERO.- SORTEO DE MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES PARA LOS COMICIOS DEL PRÓXIMO DÍA 9 DE MARZO.De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General se procede a dar cuenta del sorteo efectuado que arroja el siguiente resultado:&lt;br /&gt;CUARTO.- APROBAR NOMBRE DE NUEVAS CALLES DEL MUNICIPIO.Por el Sr. Secretario se da cuenta de que con motivo de la ejecución de las nuevas viviendas en el Parque del Prado, es necesario proceder a dar nombre a las dos calles de nueva creación.Explica que en la zona las calles se denominan con nombre de ilustres escritores y dramaturgos por lo que el Grupo de Gobierno propone como nombres.- La siguiente a la C/ Bécquer, de nueva creación, se proponer que se denomine C/ Calderón de la Barca.- La Calle que da al parque del Prado se propone que se llame C/ Rosalía de Castro.Por UNANIMIDAD de los presentes se aprueba la propuesta efectuada.QUINTO.- AUTORIZACIÓN DE OBRAS PARA ACCESO A LOCAL COMERCIAL.Por el Sr. Secretario se da cuenta de la petición formulada por D. Eduardo Garrido en relación con una modificación del acerado para la ejecución de obras consistentes en la realización de un rampa que de acceso rodado a un local comercial. Seguidamente procede a la lectura del informe emtido que resulta del siguiente literal:“D. Miguel A. Peralta Roldan, Secretario del Ilmo. Ayuntamiento de Mocejón, a petición del Sr. Alcalde en relación con la petición efectuada por D. Eduardo Garrido, para la modificación del acerado en la Avda. Felix Rodriguez de la Fuente, para dar acceso rodado a un local, el funcionario que suscribe informa:Que desde el punto de vista técnico no existe ningún inconveniente en que pueda autorizarse la modificación solicitada, si bien, es principio básico el que no son las calles ni las aceras las que han de adaptarse a las edificaciones, sino al contrario.Sin perjuicio de lo anterior, resulta que en la esquina donde se pretende la modificación, existe un desnivel en la acera de más de un 14%, lo cual hace que dicho acerado no cumpla con las más mínimas condiciones de accesibilidad, es por ello que la modificación planteada, vendría a arreglar el problema de accesibilidad en esa zona, motivo por el cual, y atendiendo a que la solución planteada por el Sr. D. Eduardo Garrido, podría a su vez implicar la solución de un problema que afecta al interes social y general que ha de primar en la actuación de la Administración es por lo que el Funcionario que suscribe informa que dado que no existe inconveniente alguno desde el punto de vista técnico ni legal, se trata de una decisión exclusivamente discrecional de Ayuntamiento, el cual habrá de valorar si con la autorización de la modificación propuesta, se esta protegiendo ante todo el interés social y general.Es cuanto informa el funcionario que suscribe sin perjuicio de superior criterio.”El Sr. Alcalde explica a los presentes que su postura es que la autorización considera que ha de realizarse por unanimidad, dado que entiende que en una situación de discrecionalidad considera básico que el Pleno actué de forma unánime, solicitando del Sr. Secretario si esta exigencia es acorde con la legalidad.El Sr. Secretario indica que el consenso o la unanimidad no son una exigencia legal por lo que el acuerdo tendría validez con mayoría simple, pero que lógicamente el Sr. Alcalde es libre de solicitar el consenso y si este no se diera le bastaría al Grupo de Gobierno con votar en contra.Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín del Grupo Socialista la cual indica que dado que la obra esta hecha no queda otro remedio, y que además la solución dado que resuelve un problema de accesibilidad, parece aceptable, por lo que el voto de su grupo será favorable, si bien, indica que hay que estar vigilantes y que estas situaciones no se den más.Toma la palabra D. Pedro García Oliva de I.U., el cual manifiesta que también es favorable a que se de una solución, si bien considera que los técnicos deberían darse cuenta de estas situaciones e informar.Con permiso de la presidencia, el que suscribe informa que no nos encontramos ante un problema técnico, pues el proyecto cumple escrupulosamente con la ley, y que el problema que nos ocupa es algo sobrevenido y que nada tiene que ver con los informes técnicos ni con los diseños arquitectónicos de los proyectos, por lo qué a los técnicos en esta cuestión hay que dejarlos al margen.Tras algunas intervenciones más, y sometido el asunto a votación, por UNANIMIDAD se acuerda que se autorice a D. Eduardo Garrido a efectuar la reforma solicitada, si bien, la actuación con carácter previo al comienzo, habrá de contar con el visto bueno del Sr. Arquitecto Municipal en cuanto a la forma de ejecución, y el acuerdo favorable de la licencia otorgada por la Junta Local de Gobierno.SEXTO.- ORDENAZA Y REGLAMENTO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.Por el Alcalde, se pregunta a los presentes si existe alguna cuestión relativa a este punto.Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín, que manifiesta que ella tiene una gran cantidad de cuestiones y que considera adecuado que las mismas se vean en comisión para verlas asimismo con la asistencia Técnica adecuada.El Sr. Alcalde indica que este tema lleva ya demasiado retraso y que podemos ver dichas cuestiones en Pleno.Dª. Guadalupe hace un detallado repaso articulo por articulo del Reglamento, sacando multitud de cuestiones que considera que han de ser revisadas, confusiones terminológicas, discrepancias y contradicciones, incluyendo el cambio de la terminología del párrafo 3 del artículo 9, en el discrepa de se ponga el termino “el Alcalde”, proponiendo que se utilice terminología neutra y se ponga “la persona titular de la alcaldía”, indica también la necesidad de cambios en como calcular los ingresos íntegros de la unidad familiar, considerando que el sistema que se aplica con los rendimientos de los hijos que convivan en la unidad familiar ha de ser cambiado. Pregunta asimismo Dª. Guadalupe que se utiliza el adjetivo Ilustrísimo, y que si no corresponde el de Excelentísimo para el Ayuntamiento.El Sr. Alcalde indica que según se le ha explicado, Mocejón tiene otorgado el Título de Villa, y que protocolariamente le corresponde el atributo de Ilustrísimo. Continua el Sr. Alcalde indicando que le sorprende esta última cuestión relativa a que no han de tenerse en cuenta los ingresos de los hijos que convivan dentro de la unidad familiar e indica que según su criterio, los padres son responsabilidad de los hijos y que considera que si un hijo convive con sus padres, ha de aportar, y por tanto sus ingresos deben computar.Tras un largo rato con intervenciones continuas, replicas y contrarréplicas en algunos aspectos, tras solicitar consejo al que suscribe, se informa que no parece adecuado que el Pleno entre en el debate de todos los aspectos reflejados por Dª. Guadalupe y que dada su extensión y la existencia de multitud de cuestiones técnicas, se recomienda que sea la Comisión la que se encargue de revisar a fondo el texto, y se traiga una propuesta al Plenario.Toma la palabra el Sr. D. Pedro García, de I.U. que manifiesta que lógicamente en estos temas no tiene los conocimientos de Dª. Guadalupe Martín, pero que entiende que ha de verse detenidamente la ordenanza por lo que propone que todas las cuestiones vistas se debatan en el seno de la Comisión y con la asistencia técnica adecuada. Añade cuatro puntos de la ordenanza sobre los que no esta de acuerdo, y que discrepa profundamente del criterio de Dª. Guadalupe en cuanto a que los hijos que conviven en la unidad familiar no aporten, pues además del criterio de la responsabilidad, no entiende que sea el pueblo, a través de los impuestos los que financien estas situaciones de forma global, sino que cada uno deberá aportar en función de sus responsabilidades, sin perjuicio de que la Administración haya de asumir la suya.Visto el cariz, el Sr. Alcalde ve razonable que el asunto se quede sobre la mesa para ser visto en Comisión, si bien indica que en el texto, se quedara la figura del Alcalde, y no el neutro solicitado por Dª. Guadalupe Martín.Por UNANIMIDA se acuerda que el asunto quede sobre la mesa para que sea revisado por la Comisión de Bienestar Social.SEPTIMO.- MOCIÓN DEL GRUPO POPULAR.Por Dª. Marisol Pérez, Primer Teniente de Alcalde se procede a la lectura de la moción que resulta del siguiente tenor:“Dª Mª DEL SOL PEREZ PEREZ, Portavoz del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Mocejón, presenta para su elevación al Pleno la siguiente:MOCIONCon motivo de la publicación y entrada en vigor de los nuevos Cánones Digitales que tiene su origen en el Art. 25 de la Ley de propiedad Intelectual (LPI),ante el evidente perjuicio a la totalidad de usuarios y consumidores ciudadanos todos ellos, que esta medida representa y constatando:1.- Que este Canon grava indiscriminadamente a TODOS LOS CIUDADANOS, solo por el hecho de ser sospechosos de poder realizar una copia de una obra sujeta a propiedad intelectual.2.- Que este Canon grava igual de indiscriminadamente a cualquier usuario de la tecnología desde los juzgados a los estudiantes pasando por los fotógrafos y los fabricante de software se impone también a l material escolar, a los elementos que necesitan nuestras empresas, comerciantes y profesionales forzosamente para trabajar, y se extiende a todas las actividades que utilicen dispositivos electrónicos.Incluso este propio Ayuntamiento queda afectado convirtiéndose en otra carga que deben soportar, a cambio de nada, nuestros vecinos y vecinas.3.- Que estamos frente a un impuesto de carácter general a favor de determinadas personas privadas, sin ningún tipo de control por parte del Estado y que encarece hasta un cuarenta por ciento los productos tecnológicos. El Canon nada tiene que ver con la piratería, aunque, interesadamente, las entidades de Gestión han querido mezclar ambos conceptos.4.- Que dicho canon está recaudado incluso por las obras de autores y creadores no representados por las entidades de gestión, aunque ellos no entran en el reparto de lo recaudado.Frente a esta anómala situación, ciudadano, empresas, asociaciones culturales, deportivas, de defensa de los usuarios, institutos, ayuntamiento, sindicatos y patronales, sin distinción de opción política, credo, edad o nacionalidad se han agrupado en la plataforma TODOS CONTRA EL CANON.Por todas estas razones, se propone la adopción de los siguientes ACUERDOS:El Ayuntamiento de Mocejón, como representante de todos sus vecinos y vecinas, muestra su adhesión a la PLATAFORMA TODOS CONTRA EL CANON, apoyando a quienes actúan en defensa de toda la ciudadanía.Asimismo, insta al Gobierno para que proceda a la derogación del Art. 25 de la LPI, en todo caso, solicita al Gobierno la exclusión municipal del pago de este canon. “Toma la palabra el Concejal D. Juan Luis Alonso, del Grupo Socialista, el cual indica que la existencia de la nueva regulación del canon digital es un exigencia de una directiva europea y que lógicamente no puede lucharse contra la misma, directiva que asimilismo implicara la exigencia de un canon a las bibliotecas por la utilización de los libros y otros soportes.Indica el Sr. Concejal que además, la regulación es necesaria, pues si no se adopta este sistema, solo quedaría el sistema anglosajón que lo que persigue es la copia privada, y entiende que esto seria mucho peor. Termina indicando que es también sorprendente el que se solicite la retirada del canon digital cuando resulta que el mismo ya existía con Aznar.Toma la palabra el Sr. D. Pedro García Oliva, el cual manifiesta que como es habitual su postura es la de bailar con la más fea, pues no están a favor de la moción, pues consideran que el problema en si no es el canon, con el cual son conformes, pero están profundamente en contra de cómo esta regulado, de quienes se benefician del mismo y que es sangrante que incluso la utilización de medios informáticos en medicina estén sujetos a canon. Termina indicando que se abstendrá porque aunque entiende necesario el canon, pero con una profunda reforma que lo haga más coherente.Toma la palabra el Sr. Alcalde, el cual manifiesta que la coherencia no solo le falta a la regulación del canon, sino también al Grupo Socialista, enseñando un enorme dossier de escritos de este Ayuntamiento, realizados durante el gobierno Socialista, contra los pagos que exige la Sociedad General de Autores y editores, y que lógicamente si el están en contra de los pagos a la SGAE con más motivo deberían de ser contrarios al canon.Dª. Guadalupe Martín indica que las cuestiones de los pagos a la SGAE no tienen nada que ver con la regulación del canon digital.Sometido el asunto a votación, por seis votos a favor del Grupo Popular, tres en contra del Grupo Socialista, y la abstención de D. Pedro García, se aprueba la moción.Antes de levantar la sesión, el Sr. Alcalde informa que ha entrado un asunto que seria conveniente incluir en el orden por urgencia, relativo a la cesión de los terrenos realizada por el Ayuntamiento respecto de la parcela donde se asienta el nuevo consultorio médico.Por Unanimidad de los presentes se acuerda incluir el asunto en el orden del día dandole numeración correlativa.OCTAVO.- MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE CESIÓN DE TERRENOS.Por el Sr. Secretario se informa que han comunicado desde al Junta de comunidades que a los efectos de finalizar el expediente de cesión de los terrenos realizada por este Ayuntamiento para la construcción del consultorio médico, se ha solicitado el cambio de dicho acuerdo, el cual realizaba la cesión al SESCAM, y que dicho acuerdo debe ser directamente a la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.El Sr. Alcalde pregunta al que suscribe si es posible cambiar las condiciones en que se realizó la cesión de dicho terreno, en relación a la parte de parcela sobrante dado que la edificación realizada no ocupa todo el terreno disponible.Contesta el que suscribe, que considera que no pueden variarse las condiciones de la cesión, explicando asimismo que en efecto, la parcela que se cedió tenia una cabida de algo mas de 1.700 m2 y que la edificación tan solo ha ocupado unos 500, si bien, se ha perdido bastante terreno en la zona de aparcamiento y la calle lateral de nueva apertura, pero que esto se realizó así, porque lo que se pretendía desde el Ayuntamiento era la realización de un centro de salud, y no un consultorio médico, si bien esta pretensión, por numero de habitantes y otros condicionamiento no era posible, pero si se dejo abierta la posibilidad de que en un futuro más o menos próximo, el actual consultorio médico pudiera ampliarse para ser Centro de Salud, motivo por el cual se dejo todo el terreno disponible para poder acometer las futuras ampliaciones.Tras algunas aclaraciones más, Dª. Guadalupe Martín aprovecha la ocasión para pedir al Grupo de Gobierno que continué con las gestiones tendentes a la ampliación referida por el Sr. Secretario y que Mocejón pueda disponer de un Centro de Salud.Sometido el Asunto a votación, por UNANIMIDAD de los presentes, se acuerda modificar el acuerdo de cesión de la parcela sobre la que se asienta el consultorio médico local, y que dicha cesión se realice a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.Y no habiendo más asuntos en el orden del día, la Presidencia levantó la sesión siendo las 21,45 horas, extendiéndose la presente acta con el Visto Bueno del Sr. Alcalde, de lo que yo el Secretario, DOY FE.V º B ºEL SECRETARIOEL ALCALDEFdo.: Placido Martín BarriyusoFdo. Miguel A. Peralta Roldán&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/744064269803316673-5177430124170878936?l=plenosiumocejon.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/5177430124170878936'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/744064269803316673/posts/default/5177430124170878936'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://plenosiumocejon.blogspot.com/2008/04/12-de-febrero-de-2008.html' title='12 de Febrero de 2008'/><author><name>IU de Mocejón</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='32' height='31' src='http://bp2.blogger.com/_Rg14u5ovYkE/R-o0jqwM2bI/AAAAAAAAAU4/iCbY5d1wt8w/S220/Logo_IU.jpg'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-744064269803316673.post-2996909947733841337</id><published>2008-04-23T13:06:00.002+02:00</published><updated>2008-04-23T13:08:01.687+02:00</updated><title type='text'>22 de Enero de 2008</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; el 22 de Enero de 2008&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; Hora de celebración: 20,30 horas &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Lugar: Casa Consistorial de Mocejón &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Tipo de Sesión: ordinaria &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Convocatoria: PRIMERA &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Señores Asistentes: &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Alcalde-Presidente: D. PLACIDO MARTÍN BARRIYUSO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Concejales: Dª. MARIA DEL SOL PEREZ PEREZ &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. ROBERTO ORTEGA GARCÍA&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; Dª. MARIA TERESA RODRIGUEZ RUANO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; D. ANGEL JAVIER MORENO RUANO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Dª. CELIA REDONDO GOMEZ &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;D. PEDRO GARCIA OLIVA. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Dª. MARIA DEL MAR RODRIGUEZ RUANO&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; D. LUIS RIVERA MARTÍN-ANDINO &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Dª. MARIA GUADALUPE MARTÍN GONZALEZ&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt; D. JUAN LUIS ALONSO OLIVA &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Secretario: D. MIGUEL A. PERALTA ROLDAN &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;Ausentes: Ninguno. &lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;span style="font-family:arial;"&gt;En Mocejón, en el Salón de sesiones de la Casa Consistorial, siendo las 20,30 horas del día 22 de Enero de 2008, concurren los Sres. Concejales arriba expresados, al objeto de celebrar Sesión ORDINARIA del Pleno Corporativo bajo la presidencia del Sr. Acalde D. Placido Martín Barriyuso y actuando de Secretario D. Miguel A. Peralta Roldán. Abierta la Sesión por el Sr. Alcalde se procede con el siguiente: O R D E N D E L D I A PRIMERO.- APROBACIÓN SI PROCEDE ACTA EN BORRADOR DE LA SESION PLENARIA CELEBRADA EL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2007. A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 36.2 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales de 28 de noviembre de 1986. Se dio lectura al acta correspondiente a la sesión de fecha 29 de Octubre de 2007, preguntándose si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta. Con permiso toma la palabra el Sr. D. Pedro García Oliva, el cual manifiesta lo siguiente: - Que en el punto de modificación de ordenanzas relativo al agua, su voto fue negativo, si bien, en el acta dice que se abstuvo. Por el Sr. Secretario, se revisan las notas de la sesión, e informa que el voto de D. Pedro consta como abstención. Asimismo se concluye que no es posible que votara en contra, pues dado que en la sesión había diez Concejales, y que los votos positivos fueron cinco, en el supuesto de que el Sr. D. Pedro García hubiera votado en contra, se hubiera producido un empate, lo que hubiera implicado una segunda votación, y finalmente en su caso la aplicación del voto de calidad del Sr. Alcalde, hechos estos que no se produjeron y que son incuestionables. - Que en la moción de I.U. relativa a los deportes, el Sr. D. Roberto, Concejal de deportes, tanto en las intervenciones como en las conclusiones, dijo “Colaboradores”, y no como pone en el acta “patrocinadores”. Tanto por el Sr. Concejal como por el que suscribe se acepta la rectificación. - Que en el mismo punto de la moción de I.U., el Sr. Concejal de Deportes, reconoció literalmente “ser un dictador”. El Sr. D. Roberto Ortega, manifiesta que sus palabras textuales fueron, tras las explicaciones dadas, “que si eso es ser un dictador, reconozco que lo soy” Con las modificaciones y aclaraciones vistas, los Sres. asistentes por UNANIMIDAD acuerdan aprobar el acta correspondiente a la sesión de 10 de Diciembre de 2007. SEGUNDO.- DECRETOS DE ALCALDIA. Por el Sr. Secretario se da cuenta de los decretos habidos. Los Sres. Corporativos toman conocimiento. TERCERO.- APROBACIÓN REGLAMENTO DE TENENCIA DE ANIMALES. Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes el contenido del Reglamento, preguntando si existe alguna modificación o aclaración al mismo. Toma la palabra el Sr. D. Luis Rivera el cual manifiesta que debería atemperarse la prohibición contenida en el punto 19 del art. 6, pues es habitual que para entrenar a los animales, se les conduzca desde vehículos a motor, y que esta no es una situación de maltrato, sino todo lo contrario. Por Unanimidad de los presentes se acuerda que se atempere el artículo mencionado, permitiéndose que los animales puedan ir atados a vehículos a motor cuando se trate de situaciones de entrenamiento. Tras algunas aclaraciones más, por UNANIMIDAD se aprueba el Reglamento de Tenencia de Animales del Municipio de Mocejón. CUARTO.- ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO. Por el Sr. Secretario se explica el contenido de la Ordenanza, con las modificaciones planteadas sobre la redacción inicial, al eliminarse las referencias a la Teleasistencia, y que las tablas de porcentajes de aportación se han realizado sobre el IPREM. Toma la palabra Dª. Guadalupe Martín Gonzalez, que se extraña de que el Sr. Secretario explique modificaciones, si en el día de ayer, en comunicación telefónica el Sr. Secretario le había dicho que no le constaba ninguna modificación. Asimismo, indica que dado que la ordenanza no se le ha enviado, no resulta posible adoptar un acuerdo en este momento, por lo que solicita que se quede sobre la mesa, proponiendo asimismo que en relación con las tablas y los porcentajes, se concrete expresamente en la ordenanza como y sobre que se realizan los cálculos. Contesta Dª. Marisol Pérez, primer Teniente de Alcalde, que explica que en efecto, se han realizado modificaciones y que en efecto la ordenanza no se había remitido a los portavoces según le había manifestado el Sr. Secretario. El que suscribe manifiesta que en efecto, no se envió, porque se le indico que no la remitiera hasta que fuese revisada. En cuanto a lo manifestado por Dª. Guadalupe, indica que es cierto, y que las modificaciones plantadas han entrado hoy en Secretaria, por lo que en el día de ayer las mismas no existían. Tras algunas aclaraciones mas, por UNANIMIDAD se acuerda dejar el asunto sobre la mesa para un estudio más detenido. QUINTO.- DAR CUENTA DE LA REVISIÓN DE PRECIOS DE AGUA. Por el Sr. Secretario se da cuenta de la modificación de las tarifas de agua para el ejercicio de 2008, explicando como queda el acuerdo anterior tras quedar fijados los incrementos correspondientes a IPC y Dirección General del Agua. Los Sres. D. Luis Rivera del P.S.O.E. y D. Pedro García de I.U. reiteran su disconformidad en los mismos términos que en la sesión anterior. El Sr. Alcalde explica que la parte correspondiente al canon es una subida que se considera necesaria para tener disponibilidad para futuras inversiones necesarias. Los Sres. Corporativos toman conocimiento. SEXTO.- ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS DE REMODELACIÓN DE LA AVDA. DE CASTILLA LA MANCHA. Por el Sr. Secretario se explica a los presentes que ha procedido a la ampliación del informe de secretaria en relación al expediente que ha de tramitarse dada la situación de baja temeraria en que se encontraba la mejor oferta, motivo por el cual, no procede la adjudicación de la obra en tanto no se proceda con los trámites requeridos. Tras algunas aclaraciones, los Sres. Corporativos toman conocimiento. SEPTIMO.- CESIÓN DE TERRENOS PARA LA INSTALACIÓN DE UN PUNTO LIMPIO. Por el Sr. Concejal D. Angel Javier Moreno Ruano, se explica a los presentes que a través de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, existe la posibilidad de instalación de un punto limpio, para lo cual es necesario que el Ayuntamiento ceda el terreno necesario para el mismo. Se propone por el Sr. Concejal que el Ayuntamiento autorice la cesión de la parcela nº 154 del Poligono 1 de Mocejón, por considerar que esta es una ubicación adecuada. El Sr. Concejal D. Pedro García, pregunta que si la actuación de la Junta implica la construcción y gestión del punto limpio, a lo que el Sr. Concejal contesta que en principio es solo la construcción, y que posteriormente se firmaría un convenio para la gestión. Tras algunas aclaraciones más, por UNANIMIDAD se acuerda: PRIMERO.- Que se proceda a la cesión de la parcela nº 154 del Polígono 1 de Mocejón, con referencia catastral nº 45103001001540000UW a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para la construcción y equipamiento de un Punto Limpio en este Municipio. SEGUNDO.- que se de traslado del presente acuerdo a la Consejeria competente de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha. OCTAVO.- OBRAS DE PROLONGACIÓN DE LA C/ JOSE MARIA PEMAN. Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que se ha solicitado presupuesto a varias empresas para la realización de las obras de prolongación de la c/ Jose Maria Pemán de esta Localidad, las cuales han realizado las siguientes ofertas por m2: Antonio Miguel Alonso 17,25 €/m2 Asfaltos Aranjuez 23,26 €/m2 Grupo Alroan S.L. 27,20 €/m2 Euroasfalt 24,73 €/m2 Holgado 23,28 €/m2 El Sr. Alcalde propone que se adjudique dicha obra a la mejor oferta realizada por la mercantil ANTONIO MIGUEL ALONSO. El Sr. D. Luis Rivera, del grupo Socialista, pregunta si puede contratarse esta obra sin realizar un concurso. Contesta el Sr. Secretario, que la obra de referencia esta considerada como contrato menor al no se superior a 30.050 €, explicando asimismo que cabe el procedimiento negociado sin publicidad por aplicación del art. 141 del Texto Refundido de la Ley de Contratos: Artículo 141. Procedimiento negociado sin publicidad. Podrá utilizarse el procedimiento negociado sin publicidad previa cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes, que habrán de justificarse en el expediente: g) Los de presupuesto inferior a 10.000.000 de pesetas (60.101,21 euros). Asimismo, se informa por el Sr. Secretario que en cualquier caso, la adjudicación no puede realizarse si la misma no se supedita a la existencia de crédito dentro del Presupuesto del ejercicio de 2008. Tras algunas aclaraciones, por UNANIMIDAD de los presentes, se acuerda que se adjudique la obra de prolongación de la C/ Jose Maria Pemán a la mercantil Antonio Miguel Alonso, por ser la mejor oferta, si bien, no se formalizará el correspondiente contrato en tanto no se apruebe el presupuesto de la Corporación para 2008, en el que se deberá fijar la consignación presupuestaria necesaria para la ejecución de la obra. Antes de proceder al turno de ruegos y preguntas, por el Sr. Alcalde se solicita la incorporación al Orden del día de dos asuntos de personal. Por Unanimidad se acuerda la inclusión de ambos puntos en el orden del día, dándoles numeración correlativa. NOVENO.- BASES DE CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE POLICIAS LOCALES POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD. Por el Sr. Alcalde se explica a los presentes que las dos plazas de Policía Local que se habían creado y cubierto por el sistema reglamentario, se han quedado vacantes al haber obtenido destino los dos titulares de la plaza en otros destinos. Por lo expuesto, y considerando que no procede volver a convocar por el mismo sistema pues se provocan grandes gastos que ha de soportar el Ayuntamiento, se plantea el convocar dichas plazas por el sistema de movilidad, por lo que se propone al Pleno la aprobación de las bases de la convocatorio del siguiente tenor: BASES PARA LA CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE POLICÍA POR EL SISTEMA DE MOVILIDAD BASES DE LA CONVOCATORIA 1. Normas Generales 1.1.- Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión de 2 plazas vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, clasificadas en el grupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Escala Básica, categoría Policía, del Cuerpo de Policía Local. 1.2.- A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria. 2. Requisitos de los candidatos 2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser funcionario de un Cuerpo de Policía Local de Castilla-La Mancha en la categoría de Policía y tener una antigüedad mínima de tres años en la misma. b) Estar en posesión del titulo de Bachiller, Técnico o equivalente, o haber realizado las actividades formativas de dispensa previstas en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha d) Haber permanecido en el último puesto de trabajo obtenido por algún sistema de provisión de puestos de trabajo un mínimo de dos años. 2.2.- No podrán participar los funcionarios que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) Los que están inhabilitados y los que se encuentren en la situación de suspenso firme. b) Los que se encuentren en alguna situación administrativa diferente a la de activo, mientras no hayan cumplido el plazo de permanencia en la misma. 2.3.- Todos los requisitos deberán de reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 3. Solicitudes 3.1.- La solicitud será facilitada por este Ayuntamiento, y deberá presentarse en el plazo de 20 días hábiles contado a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, acompañada de la siguiente documentación: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. b) Documentación acreditativa de los méritos alegados por el aspirante. 3.2.- Las solicitudes se dirigirán al Presidente de esta Corporación. 3.3.- La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.4.- Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios y los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, los interesados podrán desistir de su solicitud, así como renunciar a los destinos adjudicados, si, con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y antes de la fecha límite fijada para la toma de posesión hubiesen obtenido otro destino mediante convocatoria pública, o cuando concurran circunstancias personales de especial gravedad, así apreciada por el órgano competente. 4. Comisión de Valoración 4.1.- La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma: Presidente: un funcionario de carrera designado por el órgano convocante. Secretario: El de la Corporación, o un funcionario de carrera de la Corporación que actuará con voz y sin voto. Vocales: en número de cuatro, nombrados por el órgano competente, entre funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos o escalas de grupos de titulación igual o superior al de los puestos convocados, entre los que se incluirá un vocal designado por la Junta de personal o Delegado de Personal y otro designado por la Consejería de Justicia y Protección Ciudadana. 4.2.- La designación de vocales deberá efectuarse en el plazo de veinte días siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud. Transcurrido dicho plazo, la Corporación podrá designar directamente a dichos vocales. 4.3.- El nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración incluirá el de sus suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones. 4.4.- El presidente de la Comisión de Valoración podrá designar asesores para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas. 4.5.- Para la valida actuación de la Comisión de Valoración es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del presidente y secretario o la de quienes legalmente le sustituyan. 4.6.- Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes. 4.7.- La Comisión de Valoración de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. 5. Méritos El concurso constará de dos fases: A) Primera fase: méritos generales (hasta 80 puntos): 1. Trabajo desarrollado, hasta un máximo de 35 puntos, distribuido de la siguiente forma: 1.1.- Grado personal consolidado: Se adjudicará hasta un máximo de 5 puntos por la posesión de un determinado grado personal consolidado, dentro de la carrera administrativa de la siguiente forma: a) Por poseer un grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 5 puntos. b) Por poseer un grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 3 puntos. c) Por poseer un grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 1 punto. 1.2.- Antigüedad: Se adjudicará hasta un máximo de 30 puntos con arreglo al siguiente baremo: a) Por cada año completo de antigüedad en la misma escala y categoría de la Policía Local o superior: 3 puntos. b) Por cada año completo de antigüedad prestado en otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: 0,50 puntos. c) Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública: 0,25 puntos, con el límite de 10 puntos. 2. Titulación académica, hasta un máximo de 10 puntos. Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas por los concursantes que sean superiores a las que se exigió para acceder a la escala y categoría a la que pertenezcan conforme al siguiente baremo: a) Doctor: 10 puntos. b) Licenciado o equivalente: 9 puntos. c) Diplomado en Criminología: 8 puntos. d) Diplomado o equivalente: 7 puntos. No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que figurasen como requisito para la provisión del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibl
